Indicadores
Tipo de cambio y tasas de interés interbancarias al 21 de noviembre de 2024 ver histórico
UDIS 8.301767

Diario Oficial de la Federación

Publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación


Dependencia

Secretaría de Gobernación.

SGOB-01-001.

 

Descripción

Permite publicar documentos en el Diario Oficial de la Federación.

 

¿Quién puede solicitar el trámite?

  • Personas físicas o morales.
  • Interesado.
  • Representante legal.

 

¿En qué casos debe presentarse?

La publicación de documentos se hará únicamente cuando su difusión se sustente en algún ordenamiento legal y se cumplan los requisitos establecidos para dicho trámite.

 

¿Qué efecto tendría no hacer este trámite?

Los sujetos obligados no podrían cumplir con lo dispuesto por la legislación aplicable vigente.

 

DOCUMENTOS REQUERIDOS

 

Documento Requerido                                               Presentación

     

• Solicitud de publicación en formato impreso.       Original y 2 copias.         

 

• Documento a publicar.                                               Original y 2 copias.

 

• Archivo electrónico en formato Word para
  Windows (.doc o .docx), del documento
  a publicar.
                                                                    Dispositivo de almacenamiento (usb o cd)

  

• Comprobante de pago de derechos,
  productos o aprovechamientos
.                                 Original y 1 copia.

 

OBSERVACIONES SOBRE LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS

 

  • La solicitud escrita de publicación del documento deberá estar dirigida al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, en original y dos copias legibles y deberá contener: lugar y fecha de expedición; denominación o razón social; nombre, cargo y firma autógrafa de quien la solicita (no podrá ser firmada por ausencia o poder). Señalar en el escrito, el costo, espacio y número de registro de cotización.
  • El documento a publicar deberá presentarse impreso en papel membretado, y contener lugar y fecha de emisión; denominación o razón social; nombre, cargo y firma autógrafa de la persona que lo expide, con hojas numeradas y sin alteraciones; en original y dos copias. En el caso de edictos, el sello del tribunal o juzgado que lo emite deberá estar legible.
  • Este documento debe ser el mismo que envió a cotizar, en caso de cambios deberá realizarse nuevamente la cotización.
  • El archivo electrónico del documento a publicar deberá presentarse únicamente en formato de Word para Windows (.doc o .docx). Si se ingresa más de un documento en la misma solicitud, cada uno deberá presentarse en un archivo diferente debidamente identificado. En el caso de los estados financieros, presentarlos en tablas de edición. El archivo electrónico deberá contener íntegramente la misma información que el documento impreso.
  • El pago por concepto de derechos, productos y aprovechamientos se efectúa en las ventanillas bancarias o a través de los portales de Internet de las instituciones de crédito autorizadas para recibir pagos de DPA´s.  (Ver detalle en la página:  http://www.sat.gob.mx/consulta/06481/esquema-de-pago-electronico-e5cinco) en efectivo o cheque simple expedido a favor de la Tesorería de la Federación o vía Internet.
  • El pago se realiza a través de la hoja de ayuda del pago electrónico e5cinco del SAT, capturando la clave de referencia 014001743, la cadena de la dependencia 22010010000000 y el monto a pagar proporcionado por el Cotizador de Publicaciones. Si precisa más de una publicación del documento, se deberá multiplicar el costo señalado por el número de veces que lo requiera.
  • El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en el caso de personas físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales. Es obligación del usuario verificar que el RFC se encuentre capturado y de forma correcta en el recibo bancario con el que realizó el pago.

ADICIONALMENTE.

  • Mostrar copia simple del RFC, en caso de personas morales, para el levantamiento de datos al momento del registro de la solicitud de publicación.
  • Indicar si se actúa en representación de una persona física o moral.
  • En caso de que la documentación sea enviada por correspondencia o mensajería, señalar si se desea el envío de los acuses en forma digital, a través de correo electrónico, o impresa, en cuyo caso, deberá anexar la guía de servicio de mensajería pre pagada, debidamente llenada.
  • Se deberá proporcionar una dirección de correo electrónico para recibir notificaciones relacionadas con el trámite y su resolución.

PUBLICACIÓN DE DOCUMENTOS A TRAVÉS DE MEDIOS REMOTOS.

 

Únicamente para la publicación de convocatorias para licitaciones públicas y plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

 

  • Los requerimientos técnicos para el uso del sistema se señalan en el documento "Instructivo para realizar el trámite de publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación a través de medios remotos", disponible en la liga: http://diariooficial.gob.mx/ayuda/Instructivo_TE_SEGOB.pdf

 

  • El nombre de usuario y contraseña, se gestiona por escrito, ante la Dirección General Adjunta del Diario Oficial de la Federación.

 

  • Las aplicaciones para firmar electrónicamente los documentos; es decir, generar el .dof, se deben descargar desde las siguientes ligas:

Instalador de certificados.

   http://diariooficial.gob.mx/clientes/Certificados_FE.rar

ClienteDOF (aplicación).

   http://www.diariooficial.gob.mx/clientes/ClienteCCCP.zip

El archivo .pag se genera en línea desde la siguiente dirección electrónica:

   http://www.diariooficial.gob.mx/validacion_pago.php

Contar con la "e.firma" (antes FIEL), proporcionada por el Servicio de Administración Tributaria.

Para el llenado del formulario deberá de contar con la siguiente información:

-  Tipo de publicación.

-  Número de licitación o convocatoria.

-  Nombre de la licitación o convocatoria.

-  Fecha en la que se requiere la publicación de la licitación o convocatoria.

 

Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los servicios que presta el Diario Oficial de la Federación por el pago de derechos por publicaciones y de aprovechamientos por la compra de ejemplares y suscripciones, de conformidad con lo que establecen los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Los comprobantes (CFDIs) están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx. El contribuyente que requiera mayor orientación deberá dirigirse al SAT.

Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDIs de aquellos pagos en los que el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), se encuentre capturado y de forma correcta en el Comprobante de pago por concepto de derechos, productos y aprovechamientos, expedido por la institución bancaria.

 

COSTOS

 

Concepto                                                            Monto

Costo por octavo de plana                                $2,620 M.N.


OPCIONES PARA REALIZAR TU TRÁMITE

 

Presencial



  • Pagar los derechos de publicación correspondientes en las ventanillas bancarias o a través de los portales de Internet de las instituciones de crédito autorizadas para recibir pagos de DPA´s.
  • Presentar en las oficinas de la Dirección General Adjunta del Diario Oficial de la Federación los documentos requeridos.
  • En caso de encontrarse en el interior de la República podrá enviar la documentación por servicio de paquetería.

 

En línea

Únicamente para la publicación de convocatorias para licitaciones públicas y plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

  • Contar con la "e.firma" (antes FIEL), proporcionada por el SAT.
  • Obtener, previamente, un nombre de usuario y contraseña, gestionados por escrito ante la Dirección General Adjunta del Diario Oficial de la Federación.
  • Pagar los derechos de publicación correspondientes en las ventanillas bancarias o a través de los portales de Internet de las instituciones de crédito autorizadas para recibir pagos de DPA´s.


Ubica tu oficina

Calle Río Amazonas No. 62, colonia Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc.

C.P. 06500, Ciudad de México.

Atención: lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas.

 

RESOLUCIÓN

 

Tipo de resolución que se emite

Publicación de documentos.

 

Vigencia de la resolución

No aplica.

 

Criterios de la resolución

  • La publicación del documento deberá estar fundamentada en la disposición jurídica aplicable vigente.
  • El documento a publicar deberá señalar la denominación o razón social del solicitante, el nombre, cargo y firma autógrafa de quien lo emite; así como el lugar y fecha de expedición.
  • El documento a publicar deberá presentarse en original, de manera íntegra y legible; en hojas numeradas de manera consecutiva; y sin alteraciones o enmendaduras.
  • El archivo electrónico del documento a publicar deberá presentarse únicamente en formato de Word para Windows (.doc o .docx) y contener la misma información que el documento impreso y la enviada para cotizar.

 

En el caso del trámite electrónico:

  • El documento a publicar en archivo .dof firmado electrónicamente por quien emite la convocatoria.
  • El archivo .pag del comprobante de pago.
  • El PDF del comprobante de pago se encuentra legible y completo.
  • El pago de derechos de publicación deberá corresponder con el monto de terminado por el Cotizador de Publicaciones y el número de publicaciones requeridas.
  • El pago deberá ser realizado a nombre del solicitante de la publicación, en el caso de las personas físicas; y a nombre del ente público u organización, en el caso de las personas morales.
  • Se deberán tomar en cuenta los plazos reales de resolución, al momento de realizar el trámite.

 

Plazo máximo de resolución

   15 días naturales

 

Tipo de Ficta

   Negativa.

 

Observaciones

  • Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público recibidas los días miércoles, jueves y viernes se publicarán el siguiente martes, y las recibidas en lunes y martes, se publicarán el siguiente jueves.
  • Los avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de asambleas se publicarán de tres a cinco días hábiles después de la fecha de ingreso.
  • Los estados financieros, así como aquellos documentos cuya extensión exceda de 10 cuartillas, se publicarán en un plazo no mayor a 15 días naturales.

 

Plazo de prevención

No aplica.

 

Información adicional

Este trámite pertenece al Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTS).

 

Nombre oficial del trámite

Publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación. SGOB-01-001.

 

RESPONSABLE DEL TRÁMITE PARA QUEJAS O CONSULTAS

 

Karen Ibania Real Villafuerte
Jefe de Departamento de Formación
kreal@segob.gob.mx
55-5093-3200 Ext: 35126

 

Descargar formato para pago en ventanilla bancaria