ACUERDO que establece las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades para el ejercicio fiscal 2002.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

  JOSE FRANCISCO GIL DIAZ, Secretario de Hacienda y Crédito Público; JOSEFINA EUGENIA VAZQUEZ MOTA, Secretaria de Desarrollo Social; REYES S. TAMEZ GUERRA, Secretario de Educación Pública; JULIO FRENK MORA, Secretario de Salud y ROGELIO ALBERTO GOMEZ HERMOSILLO MARIN, Coordinador Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, en su carácter de integrantes del Consejo de la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades; SANTIAGO LEVY ALGAZI, Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social y, con fundamento en los artículos 17, 31, 32, 38 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 59, 63, 64, 67, 76 y octavo transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002; 1o., 2o., 3o., 5o., 6o., 9o., 10 y 11 del Decreto por el que se crea la Coordinación Nacional del Programa de Educación, Salud y Alimentación como órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de agosto de 1997, reformados mediante Decreto publicado en el mismo medio de difusión oficial el 6 de marzo de 2002; y séptimo transitorio de este último y en el Acuerdo por el que se expiden los criterios generales para modificaciones a las Reglas de Operación de los programas gubernamentales ya existentes y para la elaboración de las Reglas de Operación para el ejercicio fiscal 2002, y

CONSIDERANDO

  Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 determina como ejes rectores de la política social, el mejorar los niveles de educación y bienestar de los mexicanos; acrecentar la equidad y la igualdad de oportunidades; impulsar la educación para el desarrollo de las capacidades personales y de iniciativa individual y colectiva, así como fortalecer la cohesión y el capital sociales.

  Que el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades es un instrumento fundamental, en el que se establece que es tarea de este Gobierno gestionar una política social que incluya a toda la población, haciéndola partícipe y corresponsable en el desarrollo humano orientado prioritariamente a la disminución de la pobreza extrema, la marginación y la desigualdad, desde un enfoque que busca ampliar las oportunidades, el desarrollo de capacidades, la equidad, la seguridad y la igualdad, así como el desarrollo del patrimonio básico de los hogares, desde, con y para los mismos mexicanos y mexicanas en condición de pobreza y articulando iniciativas de la sociedad y Gobierno para superar la profundidad de las diferencias, la magnitud de los rezagos y la heterogeneidad territorial.

  Que el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades es un programa multisectorial en cuya operación y ejecución participan, en el nivel federal, las Secretarías de Desarrollo Social, de Educación Pública y de Salud, así como el Instituto Mexicano del Seguro Social, cuya misión es la de potenciar las capacidades de la población que vive en condiciones de pobreza extrema, promoviendo su acceso a los servicios de educación y salud, a una mejor alimentación, por medio de apoyos monetarios y en especie, así como la coordinación con otros programas sociales que fomenten el empleo, el ingreso y el ahorro de las familias en situación de pobreza, tomando en cuenta iniciativas de desarrollo social promovidas por la sociedad civil, con el fin de que dicha población alcance mejores niveles de autonomía, bienestar y acceso a las oportunidades de desarrollo integral.

  Que el Instituto Mexicano del Seguro Social, de conformidad con lo previsto en los artículos 216 y 216-A III de la Ley del Seguro Social, deberá atender a la población no derechohabiente en apoyo a programas de combate a la marginación y a la pobreza, cuando así lo requiera el Ejecutivo Federal. Asimismo, el artículo 250 de la misma Ley faculta al Instituto Mexicano del Seguro Social para otorgar otras coberturas de seguros estrictamente a favor de las personas, grupos o núcleos de población de menores ingresos, que determina el Gobierno Federal como sujetos de solidaridad social, con las sumas aseguradas y condiciones que este último establezca.

  Que con el propósito de alcanzar los objetivos del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, se establecerá la coordinación necesaria con base en el compromiso conjunto de los Ejecutivos Federal y Estatales.

  Que los recursos federales asignados al Programa de Desarrollo Humano Oportunidades son subsidios federales y, por tanto, sujetos a criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, el cual con el objeto de asegurar la aplicación eficiente, eficaz, equitativa y transparente de dichos recursos, se sujetará a Reglas de Operación que deberán ser autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a efecto de que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar el 15 de marzo del presente ejercicio fiscal, así como ponerlas a disposición de la población en general.

  Que en la décima segunda sesión ordinaria celebrada el día 7 de marzo de 2002, los miembros del Comité Técnico de la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, aprobaron por unanimidad las Reglas de Operación del mismo.

  Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante oficio No. 312.A-000147 de fecha 13 de marzo de 2002, autorizó las Reglas de Operación y sus indicadores de resultados del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades para su publicación en el Diario Oficial de la Federación; hemos tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO QUE ESTABLECE LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE DESARROLLO HUMANO OPORTUNIDADES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2002

  UNICO.- Se establecen las Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades aplicables al ejercicio fiscal del año 2002, las que se contienen en los anexos de este Acuerdo y que para todos los efectos se consideran como parte integrante del mismo.

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

  SEGUNDO.- Las Reglas de Operación objeto del presente Acuerdo serán aplicables para el año 2003, hasta en tanto se publiquen las relativas a dicho ejercicio fiscal, siempre y cuando no se contravenga lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente.

  Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los catorce días del mes de marzo de dos mil dos.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.- La Secretaria de Desarrollo Social, Josefina Eugenia Vázquez Mota.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Reyes S. Tamez Guerra.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, Julio Frenk Mora.- Rúbrica.- El Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, Santiago Levy Algazi.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, Rogelio Alberto Gómez Hermosillo Marín.- Rúbrica.

Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades (Oportunidades)

CONTENIDO

  1. PRESENTACION

  1.1. Las acciones de Oportunidades se ubican en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006

  1.2. Oportunidades en los planes sectoriales de Salud, Educación y Desarrollo Social

  2. OBJETIVOS

  2.1. Objetivo general

  2.2. Objetivos específicos

  3. ORIENTACIONES

  3.1. Oportunidades es un programa integral que contribuye al desarrollo humano

  3.2. Oportunidades impulsa el desarrollo de capacidades

  3.3. Oportunidades se dirige a las familias en pobreza extrema

  3.4. Oportunidades se centra en la familia y fomenta el tejido social y comunitario

  3.5. Oportunidades opera con transparencia y rinde cuentas

  3.6. Oportunidades tiene enfoque de género y promueve el liderazgo de las mujeres

  3.7. Oportunidades fomenta la corresponsabilidad

  3.8. Oportunidades involucra al conjunto de la sociedad en las tareas para la superación de la pobreza extrema

  3.9. Oportunidades se basa en la coordinación interinstitucional e intersectorial

  3.10. Oportunidades promueve la articulación con otros programas sociales

  3.11. Oportunidades da seguimiento permanente a su operación y evalúa sus impactos

  4. LINEAMIENTOS GENERALES DE OPORTUNIDADES

  4.1. Criterios para la identificación de familias beneficiarias

  4.1.1. Criterios para la selección de localidades a atender en el medio rural y de zonas urbanas de alta concentración de pobreza extrema

  4.1.2. Criterios para la identificación de las familias beneficiarias

  4.1.3. Análisis de la información para la identificación de hogares beneficiarios

  4.1.4. Incorporación de familias identificadas como beneficiarias

  4.1.4.1. Comités de Promoción Comunitaria

  4.1.4.2. Permanencia de las familias beneficiarias en el Programa

  4.2. Características de los componentes y apoyos de Oportunidades

  4.2.1. Componente educativo

  4.2.1.1. Becas educativas

  4.2.1.2. Utiles escolares

  4.2.2. Componente de salud

  4.2.3. Componente alimentario

  4.3. Derechos, obligaciones y corresponsabilidad de las familias beneficiarias

  4.3.1. Monto de los apoyos

  4.4. Integración de los apoyos monetarios

  5. LINEAMIENTOS ESPECIFICOS

  5.1. Coordinación institucional

  5.1.1. Comités Técnicos Estatales

  5.2. Transición de otros programas para evitar duplicación de apoyos

  5.3. Oportunidades aporta información y promueve la articulación de acciones y programas de desarrollo social

  5.4. Revisiones y consultas

  6. MECANICA DE OPERACION

  6.1. Selección de zonas de atención

  6.2. Verificación de la accesibilidad y capacidad de atención de los servicios de educación y salud

  6.3. Recolección y análisis de la información socioeconómica de los hogares

  6.3.1. Análisis de la información socioeconómica de los hogares

  6.4. Incorporación a Oportunidades de las familias beneficiarias

  6.4.1. Identificación de la titular beneficiaria

  6.4.2. Eventos de incorporación

  6.5. Cumplimiento de las acciones de corresponsabilidad por parte de las familias beneficiarias

  6.5.1. Registro en las unidades de salud y certificación de inscripción en los planteles educativos

  6.5.2. Certificación del cumplimiento de corresponsabilidades

  6.6. Integración y entrega de los apoyos

  6.6.1. Entrega de los apoyos monetarios

  6.6.2. Entrega de los paquetes de útiles escolares

  6.6.3. Entrega de los suplementos alimenticios

  6.6.4. Transparencia del Programa

  6.7. Prestación de los servicios de educación y salud

  6.7.1. Atención de la salud

  6.7.2. Prevención y atención de la desnutrición

  6.7.3. Comunicación educativa en materia de salud, nutrición e higiene

  6.7.4. Reforzamiento de la oferta de los servicios de salud

  6.7.5. Prestación de servicios educativos

  6.8. Suspensión de los beneficios de Oportunidades: causas de incumplimiento, retención, suspensión y, en su caso, reducción de la ministración de recursos

  6.8.1. Suspensión temporal

  6.8.2. Suspensión definitiva de los apoyos

  6.9. Contraloría social

  6.10. Manejo y difusión de la información

  7. INFORMES PROGRAMATICO-PRESUPUESTARIOS

  7.1. Programación del gasto

  7.2. Ejercicio del gasto

  7.3. Avances Físicos-Financieros

  7.4. Cierre del Ejercicio

  8. EVALUACION

  8.1. Evaluación externa

  8.1.1. Evaluación de impacto

  8.1.2. Evaluación operativa

  9. SEGUIMIENTO, CONTROL Y AUDITORIA

  9.1. Objetivos del seguimiento

  9.2. Atribuciones

  9.3. Resultados

  10. INDICADORES DE RESULTADOS

  11. QUEJAS Y DENUNCIAS

  11.1. Mecanismo, instancias y canales

  ANEXOS:

• Lineamientos para la operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades (Oportunidades)

• Relación de localidades en las que opera el Programa y número de familias beneficiarias en cada una de ellas por entidad federativa, municipio y localidad.

• Calendario de recertificación a nivel estatal, con el número de familias y el bimestre de su incorporación al Programa

  PREVISIONES

  1. Los Acuerdos de Coordinación establecidos entre los Gobiernos Federal y Estatales para la descentralización de los recursos federales autorizados para el Programa de Ampliación de Cobertura (PAC) deberán considerar los mecanismos que aseguren que la población beneficiaria de Oportunidades que se atiende con el PAC continúe recibiendo las acciones de Oportunidades de acuerdo a lo estipulado en estas Reglas.

  A más tardar el 30 de abril próximo:

  2. La Coordinación Nacional presentará al Comité Técnico del Consejo la propuesta conjunta con los sectores de salud y educación para evaluar la viabilidad del proceso de certificación electrónica de corresponsabilidades en los planteles de educación básica y unidades de salud.

  3. La Coordinación Nacional, de manera conjunta con los sectores, deberá someter a consideración del Comité Técnico la propuesta de modificaciones al esquema de seguimiento operativo que incluya las adecuaciones al SIIOP y a los Puntos Centinela.

  4. La Coordinación Nacional y el sector educativo presentarán al Comité Técnico del Consejo el análisis, y en su caso la propuesta de modificación, del esquema de distribución y recuperación de formatos de certificación de inscripción de becarios a los planteles educativos de educación básica.

  5. La Coordinación Nacional pondrá a consideración del Consejo el modelo de evaluación externa de impacto del Programa, así como los términos de referencia para su evaluación operativa, mismos que serán previamente analizados en el Comité Técnico.

  A más tardar el 30 de mayo próximo:

  6. La Secretaría de Educación Pública (SEP), a través del Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), deberá someter a la consideración del Comité Técnico del Consejo la viabilidad de incluir la Posprimaria Comunitaria Rural como un servicio educativo válido para Oportunidades a partir del ciclo escolar 2002-2003.

  A más tardar el 30 de junio próximo:

  7. La Coordinación Nacional deberá someter a consideración del Comité Técnico del Consejo la propuesta de operación de seguro de vida para principales perceptores de las familias beneficiarias. La cobertura propuesta estará sujeta a la disponibilidad presupuestal existente.

  8. La Secretaría de Educación Pública pondrá a consideración del Comité Técnico del Consejo la inclusión de los apoyos semestrales para la inscripción y la adquisición de útiles escolares de los becarios del Programa en educación media superior.

  9. La Coordinación Nacional y el sector salud presentarán al Comité Técnico del Consejo el esquema de operación para la actualización de nacimientos y defunciones en el Padrón de Beneficiarios.

  10. La Coordinación Nacional presentará al Comité Técnico del Consejo la propuesta para la adecuación de los montos de becas educativas para educación media superior en las zonas urbanas.

  A más tardar el 30 de octubre próximo:

  11. La Coordinación Nacional junto con la Secretaría de Educación Pública, a través del Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA-CONEVyT), presentarán una propuesta para la inclusión de esquemas de educación para adultos en las localidades de mayor marginación donde opera Oportunidades. Dicha propuesta incluirá un análisis sobre la pertinencia de la participación de los becarios de educación media superior como asesores del Programa de Educación para la Vida y el Trabajo.

  12. La Secretaría de Educación Pública, con base en los indicadores estadísticos del ciclo 2001-2002, presentará al Comité Técnico los criterios que permitan analizar, de manera preliminar, los resultados educativos de los becarios de educación media superior.

  1. Presentación

  La estrategia de desarrollo social y humano del Gobierno Federal contempla seis objetivos rectores: mejorar los niveles de educación y bienestar de los mexicanos; acrecentar la equidad y la igualdad de oportunidades; impulsar la educación para el desarrollo de las capacidades personales y de iniciativa individual y colectiva; fortalecer la cohesión y el capital sociales; lograr un desarrollo social y humano en armonía con la naturaleza; y, ampliar la capacidad de respuesta gubernamental para fomentar la confianza ciudadana en las instituciones.

  El Programa de Desarrollo Humano Oportunidades (Oportunidades), es un programa del Ejecutivo Federal inserto en la vertiente de desarrollo social y humano, que promueve, en el marco de una política social integral, acciones intersectoriales para la educación, la salud y la alimentación de las familias que viven en condiciones de pobreza extrema.

  Oportunidades integra los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y de los sectores de salud y educación y desarrollo social.

  1.1. Las acciones de Oportunidades se ubican en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006

  Oportunidades responde a los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 y asume los siguientes Objetivos Rectores:

  Mejorar los niveles de educación y bienestar de los mexicanos,

  Acrecentar la equidad y la igualdad de oportunidades; y

  Ampliar la capacidad de respuesta gubernamental para fomentar la confianza en las instituciones.

  1.2. Oportunidades en los programas sectoriales de Salud, Educación y Desarrollo Social

  Oportunidades coadyuva con sus acciones al logro de los objetivos del Programa Nacional de Salud (2001-2006), en particular los de:

  Mejorar las condiciones de salud de los mexicanos

  Abatir las desigualdades en salud

  Reducir los rezagos en salud que afectan a los pobres

  Desde la perspectiva del Programa Nacional de Educación (2001-2006), Oportunidades contribuye al logro de los siguientes objetivos:

  Garantizar el derecho a la educación expresado como la igualdad de oportunidades para el acceso, la permanencia y el logro educativo de todos los niños y jóvenes del país en la educación básica.

  Ampliar el acceso con equidad de la educación media superior y con ello ofrecer mayores oportunidades a jóvenes que hayan completado su educación básica.

  Avanzar en la atención del rezago educativo para el mejoramiento de su vida personal, familiar y social, así como para su realización productiva.

  Con respecto al Programa Nacional de Desarrollo Social (2001-2006), Superación de la Pobreza: una tarea Contigo , Oportunidades orienta su quehacer al logro de los siguientes objetivos:

  Generar igualdad de oportunidades para los grupos más pobres y vulnerables.

  Aumentar la calidad y dignidad de vida de los más pobres y vulnerables, especialmente los grupos indígenas.

  Promover mayor equidad.

  Desarrollar las capacidades personales, familiares y comunitarias y de ingreso de la población marginada.

  Fortalecer el tejido social y fomentar el desarrollo comunitario.

  El Programa de Educación, Salud y Alimentación (Progresa) fue creado en 1997 con el propósito de apoyar a las familias que viven en condición de pobreza extrema con el fin de ampliar y mejorar las oportunidades de educación, salud y nutrición que eleven las capacidades de sus miembros para alcanzar mejores niveles de bienestar.

  A partir de 2002, Progresa se transforma en el Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, incorporando nuevas acciones en el marco de la política de Desarrollo Social y Humano del Gobierno Federal. Con esta visión ampliada busca que mediante acciones intersectoriales coordinadas de educación, salud, alimentación y desarrollo social, las capacidades de las personas se traduzcan en mayores opciones para las familias en condiciones de pobreza extrema. Con este esfuerzo integrado se busca romper el círculo vicioso de la transmisión intergeneracional de la pobreza.

  El Programa ha obtenido logros importantes en la permanencia de los niños en la escuela, la reducción de la morbilidad, el aumento en peso y talla de los menores de 5 años, entre otros. Asimismo, ha construido un sistema transparente y eficiente para identificar a sus beneficiarios y entregar apoyos monetarios.

  El Gobierno Federal ha decidido continuar fortaleciendo y ampliando el Programa, generando nuevas y mejores oportunidades para las familias.

  En este contexto, Oportunidades concertará esfuerzos y facilitará la información para el desarrollo de programas y acciones complementarias que generen nuevas capacidades y multipliquen las oportunidades para las familias en pobreza extrema, para promover el:

  Mejoramiento de la calidad de la educación mediante la difusión, promoción y, en su caso, aplicación del Programa de Escuelas de Calidad en las localidades en las que opera Oportunidades;

  Mejoramiento de la calidad de los servicios de salud a través de la Cruzada Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud, la cual será promovida por el sector en las localidades donde opera el Programa.

  Incremento de la escolaridad y reducción del analfabetismo mediante la promoción de los cursos y servicios de educación de adultos para la vida y el trabajo entre la población beneficiaria que desarrollan el Instituto Nacional de Educación de Adultos (INEA) y el Consejo Nacional de Educación para la Vida y el Trabajo (CONEVyT).

  Acceso a mecanismos de ahorro y crédito mediante el impulso al crecimiento de la cobertura del sistema nacional de ahorro y crédito popular promovido por el Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros (BANSEFI) y la red de cajas populares reguladas por la nueva Ley de Ahorro y Crédito Popular, a través de las transferencias de los apoyos en efectivo.

  Acceso de los beneficiarios de Oportunidades, especialmente jóvenes y adultos incorporados al Programa en 1997, 1998 y 1999, a las acciones y beneficios de los Programas de Empleo Temporal y de oportunidades productivas de la SEDESOL, para contribuir a la generación de ingresos y de nuevos empleos que eleven las condiciones socioeconómicas de las familias.

  Acceso a proyectos de cuidado del agua, de los bosques y de reforestación que mejoren el medio ambiente y los recursos naturales de las comunidades, y generen nuevas oportunidades de empleo e ingreso, a través de la coordinación con la Comisión Nacional Forestal.

  Acceso prioritario al programa de mejoramiento de vivienda rural de la SEDESOL en las localidades de desarrollo de acuerdo a la Estrategia de Microrregiones y el Plan de Ordenación del Territorio de la SEDESOL.

  Fortalecer el tejido comunitario y el capital social en las comunidades que atiende el Programa mediante el establecimiento de Comités de Promoción Comunitaria que trabajen en la perspectiva de ampliar las oportunidades de la población y el desarrollo local;

  Garantizar el apartidismo y transparencia de todas las acciones; y

  Contar con mecanismos efectivos para la corrección de los problemas operativos.

  2. Objetivos

  2.1. Objetivo general

  Oportunidades tiene como objetivo apoyar a las familias que viven en condición de pobreza extrema con el fin de potenciar las capacidades de sus miembros y ampliar sus alternativas para alcanzar mejores niveles de bienestar, a través del mejoramiento de opciones en educación, salud y alimentación, además de contribuir a la vinculación con nuevos servicios y programas de desarrollo que propicien el mejoramiento de sus condiciones socioeconómicas y calidad de vida.

  2.2. Objetivos específicos

  Mejorar las condiciones de educación, salud y alimentación de las familias en situación de pobreza extrema mediante el acceso a servicios de calidad en materia de educación, salud y alimentación, y la entrega de apoyos monetarios.

  Integrar las acciones de educación, salud y alimentación, para que el aprovechamiento escolar no se vea afectado por enfermedades o desnutrición, ni porque se vean en la necesidad de realizar labores que dificulten su asistencia escolar.

  Contribuir a que los niños y jóvenes completen la educación básica y media superior mediante becas escolares crecientes.

  Atender la salud y nutrición durante las etapas de gestación y crecimiento de niños y niñas mediante la entrega de suplementos alimenticios, vigilancia médica en las unidades de salud e información para el autocuidado y la buena alimentación.

  Fomentar la responsabilidad y la participación activa de los padres y de todos los integrantes de la familia para mejorar su educación, salud y alimentación.

  Promover la participación y respaldo de los padres en el mejoramiento de la calidad de la educación y los servicios de salud para que beneficien a toda la comunidad.

  Poner a disposición del sector público e instituciones académicas, información geoestadística y socioeconómica, a fin de optimizar su aprovechamiento para una mejor focalización y definición de acciones dirigidas al desarrollo social.

  3. Orientaciones

  3.1. Oportunidades es un programa integral que contribuye al desarrollo humano

  Al invertir en la educación, la salud y la alimentación de las familias más pobres se invierte en el crecimiento de sus capacidades, se opta por incentivar su propio esfuerzo y se promueve el acceso a nuevas oportunidades de desarrollo.

  Educación, salud y alimentación constituyen una tríada estratégica de acciones para el combate a la pobreza extrema. Además de los beneficios sociales, familiares e individuales que representa la inversión en cada uno de esos componentes, sus efectos se multiplican y potencian recíprocamente por las interrelaciones positivas que los vinculan.

  Un mayor nivel de educación mejora el uso de los servicios y la atención de la salud porque favorece una mejor comprensión de la importancia de las medidas preventivas de salud e higiene. Asimismo, la salud en los niños propicia un mejor rendimiento en la escuela al favorecer la continua asistencia escolar y un mayor nivel de atención en el aula. Un buen estado nutricional es fundamental para el desarrollo y el ejercicio de las capacidades de aprendizaje de las personas. En correspondencia, un mayor nivel de escolaridad repercute sobre el estado nutricional, ya que puede favorecer la adopción de patrones alimentarios adecuados, así como el acceso a oportunidades de trabajo mejor remunerado.

  3.2. Oportunidades impulsa el desarrollo de capacidades

  El desarrollo humano es un proceso de ampliación de las opciones de la gente y de elevación continua del bienestar. En este sentido, entendemos que el desarrollo de capacidades debe servir para ampliar las oportunidades de las familias de participar en la vida económica, social y política, en función de sus propios criterios, valores y objetivos. Oportunidades desarrolla las capacidades de la población en pobreza extrema para que ésta pueda influir en las decisiones que determinan su vida.

  Oportunidades busca primordialmente aumentar las capacidades básicas de las personas que viven en pobreza extrema, facilitando su acceso a los bienes y servicios sociales que les permitan adquirir las habilidades y aptitudes necesarias para que con su esfuerzo personal, alcancen una vida plena y autosuficiente.

  3.3. Oportunidades se dirige a las familias en pobreza extrema

  Las acciones del Programa buscan contrarrestar las causas críticas que generan las condiciones en las que viven las familias en pobreza extrema. Esto implica necesariamente identificar a la población que requiere de un apoyo gubernamental para superar sus condiciones de marginación y aislamiento, así como reducir las situaciones de riesgo y vulnerabilidad que enfrenta.

  3.4. Oportunidades se centra en la familia y fomenta el tejido social y comunitario

  El Programa reconoce que la familia es el espacio privilegiado para hacer frente a las adversidades económicas y sociales, y en ocasiones, al mismo tiempo, es el lugar donde residen los factores que tienden a perpetuar la pobreza extrema de generación en generación. En las familias pobres, los niños se ven obligados a trabajar desde temprana edad. El rendimiento escolar además se ve afectado por las enfermedades, cuya frecuencia aumenta a causa de la desnutrición y la mala alimentación. Las niñas tienen menos probabilidad de mantenerse en la escuela y tienden a casarse a menor edad. Ello hace que perdure la pobreza extrema transmitiéndose de padres a hijos. El Programa propicia la ruptura de este círculo de transmisión intergeneracional de la pobreza.

  Para Oportunidades resulta estratégico contribuir al fortalecimiento del tejido social, como condición necesaria para que los ciudadanos lleven a cabo acciones conjuntas en favor de la superación de su condición de pobreza extrema.

  3.5. Oportunidades opera con transparencia y rinde cuentas

  El propósito primordial de Oportunidades es la superación de la pobreza extrema. La selección de las zonas de atención y la identificación de las familias beneficiarias se lleva a cabo a partir de procedimientos rigurosos, objetivos e imparciales, homogéneos a nivel nacional, que son verificables y auditables.

  Adicionalmente, los beneficios del Programa se hacen llegar directamente a las familias identificadas en forma individual a través de las madres de familia, evitando cualquier interferencia en la entrega.

  Oportunidades es un programa en el que la participación activa de la sociedad, las instituciones sociales y políticas contribuyen a la vigilancia de su operación. El reporte y difusión oportuna de información sobre los logros alcanzados y la utilización de los recursos, así como el seguimiento y la evaluación de las acciones que se realizan deben estar al alcance de todos los mexicanos sin distinción alguna.

  Oportunidades capacita y orienta a la población beneficiaria sobre los criterios operativos y normativos del Programa, informándole sobre sus derechos y las acciones de corresponsabilidad que deben cumplir para recibir los apoyos y la atención oportuna a las peticiones, dudas, quejas, denuncias y reconocimientos, que le son turnadas por la ciudadanía.

  3.6. Oportunidades tiene enfoque de género y promueve el liderazgo de las mujeres

  Oportunidades reconoce que la pobreza adquiere modalidades particulares a la luz de las desigualdades que prevalecen entre mujeres y hombres. Casi siempre estas desigualdades se traducen en desventajas aún mayores para las mujeres, incrementando su vulnerabilidad ante situaciones de riesgo y de pobreza, condición que mina sus esfuerzos por mejorar su situación personal y la de sus familias.

  Para Oportunidades es una prioridad fortalecer la posición de las mujeres en la familia, incrementar su capacidad de autonomía y el acceso y control de los recursos del hogar, así como fomentar su participación en la toma de decisiones dentro de la familia y en la comunidad. Por esta razón, Oportunidades canaliza los apoyos a través de las titulares e impulsa una política de becas que contrarresta las desventajas de las niñas para acceder a la educación.

  En esta perspectiva el Programa apoya a los sectores de salud y educación en la realización de acciones orientadas a la construcción de una cultura de equidad de género.

  3.7. Oportunidades fomenta la corresponsabilidad

  Oportunidades parte de una visión humanista del desarrollo social, centrada en la dignidad de las personas, en los valores de la libertad y la responsabilidad social, en la promoción de una ciudadanía participativa y actora del desarrollo nacional. La participación entendida como un fin adquiere sentido en sí misma, porque permite a las personas asumir su responsabilidad como sujetos activos de su propio desarrollo.

  Para el logro de los objetivos del Programa es fundamental la convicción plena de parte de los padres de familia y de los jóvenes sobre el beneficio que traen consigo las acciones del Programa y de que su activa participación es primordial para que sean efectivamente de provecho. Oportunidades alienta y apoya a las familias, cuidando no sustituir ni aminorar los esfuerzos de los padres de familia para lograr la superación de sus hijos. Al fomentar la corresponsabilidad, los apoyos del Programa se otorgan con pleno respeto a las decisiones de las familias, buscando ampliar opciones y oportunidades en un marco de estímulo a la elección informada.

  Asimismo, los apoyos del Programa representan una inversión de carácter temporal en las familias que viven en condiciones de pobreza extrema para fortalecer las capacidades de las personas, evitando que dependan permanentemente de los beneficios otorgados.

  3.8. Oportunidades involucra al conjunto de la sociedad en las tareas para la superación de la pobreza extrema

  La superación de la pobreza es una tarea de toda la sociedad. Al esfuerzo del gobierno en las localidades más pobres es necesario sumar el esfuerzo del conjunto de actores sociales preocupados por el desarrollo, para alcanzar el objetivo de impactar en el nivel actual de capacidades de la gente y reducir la pobreza extrema.

  El reto de elevar la calidad de los servicios educativos y de salud en las localidades donde opera Oportunidades sólo podrá enfrentarse incorporando a todo el abanico de actores que ya realizan acciones por el desarrollo y promoviendo la participación de aquellos que hasta ahora han permanecido al margen de estas tareas.

  Poner énfasis en el desarrollo de las competencias de la gente y la generación de oportunidades, exige la incorporación del esfuerzo de las instituciones y organismos públicos, sociales y privados en la movilización de recursos y realización de tareas que este reto implica.

  3.9. Oportunidades se basa en la coordinación interinstitucional e intersectorial

  La operación de Oportunidades se realiza a través de una estrecha coordinación interinstitucional. La Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Coordinación Nacional, es responsable de coordinar las acciones que desarrollan los sectores para la operación del Programa, de las tareas de planeación y evaluación, de la administración del padrón de beneficiarios y de la entrega de apoyos monetarios a las familias, así como de la vinculación con otras acciones y programas públicos que amplíen las oportunidades para las familias beneficiarias.

  Por su parte, las Secretarías de Educación Pública y de Salud (SSA), junto con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en coordinación con las autoridades sectoriales estatales, deberán proporcionar en forma adecuada los servicios de educación y de salud, la capacitación de su personal y la certificación de las corresponsabilidades de las familias, en el marco de los acuerdos establecidos entre el Gobierno Federal y los Gobiernos Estatales.

  Para Oportunidades el apoyo y participación de los gobiernos estatales, y en particular municipales, resulta esencial para la buena operación del Programa y para el logro de sus objetivos; destacando, entre otras acciones, su colaboración en la realización de los trabajos de campo para identificar a las familias beneficiarias, la realización de las asambleas de incorporación al Programa en localidades rurales, así como en la instalación de los módulos de entrega de los apoyos económicos.

  3.10. Oportunidades promueve la articulación con otros programas sociales

  Oportunidades propicia la complementariedad de sus acciones con otros programas de desarrollo social orientados a mejorar el nivel de vida de las familias y de las comunidades. La pobreza no sólo es causa y resultado de escasas capacidades básicas, sino que obedece también a otros factores, como la falta de acceso a oportunidades productivas y a servicios sociales esenciales.

  En esta perspectiva, Oportunidades promoverá la articulación con otros programas sociales que potencien el cumplimiento de sus objetivos y acerquen oportunidades a los hogares beneficiarios.

  En particular, Oportunidades promoverá que los adultos y jóvenes mayores de 15 años, que no hayan terminado la educación básica accedan a los programas de educación para la vida y el trabajo. Asimismo, el Programa promoverá el acceso de las familias en pobreza extrema y de las comunidades marginadas a servicios de ahorro, crédito, proyectos de empleo temporal, oportunidades productivas, mejoramiento de vivienda y, en general, a programas que contribuyan al mejoramiento de sus condiciones socioeconómicas.

  3.11. Oportunidades da seguimiento permanente a su operación y evalúa sus impactos

  La evaluación es un proceso sistemático y continuo que permite analizar los procesos y resultados del Programa. Se busca estudiar los determinantes de dichos resultados, incluyendo los diferentes impactos esperados y no esperados generados por las acciones del Programa; cuantificar la magnitud de los impactos; monitorear su ejecución; proponer medidas de reorientación de sus acciones y mejorar la funcionalidad de sus procesos; y, en general, aumentar la efectividad y eficiencia del uso de los recursos para el logro de sus objetivos.

  El esquema de evaluación de impacto contempla el análisis de los efectos de corto, mediano y largo plazo del Programa sobre la población beneficiaria, tanto en la esfera individual, como en la familiar y comunitaria. Con este fin, el enfoque de evaluación integra diversas aproximaciones metodológicas, que incluyen instrumentos cuantitativos y cualitativos, lo cual permite generar elementos para un análisis de las sinergias que ocurren entre los componentes de Oportunidades y sus repercusiones sobre las esferas mencionadas.

  El seguimiento, como componente fundamental del sistema de evaluación del Programa, permitirá una retroalimentación constante sobre el estado de la operación y los resultados, con el objetivo de mejorar su diseño y operación. Para esto, es crucial contar con mecanismos para identificar los avances y problemas específicos en la medida en que surjan.

  4. Lineamientos generales de oportunidades

  4.1. Criterios de identificación de familias beneficiarias

  Las familias beneficiarias de Oportunidades son las que se identifican mediante los criterios y procedimientos establecidos en los Lineamientos específicos para la operación de Oportunidades y constituyen el padrón activo de beneficiarios.

  El proceso por el cual se identifica a las familias como beneficiarias del Programa consta de dos etapas:

  Selección de zonas altamente marginadas o de concentración de pobreza extrema

  Identificación de hogares en condiciones de pobreza extrema

  4.1.1. Criterios para la selección de localidades a atender en el medio rural y de zonas urbanas de alta concentración de pobreza extrema

  La selección de localidades rurales toma en cuenta el nivel de marginación, con base en los criterios establecidos por el Consejo Nacional de Población (CONAPO), dando prioridad a la atención de aquellas donde la concentración de hogares en condición de pobreza extrema es mayor.

  Los criterios para identificar a las zonas urbanas se basan en un proceso de focalización geográfica mediante el cual se seleccionan en primera instancia las ciudades medias.

  A partir de esta selección, se procede a generar zonas de atención alrededor de estas ciudades, considerando su radio de influencia.

  Con base en esta focalización, se verifica el acceso y la capacidad de atención de los servicios de salud y educación básica.

  4.1.2. Criterios para la identificación de las familias beneficiarias

  En todas las localidades y en las zonas urbanas seleccionadas se recolecta información socioeconómica de los hogares que sirve para determinar su condición de pobreza extrema.

  La identificación de las familias beneficiarias se basa en un criterio objetivo y único, homogéneo para todo el país, que evita discrecionalidades, y considera la condición de residencia rural-urbana de los hogares.

  La unidad de atención de Oportunidades es el hogar, definido como el conjunto de personas que hacen vida en común dentro de la vivienda, unidos o no por parentesco, que comparten gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina. En todos los casos, la identificación de los beneficiarios se circunscribe al hogar.

  Cuando en los procesos de recertificación se abre un espacio para seleccionar a aquellas familias que consideren estar en condiciones de pobreza extrema y cuyos datos socioeconómicos no hayan sido recogidos, se les levanta la información que permita evaluar si cumplen con el perfil de beneficiarios y pueden ser incorporados al Programa. A este procedimiento se le llama densificación.

  4.1.3. Análisis de la información para la identificación de hogares beneficiarios

  Una vez que se cuenta con la información de cada hogar, se procede a la evaluación de sus características socioeconómicas para determinar, con base en criterios objetivos y homogéneos para todo el país, su condición de pobreza extrema. El procedimiento utilizado asegura la equidad de trato a la población para ser incluida al Programa, con independencia de la entidad federativa en la que habite, pero considerando las características de su entorno regional.

  Este mecanismo permite la evaluación simultánea de diversos aspectos recolectados en la cédula de información socioeconómica que reflejan las condiciones de las familias. El proceso se aplica sin establecer de antemano un número predeterminado de familias que deban ser beneficiadas por el Programa en las zonas de atención, sino que este número es el resultado derivado específicamente de las características de los hogares.

  4.1.4. Incorporación de familias identificadas como beneficiarias

  La incorporación de familias es el procedimiento mediante el cual se lleva a cabo la inclusión de las familias beneficiarias identificadas al Programa, formalizándose su registro en el Padrón Activo de Beneficiarios.

  En la incorporación de las familias se establece el contacto formal de Oportunidades con sus beneficiarios y se designa a una representante o titular del hogar, que generalmente es la madre de familia, para recibir los apoyos económicos. Asimismo, se explica el funcionamiento del Programa, se difunde material informativo y la documentación necesaria para el registro definitivo de las familias.

  En el medio rural, la incorporación se realiza en una asamblea comunitaria, al final de la cual se levanta un Acta, en donde las autoridades municipales dan fe de su realización. En el medio urbano, la incorporación se realiza mediante una reunión de orientación.

  Una vez incorporadas al Programa, las titulares beneficiarias reciben una identificación, que es el documento que da testimonio de su identidad para tener acceso a los apoyos del Programa.

  4.1.4.1. Comités de Promoción Comunitaria

  Durante las asambleas comunitarias y reuniones de orientación, las titulares beneficiarias eligen de entre ellas mismas a por lo menos 2 vocales, una para educación y otra para salud, preferentemente mujeres mayores de 15 años y que sepan leer y escribir, para integrar un Comité de Promoción Comunitaria.

  La participación como vocales y miembros de Comités de Promoción Comunitaria es voluntaria. Quienes la asumen no reciben ninguna remuneración por su actividad.

  Los Comités contribuyen a establecer una mejor vinculación entre las titulares beneficiarias y el personal de los servicios de salud, educación y de la Coordinación Nacional de Oportunidades, así como para canalizar solicitudes y sugerencias de las familias. La vigencia de los integrantes del Comité de Promoción Comunitaria tendrá un máximo de tres años. En todos los casos se procurará evitar duplicidades con las instancias comunitarias ya existentes, como los comités locales de salud y educación, promoviendo la articulación y complementariedad con éstos. Cuando se requiera, podrán elegirse otras vocales que apoyen el desarrollo de actividades y proyectos de ahorro, educación para la vida, proyectos productivos y de abasto, y mejoramiento de vivienda.

  4.1.4.2. Permanencia de las familias beneficiarias en el Programa

  Las familias beneficiarias pueden recibir los apoyos de Oportunidades hasta por tres años a partir de la primera entrega de los beneficios del Programa, siempre y cuando cumplan con las acciones de corresponsabilidad. Al término de este periodo las familias podrán solicitar su reinclusión al Padrón Activo de Beneficiarios. Para ello se evaluarán nuevamente las condiciones socioeconómicas de cada una de las familias; a este proceso se le llama recertificación.

  Para las familias que dejen de ser beneficiarias del Programa como resultado de la nueva evaluación de sus condiciones socioeconómicas, se promoverá su vinculación con las acciones de otros programas sociales procurando, en la medida de lo posible, que se brinde a las familias beneficios acordes a su situación socioeconómica y su composición demográfica, tales como: seguro popular de salud, vinculación con programas de crédito para el mejoramiento de la vivienda, capacitación para la vida y el trabajo, Sistema Nacional de Becas, entre otros programas sociales.

  4.2. Características de los componentes y apoyos de Oportunidades

  4.2.1. Componente educativo

  Oportunidades orienta sus acciones a apoyar la inscripción, permanencia y asistencia regular a la escuela de los hijos de las familias beneficiarias. El componente educativo se integra por los siguientes apoyos:

  Becas educativas; y

  Utiles escolares

  El Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), a través de los programas compensatorios, refuerza la oferta educativa, en el universo de coincidencia de educación primaria, para potenciar el aprovechamiento de los niños bajo un concepto de integralidad. Asimismo, a través de los apoyos a la gestión escolar promueve la participación de las asociaciones de padres de familia para mejorar la calidad de la oferta educativa.

  Adicionalmente, se promoverá que las escuelas con becarios de Oportunidades se comprometan en el mejoramiento continuo de la calidad educativa mediante su participación voluntaria en el Programa Escuelas de Calidad.

  Los gobiernos estatales, a través de la autoridad educativa, llevan a cabo acciones para el mejoramiento de los servicios en las zonas atendidas por Oportunidades.

  4.2.1.1. Becas educativas

  Están dirigidas a cada uno de los niños, niñas y jóvenes integrantes de las familias beneficiarias menores de 18 años, que estén inscritos en grados escolares comprendidos entre tercero de primaria y tercero de secundaria. Las becas de educación media superior se asignan a los jóvenes de entre 14 y 20 años de edad que estén inscritos en ese tipo educativo. Todos los planteles educativos que participen en el Programa serán los reconocidos por la Secretaría de Educación Pública.

  Las becas se entregan durante los diez meses del ciclo escolar. Su monto es creciente a medida que el grado que se cursa es más alto. En secundaria y educación media superior, las becas para las mujeres son superiores a las de los hombres, con el fin de compensar el hecho de que en las familias en condición de pobreza extrema son ellas quienes tienden a abandonar sus estudios en mayor proporción y en edades más tempranas que los hombres.

  4.2.1.2. Utiles escolares

  Los becarios de primaria reciben al inicio del ciclo escolar un apoyo monetario para adquirir útiles escolares o un paquete de dichos útiles (de acuerdo con las normas del Consejo Nacional de Fomento Educativo). Al inicio del segundo semestre del ciclo escolar se les otorga un apoyo monetario adicional para la reposición de útiles escolares.

  Los becarios de secundaria y de educación media superior, reciben un único apoyo monetario anual para la adquisición de útiles escolares. Este apoyo se entrega durante el primer semestre del año.

  4.2.2. Componente de salud

  El componente de salud opera bajo cuatro estrategias específicas:

  Proporcionar de manera gratuita el Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud;

  Prevenir la desnutrición de los niños desde la etapa de gestación mediante la entrega de suplementos alimenticios;

  Fomentar y mejorar el autocuidado de la salud de las familias y de la comunidad mediante la comunicación educativa en materia de salud, nutrición e higiene; y

  Reforzar la oferta de servicios de salud para satisfacer la demanda adicional.

  Adicionalmente, se procurará un trato digno a los usuarios con base en el Programa Cruzada Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud.

  Las acciones del Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud se destinan a cada uno de los miembros de las familias beneficiarias, son proporcionadas de acuerdo a la normativa y los modelos de atención vigentes, y se realizan conforme al protocolo de atención establecido por el sector salud. Se dirigen, con especial énfasis, a la población más vulnerable como las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia, y los niños menores de cinco años.

  Mediante la vigilancia de la nutrición de los niños menores de cinco años, de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia; la entrega de suplementos alimenticios; y la educación alimentario-nutricional, se apoya la salud y nutrición de la población beneficiaria de Oportunidades.

  Las sesiones educativas para la salud están dirigidas principalmente a las titulares beneficiarias y a los becarios de educación media superior. Mediante la comunicación educativa se promueven cambios de actitudes y hábitos a favor de la salud, tratando de arraigar una actitud preventiva y de autocuidado, y ofreciendo a la población información accesible que considere sus particularidades étnicas y culturales, así como sus valores, usos y costumbres.

  Las instituciones estatales de salud, a través de los programas regulares del sector con la participación que corresponda al Gobierno Federal, aplican una estrategia de fortalecimiento de la infraestructura de salud.

  4.2.3. Componente alimentario

  Oportunidades otorga apoyos monetarios directos a las familias beneficiarias para contribuir a que mejoren la cantidad, calidad y diversidad de su alimentación y, por esta vía, elevar su estado de nutrición. Asimismo, la entrega de los suplementos alimenticios busca reforzar la alimentación infantil y de las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia.

  4.3. Derechos, obligaciones y corresponsabilidad de las familias beneficiarias

  La participación de las familias y de la comunidad es un elemento fundamental para el logro de los objetivos de Oportunidades. Son las familias quienes, con pleno respeto a la pluralidad y sus particularidades sociales y culturales deciden sobre el buen uso de los apoyos que reciben, así como quienes perseveran en la asistencia regular de sus niños, niñas y jóvenes a la escuela y en el cuidado de su salud y alimentación.

  Al incorporarse a Oportunidades, las familias se comprometen con las siguientes corresponsabilidades:

  Inscribir a los menores de 18 años que no hayan concluido la educación básica en las escuelas de educación primaria o secundaria y apoyarlos para que asistan en forma regular a clases y mejoren su aprovechamiento;

  Inscribir a los jóvenes de hasta 20 años que hayan concluido la educación básica en los planteles de educación media superior y apoyarlos para que tengan un adecuado aprovechamiento;

  Registrarse en la unidad de salud que les corresponda y cumplir con las citas programadas para todos los integrantes de la familia a fin de recibir las acciones del Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud;

  Asistir mensualmente a las sesiones de educación para la salud;

  Promover y apoyar la asistencia de los becarios de educación media superior a las sesiones de educación para la salud dirigidas a los jóvenes;

  Destinar los apoyos monetarios al mejoramiento del bienestar familiar, en especial la alimentación de los hijos y para su aprovechamiento escolar.

  Por su parte, los sectores promoverán la participación de las familias en actividades comunitarias que favorezcan su desarrollo individual, familiar y comunitario.

  La entrega de las becas educativas requiere la verificación de la corresponsabilidad de asistencia regular a la escuela de cada becario. El apoyo monetario para la alimentación está sujeto a la asistencia de todos los integrantes de la familia a sus citas programadas en los servicios de salud y de las titulares beneficiarias a las sesiones de comunicación educativa.

  El incumplimiento de la corresponsabilidad de las familias lleva a la suspensión de los apoyos.

  El apoyo para la adquisición de útiles escolares está sujeto a la inscripción de los becarios, certificada por el personal docente de los planteles educativos.

  Ante la ocurrencia de desastres naturales que impidan la prestación de servicios o la asistencia de la familia a los mismos, la Coordinación Nacional del Programa deberá informar al Comité Técnico del Consejo sobre el número de localidades y familias afectadas. En ningún caso se podrá suspender la normatividad del Programa en dichas localidades por más de cuatro meses consecutivos. Ante esa situación, se procederá a suspender la entrega de los apoyos del Programa hasta que se restituyan las condiciones para la operación del mismo.

  4.3.1. Monto de los apoyos

  Las becas educativas y el apoyo monetario se entregan invariablemente en efectivo y en forma individual a las titulares beneficiarias del programa.

  El apoyo económico para alimentación vigente para el semestre enero-junio del 2002 es de $145.00 (ciento cuarenta y cinco pesos) mensuales por familia.

  El monto de los apoyos para becas educativas durante el semestre enero-junio de 2002 se detalla en el cuadro siguiente.

MONTO MENSUAL DE LAS BECAS EDUCATIVAS

PRIMARIA DE ENERO A JUNIO DE 2002
  NIÑOS Y NIÑAS
TERCERO $ 95.00
CUARTO $ 115.00
QUINTO $ 145.00
SEXTO $ 195.00
SECUNDARIA  
NIÑOS  
PRIMERO $ 285.00
SEGUNDO $ 300.00
TERCERO $ 315.00
NIÑAS  
PRIMERO $ 300.00
SEGUNDO $ 330.00
TERCERO $ 365.00
EDUCACION MEDIA SUPERIOR
HOMBRES  
PRIMERO $ 475.00
SEGUNDO $ 510.00
TERCERO $ 540.00
MUJERES  
PRIMERO $ 545.00
SEGUNDO $ 585.00
TERCERO $ 620.00
 

  El apoyo monetario para la adquisición de útiles escolares al inicio del ciclo escolar 2002-2003 para cada uno de los becarios entre tercero y sexto grados de primaria que no reciben paquete de útiles escolares es de $130.00 (ciento treinta pesos). Todos los becarios de educación primaria reciben un apoyo de $65.00 (sesenta y cinco pesos) por concepto de reposición de útiles. Para los becarios de secundaria y educación media superior, el apoyo para la adquisición de útiles escolares es de $240.00 (doscientos cuarenta pesos).

  4.4. Integración de los apoyos monetarios

  El apoyo monetario que recibe una familia varía conforme al número de niños y jóvenes inscritos a la escuela, a su permanencia y avance en los diferentes niveles escolares. Su entrega requiere del cumplimiento de las corresponsabilidades de cada familia.

  Los apoyos monetarios, en todos los casos, se entregan bimestralmente y de manera directa a cada titular beneficiaria en Módulos de Atención, en las instalaciones de instituciones liquidadoras, o bien se les deposita en cuentas bancarias personalizadas. A solicitud de la titular beneficiaria los apoyos educativos correspondientes a los becarios de educación media superior podrán entregárseles directamente a éstos.

  5. Lineamientos específicos

  5.1. Coordinación institucional

  La Secretaría de Desarrollo Social es responsable de la coordinación general del Programa, a través de la Coordinación Nacional de Oportunidades, órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social. En la operación de Oportunidades participan, a nivel federal, las Secretarías de Desarrollo Social, de Educación Pública y de Salud, así como el Instituto Mexicano del Seguro Social.

  La Coordinación Nacional de Oportunidades cuenta con un Consejo integrado por los titulares de las Secretarías que participan su operación y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Este Consejo está apoyado en un Comité Técnico conformado por los representantes de las Secretarías de Desarrollo Social, de Hacienda y Crédito Público, de Educación Pública, de Salud, de Contraloría y Desarrollo Administrativo, el Instituto Mexicano del Seguro Social y la Coordinación Nacional del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades; este Comité opera con base en su Reglamento Interno.

  A nivel estatal, los gobiernos de los estados, las delegaciones y programas federales, en su caso, son los responsables de operar y otorgar los servicios de educación, y de la atención a la salud de la población, así como del seguimiento de la operación de los componentes respectivos de Oportunidades. La participación de Oportunidades en cada entidad federativa se formaliza mediante la firma de un Acuerdo de Coordinación, en el cual se enmarca la participación de las autoridades del Gobierno Federal y del Gobierno Estatal para lograr el cumplimiento de los objetivos del Programa. Asimismo, para el despliegue de sus acciones y con el fin de asegurar una operación eficiente, eficaz, equitativa y transparente, Oportunidades se apoya en el compromiso conjunto de los Ejecutivos Federal y Estatal, dentro del marco de los Convenios de Desarrollo Social.

  Con el objeto de contar con criterios de operación uniformes en todo el territorio nacional, las políticas y normas generales de operación de Oportunidades se establecen en el ámbito federal y su aplicación es nacional. El Gobierno Federal es el responsable de establecer las Reglas de Operación del Programa, para asegurar en estricto apego a las mismas, la adecuada identificación e inclusión de familias al Programa, la administración del padrón y la entrega de los apoyos, así como aportar los recursos necesarios para su operación, mantener el seguimiento y evaluación del mismo y garantizar el cumplimiento de sus objetivos y difundir los principales resultados obtenidos.

  Las autoridades municipales también participan en la revisión de las zonas de atención identificadas por Oportunidades verificando el acceso a los servicios de educación y salud; asimismo, designan al personal que sirve de apoyo y enlace para dar seguimiento a la operación de Oportunidades a nivel local; y, en general, contribuyen para facilitar la logística operativa.

  5.1.1. Comités Técnicos Estatales

  Con el fin de establecer la concertación de los actores que participan en el Programa, se integran los Comités Técnicos Estatales, los cuales operan bajo la coordinación de las autoridades federales correspondientes y con base en estas Reglas.

  Los Comités Técnicos Estatales son instancias de coordinación interinstitucional en donde participan las autoridades de los organismos y dependencias gubernamentales tanto federales como estatales y municipales, cuando el caso lo requiera, de los componentes de salud, educación y desarrollo social, organismos e instituciones de los sectores social y privado o miembros de la comunidad académica que por los objetivos y alcances de sus actividades se considere conveniente integrar.

  Los Comités Técnicos Estatales permiten avanzar en la estrategia de consolidación de la operación del Programa, dando un sentido único a la operación de sus componentes al evaluar y dar seguimiento a su funcionamiento y atención a la problemática que se registra a nivel regional y estatal. Asimismo, facilita el diálogo permanente entre las instancias federales y estatales y de esta manera, el desarrollo de tareas compartidas y articuladas en un enfoque integral.

  5.2. Transición de otros programas para evitar duplicación de apoyos

  Debido al enfoque integral que caracteriza a Oportunidades, así como a la pertinencia de evitar la duplicidad de los apoyos del Gobierno Federal, la presencia del Programa en algunas localidades hace necesaria la revisión de la confluencia y permanencia de otros esfuerzos del Gobierno Federal que proporcionan apoyos similares a los que forman parte de alguno de los componentes de Oportunidades.

  Asimismo, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 59 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002 (PEF), Oportunidades se vincula con la Coordinación General de Padrones de Beneficiarios de Programas Sociales de la SEDESOL para facilitar la homologación de criterios de identificación de beneficiarios y evitar duplicidades en la entrega de apoyos. Para ello, la Coordinación Nacional de Oportunidades actualiza bimestralmente a la Coordinación General de Padrones de Beneficiarios de Programas Sociales de la SEDESOL el listado de localidades y familias que atiende.

  En todos los casos, los hogares que estén siendo beneficiados por otros programas sociales, y que sean transferidos al padrón de Oportunidades, deberán de cumplir con los criterios de identificación de beneficiarios. Los beneficiarios de Oportunidades no podrán recibir los apoyos del Programa de Leche o Tortilla Gratuita.

  No se considerará que hay duplicidad en el otorgamiento de becas educativas cuando el criterio para su otorgamiento sea el aprovechamiento escolar ni en el caso de los jóvenes que hayan prestado su servicio social como instructores comunitarios en el CONAFE.

  5.3. Oportunidades aporta información y promueve la articulación de acciones y programas de desarrollo social

  Oportunidades propicia la complementariedad de sus acciones con otros programas de desarrollo social orientados a mejorar el nivel de vida de las familias y de las comunidades en dos sentidos: aportando información socioeconómica de los hogares y promoviendo espacios de coordinación y articulación institucional.

  En esta perspectiva, la Coordinación Nacional pondrá a disposición de usuarios del sector público, de las instituciones académicas y de investigación, y de organismos sociales y privados, la información geoestadística y socioeconómica de que dispone, a fin de optimizar su aprovechamiento para:

  La focalización de políticas públicas para el desarrollo social

  La coordinación de acciones de los tres órdenes de gobierno

  La concertación con programas de los sectores privado y social

  Esta colaboración de la Coordinación Nacional con gobiernos, instituciones académicas y organizaciones podrá darse a través de:

        Convenios institucionales permanentes y especiales

        Oferta permanente de productos de información

        Asistencia técnica

  La Coordinación Nacional difundirá y promoverá el uso de la información que recaba para que apoye las tareas de planeación regional y microrregional, que favorezcan la adecuada operación de los componentes del Programa y la consecución de sus objetivos a través de la acción conjunta y coordinada de la Federación, los Estados y los Municipios.

  En este sentido, la Coordinación Nacional promoverá la creación de espacios institucionales que propicien la coordinación de esfuerzos para el desarrollo y articulación de políticas públicas que acerquen oportunidades a los hogares beneficiarios.

  Los programas con los que la Coordinación Nacional de Oportunidades promoverá su articulación serán principalmente aquellos que en sus Reglas de Operación definan como su población objetivo aquélla en condiciones de pobreza y pobreza extrema, ubicada en localidades que atiende el Programa y en las microrregiones prioritarias, en particular el Programa de Empleo Temporal y el Programa de Oportunidades Productivas de la SEDESOL. Para ello, la Coordinación Nacional observará especialmente elementos como: población objetivo, criterios de selección, y evaluación e indicadores de resultados.

  En este marco, la Coordinación Nacional aportará información relevante para la identificación de la población objetivo de los programas, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio de acuerdo con lo señalado en el artículo 59 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002.

  En particular, se proporcionará información relevante para la planeación a los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, que deberán dedicarse exclusivamente a la población en pobreza extrema a través de acciones que promuevan el desarrollo integral de las comunidades y familias, la generación de ingresos y de empleos, y el desarrollo regional, en consonancia con lo señalado en el artículo 65 del PEF 2002.

  Asimismo, la Coordinación Nacional apoyará con información al Programa de Escuelas de Calidad (PEC). La Coordinación Nacional del PEC, de acuerdo con sus reglas de operación, lineamientos y calendarios dará prioridad este año a la atención de escuelas ubicadas en localidades donde opera Oportunidades, de acuerdo con el artículo 64 del PEF 2002. La Coordinación Nacional colaborará con el PEC en la difusión de su Convocatoria entre las escuelas con mayor número de becarios, la capacitación de directivos y docentes de las escuelas solicitantes para la elaboración de sus proyectos escolares y programas anuales de trabajo y la consecución de fondos de contrapartida (especialmente con las autoridades municipales).

  Igualmente, para contribuir al cumplimiento de lo señalado en el artículo 64 del PEF 2002, la Coordinación Nacional pondrá a disposición del sector salud la información con que cuenta para que la operación del Programa Cruzada Nacional por la Calidad de los Servicios de Salud ocurra especialmente en zonas de alta marginación incorporadas al Programa.

  Dado que los índices de personas jóvenes de 15 años o más y adultas que no saben leer y escribir o que por algún motivo no iniciaron o concluyeron su educación básica, son particularmente altos en las localidades en pobreza extrema, y que esta población es para el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA) la destinataria de sus servicios educativos, de acuerdo con sus reglas de operación para el ejercicio fiscal 2002, la Coordinación Nacional promoverá que este organismo dé prioridad en su atención a esta población.

  Para lograr lo anterior, la Coordinación Nacional, de acuerdo con el artículo 64 del PEF 2002, promoverá la celebración de acuerdos o convenios interinstitucionales con aquellas dependencias y entidades que pueden ser determinantes para el desarrollo de la población en pobreza extrema o que requieren de su información para planear sus acciones, con el fin de fortalecer la coordinación, evitar duplicidades en la consecución de los objetivos de los programas y dar cumplimiento a los criterios establecidos en el artículo 59 de ese mismo Decreto.

  Asimismo, las solicitudes y proyectos que presenten las personas beneficiarias de Oportunidades serán turnadas y atendidas por las instancias y dependencias correspondientes de acuerdo a sus Reglas de Operación, para lo cual, la Coordinación Nacional establecerá mecanismos ágiles de comunicación con las Delegaciones de la SEDESOL en los estados y con los responsables de los programas de la SEDESOL, SEP y SSA a nivel central para turnar las peticiones recibidas.

  Además, durante el presente año, la Coordinación Nacional de Oportunidades desarrollará iniciativas que fortalezcan la articulación del Programa con otros programas sociales, sin detrimento de su operación; aquellas que en su diseño impliquen la modificación de las acciones o procedimientos señalados en las presentes Reglas y que contribuyan a mejorar la eficiencia, resultados e impacto del Programa, serán puestos a consideración del Comité Técnico del Consejo por parte de la Coordinación Nacional.

  Con objeto de evitar duplicidades y reducir gastos administrativos, como se anota en el numeral 5.2 de estas Reglas, la Coordinación Nacional de Oportunidades se coordinará con otros programas sociales que otorgan subsidios con el mismo fin, conforme a la fracción XI del artículo 63 del PEF.

  5.4. Revisiones y consultas

  Los gobiernos federal y estatal podrán realizar las consultas y sugerencias necesarias que, en estricto apego a los criterios de objetividad y transparencia con los que opera la Coordinación Nacional de Oportunidades, busquen mejorar el desempeño y resultados del Programa.

  De acuerdo con lo señalado en el artículo 63 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, en los casos en que por circunstancias extraordinarias, o no contempladas al principio del ejercicio, se presenten problemas en la operación del Programa, podrán realizarse modificaciones, las cuales, previamente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), deberán ser sometidas a consideración de su Comité Técnico y autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

  6. Mecánica de operación

  Para la adecuada operación del Programa, las dependencias y organismos del Gobierno Federal que participan en la ejecución de Oportunidades, desarrollan e instrumentan mecanismos y procesos de coordinación entre sí y con las instancias estatales y municipales.

  6.1. Selección de zonas de atención

  La selección de las localidades rurales se basa en los niveles de marginación establecidos por el Consejo Nacional de Población (CONAPO). De igual forma se procede en las zonas urbanas, utilizando la información estadística disponible a nivel de localidades, Areas Geoestadísticas Básicas (Ageb), colonias o manzanas.

  Con este proceso se busca identificar agrupamientos geográficos en los cuales se puedan alcanzar los mayores beneficios para los hogares en pobreza extrema, considerando las condiciones de accesibilidad y capacidad de atención de los servicios de salud y educación.

  Una vez que la Coordinación Nacional defina la propuesta de las áreas de ampliación de cobertura, la Secretaría de Salud y el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el seno del Comité Técnico Estatal, proceden a delimitar de manera conjunta sus ámbitos geográficos de responsabilidad, con base en la infraestructura de salud existente y la capacidad de atención. Adicionalmente, entregan a la Coordinación Nacional el catálogo de unidades de salud de acuerdo con las claves de identificación de las localidades definidas en los catálogos del INEGI. Para los casos en que los servicios de salud sean proporcionados a través de unidades móviles de salud, se informará a la Coordinación Nacional el número de las localidades atendidas mediante éstas.

  Por su parte, la Secretaría de Educación Pública entrega a la Coordinación Nacional el Catálogo Nacional de Centros de Trabajo de Nivel Primaria, Secundaria y Media Superior, indicando para cada centro educativo las claves de localidad más actualizadas emitidas por el INEGI. Asimismo, proporcionará la relación de escuelas primarias en las que se tiene programada la distribución de paquetes de útiles escolares que corresponda a los programas a cargo de CONAFE.

  Los Comités Técnicos Estatales son responsables de revisar el listado preliminar de las zonas de atención seleccionadas.

  6.2. Verificación de la accesibilidad y capacidad de atención de los servicios de educación y salud

  En el seno de los Comités Técnicos Estatales se realiza la verificación de la accesibilidad y la capacidad de atención, por regiones o áreas de influencia, de los servicios de salud y educación en las zonas de atención seleccionadas.

  Para que se cumpla con el calendario de actividades de recolección de información socioeconómica de los hogares, se tomarán en cuenta los ajustes a los listados preliminares de localidades a atender, conforme a la accesibilidad y la capacidad de atención de los sectores.

  Las modificaciones a la planeación de las zonas de atención se informan tanto a la Coordinación de Padrones de Beneficiarios de los Programas de SEDESOL para efectos de coordinación con otros programas sociales, como al Comité Técnico del Consejo.

  La Coordinación Nacional de Oportunidades proporcionará a los sectores el número estimado de familias a beneficiar para que éstos realicen el cálculo de posibles niños y jóvenes beneficiarios de becas, y del número de niños y las mujeres a los que deberá proporcionarse los suplementos alimenticios.

  En el caso de la incorporación de familias en localidades en las que ya opera el Programa, la Coordinación Nacional deberá enviar a los sectores de nivel federal y estatal la relación de localidades en las que se llevará a cabo la densificación, en la que se incluya el número de familias ya incorporadas y la estimación de familias a incorporar, con el objeto de que se valide la capacidad de atención de los servicios.

  6.3. Recolección y análisis de la información socioeconómica de los hogares

  La Coordinación Nacional de Oportunidades es responsable de la recolección de la información socioeconómica de los hogares. Dicha información es proporcionada por un informante con residencia habitual en el hogar, con al menos 15 años de edad y que conoce los datos de los miembros del hogar.

  6.3.1. Análisis de la información socioeconómica de los hogares

  La Coordinación Nacional es responsable de los trabajos de captura y procesamiento de la información recolectada, así como de identificar los hogares cuyas condiciones de pobreza extrema requieran del apoyo y beneficios del Programa. Este criterio se determina de manera conjunta con la Coordinación General de Padrones de Beneficiarios de Programas Sociales de la SEDESOL y se basa en el análisis de la información socioeconómica de cada uno de los hogares de las zonas de atención seleccionadas. El modelo de puntajes será presentado al Comité Técnico para su aprobación.

  El procedimiento consiste en la aplicación de una técnica estadística multivariada que se denomina análisis discriminante y permite resumir la información del conjunto de características de los hogares en un solo indicador que es una medida de la condición de pobreza extrema del hogar. Se define como un procedimiento multivariado dado que la identificación de la condición de pobreza extrema de un hogar se obtiene del análisis simultáneo de diversos factores de la unidad doméstica, evitando una determinación unidimensional, elevando la confiabilidad del proceso y disminuyendo el riesgo de evaluar esta condición sobre mediciones del ingreso que pueden ser erróneas o contener imprecisiones. A cada hogar y a sus miembros se les asigna un número de identificación que permite mantener la confidencialidad de la información.

  Este análisis es el punto de partida para el proceso de incorporación de las familias a Oportunidades.

  6.4. Incorporación a Oportunidades de las familias beneficiarias

  6.4.1. Identificación de la titular beneficiaria

  Para cada familia beneficiaria de Oportunidades se identifica a una titular beneficiaria, generalmente la madre de familia, quien es la persona que recibe directamente los apoyos monetarios. En caso de que en un hogar no resida la madre de familia, esté discapacitada física y/o mentalmente, o se haya identificado erróneamente a la titular, se identifica como titular a la persona responsable del cuidado de los niños. Cuando en un hogar no hay mujeres, el jefe de hogar es el titular beneficiario.

  Durante el evento de incorporación, las titulares beneficiarias reciben un documento de identificación que las acredita como tales para la recepción de los apoyos.

  6.4.2. Eventos de incorporación

  La Coordinación Nacional de Oportunidades, en coordinación con las autoridades estatales y municipales y con la participación de los sectores, realiza y difunde la convocatoria para los eventos de incorporación. En las localidades en que se identifica un alto porcentaje de población que habla alguna lengua indígena, se solicita a las autoridades municipales que brinden apoyo con personal bilingüe.

  La Coordinación Estatal solicita a las autoridades de los municipios el nombramiento de un enlace, el cual deberá ser una persona adscrita y con cargo presupuestal a la propia presidencia municipal y que desarrollará actividades de vinculación entre el Programa y las familias beneficiarias a partir de la fase de incorporación de las zonas de atención seleccionadas en el municipio.

  En las localidades rurales, la incorporación de las familias se realiza en asamblea comunitaria, mediante convocatoria a las familias de la comunidad. En las áreas urbanas se realizan reuniones de orientación a las que se convoca únicamente a las beneficiarias. En estos procesos se explica a los participantes los objetivos y apoyos de Oportunidades y las responsabilidades que adquieren las familias beneficiarias para recibir los apoyos.

  La Coordinación Estatal les informa a las titulares beneficiarias que deben acudir a la unidad de salud asignada para efectuar su registro y donde establecerán las citas programadas para su atención. Asimismo, se solicita que realicen la certificación de la inscripción de los niños en la escuela primaria y secundaria, a la que asista cada uno de ellos, conforme a formatos específicos. Se aclara que los beneficiarios del Programa no pueden recibir el beneficio de otros programas federales que proporcionan apoyos equivalentes en materia de educación o alimentación.

  En los casos particulares que no sea posible la realización de la asamblea comunitaria, la incorporación se lleva a cabo mediante atención individual o de pequeños grupos.

  6.5. Cumplimiento de las acciones de corresponsabilidad por parte de las familias beneficiarias

  6.5.1. Registro en las unidades de salud y certificación de inscripción en los planteles educativos

  La Coordinación Nacional del Programa es responsable de elaborar los formatos de registro de la familia en la unidad de salud, de certificación de la inscripción de los niños y jóvenes a la escuela y de los carnets de registro de asistencia de los jóvenes de educación media superior a las pláticas de salud. En el caso de familias de nueva incorporación, los formatos de certificación de inscripción a la unidad de salud se les entregan al momento de su incorporación. Los formatos de certificación de inscripción de los niños y jóvenes a la escuela se emiten y distribuyen anualmente, previo al inicio del ciclo escolar.

  El sector salud y el sector educativo son responsables de la certificación del cumplimiento de la corresponsabilidad de las familias beneficiarias, por lo que las autoridades de los servicios estatales de salud y las autoridades educativas de los estados, con apoyo de la Secretaría de Salud y del IMSS, son las encargadas de informar al personal directivo de las unidades de salud y de las escuelas, de la solicitud que recibirán por parte de las familias beneficiarias de Oportunidades para realizar el registro en los formatos; dicho personal tiene a su cargo la requisición fidedigna de estos formatos.

  La titular beneficiaria recibe una Cartilla Familiar que es el instrumento para que la familia conozca la programación de las citas y pláticas a las que deben acudir sus integrantes. El personal de las unidades médicas programa las citas de cada uno de los integrantes de la familia, así como la asistencia para recibir las sesiones educativas mensuales.

  El becario de educación media superior recibe un Carnet de Certificación de Asistencia a las Sesiones de Salud a través de los sectores y en atención a la mecánica que defina cada Comité Técnico Estatal. El formato de inscripción de los niños y jóvenes a la escuela debe ser llenado para cada uno de ellos en las escuelas en que estén inscritos. La certificación de la inscripción la realiza el personal responsable del plantel educativo.

  La Coordinación Nacional del Programa es responsable de la recepción de los formatos de registro a salud, mientras que la recepción de los formatos de inscripción a los planteles educativos es responsabilidad conjunta del sector educativo y la Coordinación Nacional, conforme a los procedimientos que se establezcan para tal efecto.

  6.5.2. Certificación del cumplimiento de corresponsabilidades

  La corresponsabilidad de los beneficiarios es esencial para el logro de los objetivos del Programa y es requisito indispensable para que las familias puedan recibir sus apoyos. Para la certificación del cumplimiento de las acciones de corresponsabilidad por parte de las familias, la Coordinación Nacional del Programa emite y entrega a las autoridades de los sectores de salud y de educación básica en los estados los formatos para la comprobación de la asistencia a la atención de salud programada, a las pláticas de salud y a las escuelas primaria y secundaria. En el caso de la certificación de educación media superior, ésta se realiza a través del proceso de certificación electrónica.

  La entrega de las becas educativas requiere la verificación de la asistencia regular de los becarios de educación básica; en el caso de educación media superior el becario solicitará al plantel educativo la certificación de su permanencia escolar conforme a los periodos y procedimientos establecidos.

  La entrega del apoyo alimentario mensual tiene como acción de corresponsabilidad por parte de las familias beneficiarias la asistencia a sus citas programadas en los servicios de salud, así como la asistencia de la titular a la sesión educativa para la salud. En los meses que la familia no tenga una cita médica programada, la certificación se realiza con respecto a la asistencia de la titular a la sesión educativa de salud del mes correspondiente.

  En caso de ausencia definitiva de alguno de los miembros de la familia, la titular deberá notificarlo al médico en su unidad de salud, a fin de no afectar el reporte del cumplimiento a los servicios de salud de la familia.

  La certificación de la asistencia a los servicios de salud y educación, bajo ningún concepto estará sujeta a cuota o contraprestación por parte de las familias beneficiarias de Oportunidades.

  Los Comités Técnicos Estatales, conjuntamente con el personal de supervisión de las dependencias participantes, tienen la responsabilidad de revisar, evaluar y, en su caso, de tomar las medidas pertinentes para asegurar la veracidad del registro de cumplimiento de corresponsabilidades.

  La Coordinación Nacional del Programa informa periódicamente a la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Salud, el IMSS, y los gobiernos estatales los resultados de esta certificación, con el fin de llevar a cabo las acciones de control y seguimiento.

  6.6. Integración y entrega de los apoyos

  6.6.1. Entrega de apoyos monetarios

  La Coordinación Nacional de Oportunidades es responsable de la entrega de los apoyos monetarios. Esta se realiza a través de instituciones liquidadoras especializadas, sea en sus instalaciones o en los Módulos de Atención instalados temporalmente con este propósito.

  Las instituciones liquidadoras son los organismos especializados en la entrega de recursos monetarios que garantizan la cobertura y seguridad del procedimiento y proporcionan la comprobación de las entregas con la oportunidad y el detalle requeridos.

  La Coordinación Nacional procurará alternativas de entrega de apoyos para las familias de zonas rurales y urbanas, mediante las cuales se fomente la cultura del ahorro y se amplíe el acceso de las familias a mecanismos de ahorro y crédito, en particular a través de la coordinación con el Banco del Ahorro Popular y Servicios Financieros (BANSEFI) y la red de instituciones microfinancieras regularizadas de acuerdo con la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

  En el caso de la entrega de apoyos en los Módulos de Atención, la titular de la familia beneficiaria acude al módulo a recibir el apoyo monetario que le corresponde, para lo cual debe presentar la identificación que la acredita como beneficiaria de Oportunidades. Cuando la entrega se haga mediante depósitos bancarios, ésta se realizará a través de cuentas personalizadas.

  Los apoyos monetarios se entregan bimestralmente y de manera directa a cada titular beneficiaria con la sola excepción de cuando, a solicitud de la misma, la entrega de los apoyos educativos correspondientes a educación media superior, se hace directamente al becario.

  6.6.2. Entrega de los paquetes de útiles escolares

  Las autoridades educativas de los estados, conjuntamente con el CONAFE, entregan el paquete de útiles escolares a los becarios de Oportunidades que se encuentran inscritos en las escuelas primarias comprendidas en su universo de atención.

  6.6.3. Entrega de los suplementos alimenticios

  La Secretaría de Salud es responsable de la adquisición de los suplementos alimenticios y, junto con las instituciones de salud participantes, calcula anualmente su volumen, distribución y entrega, revisándolo periódicamente con base en la información proporcionada por la Coordinación Nacional sobre el número y ubicación de las familias beneficiarias.

  La supervisión periódica del abasto y entrega adecuados del suplemento alimenticio es responsabilidad de la Secretaría de Salud, IMSS y los servicios estatales de salud y en caso de identificar irregularidades deberán de reportarlo a las instancias fiscalizadoras conducentes.

  Para el primer semestre del 2002, la Secretaría de Salud llevará a cabo la instrumentación de los procesos de licitación para la producción y distribución del suplemento alimenticio garantizando que no existan problemas de producción y abasto.

  6.6.4. Transparencia del Programa

  Será responsabilidad de la Coordinación Nacional de Oportunidades y del resto de las dependencias y entidades participantes apegarse estrictamente a las Reglas de Operación del Programa. Además, la Coordinación Nacional deberá coordinar, dar seguimiento y disponer los trabajos para evaluar la ejecución del Programa, así como dar a conocer en medios electrónicos la información relativa a los objetivos y metas del mismo.

  La Coordinación Nacional deberá incluir tanto en el documento de identificación que presentan las titulares beneficiarias para recibir los apoyos, como en las guías para los Comités de Promoción Comunitaria y para las familias beneficiarias la siguiente leyenda Le recordamos que su incorporación a Oportunidades y la entrega de sus apoyos no están condicionadas a la participación en partido alguno o a votar a favor de algún candidato a puesto de elección popular; por lo que ninguna persona en estas circunstancias tiene autorización de otorgar o retirar los apoyos de Oportunidades. Los titulares de las familias beneficiarias recibirán sus apoyos si los miembros de la familia cumplen con sus citas médicas, las titulares y jóvenes asisten a las pláticas educativas de salud y si los estudiantes asisten regularmente a la escuela. Aquellas personas, organizaciones o servidores públicos que hagan uso indebido de los recursos del Programa, deberán ser denunciados ante la autoridad competente y sancionados conforme a la ley aplicable. Ningún servidor público o personal que participe en la operación del Programa podrá solicitar algún tipo de cooperación económica a los beneficiarios de Oportunidades .

  6.7. Prestación de los servicios de educación y salud

  6.7.1. Atención de la salud

  La atención de la salud se proporciona mediante el Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud, definido por el Consejo Nacional de Salud. Su carácter es principalmente preventivo, sin descuidar aspectos curativos y de control de los principales padecimientos.

  De forma especial e intensiva, en el marco del Paquete Esencial (Básico) se prevé la atención de grupos vulnerables específicos: menores de 5 años y mujeres embarazadas, multíparas y en periodo de lactancia.

  Las acciones enunciadas en el Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud, las podrá realizar personal técnico en salud y voluntarios capacitados, bajo el tutelaje del personal médico.

  Las acciones comprendidas en este Paquete se proporcionan gratuitamente a las familias beneficiarias a través de citas programadas. Para ello, se cuenta con un protocolo de la frecuencia de atención, según la edad y la condición de vulnerabilidad de los miembros de cada familia.

  En todos los casos, las acciones del componente de salud se otorgarán conforme a citas programadas en las Cartillas Familiares de Oportunidades, excepto en casos de urgencias o de enfermedades de atención urgente.

  Para procurar atención a los pacientes con problemas complejos que rebasen la capacidad resolutiva del personal de las unidades de salud del primer nivel, éstos deberán ser referidos, en el caso de la SSA, a otros servicios como el Programa de Atención Médica Especializada a la Comunidad, Cirugía Extramuros, brigadas médicas especializadas, o la red de hospitales. Los beneficiarios derechohabientes del IMSS recibirán la atención de segundo y tercer nivel que en su caso requieran, conforme a los derechos establecidos en la Ley del Seguro Social. En el caso de las familias beneficiarias de Oportunidades no derechohabientes y que corresponden al ámbito geográfico de atención del IMSS Régimen Obligatorio, la atención del segundo nivel quedará circunscrita a la atención del parto, complicaciones del embarazo, parto o puerperio y a las urgencias médicas reales hasta la estabilización del paciente para su referencia a otra institución.

  En el seno del Comité Técnico Estatal de Oportunidades se establecerán los mecanismos para la referencia y contrarreferencia de pacientes hacia el segundo y tercer nivel de atención, entre las diferentes instituciones participantes y con base en su derechohabiencia, en el entendido de que dicha atención se hará conforme a la normatividad de las instituciones de salud y no será parte de los beneficios del Programa.

  La atención a familias beneficiarias de Oportunidades en unidades de segundo y tercer nivel de la SSA, está sujeta a las cuotas de recuperación conforme al esquema vigente en el que se incluye la exención de pago en cada Estado.

  Todas las unidades de salud deberán tener en lugar visible un aviso en el que se haga saber a las familias beneficiarias de Oportunidades que: Los servicios del paquete esencial no tienen costo alguno . Asimismo los carnets de citas médicas de las titulares y de los becarios de educación media superior deberán exhibir la misma leyenda.

  6.7.2. Prevención y atención de la desnutrición

  Mediante la vigilancia sistemática del crecimiento y del desarrollo infantil, se corroboran los avances en el estado nutricional, se identifican tempranamente desviaciones en los niveles nutricionales, se informa a los padres sobre la evolución y desarrollo, y se orienta y capacita a las madres de familia sobre el uso adecuado del suplemento alimenticio.

  La toma de medidas antropométricas se realiza periódicamente, a fin de seguir de cerca tanto el crecimiento y desarrollo físico de los niños menores de 5 años, como el estado y evolución de la mujer embarazada. Las mediciones se hacen conforme a la frecuencia y a los procedimientos establecidos en las normas oficiales mexicanas correspondientes. Sin embargo, tanto los niños como las mujeres embarazadas y en lactancia que reciben suplemento alimenticio, deberán asistir mensualmente a control de la nutrición con el personal de salud o voluntarios de la comunidad capacitados, los cuales contarán con el apoyo y supervisión del personal médico. En estas sesiones se entregan los suplementos alimenticios y se refuerza la orientación para su preparación.

  Como parte de las acciones del Programa para prevenir y atender la desnutrición infantil se entregan, en forma gratuita, suplementos alimenticios, de acuerdo con los esquemas descritos en los Lineamientos específicos para la operación de Oportunidades.

  El sector salud deberá llevar un control y registro de los suplementos proporcionados a los beneficiarios del Programa, y la Secretaría de Salud deberá reportarlo a la Coordinación Nacional.

  6.7.3. Comunicación educativa en materia de salud, nutrición e higiene

  Las acciones de comunicación educativa para la salud se desarrollan principalmente bajo tres modalidades: sesiones de educación para la salud, reforzamiento de mensajes educativos durante las consultas y emisión de mensajes colectivos.

  Las sesiones educativas están dirigidas principalmente a las titulares de las familias beneficiarias y a los becarios de educación media superior; sin embargo, se promoverá la asistencia de los padres con el propósito de ampliar y reforzar el beneficio del grupo familiar. Se llevan a cabo mensualmente, y se consideran 35 temas referentes al Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud, además de temas vinculados a la situación epidemiológica de la región, los cuales serán acordados en el seno de los Comités Técnicos Estatales. Para cada tema se cuenta con materiales impresos de apoyo, y en su caso audiovisuales, con el objeto de unificar los criterios y contenido de la capacitación.

  Para la modalidad de mensajes educativos para la salud durante las consultas médicas, el equipo de salud aprovecha la asistencia periódica a la unidad de salud de todos los miembros de la familia, para reforzar los mensajes educativos relacionados con el motivo de la consulta, así como dar recomendaciones específicas para promover el autocuidado de su salud.

  6.7.4. Reforzamiento de la oferta de los servicios de salud

  Las instituciones estatales de salud, a través de los programas regulares del sector con la participación que corresponda al Gobierno Federal, aplicarán una estrategia de fortalecimiento de la infraestructura de salud disponible en las regiones donde opera Oportunidades, con base en sus recursos presupuestales. Las unidades médicas deberán contar con el personal y el equipamiento, así como con los medicamentos y materiales suficientes y necesarios para dar respuesta, con una atención de calidad, a la demanda que genera el Programa.

  Los servicios estatales de salud, con el apoyo y asistencia técnica de la Secretaría de Salud y el IMSS, son los responsables de la administración eficiente de los recursos que se les otorguen así como de mantener en buen estado los inmuebles, el equipamiento, el abasto de medicamentos e insumos básicos, y la cobertura de plazas de las unidades médicas que atienden beneficiarios de Oportunidades. Adicionalmente, preverán la capacitación al personal de las unidades médicas que brindan atención a las familias beneficiarias de Oportunidades sobre la aplicación de las acciones del Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud siguiendo el principio de gratuidad de las mismas, de los protocolos de atención, y preparación de los suplementos alimenticios.

  6.7.5. Prestación de los servicios educativos

  Con la finalidad de satisfacer la demanda educativa en las regiones de atención de Oportunidades, así como para mejorar el equipamiento de los centros educativos, los gobiernos estatales con base en sus recursos presupuestales, por conducto de la autoridad educativa del estado, son los responsables de validar los servicios educativos instalados en las localidades seleccionadas; de asignar oportunamente a los docentes al inicio del ciclo escolar, a efecto de brindar atención a los titulares de las familias beneficiarias en la inscripción de sus hijos al Programa; de construir, acondicionar o en su caso mantener en buen estado los inmuebles y el equipamiento escolar; de realizar la sustitución oportuna de docentes cuando éstos sean cambiados de adscripción o hayan causado baja, con objeto de mantener la atención del servicio educativo; de restablecer los servicios cuando las comunidades les hagan saber que han sido interrumpidos; de informar, capacitar y actualizar al personal docente sobre los procesos y procedimientos del componente educativo de Oportunidades.

  6.8. Suspensión de los beneficios de Oportunidades: causas de incumplimiento, retención, suspensión y, en su caso, reducción de la ministración de recursos

  6.8.1. Suspensión temporal

  Educación Básica:

  Los apoyos educativos de los alumnos beneficiarios de educación básica se suspenderán temporalmente cuando:

  No se reciba con oportunidad la certificación de asistencia del alumno. La suspensión corresponderá al bimestre del cual no se haya recibido a tiempo el formato correspondiente.

  Un alumno registre 4 o más inasistencias injustificadas durante un mes. La suspensión corresponderá al mes en el cual se registren dichas inasistencias.

  Cuando un alumno acumule 12 o más faltas injustificadas o 3 meses de suspensión temporal por esta misma causa durante el ciclo escolar, el apoyo educativo de beca y, en su caso, para reposición de útiles escolares, se suspenderá por todo el periodo restante.

  Educación Media Superior:

  Los apoyos educativos de los alumnos beneficiarios de educación media superior se suspenderán temporalmente cuando:

  El director del plantel educativo no certifique la permanencia escolar del becario; la suspensión corresponderá al periodo en el cual no se certifique la permanencia;

  El becario no cumpla con los requisitos de reinscripción establecidos por el sistema educativo nacional y por el plantel; en este caso los apoyos se suspenderán por el resto del ciclo escolar; o

  El becario de educación media superior no cumpla con su asistencia a las siete pláticas obligatorias de educación y promoción de la salud; la beca será suspendida en el último mes del ciclo escolar en el que está inscrito (julio).

  El que uno de los alumnos beneficiarios del mismo hogar rebase el número de inasistencias permitido en el mes o durante el ciclo escolar, no afecta que otro del mismo hogar que sí cumplió reciba su beca correspondiente.

  Apoyo Alimentario:

  El apoyo alimentario mensual se suspenderá cuando los integrantes de la familia beneficiaria no cumplan con las corresponsabilidades del componente de salud, que incluyen en cada mes el total de las visitas periódicas de cuidados a la salud programadas en su Cartilla Familiar, así como la asistencia mensual de la titular a la sesión educativa para la salud. Debe señalarse que en los meses en que la familia no tenga cita médica programada, la certificación se realiza con respecto a la asistencia a la sesión educativa de salud del mes correspondiente. La suspensión corresponderá al mes en el cual se registra la inasistencia.

  6.8.2. Suspensión definitiva de apoyos

  Los apoyos del Programa se suspenderán definitivamente a la familia cuando:

1. En dos ocasiones consecutivas la titular no asista a recibir los apoyos monetarios, ya sea por razones personales o porque no firmó su contrato con la institución liquidadora o no recogió su planilla de hologramas, tarjeta, o documento para recepción de apoyos;

2. En cuatro meses consecutivos o seis meses en el curso de un año calendario, la familia no cumpla con su corresponsabilidad de asistencia a los servicios de salud; en este caso se suspenderá la entrega de todos los apoyos monetarios del Programa. En caso de que aún se requiera la expedición de apoyos educativos de periodos previos, por retrasos en la certificación de la asistencia escolar, ésta sólo se llevará a cabo a solicitud de parte en un periodo máximo de dos meses posteriores a partir de que se notifica la baja del padrón de beneficiarios;

3. La familia proporcione información falsa respecto a sus condiciones socioeconómicas;

4. La titular beneficiaria dé mal uso a la Cédula de Identificación (como venderla o prestarla a personas no beneficiarias para intentar hacer uso de los servicios de salud gratuitos);

5. La familia que permanezca tres años en el Programa y, al llevarse a cabo el proceso de recertificación, no solicite su reincorporación;

6. Se venda o dé un uso distinto al indicado a los suplementos alimenticios recibidos;

7. La titular beneficiaria o algún otro miembro del hogar presente documentación falsa para intentar recibir los apoyos monetarios; o

8 La titular de la familia beneficiaria utilice sus funciones en apoyo de algún partido o candidato a puesto de elección popular usando el nombre de Oportunidades.

  Los procedimientos para suspensión en los casos 3, 4, 6, 7 y 8, se realizarán a través de los Comités Técnicos Estatales, mediante un procedimiento nacional establecido por la Coordinación Nacional y descrito en los Lineamientos específicos para la operación de Oportunidades.

  Las familias beneficiarias que participen en programas organizados de migración y trabajo temporal alejados de sus localidades, podrán continuar recibiendo los apoyos del Programa siempre y cuando cumplan sus corresponsabilidades y éstas puedan ser certificadas por las unidades de salud y escuelas ubicadas en su localidad de residencia temporal.

  Suspensión definitiva de los apoyos educativos:

  El apoyo educativo en educación básica, tanto de beca como para útiles escolares, se suspenderá en forma definitiva para un hijo de una familia beneficiaria, cuando al alumno se le haya suspendido la beca en dos ciclos escolares consecutivos o cuando repruebe el mismo grado escolar en dos ocasiones.

  El apoyo educativo y de útiles escolares en educación media superior, se suspenderá de forma definitiva para un hijo de una familia beneficiaria, cuando:

  El becario reciba otro tipo de beca educativa conforme a lo señalado en el numeral 5.2 de estas Reglas. Esta restricción no aplica para las exenciones de pagos por concepto de inscripción y/o colegiatura que reciba el becario;

  El becario deje de certificar su permanencia en el plantel por un ciclo escolar;

  El becario haya recibido durante cuatro años calendario la beca educativa de Oportunidades en educación media superior; y

  El alumno sea expulsado definitivamente del plantel, de acuerdo a un comunicado emitido por la Dirección del mismo.

  En todos los casos que la familia cause baja del Padrón Activo de Beneficiarios, se notifica la causa de la misma por escrito, directamente a la familia o a través del Comité Comunitario.

  6.9. Contraloría social

  Un instrumento básico en el seguimiento del Programa es la Contraloría Social, que se establece como la participación de las familias de las comunidades atendidas por Oportunidades en acciones de control, seguimiento y evaluación, con el fin de que los apoyos y servicios en materia de educación, salud y alimentación se entreguen de acuerdo a los lineamientos establecidos, con pleno respeto a los derechos de los usuarios, y en términos de transparencia, calidad, honestidad y eficiencia.

  Para poner en marcha, impulsar, operar y consolidar el modelo de Contraloría Social en Oportunidades, se instrumentan tres estrategias fundamentales:

  Información y difusión;

  Capacitación; y

  Sistema de Atención a la Población.

  Para que la población beneficiaria participe en las actividades de Contraloría Social es imprescindible que disponga de información completa, clara y fidedigna sobre los objetivos, componentes, normatividad y forma de operación del Programa, así como sobre los derechos y corresponsabilidades de la población, a fin de evitar confusión y desconfianza de la comunidad.

  Lo anterior implica el compromiso de realizar amplias y sistemáticas acciones de información dirigidas a la población (especialmente a las familias beneficiarias) de las regiones en que opera Oportunidades.

  Esta tarea es responsabilidad de la Coordinación Nacional, que promueve e impulsa la colaboración de los prestadores de servicios de educación y salud, así como del personal técnico de campo de otros organismos y dependencias que operan en las localidades atendidas por Oportunidades.

  Estas acciones se llevan a cabo con pleno respeto a la cultura y organización social de las comunidades, con especial atención en la difusión de la información en la lengua propia de la población y por medios que aseguren su comprensión, tomando en cuenta que una alta proporción de la población beneficiaria es indígena y que las condiciones de marginalidad de los beneficiarios de Oportunidades se ve reflejada en una alta tasa de analfabetismo.

  Para que las acciones de la Contraloría Social tengan el resultado esperado, se desarrolla un programa de información a las familias beneficiarias de las localidades atendidas por Oportunidades, así como de capacitación al personal de los sectores involucrados. Para ello, se define el programa de trabajo a partir de los calendarios planeados por la Coordinación Nacional de Oportunidades, organismo que recibe asesoría y capacitación por parte de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo en lo relativo al funcionamiento de la Contraloría Social y el Sistema de Atención a la Población, para, a su vez, capacitar a la población de las localidades atendidas por el Programa así como a los distintos agentes involucrados. En los Módulos de Atención están disponibles las direcciones de las Coordinaciones Estatales para que las titulares beneficiarias y la población en general puedan acudir o comunicarse en caso de irregularidades.

  En las actividades de capacitación se pone especial énfasis en los integrantes de los Comités de Promoción Comunitaria, para que éstos a su vez impulsen la Contraloría Social en sus localidades.

  Para apoyar las acciones de la Contraloría Social, así como para alentar su labor, propiciando un cambio de actitud ciudadana, se implementa un modelo para la recepción y resolución oportuna y eficiente de las sugerencias, reconocimientos, peticiones, dudas, quejas y denuncias que presentan las familias beneficiarias o no del Programa. Este sistema es operado por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo y la Coordinación Nacional de Oportunidades, en coordinación con el Organo Estatal de Control, y con la participación de las autoridades locales y el personal de las diversas instancias que participan en Oportunidades.

  6.10. Manejo y difusión de la información

  El Gobierno Federal conviene que la información captada del levantamiento de las cédulas de características socioeconómicas de los hogares, así como la contenida en el Padrón de Familias Beneficiarias de Oportunidades, se difunda en los términos que marca la Ley de Información, Estadística y Geografía, y sea utilizada bajo los principios de confidencialidad y reserva.

  Los datos e informes que los participantes proporcionen no podrán comunicarse, en ningún caso, en forma nominativa o individualizada, ni harán prueba ante autoridad administrativa o fiscal, en juicio o fuera de él.

  La Coordinación Nacional de Oportunidades, en acuerdo con la Coordinación General de Padrones de Beneficiarios de Programas Sociales de la SEDESOL, establece módulos de consulta jerarquizada al Padrón de Beneficiarios, garantizando que ninguna persona no autorizada pueda realizar modificaciones en la información, incluidas altas de familias en el Padrón o la certificación de las acciones de corresponsabilidad. Las consultas al Padrón de Beneficiarios que las distintas dependencias consideren necesarias, se llevan a cabo a través de la Coordinación Nacional.

  Cuando se divulgue la información estadística de las cédulas de características socioeconómicas de los hogares, ésta no podrá referirse, en ningún caso, a datos relacionados con menos de 3 unidades de observación y estará integrada de tal manera que se preserve el anonimato de los informantes.

  La Coordinación Nacional de Oportunidades junto con la Coordinación General de Padrones de Beneficiarios de Programas Sociales de la SEDESOL son los responsables del manejo de la base de datos y constituyen el conducto para transmitir y vigilar la utilización y aplicación de la información. Las bases de datos y la información generada por el Programa, estarán disponibles y serán compartidas por todas las dependencias y entidades participantes en el Comité Técnico, incluido el IMSS.

  Para facilitar la coordinación con la planeación de otros programas sociales, Oportunidades podrá facilitar listados o perfiles socioeconómicos por localidad o municipio, siempre que la petición sea hecha por la instancia responsable de la planeación de esos programas y se cuente con las condiciones operativas para ello. Oportunidades podrá establecer convenios de cooperación para facilitar a las dependencias y unidades involucradas el acceso a la información.

  7. Informes programático-presupuestarios

  7.1. Programación del gasto

  Tomando en cuenta el carácter multisectorial de Oportunidades, las acciones de las dependencias y entidades relacionadas con su operación deberán estar contempladas en sus respectivos programas institucionales. Para el ejercicio de los recursos destinados a Oportunidades, cada una de las entidades participantes deberá elaborar su Programa Operativo Anual (POA), que contenga las previsiones de gasto público que habrán de realizar, considerando los objetivos y metas y, en su oportunidad, el Anteproyecto de Presupuesto que se someta a la aprobación de la H. Cámara de Diputados.

  La Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Coordinación Nacional de Oportunidades, notificará a más tardar el 30 de junio, a los miembros del Comité Técnico el número de familias activas así como la propuesta de los posibles escenarios de incorporación para el año siguiente; con base en ellos, las Secretarías de Educación Pública y de Salud determinarán sus previsiones de gasto.

  Dentro del componente de salud, el presupuesto correspondiente a Oportunidades sólo considerará los recursos para satisfacer la demanda adicional de atención que se genera con la operación del Programa, así como los recursos para suplementos alimenticios.

  La Secretaría de Educación Pública integrará en su Programa Operativo Anual los requerimientos para la entrega de becas educativas y útiles escolares destinados a los niños y jóvenes beneficiarios de Oportunidades.

  La Secretaría de Desarrollo Social, a través de la Coordinación Nacional de Oportunidades, deberá contemplar en su Programa Operativo Anual las previsiones de gasto necesarias para los apoyos alimentarios, la entrega de los apoyos monetarios y los recursos necesarios para su operación.

  La coordinación con otros programas implica únicamente la vinculación de estrategias y acciones y el intercambio de información y en ningún caso la transferencia de recursos.

  Los Programas Operativos Anuales elaborados por los sectores, deberán ser remitidos a la Coordinación Nacional de Oportunidades a más tardar el 30 de julio de cada año, mismos que serán enviados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el curso de los siguientes 5 días hábiles.

  7.2. Ejercicio del gasto

  Con base en las disponibilidades aprobadas por la H. Cámara de Diputados y en las disposiciones contenidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se compromete a ministrar los recursos aprobados a las dependencias y organismos participantes, de conformidad al calendario de recursos autorizados. Este deberá contemplar un flujo de recursos adecuado a los requerimientos del Programa. Por su parte, las dependencias y organismos deberán entregar oportunamente la información establecida en la normatividad vigente.

  Las asignaciones de gasto autorizadas para Oportunidades, deberán aplicarse exclusivamente al Programa, siendo motivo de responsabilidad el incumplimiento de esta disposición.

  La participación del IMSS Régimen Obligatorio, operará conforme a lo siguiente:

  1. Régimen Obligatorio definirá las unidades de servicio donde puede atender a las familias beneficiarias del Programa;

  2. La Coordinación Nacional informará a Régimen Obligatorio el número y ubicación de las familias a beneficiar;

  3. La Coordinación Nacional entregará al Régimen Obligatorio los formatos S1 y S2, la Cartilla Familiar y el Carnet de certificación de asistencia a las pláticas de salud de los becarios de educación media superior;

  4. La Secretaría de Salud establecerá lo conducente para la producción y distribución de suplementos alimenticios de las unidades correspondientes del IMSS Régimen Obligatorio;

  5. El IMSS en su Régimen Obligatorio cumplirá con las Reglas de Operación de Oportunidades y todos los compromisos establecidos para otorgar el componente de salud; y

  6. El IMSS Régimen Obligatorio, determinará el costo de atención anual por familia incorporada no derechohabiente. El monto que ello implique para solventar los servicios que otorga a dichas familias beneficiarias, le será cubierto al IMSS con cargo y hasta por el presupuesto autorizado a las partidas determinadas para tal fin en el componente de salud del Programa Oportunidades.

  Las dependencias que participan en el Programa deberán instrumentar los registros y controles específicos que aseguren la correcta aplicación de los recursos destinados a Oportunidades, de conformidad a las Disposiciones establecidas en el Capítulo VII del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002 y en la demás normatividad vigente.

  La Coordinación Nacional de Oportunidades tiene a su cargo la responsabilidad de distribuir los apoyos monetarios e informar mensualmente a CONAFE sobre la aplicación de los recursos que correspondan al componente educativo.

  Las dependencias y organismos participantes informarán, de acuerdo a sus Sistemas Contables Presupuestales, sobre la aplicación de los recursos a las dependencias globalizadoras. Para el caso del sector salud, la Secretaría de Salud integrará la información de las instituciones sectorizadas y la proporcionará en forma trimestral a la Coordinación Nacional de Oportunidades. Por su parte, esta Coordinación Nacional integrará la información relativa al componente educativo para su entrega trimestral a la Secretaría de Educación Pública.

  7.3. Avances Físicos-Financieros

  Las dependencias y organismos participantes en Oportunidades serán responsables en su ámbito de competencia de asegurar el cumplimiento puntual de las disposiciones contenidas en los artículos 73 y 74 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente año en materia de Información y Transparencia. De igual manera, tomarán las medidas necesarias para verificar y, en su caso, corregir la congruencia de los avances físico-financieros respecto a la programación original.

  La Coordinación Nacional de Oportunidades llevará a cabo la evaluación sobre la aplicación de los recursos autorizados a las dependencias y organismos participantes, en función de los avances programático presupuestales reportados, e informará trimestralmente al Comité Técnico del Consejo de Oportunidades los logros alcanzados y, en su caso, las economías, la problemática identificada, así como las alternativas de solución correspondientes.

  Asimismo, preparará la información para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 59, fracción IX del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002. La Coordinación Nacional de Oportunidades, adicionalmente, publica en el Diario Oficial de la Federación durante el primer bimestre del ejercicio fiscal la calendarización de los recursos y la distribución de la población objetivo por entidad federativa.

  7.4. Cierre del Ejercicio

  Considerando que cada una de las dependencias y organismos participantes reciben de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la asignación anual de recursos para el desarrollo del Programa, cada una de ellas será responsable de integrar con precisión los resultados correspondientes al avance físico-financiero alcanzado, así como la información que complemente la descripción del logro de metas y objetivos.

  8. Evaluación

  La evaluación de Oportunidades es un proceso continuo cuyas actividades están dirigidas al análisis de los resultados e impactos del Programa, su costo-efectividad y operación. Asimismo, constituye la base de un sistema integral de valoración que permite instrumentar ajustes en el diseño y ejecución del Programa y contribuye al cumplimiento de los objetivos y metas.

  La evaluación de Oportunidades, en consecuencia, se centra en:

1. Verificar el cumplimiento de los objetivos y metas.

2. Medir los resultados e impactos en el corto, mediano y largo plazo.

3. Identificar los resultados e impactos atribuibles al Programa, distinguiendo los efectos asociados a otros factores, tanto en la esfera individual, como en la familiar y en el contexto comunitario.

4. Identificar las sinergias entre los componentes del Programa y de éste con otros programas sociales.

5. Analizar la relación costo-efectividad.

6. Verificar y analizar la operación del Programa.

7. Aportar elementos para el mejoramiento continuo del Programa, y

8. Proponer recomendaciones tanto de adecuaciones conceptuales al propio Programa, como de política social en lo general.

  La evaluación se desarrolla en dos vertientes las cuales se complementan entre sí y se llevan a cabo según lo establecido en los numerales 8.1.1 y 8.1.2. Asimismo, los resultados del seguimiento operativo constituyen un insumo para ambas vertientes, de acuerdo con lo establecido en dichos numerales, así como en el capítulo 9.

  La evaluación es responsabilidad de la Coordinación Nacional siendo necesaria, para el mejor desarrollo de la misma, la participación de los sectores involucrados en el Programa y el IMSS. El Comité Técnico analizará el modelo de evaluación y los resultados de su aplicación, a fin de someterlo a la aprobación del Consejo.

  En cumplimiento con el artículo 76 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, la Coordinación Nacional de Oportunidades difundirá trimestralmente sus resultados de cobertura, a través de su página electrónica.

  8.1. Evaluación Externa

  La evaluación externa es independiente a los ejecutores del Programa y busca reafirmar la credibilidad e imparcialidad de los resultados. Se realizará en dos ejes: evaluación de impacto y evaluación operativa, las cuales se complementan.

  Conforme a los términos del artículo 63 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, la evaluación externa será realizada por instituciones académicas y de investigación u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, con reconocimiento y experiencia en la materia, atendiendo al cumplimiento de los requisitos mínimos emitidos por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, con el apoyo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (conacyt).

  8.1.1. Evaluación de Impacto

  Los principales temas que aborda esta evaluación se relacionan con la medición de impactos en la educación de las niñas y niños, la salud y nutrición de los integrantes de las familias y la dinámica de su consumo, la condición de la mujer, la participación comunitaria y la eficiencia en la focalización de los apoyos, entre otros. En relación con el componente educativo, la Coordinación Nacional, conjuntamente con la Secretaría de Educación Pública, realiza un análisis de la oferta educativa y del aprovechamiento escolar en planteles educativos.

  Esta evaluación utiliza metodologías cuantitativas y cualitativas que se complementan para lograr un enfoque integral. La primera permite medir la magnitud de los impactos y los efectos de causalidad que los generan; la segunda proporciona elementos que permiten comprender con más detalle el contexto en el que se producen los resultados e impactos. Las metodologías empleadas incluirán la medición de impactos con relación a grupos de referencia.

  El objetivo de la evaluación de impacto es medir y analizar los efectos del Programa sobre la población beneficiaria en el corto, mediano y largo plazos. Los aspectos prioritarios son:

  La educación de las niñas y los niños;

  La salud y nutrición de las personas;

  El desarrollo cognitivo de los niños y niñas;

  La dinámica de consumo de las familias;

  La condición de la mujer;

  La participación comunitaria;

  El estado de las redes sociales;

  La eficiencia de la focalización de los apoyos;

  La inserción de los jóvenes en el mercado laboral;

  El impacto económico de Oportunidades en las zonas donde opera;

  El impacto en la migración;

  La metodología de focalización de beneficiarios y factores socioeconómicos asociados a las bajas en el padrón;

  La profundidad y severidad de la pobreza;

  La distribución del ingreso y ahorro de los hogares beneficiarios; y

  El diseño de beneficios en el medio urbano.

  La evaluación externa de impacto deberá considerar lo establecido en los Términos de Referencia que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 15 de junio de 2001.

  8.1.2. Evaluación operativa

  El objetivo de la evaluación operativa externa es profundizar y cotejar los resultados derivados del seguimiento operativo, enfatizando sobre el análisis de procesos y procedimientos operativos que llegaran a identificarse como problemáticos.

  La evaluación operativa se centrará, entre otros temas, en:

  Verificar la calidad de los procesos para la incorporación de beneficiarios con base en la aplicación de las normas establecidas en estas reglas;

  Evaluar la eficiencia operativa de los componentes del Programa en lo que respecta a la oferta de servicios, entrega de beneficios y verificación de corresponsabilidades;

  Revisar la distribución y disponibilidad de los insumos necesarios para la operación del Programa;

  Analizar los factores operativos relacionados a las bajas regulares al padrón de beneficiarios;

  Valorar mecanismos alternativos para la mejora de procesos en general;

  Analizar el papel que desempeñan los diversos actores que participan en la operación del Programa.

  Para el desarrollo de esta evaluación, se deberá contar con los términos de referencia específicos desarrollados por la Coordinación Nacional en colaboración con los sectores.

  9. Seguimiento, control y auditoría

  Para llevar a cabo el seguimiento operativo, los sectores Educación y Salud y la Coordinación Nacional del Programa, han venido empleando mecanismos de supervisión, que consideran los elementos centrales de los procesos operativos, utilizando para ello un instrumento denominado Puntos Centinela. De este modo, a partir de una muestra representativa a nivel nacional, bimestralmente se recolecta información sobre los componentes de salud, educación y alimentación, de la entrega de apoyos monetarios y de capacitación, entre otros. Como resultado de esta acción, se elaboran indicadores, que identifican los procesos críticos de la operación del Programa.

  El Programa ha estado sujeto a procesos sistemáticos de monitoreo y evaluación desarrollados e instrumentados tanto por la Coordinación Nacional como por los sectores e instituciones participantes. Las actividades en esta materia están dirigidas tanto a la medición de los procesos, los resultados e impactos del Programa, como a generar la información relativa a la operación del mismo. Como resultado de lo anterior, se ha conformado y actualizado permanentemente el Sistema Institucional de Información para la Operación de Oportunidades (SIIOP), en el cual se incluye, además, el avance en el cumplimiento de los objetivos y metas.

  A fin de implementar un nuevo modelo de seguimiento operativo integral, la Coordinación Nacional, atendiendo la opinión y sugerencias de los sectores, elaborará la propuesta conducente y definirá la conveniencia de realizarlo en forma interna, ya sea de manera directa o conjuntamente con los sectores, o a través de la participación de instituciones especializadas en estos temas. En este último caso se elaborarán los términos de referencia para la realización de este proyecto.

  El seguimiento operativo del Programa permitirá obtener información sobre los procesos y las actividades desarrolladas por los sectores e instituciones participantes, a nivel de unidad de servicio (escuela, centro de salud y Módulos de Atención, entre otros), para constatar la eficiencia operativa y los aspectos de calidad en la entrega de los beneficios y la prestación de los servicios a favor de la población beneficiaria. Las acciones de seguimiento constituirán uno de los insumos para la evaluación operativa.

  La verificación de la información generada por los sistemas de control está sujeta a los procesos de supervisión. Actualmente se realizan procesos de supervisión y monitoreo de acuerdo a los lineamientos establecidos por cada una de las dependencias involucradas, con base en sus formas de organización y metodología en los distintos niveles que los componen (nivel central, estatal, delegacional, jurisdiccional, regional y zonal). Sin embargo, a partir de la definición del nuevo modelo de seguimiento operativo descrito en el párrafo anterior, los sectores e instituciones participantes alinearán sus procesos actuales a las necesidades y características de ese nuevo modelo.

  Este procedimiento, además de propiciar un orden administrativo permitirá la oportuna toma de decisiones, y en caso de detectar errores, deficiencias o desfases operativos, instrumentar su corrección inmediata y posterior prevención, además de permitir contar con un sistema renovado de información integral de la operación del Programa a través del SIIOP.

  Los aspectos relativos a la auditoría del Programa corresponderán a las instancias competentes de control interno, en los términos establecidos por la legislación aplicable.

  9.1. Objetivo del Seguimiento

  Conocer el estado de la operación de los distintos componentes del Programa, hasta el nivel de unidad de servicio, a efecto de apoyar la toma de decisiones para la solución y prevención de la problemática operativa en la entrega de los beneficios y en la calidad de la prestación de los servicios generando, de igual forma, insumos para la evaluación, tanto de impacto como operativa, y la elaboración de protocolos de solución para los procesos operativos en los que se detecten deficiencias o problemas que afecten la correcta operación del Programa y el cumplimiento de las metas establecidas.

  9.2. Atribuciones

  El seguimiento operativo del Programa constituye una de las tareas prioritarias de la Coordinación Nacional e implica responsabilidades compartidas. En este marco, se aprovecharán los mecanismos de seguimiento existentes en cada una de las instituciones participantes, tanto en el nivel central como estatal, obteniéndose, una vez alineados los procesos correspondientes, la información que permita conocer las condiciones de operación existente en cada uno de los componentes.

  A la Coordinación Nacional le corresponderá la evaluación y el seguimiento operativo que adecuará los Puntos Centinela y al Informe Comunitario, así como sistematizar los informes de resultados de cada institución participante e integrarlos en el SIIOP, esto último una vez definido el nuevo modelo de seguimiento y evaluación operativa. Finalmente será responsabilidad de la Coordinación Nacional desarrollar el proceso de análisis y divulgación de los resultados.

  En caso de que, como resultado de las acciones de evaluación o seguimiento, se identifiquen problemáticas que afecten el cumplimiento de los propósitos y la operación del Programa, la Coordinación Nacional, con la participación de los sectores, establecerán los protocolos de solución. Los Comités Estatales, los propios sectores a nivel estatal y las Coordinaciones Estatales de Oportunidades, deberán vigilar su aplicación y seguimiento e informar tanto a la Coordinación Nacional como a los sectores a nivel central.

  El SIIOP, mientras tanto, mantendrá vigentes los actuales indicadores del Programa, los que servirán de base para la definición de los que se incluyan o modifiquen, a partir del nuevo modelo de seguimiento operativo que incluirán a los 29 indicadores de operación del Sector Salud, así como los correspondientes al Sector Educativo. Por otra parte, para los bimestres marzo-abril y mayo-junio se mantendrá la estrategia actual de Puntos Centinela, para lo cual la Coordinación Nacional definirá la muestra necesaria y la hará del conocimiento de los sectores.

  9.3. Resultados

  Como resultado del seguimiento operativo del Programa se obtendrán:

  Informes bimestrales de resultados de la situación de los procesos operativos del Programa

  Indicadores de los procesos del Programa

  Definición de protocolos de solución de problemas de los procesos operativos.

  10. Indicadores de resultados

  La Coordinación Nacional presenta avances bimestrales basados en los indicadores establecidos para el Programa.

  A fin de analizar los indicadores actuales y en su caso proponer adecuaciones a los mismos, o la construcción de otros alternativos que permitan reflejar de mejor manera la operación y cumplimiento de metas del Programa, así como fortalecer al Sistema Institucional de Información para la Operación de Oportunidades (SIIOP), se deberá tener presente la previsión contemplada en el apartado correspondiente.

INDICADORES DE SEGUIMIENTO, EVALUACION Y GESTION DE OPORTUNIDADES (POR ENTIDAD FEDERATIVA)

I. Padrón de Familias Beneficiarias
I.1. Número de municipios, localidades y familias atendidos por Oportunidades (padrón activo).
I.2. Número de altas y bajas en el padrón de familias beneficiarias.
I.3. Número de altas y bajas en el padrón de familias beneficiarias según causales (semestral).
I.4. Estructura por edad y sexo de los beneficiarios incluidos en el padrón activo (anual).
II. Cumplimiento de corresponsabilidades y apoyos monetarios
II.1. Monto de los apoyos monetarios para alimentación emitidos a las familias beneficiarias por mes.
II.2. Número de niños beneficiarios a los que se emitió el apoyo monetario para becas educativas, respecto al número total de niños becarios incluidos en el padrón activo, por grado escolar, sexo y mes.
II.3. Monto de los apoyos monetarios para becas educativas emitidos a las familias beneficiarias por mes.
II.4. Número de familias con niños becarios a las que se les emitió el apoyo monetario para alimentación y el apoyo monetario para becas educativas, respecto al número total de familias con niños becarios, por mes.
II.5. Número de familias con dos o más niños becarios a las que se les emitió el total del apoyo monetario para becas educativas, respecto al número total de familias con dos o más niños becarios, por mes.
III. Componente Educativo
III.1. Número de becarios inscritos en primaria por grado escolar y sexo (inicio del ciclo escolar).
III.2. Número de becarios inscritos en secundaria por grado escolar y sexo (inicio del ciclo escolar).
III.3. Número de becarios inscritos en educación media superior por grado escolar y sexo (inicio del ciclo escolar).
III.4. Número de niños y/o jóvenes de 8 a 17 años que reciben becas educativas en primaria y secundaria, respecto al total de niños de 8 a 17 años incluidos en el padrón activo, por edad y sexo (inicio del ciclo escolar).
III.5. Número de jóvenes de 15 a 20 años que reciben becas educativas en media superior, respecto al total de jóvenes de 15 a 20 años incluidos en el padrón activo que terminaron secundaria, por edad y sexo (inicio del ciclo escolar).
III.6. Número de niños y jóvenes que concluyeron primaria, secundaria y media superior, respecto del total de niños y jóvenes inscritos en el último grado de primaria, secundaria y educación media superior, respectivamente.
III.7. Número de becarios que continúan inscritos en la escuela respecto al número de becarios del ciclo escolar anterior por grado escolar y sexo (inicio del ciclo escolar).
III.8. Número de becarios que concluyeron el ciclo escolar respecto al número de becarios que iniciaron el ciclo escolar, por grado escolar y sexo (anual).
III.9. Número de becarios que aprobaron el grado escolar y se inscribieron en el siguiente ciclo escolar, respecto al número de becarios que concluyeron el ciclo escolar en primaria, secundaria y educación media superior, por sexo.
III.10. Número de becarios en educación básica que no asistían a la escuela en el ciclo escolar anterior y se reincorporaron a la escuela, por grado escolar y sexo (inicio del ciclo escolar).
III.11. Número promedio de becarios por escuela a donde asisten beneficiarios de Oportunidades, por nivel educativo (inicio del ciclo escolar).
IV. Componente Salud
IV.1. Porcentaje de familias en control.
IV.2. Porcentaje de niños menores de 2 años en control nutricional.
IV.3. Porcentaje de niños de 2 a 4 años en control nutricional.
IV.4. Porcentaje de niños menores de 2 años con desnutrición.
IV.5. Porcentaje de niños de 2 a 4 años con desnutrición.
IV.6. Porcentaje de mujeres embarazadas en control prenatal.
IV.7. Promedio de consultas prenatales por embarazada.
IV.8. Porcentaje de mujeres en lactancia en control.
IV.9. Porcentaje de niños menores de 2 años que recibieron suplemento alimenticio.
IV.10. Porcentaje de niños de 2 a 4 años que recibieron suplemento alimenticio.
IV.11. Porcentaje de mujeres embarazadas que recibieron suplemento alimenticio.
IV.12. Promedio de sobres de suplemento alimenticio por niño menor de 5 años.
IV.13. Promedio de sobres de suplemento alimenticio por mujer embarazada.
IV.14. Promedio de sobres de suplemento alimenticio por mujer en lactancia.
IV.15. Porcentaje de niños menores de 2 años recuperados de desnutrición.
IV.16. Porcentaje de niños de 2 a 4 años recuperados de desnutrición.
IV.17. Porcentaje de niños menores de 2 años con desnutrición leve.
IV.18. Porcentaje de niños de 2 a 4 años con desnutrición leve.
IV.19. Porcentaje de niños menores de 2 años con desnutrición moderada.
IV.20. Porcentaje de niños de 2 a 4 años con desnutrición moderada.
IV.21. Porcentaje de niños menores de 2 años con desnutrición severa o grave.
IV.22. Porcentaje de niños de 2 a 4 años con desnutrición severa o grave.
IV.23. Porcentaje de niños con bajo peso al nacer de mujeres beneficiarias de Oportunidades y que recibieron atención institucional del parto.
V. Indicadores de gestión
V.1. Certificación de asistencia a los servicios de salud (Número de familias beneficiarias de Oportunidades para las que se recibió oportunamente el reporte de certificación de corresponsabilidades de asistencia a los servicios de salud respecto al número de familias incluidas en el padrón activo de beneficiarios de Oportunidades).
V.2. Certificación de asistencia a los servicios educativos de nivel primaria (Número de becarios de Oportunidades a nivel primaria para los que se recibió oportunamente el reporte de certificación de corresponsabilidades de asistencia a los servicios educativos respecto al número de becarios de nivel primaria incluidos en el padrón activo de beneficiarios de Oportunidades).
V.3. Certificación de asistencia a los servicios educativos de nivel secundaria (Número de becarios de Oportunidades a nivel secundaria para los que se recibió oportunamente el reporte de certificación de corresponsabilidades de asistencia a los servicios educativos respecto al número de becarios de nivel secundaria incluidos en el padrón activo de beneficiarios de Oportunidades).
V.4. Cumplimiento de la corresponsabilidad a los servicios educativos de media superior (Número de becarios de Oportunidades a nivel media superior de conformidad al cumplimiento de la corresponsabilidad de la media superior respecto al número de becarios de nivel media superior incluidos en el padrón activo de beneficiarios de Oportunidades). (Anual)
V.5. Apoyos alimentarios emitidos (Número de familias beneficiarias de Oportunidades a las que se les emitió transferencia monetaria para alimentación respecto al número de familias incluidas en el padrón de beneficiarios activos de Oportunidades).
V.6. Apoyos educativos emitidos a becarios de nivel primaria (Número de becarios de nivel primaria a los que se les emitió transferencia monetaria para becas educativas respecto al número de becarios de nivel primaria incluidos en el padrón de beneficiarios de Oportunidades).
V.7. Apoyos educativos emitidos a becarios de nivel secundaria (Número de becarios de nivel secundaria a los que se les emitió transferencia monetaria para becas educativas respecto al número de becarios de nivel secundaria incluidos en el padrón de beneficiarios de Oportunidades).
V.8. Familias beneficiadas (Número de familias incluidas en el padrón de beneficiarios activo respecto al número de familias beneficiarias programadas).
V.9. Recursos entregados (Monto de los recursos emitidos a las familias beneficiarias de Oportunidades por concepto de apoyos monetarios para alimentación y becas educativas respecto al monto de los recursos programados para su entrega a familias beneficiarias de Oportunidades por concepto de apoyos monetarios para alimentación y becas educativas).
V.10. Costos directos de la entrega de recursos (Monto de los costos incurridos para la entrega de transferencias para alimentación y becas educativas a las familias beneficiarias respecto al monto de los recursos entregados en transferencias para alimentación y becas educativas).
V.11. Promedio de familias atendidas diariamente en los Módulos de Atención Programa (MAP)
V.12. Módulos de Atención del Programa por institución liquidadora y número de familias atendidas por módulo.
V.13. Becarios de nivel primaria que reciben apoyos monetarios para la compra de útiles escolares (Número de becarios de nivel primaria a los que se les emite apoyo monetario para útiles escolares al inicio del ciclo escolar respecto al número de becarios de nivel primaria).
VI. Entrega de Apoyos
VI.1. Familias que no recogen su apoyo por rangos de monto.
VI.2. Familias que no recogieron sus apoyos y solicitan su reexpedición en el periodo establecido.

  Nota: Salvo indicación, los reportes son bimestrales; la información anual considera la generada en el bimestre septiembre-octubre; la información semestral considera los datos generados en los bimestres marzo-abril y septiembre-octubre.

  11. Quejas y denuncias

  La atención de las quejas y denuncias que llegaran a presentarse con motivo de la operación del Programa deberá ser canalizada hacia las instancias competentes, en los términos de las disposiciones jurídicas, administrativas y reglamentarias aplicables a cada caso concreto.

  La Contraloría Social, en coordinación con los sectores y en apego a los lineamientos y criterios que determine la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (SECODAM), desplegará acciones tendientes a garantizar la atención oportuna y eficiente de las quejas, denuncias, peticiones o sugerencias que presenten las familias beneficiarias y el público en general.

  11.1. Mecanismo, instancias y canales

  Para garantizar la atención oportuna y eficaz del derecho de petición de la ciudadanía y en apoyo a las acciones de la Contraloría Social en Oportunidades, funciona un Sistema de Atención a la Población, que es operado por los Organos Estatales de Control y SECODAM, con la participación de las contralorías internas de la SSA, IMSS, SEP, CONAFE y SEDESOL, en los ámbitos federal y estatal, según sea el caso, así como el sistema de atención telefónica de los Organos Estatales de Control y SACTEL de la SECODAM.

  Las titulares beneficiarias y los Comités de Promoción Comunitaria pueden presentar sus quejas, denuncias, peticiones y reconocimientos por tres vías:

a) Por escrito: Libremente o a través de los formatos establecidos para tal fin, procurando que se proporcione la información indispensable para dar el curso legal respectivo a cada caso.

b) Por teléfono: A través del sistema de atención telefónica a la ciudadanía denominado SACTEL, en el número 01-800-00148-00, así como de los sistemas similares que operen en cada entidad federativa. Igualmente, la ciudadanía podrá acudir al 01-800-500-50-50 de la Coordinación Nacional de Oportunidades.

c) Por medios electrónicos: A través de la dirección electrónica quejas@secodam.gob.mx o bien las direcciones que para estos efectos se encuentren disponibles en las entidades federativas.

  El registro, clasificación, turno, investigación, seguimiento y resolución deberán efectuarse en un término máximo de 45 días hábiles, a partir de la fecha de recepción formal por la instancia competente.

Lineamientos para la operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades (Oportunidades)

CONTENIDO

  I. Presentación

  1. Selección de zonas de atención

  2. Verificación de la accesibilidad y capacidad de atención de los servicios de educación y salud

  3. Recolección y análisis de la información socioeconómica de los hogares

  3.1. Recolección de la información socioeconómica de los hogares

  3.2. Análisis de la información socioeconómica de los hogares

  3.2.1. Sistema de puntajes para la identificación de hogares beneficiarios

  4. Incorporación de las familias beneficiarias

  4.1. Identificación de la titular beneficiaria

  4.1.1. Incorporación de nuevos integrantes a la familia

  4.2. Eventos de incorporación

  4.2.1. Proceso de incorporación

  4.2.2. Integración de expedientes

  4.3. Comités de Promoción Comunitaria

  4.3.1. Integración de los Comités de Promoción Comunitaria

  4.3.2. Requisitos para ser integrantes del Comité de Promoción Comunitaria

  4.3.3. Momentos para la integración del Comité de Promoción Comunitaria

  4.3.4. Lineamientos para la integración y funcionamiento de los Comités de Promoción Comunitaria

  5. Cumplimiento de las corresponsabilidades

  5.1. Capacitación al personal institucional y orientación a las beneficiarias

  5.2. Inscripción y registro para la certificación de corresponsabilidades

  5.2.1. Inscripción en los planteles educativos

  5.2.1.1. Servicios educativos reconocidos en educación básica y media superior

  5.2.1.2. Integración del Catálogo Nacional de Escuelas

  5.2.2. Registro en las unidades de salud

  5.3. Otorgamiento de servicios de salud

  5.4. Certificación del cumplimiento de corresponsabilidades

  5.4.1. Certificación de corresponsabilidades del componente educativo

  5.4.2. Certificación de corresponsabilidades del componente de salud

  5.4.3. Verificación de la certificación de corresponsabilidades

  6. Integración y entrega de los apoyos

  6.1. Montos de los apoyos

  6.2. Integración y entrega de los apoyos monetarios

  6.2.1. Integración del listado de liquidación de los apoyos

  6.2.2. Documento de identificación de las titulares beneficiarias para recibir los apoyos monetarios

  6.2.3. Apoyos no entregados y apoyos cancelados

  6.3. Entrega de los paquetes de útiles escolares

  6.4. Entrega de los suplementos alimenticios

  6.5. Padrón de familias beneficiarias

  7. Procedimientos para la suspensión de los beneficios del Programa

  8. Contraloría social y atención ciudadana

  8.1. Características de la Contraloría Social

  8.2. Estrategias para la operación de la Contraloría Social

  8.2.1. Información y Difusión

  8.2.2. Sistema de Atención Ciudadana

  9. Comités Técnicos Estatales

  I. Presentación

  Estos Lineamientos tienen por objetivo describir de manera precisa los principales procesos operativos del Programa y contribuir a homogeneizar y sistematizar sus procedimientos, mediante una descripción detallada de las actividades y responsabilidades de las instituciones participantes, las instancias y flujos de coordinación, y los tiempos y plazos de cada etapa del proceso operativo.

  1. Selección de zonas de atención

Objetivo:
Seleccionar las localidades que conforman las zonas de atención rurales y urbanas en las cuales se llevará a cabo la identificación de las familias

  Los criterios para la selección de localidades rurales toman en cuenta el nivel de marginación, con base en los criterios establecidos por el Consejo Nacional de Población (CONAPO), y dando prioridad a la atención aquellas donde la concentración de hogares en condición de pobreza extrema es mayor.

  Los criterios para identificar a las zonas urbanas en las cuales se hará la incorporación de familias beneficiarias del Programa se basa en un proceso de focalización geográfica, por medio del cual se seleccionan en primera instancia las ciudades medias que no formen parte de zonas metropolitanas.

  A partir de las ciudades medias seleccionadas, se procede a generar zonas de atención alrededor de ellas, cuyo radio de influencia depende del tamaño de la ciudad; mientras más grande es ésta más amplio es su radio de influencia.

  A partir de estas primeras zonas definidas mediante el proceso anterior, se identifican aquellas otras localidades urbanas que le siguen en número de habitantes y que se ubican dentro del área de influencia de las ciudades medias consideradas previamente. A continuación, se generan las áreas de influencia respectivas, considerando las localidades urbanas que forman estas nuevas zonas de atención.

  Las áreas de influencia definidas para cada localidad urbana, de acuerdo a su número de habitantes, son las siguientes:

Tamaño de localidad Radio de influencia (km.)
Menor a 20,000 habitantes 2.5
De 20,000 hasta 69,999 habitantes 3.5
De 70,000 hasta 79,999 habitantes 4.5
De 80,000 hasta 99,999 habitantes 6
De 100,000 hasta 199,999 habitantes 7
De 200,000 hasta 299,999 habitantes 9
De 300,000 hasta 399,999 habitantes 10
De 400,000 hasta 499,999 habitantes 11
De 500,000 hasta 599,999 habitantes 12
De 600,000 y más habitantes 12.5

  Las zonas definidas mediante este proceso son las consideradas para llevar a cabo la identificación de las familias a beneficiar por el Programa.

  2. Verificación de la accesibilidad y capacidad de atención de los servicios de educación y salud

Objetivo:
Confirmar el acceso y capacidad de atención a las familias beneficiarias del Programa en los planteles de educación básica y unidades médicas

  El análisis de la confirmación de la accesibilidad pone énfasis no sólo en la existencia de los servicios educación básica y salud para las familias beneficiarias, sino también en la capacidad de atención.

  Al menos 45 días previos a la recopilación de la información socioeconómica de los hogares, la Coordinación Nacional pone a consideración de los sectores el listado de localidades susceptibles de ser incorporadas al Programa, el cual está constituido por una base de datos en la que se incluyen la clave INEGI y nombre de las localidades, la población total y el número de familias estimado a incorporar.

  Los responsables estatales de las instituciones del sector salud realizan la verificación de la accesibilidad y capacidad de atención de los servicios de salud e informan los resultados a la Coordinación Estatal en un máximo de 30 días naturales a partir de la recepción de dicho listado.

  En el caso del sector educativo, las autoridades educativas de los estados son las responsables de llevar a cabo la verificación de accesibilidad a los servicios de educación básica.

  Simultáneamente, la Secretaría de Salud (SSA), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en su caso otros programas de seguridad social, y las autoridades sectoriales estatales llevan a cabo en el seno del Subcomité Estatal de Salud la primera regionalización operativa de los servicios de salud para la población beneficiaria del Programa, de conformidad con el listado de zonas de atención, el número de familias beneficiarias esperadas en cada una de ellas y la capacidad de atención de los servicios. La verificación implica el compromiso formal de los sectores de que las unidades dispongan del personal capacitado sobre la operación del Programa y del equipamiento y materiales necesarios, y para que puedan programar los requerimientos y distribución de los suplementos alimenticios a las unidades.

  La asignación de familias beneficiarias a las unidades de salud se basa en la regionalización operativa de las unidades de salud de primer nivel de atención, definida como la demarcación de una zona geográfica cuyo eje lo constituye la infraestructura de salud con capacidad técnica y administrativa para atender con oportunidad y suficiencia la demanda potencial de los servicios dentro de su área de responsabilidad. En el caso de derechohabientes de seguridad social, su clínica será la que por adscripción le corresponda, siempre y cuando la unidad participe en el Programa.

  En lo que corresponde a educación, las autoridades educativas de los estados verifican la accesibilidad de los servicios de educación básica para la población de las localidades propuestas para ser incorporadas. Una vez que se cuenta con la verificación sobre la accesibilidad y capacidad de atención de los servicios, la Coordinación Nacional entrega a la Secretaría de Educación Pública (SEP), a la Secretaría de Salud, al IMSS y a las autoridades educativas y de salud estatales, el listado preliminar de zonas de atención que son susceptibles de ser incorporadas, al menos 10 días previos al inicio de los trabajos de campo para la identificación de las familias beneficiarias.

  3. Recolección y análisis de la información socioeconómica de los hogares

  3.1. Recolección de la información socioeconómica de los hogares

Objetivo:
Obtener la información necesaria para determinar, a partir del conjunto de las características socioeconómicas de los hogares y sus miembros, cuáles se encuentran en condición de pobreza extrema, y por tanto son susceptibles de incorporarse como beneficiarias del Programa, utilizando para ello las interrelaciones de las múltiples características que determinan esta condición

  La información de los hogares se obtiene mediante una cédula de características socioeconómicas diseñada específicamente para tal propósito y a través de la cual se recopilan datos sobre las características del hogar y de las condiciones socioeconómicas de todos sus miembros. La cédula es homogénea a nivel nacional para cada uno de los hogares dentro del contexto rural y urbano, respectivamente, y busca que su contenido sea de utilidad para la planeación e identificación de beneficiarios de otros programas sociales.

  Dado que la unidad de atención del Programa es el hogar, definido como el conjunto de personas que hacen vida en común dentro de la vivienda, unidos o no por parentesco, que comparten gastos de manutención y preparan los alimentos en la misma cocina, en todos los casos se levanta una cédula por cada hogar.

  La Coordinación Nacional es la encargada de realizar la recolección de la información socioeconómica de los hogares.

  El levantamiento de la cédula en localidades rurales se realiza mediante una visita domiciliaria a todos los hogares en la modalidad de hogar por hogar.

  Para el caso de levantamiento de recertificación en localidades rurales, la visita domiciliaria de las familias a recertificar se realiza con base en una muestra de hogares previamente seleccionados por la Coordinación Nacional, mientras que para las familias nuevas que solicitan ser encuestadas se hace en la modalidad de hogar por hogar.

  Para las zonas de atención urbanas el levantamiento de la cédula se realiza a través de módulos establecidos para dicho fin, en lugares accesibles a los hogares considerados como posibles beneficiarios.

  La aplicación de la cédula en zonas de atención urbanas se lleva a cabo de la siguiente manera:

  En módulo se aplica una cédula que se denomina Cédula de Inclusión , en la cual se registran los datos básicos referentes a las condiciones de vida de la familia y que sirve para definir si al hogar se le levanta la cédula de características socioeconómicas de los hogares completa. Los indicadores de la cédula de inclusión están enfocados a distinguir de manera ágil y precisa a un hogar que no se encuentra en condición de pobreza extrema y que por tanto no es elegible como posible beneficiario del Programa;

  Si la información de la cédula de inclusión define que no es un hogar posible beneficiario, se notifica en ese momento al informante;

  En el caso de ser un hogar posible beneficiario se le aplica la cédula de características socioeconómicas completa; y

  Se realiza el análisis de la información socioeconómica descrito en el numeral 3.2., cuyo objetivo es identificar a los hogares beneficiarios.

  Posteriormente, en visita domiciliaria, se aplica a los hogares identificados como beneficiarios una cédula denominada Cédula de Verificación , instrumento que permite corroborar visualmente la información proporcionada en el módulo.

  Tanto en las localidades rurales como en las zonas de atención urbana la información de la cédula la debe proporcionar un informante con residencia habitual en el hogar, con al menos 15 años de edad y que conoce los datos de los miembros. Cada informante asienta en la cédula, al término de la entrevista, su firma o huella digital como elemento de certificación de aplicación del instrumento. Posteriormente, mediante un folio impreso en una etiqueta adherible se indica que la vivienda fue visitada, además de entregarse una copia del mismo al informante.

  Los datos de la cédula se capturan y guardan en archivos magnéticos para su procesamiento. A cada hogar y a cada uno de sus miembros se les asigna un número de identificación que permite mantener la confidencialidad de la información, mientras que los documentos físicos son resguardados de acuerdo con las normas vigentes.

  La información que se obtiene mediante la cédula de características socioeconómicas de los hogares, para realizar el proceso de identificación de las familias beneficiarias, se diseñó tomando en cuenta los múltiples factores que intervienen en la determinación de la condición de pobreza extrema. Estos factores fueron definidos a partir del análisis detallado de fuentes de datos socioeconómicos de los hogares con representatividad nacional. Los datos que se incluyen en la cédula son:

  Estructura del hogar

  Número de personas

  Identificación del jefe o jefa del hogar

  Atributos de la jefatura del hogar: toma de decisiones, principal aportante de ingresos, responsable del cuidado de la salud de los hijos

  Edad y sexo de cada miembro del hogar

  Clave Unica de Registro de Población, (CURP) o la información básica para su conformación para cada miembro del hogar.

  Parentesco de cada individuo con el jefe o la jefa del hogar

  Identificación del padre de cada individuo entre los miembros del hogar

  Identificación de la madre de cada individuo entre los miembros del hogar

  Estado civil, para cada miembro del hogar de 12 y más años

  Identificación de los cónyuges o parejas de los miembros del hogar

  Características individuales

  Alfabetismo:

  Si sabe leer y escribir un recado, para cada miembro del hogar de 5 y más años

  Escolaridad:

  Asistencia a la escuela alguna vez durante su vida, para cada miembro del hogar de 5 y más años

  Ultimo grado y nivel de estudios aprobado, para cada miembro del hogar de 5 y más años

  Asistencia actual a la escuela, para cada miembro del hogar de 5 y más años

  Uso de lengua indígena y monolingüismo:

  Personas que hablan lengua indígena, para cada miembro del hogar de 5 y más años

  Personas que no hablan español, para cada miembro del hogar de 5 y más años

  Ocupación

  Condición de trabajo:

  Para cada miembro del hogar de 8 y más años: trabaja, está jubilado, incapacitado, no trabaja;

  Para cada miembro del hogar de 8 y más años que trabaja, días trabajados la semana anterior a la entrevista,

  Para miembros del hogar de 8 y más años, tiempo de trabajo, que identifica el tipo de trabajo como temporal o fijo,

  Posición en la ocupación:

  Posición en el trabajo, para cada miembro del hogar de 8 y más años que trabaja en alguna de las siguientes categorías: asalariado, cuenta propia, trabajador familiar sin remuneración, patrón, jornalero

  Ingresos de los miembros del hogar

  Ingresos por trabajo:

  Monto de ingresos por trabajo principal, para cada miembro del hogar de 8 y más años que trabaja

  Monto de ingresos por otros trabajos, para cada miembro del hogar de 8 y más años que trabaja

  Ingresos de otras fuentes distintas al trabajo (hasta dos fuentes adicionales):

  Ingresos por jubilación, pensión, becas o alquiler, para cada miembro del hogar de 8 y más años

  Apoyos de diversos programas sociales:

  Apoyos de programas sociales que reciben los miembros del hogar:

  Estímulos a la Educación Básica

  Apoyos del Instituto Nacional Indigenista

  Programas de apoyo a la educación media superior:

  Becas de transporte

  Becas de excelencia y otras

  Beca de capacitación PROBECAT

  Programa de Empleo Temporal

  PROCAMPO

  Leche Liconsa

  Despensas del DIF

  Programa Tortilla

  Desayunos Escolares

  Créditos:

Fonaes

Crédito a la Palabra

Fondo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa

Otros

  Emigración de integrantes del hogar

  Edad y sexo de las personas que antes vivían en el hogar

  Lugar a donde emigraron las personas que vivían en el hogar en los últimos 5 años

  Monto de las aportaciones económicas que han hecho en el último año

  Migración por trabajo temporal, para personas del hogar de 8 y más años

  Lugar a donde emigró a trabajar la persona (en los últimos doce meses)

  Duración de la ausencia temporal,

  Servicios de salud y miembros discapacitados del hogar

  Derechohabiencia

  Acceso a seguridad social, para cada miembro del hogar de 8 y más años que trabaja por tipo de Institución: IMSS, ISSSTE, PEMEX u otros.

  Servicios de salud

  Servicios a los que recurren los miembros del hogar

  Discapacitados

  Número y edades de miembros del hogar con alguna discapacidad por ceguera, mudez, sordera, falta de miembros, uso de prótesis o problemas mentales

  Características de la vivienda

  Materiales de la vivienda

  Principal material de los pisos, techos y paredes

  Número de cuartos en la vivienda,

  Número de cuartos que se utilizan para dormir

  Equipamiento

  Disponibilidad de agua dentro de la vivienda, agua dentro de la propiedad, agua corriente en el excusado, electricidad

  Condición de propiedad de los bienes inmuebles del hogar

  Alquiler o préstamo de la vivienda, existencia de una deuda por pago de vivienda

  Propiedad de bienes y enseres

  Licuadora, refrigerador, estufa de gas, calentador para agua que funciona con gas, radio o grabadora, tocadiscos o modular, televisión, lavadora de ropa, ventilador, vehículos

  Propiedad y uso de tierra y animales

  Número de predios y extensión

  Uso de tierra para trabajo agrícola, ganadero o forestal

  Tipo de tierra de los predios: temporal, agostadero, riego

  Propiedad de ganado o animales de trabajo: número y tipo

  En la recolección de información en los hogares, se recoge también la relacionada con diversas características de la localidad, mediante una cédula diseñada específicamente para obtener datos sobre:

  los servicios de educación, salud y comunicaciones a los que tiene acceso la población de la localidad

  las localidades con las que se mantiene un mayor contacto

  los tipos de transporte que utilizan los habitantes y su costo

  las características generales de abasto de alimentos y precios de los mismos en la localidad

  3.2. Análisis de la información socioeconómica de los hogares

Objetivo:
Evaluar las características socioeconómicas de los hogares para identificar a los hogares en condición de pobreza extrema que serán considerados como posibles beneficiarios del Programa

  Mediante el procedimiento de identificación se evalúan, de manera simultánea, diversos aspectos socioeconómicos que reflejan las condiciones de pobreza extrema de las familias. Este procedimiento está documentado y resguardado por la Coordinación Nacional para todas las etapas de identificación de familias. Los aspectos socioeconómicos empleados para la identificación de las familias beneficiarias se construyen a partir de los datos recolectados con la cédula descrita en el numeral 3.1 de estos Lineamientos.

  3.2.1. Sistema de puntajes para la identificación de hogares beneficiarios

  El procedimiento de identificación de las familias beneficiarias es objetivo, homogéneo, transparente y único a nivel nacional. Considera las características socioeconómicas de los hogares en su entorno regional y su condición de residencia rural-urbana, y 14 regiones geográficas en el país.

  La utilización de una técnica estadística multivariada que se denomina análisis discriminante permite resumir la información de un conjunto de características de los hogares en un solo indicador numérico Y , que es una medida de la condición de pobreza extrema del hogar. El resultado de la identificación de los hogares surge del análisis simultáneo de diversos factores de la unidad doméstica, y su aplicación evita la discrecionalidad en la identificación de los hogares beneficiarios.

  La importancia que cada una de las características del hogar tiene para la construcción de este indicador se define con la técnica misma, en función de qué tan distinta resulta ser determinada característica entre un hogar pobre extremo y un hogar que no experimenta esta condición. De esta manera, se evita discrecionalidad para determinar cuál de las características del hogar tiene mayor o menor importancia para identificar su condición de pobreza extrema, lo que sólo se alcanza mediante la aplicación de la técnica estadística.

  El análisis discriminante requiere de una aproximación inicial para la identificación de los hogares beneficiarios; ésta se basa en el ingreso monetario mensual per cápita de las personas mayores de 15 años de los hogares. Este ingreso se compara con el costo actualizado a partir del Indice Nacional de Precios al Consumidor, en el rubro de alimentos, bebidas y tabaco, de la Canasta Normativa Alimentaria definida por la Coordinación General del Plan Nacional de Zonas Deprimidas y Grupos Marginados (COPLAMAR) multiplicado por un factor de 1.34 que considera un mínimo para gastos no alimentarios. En esta primera aproximación se considera que los hogares con ingresos inferiores al costo de la canasta alimentaria son en principio similares a los hogares que viven en pobreza extrema, mientras que los hogares con ingresos monetarios iguales o superiores al costo de la canasta de referencia son semejantes a los que no se encuentran en dicha condición, creándose dos grupos.

  La clasificación final es el resultado de aplicar el análisis discriminante y ya no depende del ingreso reportado. Incorporar la información sobre las características de los miembros del hogar y de su vivienda, permite una identificación más confiable que comprende, entre otros: la composición y tamaño de los hogares; edad de sus integrantes, uso de lengua indígena, alfabetismo, escolaridad, participación laboral y tipo de ocupación de los miembros del hogar; presencia de personas discapacitadas; equipamiento de las viviendas y posesión de bienes y enseres domésticos; acceso y uso de superficie agrícola, así como posesión de animales de trabajo y/o cría.

  La construcción del indicador Y que se define es la combinación lineal de variables que ofrezca la caracterización más homogénea entre hogares de un mismo grupo inicial, a la vez que diferencie lo más posible a los hogares de uno y otro grupo. Para ello se maximiza una medida estándar de separación en la que se calcula la diferencia entre los indicadores Y de cada grupo dividida por la desviación estándar conjunta.

  Al indicador Y se le denomina función discriminante, el cual permite obtener un puntaje o valor asociado para cada una de las características del hogar. De esta forma, a partir de la función discriminante se construye el sistema de puntajes que permite asignar a cada hogar una medida de su nivel de carencias.

  La función discriminante se calcula con la combinación lineal del tipo:

  Y = b1X1 + b2X2 + b3X3 + ... + bnXn

  Donde las X representan las distintas características de los hogares (tales como el índice de dependencia, el número de miembros del hogar, el número de niños que no asiste a la escuela) y los coeficientes b1, b2, b3 se obtienen a partir del procedimiento descrito. Los puntajes se calculan a partir de los valores de estos coeficientes.

  El aspecto central del análisis discriminante consiste en tipificar los perfiles de las familias pobres extremas y las que no lo son, y con base en ello determina una regla para clasificar a cada hogar en uno de los dos grupos, en función de su perfil.

  La construcción del sistema de puntajes se apega a los criterios establecidos la Coordinación General de Padrones de Beneficiarios de los Programas Sociales de Sedesol.

  4. Incorporación de las familias beneficiarias

  4.1. Identificación de la titular beneficiaria

  La identificación de la titular de la familia beneficiaria se realiza con base en la información recabada en el hogar para cada uno de sus miembros. La titular beneficiaria es generalmente la madre de familia y previo al proceso de incorporación se la identifica aplicando los siguientes criterios jerárquicos:

  Madre que tenga hijos o hijas de 0 a 16 años

  Mayor número de hijos e hijas de 8 a 16 años

  Mayor número de hijas

  Mayor número de hijos e hijas de 0 a 5 años

  Mujer de mayor edad pero menor a 55 años de edad

  Esposa del jefe del hogar

  Si en el hogar no hay menores de edad se aplican los siguientes criterios jerárquicos para la identificación de la titular beneficiaria:

  Jefa del hogar

  Esposa del jefe del hogar

  Mujer entre 15 y 55 años

  Mujer de 56 y más años

  Cuando en un hogar no hay mujeres, el jefe de hogar es el titular beneficiario.

  La familia puede solicitar el cambio de la titular beneficiaria en los siguientes casos:

  Fallecimiento de la titular;

  Incapacidad física o mental de la titular;

  Ausencia definitiva de la persona que se identificó como titular;

  Cuando la titular trabaja y ello le impide el cumplimiento de su corresponsabilidad, siendo otra persona en el hogar quien se hace cargo de preparar los alimentos y llevar a los niños a la escuela; o

  Por error en la identificación de la titular al proporcionar incorrectamente los datos de los integrantes de la familia.

  La nueva titular se acredita entre las personas registradas como integrantes de la familia. Debe ser mayor de 15 años de edad, vivir permanentemente en el domicilio de la familia beneficiaria y ser responsable de la preparación de los alimentos y del cuidado de los niños. En los casos de que la titular fallezca o abandone definitivamente el hogar y no exista un integrante mayor de 15 años, se podrá dar de alta a un familiar, quien deberá vivir permanentemente en el hogar y hacerse cargo del cuidado de los niños o un titular solidario que asuma la responsabilidad de la manutención de los niños y asegure la asignación correcta de los recursos.

  La documentación comprobatoria que la familia debe presentar para el trámite de cambio de titular es:

Fallecimiento del titular Acta de defunción o constancia médica del fallecimiento
Incapacidad física o mental permanente Constancia médica o constancia de la autoridad local
Ausencia definitiva del titular Constancia de la autoridad local
La titular trabaja Constancia de la autoridad local
Error en la identificación del titular Si el nuevo titular aparece registrado como integrante de la familia, no se requiere ninguna documentación comprobatoria, sólo deben respetarse los criterios jerárquicos especificados en este apartado.
  Si el nuevo titular no aparece registrado como integrante de la familia por error en el levantamiento o captura de la encuesta debe solicitarse, junto con el cambio de titular, el alta de integrante presentando una copia fotostática de su acta de nacimiento o matrimonio o del acta de nacimiento de uno de sus hijos, que permita comprobar su parentesco.

  En caso de que el trámite de cambio de titular se solicite durante el proceso de incorporación y la familia no presente la documentación comprobatoria, el movimiento de cambio de titular se registrará pero la titular deberá presentar la documentación correspondiente cuando entregue el Certificado de Registro en la Unidad de Salud (CRUS) validado. De no ocurrir así, no se le entregará su planilla de hologramas, tarjeta de débito o tarjeta para pago electrónico.

  4.1.1. Incorporación de nuevos integrantes de la familia

  Cuando uno de los miembros de la familia beneficiaria contraiga matrimonio y su cónyuge se integre a vivir en la casa de la familia, se entregará al personal del Programa copia del acta de matrimonio o documento avalado por la autoridad local, en caso de ser unión libre, para formalizar la inclusión de éste como integrante de la familia.

  Si el cónyuge tiene hijos de un matrimonio o pareja anterior que vayan a vivir con la familia beneficiaria y estudien, se entregará copia del acta de nacimiento de cada uno de los menores para que se formalice su inclusión como integrantes de la familia y la constancia de inscripción original de la escuela a la que asisten para su validación.

  Cuando los nietos de una titular estén bajo su tutela y vivan bajo el mismo techo, deberá entregarse al personal de la Coordinación Estatal una copia del acta de nacimiento de los mismos y la solicitud de incorporación como integrantes de la familia.

  Cuando la titular de la familia beneficiaria tenga bajo su tutela niños o jóvenes menores de edad que vivan bajo el mismo techo, la autoridad local validará dicha tutela y condición de residencia en el documento correspondiente.

  4.2. Eventos de incorporación

  4.2.1. Proceso de incorporación

Objetivos:
Notificar a la familia que ha sido seleccionada como beneficiaria del Programa, así como la fecha de su incorporación

  A partir del resultado del proceso de identificación de las familias beneficiarias del Programa, la Coordinación Nacional integra la Relación Base de Familias Beneficiarias, sustento para el proceso de incorporación de las familias al Programa, la cual contiene datos de la familia beneficiaria: clave de la cédula de identificación, nombre de la titular, edad, fecha de nacimiento y sexo de cada uno de los integrantes de la familia beneficiaria.

  En el año 2002 la incorporación de familias se llevará a cabo en dos fases: la primera, cuyo límite es el 31 de agosto, tiene por objetivo el cumplimiento de la meta de ampliación de cobertura que considera un millón de nuevas familias. Todas estas familias, previa certificación de su registro en las unidades de salud y de la inscripción de los niños en la escuela, recibirán los apoyos correspondientes a partir del bimestre julio-agosto y deberán cumplir con sus corresponsabilidades a partir del mes de septiembre.

  La segunda fase de incorporación tiene como objetivo el mantenimiento del Padrón; ésta podrá realizarse durante todo el año, teniendo como límite el bimestre septiembre – octubre.

  La Coordinación Nacional del Programa, al tiempo que programa la incorporación de familias por municipios y localidades o zonas de atención urbana, prepara e imprime los documentos de identificación de las familias beneficiarias; así como los formatos básicos para el registro de la familia en las unidades de salud, la certificación de la inscripción de los niños y jóvenes en las escuelas y el carnet de registro de asistencia de los jóvenes de educación media superior a las pláticas de salud.

  Las Coordinaciones Estatales informarán formalmente a las instituciones de los sectores educativo y de salud, a través de los Comités Técnicos Estatales, al menos quince días hábiles previos a la incorporación de familias, el calendario de incorporación por localidad, con el objeto de prever las acciones necesarias para la recepción de dichas familias, así como de las que ya son atendidas en estas instituciones.

  El Coordinador Estatal, mediante oficio adjunto al calendario de incorporación, invita a los responsables del sector salud a participar en la medida de sus posibilidades, en los eventos de incorporación, con el propósito de que se informe a las beneficiarias la unidad de salud a que debe acudir para efectuar su registro y les explique que se establecerán citas programadas para su atención a partir del mes de septiembre.

  La Coordinación Estatal solicita a las autoridades de los municipios el nombramiento de un enlace entre el municipio y el Programa, el cual será ratificado por el cabildo. El enlace se designa antes de la realización de las asambleas de incorporación en el medio rural y antes de los trabajos de levantamiento de encuestas en el medio urbano.

  La Coordinación Estatal, en coordinación con las autoridades estatales y municipales, realiza y difunde la convocatoria de incorporación: en el medio rural a las familias de la comunidad para que asistan a las asambleas comunitarias y en el medio urbano sólo a las familias beneficiarias para que asistan a las reuniones de orientación.

  En las localidades en que se identifica un alto porcentaje de población que habla alguna lengua indígena, se solicita a las autoridades municipales que brinden apoyo con personal bilingüe.

  La Coordinación Estatal organiza las asambleas comunitarias y las reuniones de orientación en las cuales:

  Se explica a los participantes los objetivos y apoyos del Programa, así como las responsabilidades que adquieren las familias beneficiarias para recibir los apoyos

  Se les hace entrega de los materiales de información del Programa

  Se precisa que el Programa opera con absoluta imparcialidad y transparencia

  Se informa cómo y cuándo hacer su registro a los servicios de educación y salud y se entregan los formatos respectivos

  Se comunica que la primera entrega de apoyos será la correspondiente al bimestre julio-agosto

  Se subraya que para recibir los apoyos, las familias deberán cumplir con sus corresponsabilidades a partir del bimestre septiembre-octubre

  En las asambleas de las localidades rurales se presenta a la comunidad el listado de familias beneficiarias identificadas para que, de haber observaciones, se revisen los casos de acuerdo con los criterios para la identificación de familias beneficiarias descritos en estos Lineamientos, realizando inclusive una nueva visita a los hogares para obtener la información requerida para la revisión, cuando sea necesario

  Se verifica la identidad de la titular, quien para ello debe presentar cualquiera de las siguientes identificaciones: credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral, acta de nacimiento expedida por el registro civil, CURP, fe de bautismo, credencial con fotografía o constancia de la autoridad local

  Se hace entrega de la cédula de identificación provisional, que es el documento que da testimonio oficial de la identidad de la titular de la familia beneficiaria, para que tenga acceso a los apoyos que recibe a través del Programa. Cada titular beneficiaria incorporada firma o pone su huella digital en el Acuse de Recibo de este documento; el personal de la Coordinación Estatal anota en éste el año, mes y el día en que se realiza la incorporación de cada una de las familias beneficiarias. En caso de presentarse la necesidad de realizar correcciones a los datos de identificación de la titular beneficiaria, a petición de parte la Coordinación Nacional reemplaza la cédula de identificación en un periodo de dos meses después de recibida la solicitud.

  Las titulares eligen de entre ellas mismas al menos a dos vocales: una de educación y otra de salud, las que integrarán un Comité de Promoción Comunitaria, cuyo funcionamiento se explica en el numeral 4.3 de estos Lineamientos, entregándoles una constancia de nombramiento, procurando evitar duplicidades con las instancias comunitarias ya existentes, como los comités locales de salud y educación, promoviendo su articulación y complementariedad con éstos.

  La identificación provisional no se entrega cuando la identidad de la titular de la familia beneficiaria no pueda ser validada y quedará en resguardo de la Coordinación Estatal hasta la fecha límite establecida para la incorporación de familias de la fase operativa correspondiente, para que pueda ser solicitada por la titular beneficiaria, acreditando su identidad conforme a lo expuesto.

  Las identificaciones no entregadas se resguardan para su eventual entrega a solicitud de la titular beneficiaria, hasta la fecha límite establecida para la incorporación de familias para la fase operativa correspondiente. Después de este plazo, se cancela la documentación y se da de baja a la familia.

  Al final de cada asamblea en las localidades rurales y de las reuniones de orientación en zonas de atención urbanas, se levanta un Acta de incorporación, así como un acta de conformación de Comité de Promoción Comunitaria, dando fe de su realización las autoridades locales.

  Las titulares de las familias beneficiarias que no asistan a la asamblea comunitaria y que no sean sujetas de revisión por no haber sido objetadas, y aquellas que no acudieron a la reunión de orientación, podrán ser incorporadas en una siguiente etapa.

  La Coordinación Nacional mantendrá informado al Comité Técnico del Consejo, así como a los Comités Técnicos Estatales, de los avances en el proceso de incorporación.

  4.2.2. Integración de expedientes

  Las Coordinaciones Estatales resguardarán en sus oficinas la información resultante del proceso de incorporación en expedientes individuales por familia beneficiaria, así como las actas de las asambleas, reuniones de orientación y conformación de Comités de Promoción Comunitaria.

  El expediente familiar se abrirá con el acuse de aceptación de la titular de su incorporación al Programa conforme se vayan cumpliendo las acciones de corresponsabilidad; se anexará la identificación provisional cuando ésta se recoja a la titular, el CRUS, la constancia de entrega de planilla de hologramas o el documento para el retiro de apoyos de la cuenta bancaria, la inscripción de los niños y jóvenes en las escuelas, los cambios de titular, las actas de nacimiento, la certificación de la inclusión de nuevos integrantes, las copias de los movimientos de baja del padrón, las planillas de hologramas ya utilizadas y las no utilizadas canceladas, y en su caso los resultados de la recertificación y copia de las notificaciones giradas por las Coordinaciones Estatales a la familia y la documentación soporte de los cambios de titular. Esta última y la identificación provisional podrán integrarse en un expediente adicional, pero en el expediente de la familia deberá referirse el lugar donde se encuentran archivados.

  En los casos de familias no incorporadas, el expediente contiene la documentación cancelada que se había preparado para la familia y que no fue entregada.

  Los formatos del registro y asistencia a la unidad de salud y a los planteles educativos deben ser resguardados por la Coordinación Estatal, pudiendo almacenarse en archivos específicos ordenados por municipio, localidad y, en su caso folio de beneficiario o servicio educativo.

  4.3. Comités de Promoción Comunitaria

Objetivo:
Integrar los Comités de Promoción Comunitaria y establecer los lineamientos básicos para su operación

  4.3.1. Integración de los Comités de Promoción Comunitaria

  En cada localidad rural y colonia o barrio del medio urbano donde opera el Programa deberá existir un Comité de Promoción Comunitaria conformado por al menos dos vocales, una de salud y otra de educación por cada 100 titulares beneficiarias. En localidades con menos de 10 familias beneficiarias se nombrará una vocal de educación y salud, que se vinculará al Comité de Promoción Comunitaria más cercano a su localidad, procurando evitar duplicidades con las instancias comunitarias ya existentes, como los comités locales de salud y educación y promoviendo su articulación y complementariedad con éstos.

  Se promoverá el nombramiento de las comisiones de trabajo que sean necesarias, en función de los proyectos y acciones complementarias a desarrollar, como: alfabetización, mejoramiento de vivienda, ahorro y proyectos productivos.

  4.3.2. Requisitos para ser integrantes del Comité de Promoción Comunitaria

  Ser beneficiario del Programa

  Ser mayor de 15 años

  Saber leer y escribir

  No ser directivo de alguna asociación o partido político, de nivel federal, estatal o local

  Adicionalmente, se procurará que cuente con las siguientes características:

  Tener prestigio entre los habitantes de su comunidad

  Ser preferentemente mujer

  Estar dispuesto a colaborar voluntariamente en el desarrollo de la propia comunidad, sin recibir remuneración económica

  Tener capacidad para conciliar opiniones y resolver los conflictos que puedan presentarse durante la operación del Programa

  4.3.3. Momentos para la integración del Comité de Promoción Comunitaria

  Los Comités de Promoción Comunitaria se integrarán gradualmente durante:

  La incorporación de familias

  En nuevas localidades rurales y zonas de atención

  En localidades rurales que fueron incorporadas durante 1997 y 1998 y tienen pendiente la incorporación de familias producto de la densificación.

  En localidades rurales y urbanas pendientes de recertificar y densificar y que fueron incorporadas de 1999 al 2001. Estos comités se integrarán en los periodos de incorporación producto de la densificación.

  La entrega de apoyos en los Módulos de Atención

  En las localidades recertificadas que ya fueron incorporadas como producto de la densificación.

  4.3.4. Lineamientos para la integración y funcionamiento de los Comités de Promoción Comunitaria

  El Comité de Promoción Comunitaria será la figura que sustituirá a la actual Promotora Comunitaria, para lo cual la Coordinación Estatal otorgará a éstas un reconocimiento por la labor desarrollada, al momento de constituir el Comité

  El Comité de Promoción Comunitaria debe ser representativo para el total de la población beneficiaria y electo en forma democrática en asamblea de beneficiarios

  La asamblea de beneficiarios del Programa será la autoridad máxima para la toma de cualquier decisión concerniente al Comité de Promoción Comunitaria y su integración deberá estar soportada mediante el levantamiento de una acta

  La asamblea de beneficiarios decidirá el cargo que ocupará cada uno de los integrantes del Comité; es conveniente que entre ellos no se considere a la actual o actuales promotora(s) comunitaria(s), salvo que por decisión de la mayoría de la asamblea lo proponga y que ella(s) lo acepte(n)

  Para la integración del Comité en localidades incorporadas en fases anteriores, se debe contar con la asistencia mínima del 50 por ciento más uno de las titulares beneficiarias, con relación al total de beneficiarias activas, al momento de constituir el mismo

  Después de la elección se levantará el Acta Constitutiva del Comité , en la cual se detallarán los resultados de la votación, los nombres, cargos y firma de aceptación de las integrantes, así como de las autoridades municipales y personal de la Coordinación Estatal, anexando lista de asistencia de las beneficiarias

  Las integrantes de los Comités recibirán una constancia que las acredite como tales y en el que se especifique que tendrán una vigencia de tres años en el desempeño de sus funciones, así como las principales actividades que deben desarrollar

  Las integrantes del Comité podrán ser sustituidas o ratificadas al término de su gestión, o antes en caso de que la asamblea de beneficiarios lo decida

  Las integrantes de los Comités serán capacitadas por la Coordinación del Programa, para el mejor desempeño de sus funciones

  El Comité de Promoción Comunitaria sesionará de manera ordinaria cada dos meses o de acuerdo a los tiempos de operación de cada uno de los procesos del Programa. En caso necesario, se podrá convocar a sesiones extraordinarias, debiendo levantar acta de acuerdos

  Las causas de sustitución o remoción del cargo de algún integrante del Comité podrán ser: renuncia, baja de la titular, ausencia definitiva de la localidad (cambio de domicilio), defunción o alguna causa grave, como utilizar la representación del Comité con fines políticos, religiosos, privados o ajenos al Programa

  Los cambios de las integrantes de los Comités de Promoción Comunitaria deberán ser notificados a la Coordinación Estatal del Programa mediante el acta correspondiente y no podrán ser promovidos por otras instancias locales, municipales y estatales

  5. Cumplimiento de las corresponsabilidades

  5.1. Capacitación del personal institucional y orientación de las beneficiarias

  Las secretarías de Salud, de Educación y el IMSS, en coordinación con la Coordinación Nacional del Programa, tienen bajo su responsabilidad las acciones orientadas a capacitar al personal operativo para que conozca los objetivos y las normas del Programa. Esta tarea se efectuará con la participación de los responsables estatales de salud y educación, recogiendo las necesidades mostradas por los procesos de supervisión y seguimiento, las sugerencias de los Comités Técnicos Estatales y del personal de salud y educación, las necesidades detectadas por la Contraloría Social y las determinadas por los directivos en los diferentes niveles.

  Los destinatarios de la capacitación son: el personal institucional y eventual del Programa, el personal institucional de las secretarías estatales de salud y del IMSS, los directores y profesores de las escuelas y las autoridades educativas regionales y estatales en los niveles de primaria, secundaria y educación media superior.

  Adicionalmente, para evitar anomalías en la certificación de la asistencia o la solicitud de requisitos y contraprestaciones adicionales, es de suma importancia la orientación que los equipos de salud y/o auxiliares o asistentes de salud otorguen a las beneficiarias así como el seguimiento de la operación del Programa que permita la detección y corrección oportuna de las mismas.

  La orientación es necesaria para que las familias aprovechen los apoyos del Programa y valoren la importancia de desarrollar la salud de todos sus integrantes; para que mejoren su alimentación y apoyen a sus hijos para concluir la educación básica y media superior, para que sepan a dónde dirigirse en caso de tener dudas o inconformidades respecto de los apoyos monetarios, y para que expresen sus reconocimientos o quejas sobre el desempeño del personal del Programa y de los sectores.

  5.2. Inscripción y registro para la certificación de corresponsabilidades

Objetivo:
Proporcionar a las familias los medios y elementos para su registro en los servicios de salud como beneficiarios del Programa, así como para certificar la inscripción de los niños a la escuela primaria y secundaria y de los jóvenes a la educación media superior

  La Coordinación Nacional es responsable de elaborar los formatos de registro de la familia en la unidad de salud (S1) y de inscripción de los niños y jóvenes a la escuela (E1 y EMS1). En el caso de familias de nueva incorporación las Coordinaciones Estatales del Programa les entregan los formatos de registro a la unidad de salud en el momento de su incorporación al Programa.

  Los formatos de inscripción de los niños y jóvenes a primaria, secundaria y educación media superior se emiten anualmente, previo al inicio del ciclo escolar. La entrega de estos formatos a las titulares beneficiarias se realiza a través de las Coordinaciones Estatales del Programa. El esquema de entrega de los formatos para certificar la inscripción a primaria y secundaría a partir del ciclo escolar 2002 - 2003, será modificado conforme a lo establecido en la Previsión 4 de las Reglas de Operación 2002.

  Las autoridades de los servicios estatales de salud y las autoridades educativas de los estados, con apoyo de las secretarías de Salud y Educación Pública, del IMSS y de CONAFE, son responsables de informar al personal de las unidades de salud y de las escuelas, de la solicitud que recibirán por parte de las familias beneficiarias de Programa para realizar el registro en dichos formatos, para lo cual se utilizan los procesos normales de información y capacitación establecidos o que se hayan convenido al interior de los Comités Técnicos Estatales del Programa. El personal de las escuelas y de las unidades de salud es el responsable de la requisición fidedigna de estos formatos.

  5.2.1. Inscripción en los planteles educativos

  Para recibir el apoyo de becas educativas y para la adquisición de útiles escolares, se certifica la inscripción de los hijos de las familias beneficiarias entre el tercer grado de primaria y el último grado de educación media superior. La familia decide en qué escuela desea inscribir a cada uno de sus hijos.

  Los formatos de inscripción de los niños y jóvenes a la escuela deben ser llenados para cada uno de ellos en la escuela en que estén inscritos. La certificación de la inscripción la realiza el personal responsable del plantel educativo, con la firma del responsable del plantel y, en su caso, con el sello de la escuela.

  En el formato de inscripción se incluirá la CURP para que el personal responsable del plantel educativo la anote o la corrija. En caso de que los niños no cuenten con ella, las autoridades estatales de educación coadyuvarán al trámite de ésta.

  Para la certificación de la inscripción se seguirán los siguientes procedimientos.

  En educación básica:

  Las titulares beneficiarias presentarán el formato de inscripción (E1) en la escuela donde estudian sus hijos para que sea requisitado por el personal docente.

  En caso de que la familia no cuente con el formato de inscripción podrá solicitar una constancia de inscripción en la escuela correspondiente, a la cual adjuntará una copia del acta de nacimiento del estudiante.

  Las Coordinaciones Estatales del Programa son responsables de la recepción de los formatos y las constancias de inscripción requisitados, los cuales deben ser entregados por las titulares beneficiarias a más tardar el 30 de septiembre por medio de los enlaces municipales, las vocales de educación o Comités Comunitarios, o en los Módulos de Atención durante la entrega de los apoyos monetarios.

  El proceso de recepción y validación de los formatos de certificación de inscripción a primaria y secundaría (E1) a partir del ciclo escolar 2002-2003, podrá modificarse conforme a lo establecido en la Previsión 4 de las Reglas de Operación 2002.

  En educación media superior:

  Los jóvenes estudiantes o las titulares beneficiarias presentarán el formato de inscripción (EMS1) en la escuela donde estudia el alumno para que sea requisitado.

  En caso de que la familia no cuente con el formato de inscripción podrá solicitar una constancia de inscripción en la escuela correspondiente, a la cual adjuntará una copia del acta de nacimiento del estudiante.

  Las Coordinaciones Estatales del Programa son responsables de la recepción de los formatos y constancias de inscripción requisitados, los cuales deben ser entregados por las titulares beneficiarias y/o jóvenes a más tardar el 30 de septiembre por medio de los enlaces municipales, las vocales de educación o Comités Comunitarios, o en los Módulos de Atención durante la entrega de los apoyos monetarios.

  Tanto en educación básica como en educación media superior, la certificación de inscripción a la escuela de nuevos integrantes de la familia sólo es aceptada cuando se comprueba que éste es hijo de algún integrante del hogar beneficiario y, en caso de nuevos integrantes, conforme a los criterios establecidos en el numeral 4.1.1. de los presentes Lineamientos.

  Una vez recibidos los formatos de inscripción, las Coordinaciones Estatales del Programa procederán a su captura. Al concluirse la captura y procesamiento de la información, en un plazo máximo de 15 días hábiles, la Coordinación Nacional comunicará los resultados a la Secretaría de Educación Pública y a las autoridades educativas estatales.

  Inscripciones extemporáneas:

  Las inscripciones de los alumnos de educación básica y media superior que no puedan ser registradas por errores u omisiones en la validación de los formatos de inscripción, podrán ser incorporadas al padrón de becarios previo a la emisión de los apoyos del segundo y tercer bimestre del ciclo escolar.

  En estos casos, sólo se emitirán los apoyos a partir del segundo bimestre del ciclo escolar sin el apoyo para la adquisición de útiles escolares.

  Para la emisión de los apoyos correspondientes, la titular entregará a la Coordinación Estatal un aviso de asistencia certificado por el plantel educativo donde estudian sus hijos la primaria y secundaria; en el caso de educación media superior, el plantel educativo validará la permanencia escolar correspondiente a través del proceso de certificación electrónica.

  5.2.1.1. Servicios educativos reconocidos en educación básica y media superior

  Los servicios educativos de primaria, secundaria y educación media superior válidos para el Programa en el ciclo escolar 2002-2003 son los siguientes:

EDUCACION PRIMARIA
DAI Albergue de Educación Indígena
DCA Escuela Primaria Artículo 123
DCO Escuela de Educación Especial en Problemas de Conducta
DDM Escuela de Educación Especial en Deficiencia Mental
DIM Escuela de Educación Especial para Trastornos Neuromotores
DIV Escuela de Educación Especial para Trastornos Visuales
DLA Escuela de Educación Especial para Trastornos de Audición y Lenguaje
DML Centro de Atención Múltiple
DPB Primaria Indígena Federalizada
DPR Primaria Regular Federalizada
DZC Primaria Regular de Migrantes
ECO Escuela de Educación Especial en Problemas de Conducta
EDM Escuela de Educación Especial en Deficiencia Mental
EIV Escuela de Educación Especial para Trastornos Visuales
ELA Escuela de Educación Especial para Trastornos de Audición y Lenguaje
EML Centro de Atención Múltiple
EPB Escuela Indígena Estatal
EPR Escuela Primaria Estatal
KNP Primaria Comunitaria de Migrantes
KPB Primaria Comunitaria Indígena
KPR Primaria Comunitaria
NPR Primaria Regular Fuera de Sector
PCO Escuela de Educación Especial en Problemas de Conducta
PDM Escuela de Educación Especial en Deficiencia Mental
PIM Escuela de Educación Especial para Trastornos Neuromotores
PIV Escuela de Educación Especial para Trastornos Visuales
PLA Escuela de Educación Especial para Trastornos de Audición y Lenguaje
PML Centro de Atención Múltiple
PPB Primaria Indígena Particular
PPR Escuela Primaria Regular Particular
SPR Escuela Primaria Regular Subsidiada
EDUCACION SECUNDARIA
DES Secundaria General Federalizada
DGA Grupos Alternos
DSN Secundaria para Trabajadores Federalizada
DST Secundaria Técnica Federalizada
DTL Telesecundaria para Alumnos con Problemas de Audición y Lenguaje
DTV Telesecundaria Federalizada
EES Secundaria General Estatal
ESC Secundaria Comunitaria Indígena
ESN Secundaria para Trabajadores Estatal
EST Secundaria Técnica Estatal
ETV Telesecundaria Estatal
NST Secundaria Técnica Fuera de Sector
NTV Telesecundaria Fuera de Sector
PES Secundaria General Particular
PSN Secundaria para Trabajadores Particular
PST Secundaria Técnica Particular
PTB Secundaria Técnica Indígena Particular
PTV Telesecundaria Particular
SES Secundaria General por Cooperación (subsidiada)
UES Secundaria General Subsidiada

  Los servicios educativos reconocidos en educación media superior válidos para el Programa para el ciclo escolar 2002-2003, son los servicios de modalidad escolarizada, con Estudios de Bachillerato y Educación Técnica Profesional Media que no requieren bachillerato, y sus equivalentes.

EDUCACION MEDIA SUPERIOR
DAR Centro de Educación Artística
DBP Centro de Estudios de Bachilleres
DCB Colegio de Bachilleres
DCM Centro de Estudios Tecnológicos del Mar
DCT Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicio
DET Centro de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios
DNT Centro de Enseñanza Técnico Industrial
DPT Colegio Nacional de Educación Profesional Media (Conalep)
DTA Centro de Bachillerato, Tecnológico Agropecuario y Forestal
EAR Instituto Estatal de Bellas Artes
EBD Bachillerato de Desarrollo Comunitario
EBH Bachillerato General
EBP Centro de Estudios de Bachillerato
ECB Colegio de Bachilleres
ECT Centro de Bachillerato Tecnológico
EET Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicio
EMS Educación Media Superior a Distancia
EPE Centro de Capacitación de Estudios Pedagógicos
ETC Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado
ETH Telebachillerato
NET Escuela de Educación Media Terminal
NTA Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario
PAR Escuela de Educación Artística
PBH Bachillerato General
PBP Centro de Estudios de Bachillerato
PCB Colegio de Bachilleres
PCT Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicio
PET Centro de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios
PTA Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario.
SBC Preparatoria por Cooperación
SBH Bachillerato General
SET Escuela Subsidiada de Profesional Medio
STH Telebachillerato
UAR Escuela de Educación Artística
UBH Bachillerato General
UCT Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios
UET Centro de Estudios Tecnológicos Industrial y de Servicios
UTA Centro de Bachillerato Tecnológico Agropecuario.

  Durante el año 2002, podrán incluirse otros servicios educativos no considerados aquí, pero que cumplan con lo dispuesto en estos criterios.

  5.2.1.2. Integración del Catálogo Nacional de Escuelas

  La Secretaría de Educación Pública entrega a la Coordinación Nacional del Programa el Catálogo Nacional de Centros de Trabajo de primaria, secundaria y educación media superior, el cual considera los servicios educativos válidos para el Programa.

  Dicho Catálogo es remitido dos veces al año: la primera, a más tardar el 31 de marzo, previo a la emisión de los formatos de inscripción de los becarios; y la segunda, a más tardar el 31 de agosto, previo a la captura de dichos formatos. Este último servirá de base para verificar la inscripción de los becarios en planteles educativos válidos, por lo que es susceptible de actualización por parte de las autoridades educativas estatales, las cuales notificarán por escrito a las Coordinaciones Estatales del Programa, los centros de trabajo de nueva creación que no estén contemplados. Las actualizaciones del Catálogo de Centros de Trabajo realizadas por las autoridades educativas estatales, serán notificadas por la Coordinación Nacional del Programa a la Secretaría de Educación Pública para su validación definitiva.

  No se dará de alta en el padrón a los becarios inscritos en centros de trabajo que no estén debidamente validados.

  Las claves de centros de trabajo que el proceso de captura de formatos de inscripción arroje como no válidas, serán enviadas por las Coordinaciones Estatales a las autoridades educativas estatales, para su revisión.

  La Coordinación Nacional del Programa enviará el resultado de esta revisión de claves a la Secretaría de Educación Pública para la actualización de su Catálogo y para la certificación del catálogo de escuelas con becarios del Programa; ésta deberá ser remitida a la Coordinación Nacional del Programa 20 días hábiles después de su recepción.

  5.2.2. Registro en las unidades de salud

  Para recibir las acciones del componente de salud, las titulares beneficiarias se registran en la unidad de salud de primer nivel que atiende a la población de su localidad, en la unidad de salud que le fue asignada al momento de incorporarse, o bien con el equipo de salud de la unidad itinerante que visita la localidad. En el medio urbano se les asigna a las familias beneficiarias una unidad en donde se les atenderá con citas programadas. En el caso de población derechohabiente del IMSS se les atenderá en la unidad de adscripción que le corresponde, siempre y cuando ésta participe en la operación del Programa.

  Al registrar a su familia en la unidad de salud, la titular beneficiaria recibe una Cartilla Familiar. Este es el instrumento para registrar la programación de las citas y sesiones educativas a las que deben acudir los integrantes de la familia beneficiaria. La programación de las citas se realiza con base en la periodicidad establecida en el numeral 5.3 de estos Lineamientos. Se busca que las fechas y horarios de las visitas programadas sean convenientes para los integrantes de las familias.

  En el formato de registro de asistencia a los servicios de salud (S1/CRUS), el cual se compone de dos secciones, se encuentran prerregistrados todos los integrantes de la familia. En la sección desprendible de éste (CRUS), el personal de salud anota la fecha en la que la titular beneficiaria acude a registrarse, colocando el sello de la unidad de salud y devolviéndolo a la titular para certificar el registro de la familia a los servicios de salud.

  La sección del documento donde aparecen prerregistrados todos los integrantes de la familia (S1), se resguarda en la unidad de salud, ya sea en un archivo especial o como anexo al expediente de la familia que se conserva en la unidad, de acuerdo a la organización del personal de salud. Este documento lo utiliza el personal de salud para registrar la programación anual de citas, para registrar la asistencia de los integrantes de la familia a las citas programas y a la sesión educativa mensual para la salud, y para certificar si la familia cumple con los compromisos de corresponsabilidad establecidos.

  Anualmente, en la primera quincena del mes de diciembre, la Coordinación Nacional a través de sus Coordinaciones Estatales, emite y entrega al sector salud un formato de registro de asistencia a salud (S1 Anual) para cada familia activa en el Padrón de Beneficiarios, para que el personal de salud los resguarde y registre en ellos la programación de citas, asistencia y cumplimiento de los compromisos de corresponsabilidad de dichas familias del siguiente año calendario.

  En caso de ausencia definitiva de alguno de los miembros de la familia, la titular lo notifica por escrito al médico en su unidad de salud, a fin de no afectar el reporte del cumplimiento a los servicios de salud de la familia. El médico lo anotará en el formato S1 para excluirlo de la programación de citas.

  5.3. Otorgamiento de servicios de salud

Objetivo:
Mejorar las condiciones de salud y nutrición de las familias beneficiarias, en particular las de los grupos en situación de mayor vulnerabilidad como los menores de cinco años y las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia

  Todas las acciones del Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud constituyen un conjunto gratuito e irreductible de servicios que guardan correspondencia con las normas oficiales mexicanas, lo que permite asegurar su aplicación homogénea bajo principios científico-técnicos plenamente validados. Estas acciones se proporcionan a través de citas programadas de acuerdo con el protocolo de frecuencia de atención, según la edad y la condición de vulnerabilidad de los miembros de cada familia.

PAQUETE ESENCIAL (BASICO) DE SERVICIOS DE SALUD

SERVICIO ACCIONES
saneamiento basico a nivel familiar:

Comprende una serie de medidas eficaces para impulsar la higiene en el ambiente en el que viven las familias y las comunidades, así como en el agua y los alimentos que consumen, además del mejoramiento de la vivienda

   disposición adecuada de excretas

   control de la fauna nociva

   desinfección domiciliaria del agua

   eliminación sanitaria de la basura

   educación para la salud

planificacion familiar:

Es un servicio estratégico para la salud materno-infantil y el bienestar familiar, ya que favorece en los individuos y las parejas la posibilidad de una vida sexual y reproductiva satisfactoria y sin riesgo, con libertad para decidir de manera responsable e informada sobre el número y espaciamiento de los hijos que desean, con pleno respeto a su dignidad

   orientación y provisión de métodos anticonceptivos

   identificación de la población en riesgo

   referencia para la aplicación del DIU, oclusión tubaria bilateral, vasectomía y manejo de infertilidad

   educación y promoción de la salud reproductiva

atencion prenatal, del parto y puerperio, y del recien nacido:

Se orienta a reducir y atender los riesgos durante el embarazo, parto y puerperio, con el objeto de reducir la mortalidad materna e infantil en el periodo perinatal. Reviste especial importancia por el grupo estratégico de población al que está dirigida

   identificación de embarazadas

   consulta prenatal de primera vez

   consulta prenatal subsecuente

   aplicación del toxoide tetánico y diftérico

   ministración de hierro y ácido fólico

   identificación y referencia de mujeres con embarazo de alto riesgo

   consejería de salud reproductiva y planificación familiar, individual o a la pareja

   atención del parto y cuidados inmediatos del recién nacido

   detección y referencia del recién nacido con problemas

   aplicación de las vacunas SABIN y BCG al recién nacido

   atención del puerperio

   promoción de la lactancia materna y educación para la salud

Vigilancia de la nutricion y el crecimiento INFANTIL:

La nutrición es esencial para la salud, especialmente durante la etapa gestacional y en los niños menores de cinco años. Las acciones se enfocan a la prevención, vigilancia, detección y atención de la nutrición infantil, así como a la referencia de casos de desnutrición severa, moderada o leve. Está dirigida a un grupo etáreo en el que los daños por desnutrición, tanto en crecimiento como en desarrollo, son irreversibles

   identificación de menores de cinco años

   diagnóstico del estado de nutrición mediante el indicador peso para la edad

   seguimiento del niño sin desnutrición

   seguimiento del niño con desnutrición

   orientación nutricional

   referencia y contrarreferencia de casos

   capacitación a las madres

   ministración de micronutrientes y educación para la salud

INMUNIZACIONES:

Este servicio está dirigido a la prevención de enfermedades evitables con vacunas, a mantener la erradicación de la poliomielitis y a avanzar en la de otros padecimientos inmunoprevenibles; a asegurar que todas las vacunas lleguen a todas las localidades y AGEB mediante la sensibilización de la población, el oportuno abasto y distribución de los biológicos, y el correcto funcionamiento de la red de distribución y conservación en todas las unidades

   administración de vacunas conforme a los lineamientos de la cartilla nacional de vacunación y a la normatividad oficial mexicana establecida para este rubro

   promoción y educación para la salud

Manejo de casos de diarrea en el hogar:

Las diarreas son una patología común en las áreas marginadas rurales y son causa de muerte todavía frecuente en menores de cinco años. Sin embargo, las acciones para prevenirlas, evitar la deshidratación y detectar oportunamente los signos de alarma, son factibles y ofrecen resultados trascendentes

   capacitación y adiestramiento a las madres

   tratamiento de los casos

   distribución y uso de sobres vida suero oral

   educación para la salud y referencia de casos complicados

Tratamiento antiparasitario a las familias:

La frecuencia de parasitosis en la población menor de 15 años en las áreas marginadas es muy alta; en estas zonas es indispensable su combate, tanto para resolver los casos aislados, como por la alta tendencia a la infestación de todo el núcleo familiar

   ministración periódica de antiparasitarios a los miembros de la familia

   educación para la salud

Manejo de infecciones respiratorias agudas:

Estos padecimientos son muy comunes y causa frecuente de mortalidad infantil en las áreas marginadas. Es de primordial importancia el reconocimiento oportuno de los signos de alarma, su adecuado tratamiento y la referencia de los casos graves

   capacitación a las madres

   referencia para el tratamiento

   tratamiento específico

   educación para la salud

Prevencion y control de la tuberculosis pulmonar:

Con esta acción se enfrenta un problema de salud pública nuevamente en ascenso. Requiere de la amplia participación comunitaria, especialmente en cuanto a la detección oportuna de enfermos potenciales, y se requiere de un monitoreo constante del tratamiento de los casos confirmados y de sus contactos, así como del impulso intensivo de las medidas preventivas

   identificación de tosedores sintomáticos respiratorios

   realización del diagnóstico

   tratamiento primario

   estudio de contactos

   establecimiento de medidas de protección

   tratamiento acortado y estrictamente supervisado

   educación para la salud

Prevencion y control de la hipertensión arterial y la diabetes mellitus:

La reducción de la prevalencia y mortalidad por hipertensión arterial y diabetes mellitus implica inducir cambios en los estilos de vida, así como intensificar su detección oportuna y tratamiento adecuados, sobre todo en función de su frecuencia creciente en la edad productiva

   detección, diagnóstico y tratamiento de casos de hipertensión arterial y diabetes mellitus

   control de casos

   educación para la salud

Prevencion de accidentes y manejo inicial de lesiones:

Dirigida a un problema de salud también creciente en diferentes grupos de edad, esta acción prevé el otorgamiento de primeros auxilios en el caso de accidentes, pero especialmente la referencia para la atención adecuada y, desde luego, el impulso a la educación y orientación tendientes a evitarlos

   otorgamiento de primeros auxilios en caso de heridas, quemaduras, luxaciones, fracturas expuestas y envenenamientos

   referencia de los casos

   educación y promoción para la salud, incluyendo la prevención de accidentes

Capacitacion comunitaria para el autocuidado de la salud:

Esta estrategia se inscribe en el terreno de la promoción de la salud y cruza por todos los demás servicios del paquete esencial. Se fundamenta en la participación de la población, en el mejor uso de los recursos comunitarios y en el esfuerzo de auxiliares y agentes locales y comités representativos y capacitados, para favorecer su vinculación con el sector salud, así como en brindar información a la población acerca de los recursos disponibles para la salud y, en general, sobre la forma de ejercer un mayor control sobre la misma

   promoción de la salud

   apoyo a las campañas de salud

   protección de las fuentes de abastecimiento de alimentos para el autoconsumo

   cuidado de la salud en general y el uso de los servicios

   educación para la salud

Prevencion y deteccion del cancer cervico uterino:

Esta acción está dirigida a la población femenina, dentro del grupo de 25 a 64 años de edad en quienes el cáncer cérvico uterino es la causa primera de muerte por tumores malignos. En México se considera un problema de salud pública que muestra incremento en su incidencia. Las acciones de prevención constituyen una intervención estratégica que exige la participación de los integrantes del equipo de salud y del personal comunitario

   promoción de la salud a grupos de riesgo

   detección oportuna a través del estudio de citología cérvico vaginal, orientado a la identificación temprana de alteraciones en las células del cuello uterino y al manejo oportuno

   control, seguimiento y referencia de las pacientes con resultados positivos

  El Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud se proporciona en el primer nivel de atención; de requerirse servicios de urgencia atendibles en este nivel, éstos serán otorgados en las unidades de salud de la SSA, el IMSS y otras instituciones participantes.

  Las acciones enunciadas en el Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud, las podrá realizar personal técnico en salud y voluntarios comunitarios capacitados, bajo el tutelaje del personal médico.

FRECUENCIA DE ATENCION DE SALUD Y ACCIONES PRIORITARIAS

  Niños

GRUPO DE EDAD FRECUENCIA DE REVISION ACCIONES
menores de 4 meses 3 revisiones:

a los 7 y 28 días, y a los 2 meses

   inmunizaciones

   tamiz neonatal

   control del crecimiento, peso y talla

   promoción de lactancia materna

de 4 meses a 23 meses 6 revisiones:

a los 4, 6, 8, 10, 12 y 18 meses

   inmunizaciones

   control de peso, talla y desarrollo

   desarrollo psicomotor y estimulación temprana

   vigilancia de la alimentación

   detección temprana de enfermedades

   dotación de suplemento alimenticio

De 2 a 4 años 2 revisiones al año:

1 cada 6 meses

   inmunizaciones

   control de crecimiento, peso y talla

   desparasitación

   detección temprana de enfermedades

de 5 a 9 años 2 revisiones al año:

1 cada 6 meses

   inmunizaciones

   valoración del crecimiento y desarrollo

   detección temprana de enfermedades

de 10 a 19 años 2 revisiones al año:

1 cada 6 meses

   inmunizaciones, educación para la salud y salud mental

   orientación sexual y planificación familiar

   prevención de infecciones de transmisión sexual y VIH/SIDA

   detección temprana de enfermedades

  Mujeres

GRUPO DE EDAD FRECUENCIA DE REVISION ACCIONES
embarazadas 5 revisiones prenatales    orientación nutricional

   vigilancia del desarrollo del embarazo

   administración de hierro y ácido fólico

   inmunizaciones

   dotación de suplemento alimenticio

   información, educación y comunicación dirigidas a la pareja para lograr comportamientos saludables respecto al embarazo, el parto y el puerperio

   prevención, detección y control de factores de riesgo obstétrico y perinatales

   consejería en planificación familiar

en periodo de puerperio y lactancia 2 revisiones:

una en el puerperio mediato (7 días) y una en el periodo de lactancia (28 días)

   planificación familiar

   orientación nutricional

   cuidados del recién nacido

   fomento de la lactancia materna

   dotación de suplemento alimenticio

  Jovenes y adultos

GRUPO DE EDAD FRECUENCIA DE REVISION ACCIONES
hombres y mujeres de 20 a 49 años dos revisiones, al año. una cada seis meses    salud reproductiva y planificación familiar

   prevención de infecciones de transmisión sexual

   detección temprana de enfermedades

   educación para la salud y salud mental

   prevención de VIH/SIDA

   Cartilla Nacional de la Mujer

hombres y mujeres de 50 años y más una revisión al año    detección temprana de enfermedades crónico degenerativas y neoplasias

   Cartilla Nacional de la Mujer

  Nota: El esquema de atención se basa en la aplicación de las normas oficiales mexicanas vigentes y en las que, en su caso, se oficialicen posteriormente a la fecha de publicación de estos Lineamientos.

  Para procurar atención a los pacientes con problemas complejos que rebasen la capacidad resolutiva del personal de las unidades de salud del primer nivel, estos pacientes deberán ser referidos, en el caso de la SSA y el IMSS-Solidaridad en coordinación con los niveles jurisdiccional, zonal, regional y estatal, a otros servicios como es el caso del programa de Atención Médica Especializada a la Comunidad, Cirugía Extramuros, brigadas médicas especializadas o la red de hospitales.

  Los beneficiarios derechohabientes del IMSS recibirán la atención de segundo y tercer nivel que en su caso requieran, conforme a los derechos establecidos en la Ley del Seguro Social. En el caso de las familias beneficiarias no derechohabientes y correspondientes al ámbito geográfico del IMSS Régimen Obligatorio, la atención del segundo nivel quedará circunscrita a la atención del parto, complicaciones del embarazo, parto o puerperio, y a las urgencias médicas reales hasta la estabilización del paciente, para su referencia a otra institución. Cuando se efectúe la referencia de pacientes a otros niveles de atención, se deberá remitir la nota diagnóstica y realizar su notificación; posteriormente, se hará registro y seguimiento sistemático, en el entendido de que dicha atención se hará conforme a la normatividad de las instituciones de salud y no será parte de los beneficios del Programa.

  La atención de familias beneficiarias en unidades de segundo y tercer nivel de la SSA, está sujeta a las cuotas de recuperación conforme al esquema vigente en el que se incluye la exención de pago en cada estado.

  Otro conjunto de acciones del componente de salud está orientado a la prevención y atención de la desnutrición; su objetivo es contribuir a disminuir la morbilidad asociada a la malnutrición y a deficiencias de micronutrimentos.

  La vigilancia de la nutrición se lleva a cabo mediante la toma periódica de medidas antropométricas, a fin de seguir de cerca tanto el crecimiento y desarrollo físico de los niños menores de 5 años, como el estado y evolución de la mujer embarazada. Las mediciones se hacen conforme a los procedimientos establecidos en las normas oficiales mexicanas correspondientes. En el caso de la vigilancia de la nutrición de los menores de cinco años se utiliza el indicador peso para la edad y en el de la mujer embarazada el indicador de peso esperado para la talla, según edad gestacional, o la Gráfica de Indice de Masa Corporal para las semanas de gestación.

  Con respecto a las sesiones educativas para la salud, éstas se llevan a cabo mensualmente, y se consideran 35 temas referentes al Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud, además de temas vinculados a la situación epidemiológica de la región, los cuales serán acordados en el seno de los Comités Técnicos Estatales.

TEMAS DE COMUNICACION EDUCATIVA Y PROMOCION DE LA SALUD

   Presentación del Programa  
1. Suplemento alimenticio 19. Parasitosis
2. Alimentación y salud 20. Infecciones respiratorias agudas
3. Saneamiento básico 21. Tuberculosis pulmonar
4. Participación social 22. Hipertensión y diabetes
5. Adolescencia y sexualidad *x 23. Prevención de accidentes
6. Planificación familiar *x 24. Manejo inicial de lesiones
7. Maternidad sin riesgo 25. Salud bucal
8. Embarazo 26. Padecimientos transmitidos por vectores
9. Alimentación durante el embarazo y la lactancia 27. Prevención de las adicciones *x
10. Parto y puerperio 28. Infecciones de transmisión sexual *x
11. El recién nacido 29. VIH/SIDA *x
12. Lactancia materna 30. Género y salud*x
13. Cáncer de mama y cérvico-uterino 31. Violencia intrafamiliar*x
14. El menor de un año 32. Climaterio y menopausia
15. El mayor de un año 33. Acciones básicas en caso de desastres
16. Vacunas 34. Atención al adulto mayor
17. Diarreas 35. Discapacidad
18. Vida suero oral  

  Nota: Se considera que los padres de familia también debieran asistir a todas las pláticas, sin que su inasistencia repercuta en la certificación de asistencia a pláticas de las titulares beneficiarias.

  *x Estos siete temas son obligatorios para los becarios de educación media superior.

  5.4. Certificación del cumplimiento de corresponsabilidades

  5.4.1. Certificación de corresponsabilidades del componente educativo

  Para recibir los apoyos educativos se deberá acreditar el cumplimiento de las corresponsabilidades respectivas, dependiendo del nivel educativo en que se encuentren los becarios. A continuación se detallan los criterios y procedimientos a seguir.

  Educación básica:

  Deberá registrarse la asistencia de cada niño o niña al plantel educativo respectivo y solamente una vez que ésta se ha certificado se emiten los apoyos educativos correspondientes.

  Los becarios de primaria no deberán tener más de 3 faltas injustificadas al mes; en el caso de secundaria, una falta injustificada equivale a 7 horas de clase sin asistencia.

  Si acumulan más de 12 faltas injustificadas o 3 meses de suspensión por faltas injustificadas en el ciclo escolar, les será suspendido el apoyo para el resto del ciclo.

  Las inasistencias sólo pueden ser justificadas en caso de enfermedad, accidente o desastres naturales que impidan la asistencia de los niños y niñas a la escuela. En los primeros dos casos, la titular de familia deberá acudir a la unidad de salud que le corresponda para que el médico le extienda un justificante; éste deberá llevar el sello de la unidad de salud y la firma del médico y deberá entregarse al maestro.

  En caso de no recuperar la certificación de la asistencia o de certificarse el incumplimiento de asistencia de los becarios del primer bimestre del ciclo escolar, se realizarán los ajustes correspondientes que se reflejarán en el monto de la siguiente entrega de los apoyos monetarios.

  Para recibir el apoyo para reposición de útiles escolares a mitad del ciclo escolar, los alumnos de primaria beneficiarios de Programa deberán permanecer inscritos y asistir regularmente a la escuela.

  Para la certificación del cumplimiento de las acciones de corresponsabilidad:

  Durante el mes de noviembre, las Coordinaciones Estatales del Programa imprimen y entregan al sector educativo, tres juegos de formatos (E2) por escuela, para certificar la asistencia de los becarios en los bimestres septiembre-octubre, noviembre-diciembre y enero-febrero. Los formatos de los dos primeros bimestres, una vez validados, deben ser devueltos a más tardar el 25 de enero a las Coordinaciones Estatales para su procesamiento.

  Las Coordinaciones Estatales del Programa imprimen y entregan al sector educativo, junto con los formatos E2 de los primeros tres bimestres, un juego de 5 sobres de control para los formatos de cada bimestre del ciclo escolar 2002-2003 y las respectivas etiquetas. Los formatos E2 incluyen a los becarios cuyos formatos de inscripción (E1) fueron recibidos en tiempo y forma en las Coordinaciones Estatales del Programa, de acuerdo a los criterios señalados en el numeral 5.2.1 de este documento.

  Las Coordinaciones Estatales del Programa emiten y entregan bimestralmente a las autoridades de educación en los estados, los formatos E2 de los últimos dos bimestres del ciclo escolar, en los últimos 10 días del mes previo al bimestre a certificar. Los becarios inscritos en forma extemporánea aparecerán impresos en los formatos correspondientes a estos bimestres.

  En el oficio de entrega de los formatos al sector educativo se señala la fecha en la que dichos formatos deberán ser devueltos a la Coordinación Estatal.

  El sector educativo estatal realizará la distribución de los formatos E2 a cada uno de los planteles de acuerdo al esquema que para ello se haya convenido en el Comité Técnico Estatal.

  Una vez que reciba el formato E2, el personal docente cotejará su lista de asistencia del bimestre anterior y anotará en los espacios correspondientes del formato el número de faltas no justificadas que hayan acumulado en cada uno de los meses correspondientes al bimestre que se certifica. Es conveniente que los maestros con becarios del Programa mantengan en buen estado la lista de asistencia, toda vez que constituye el respaldo de los datos que se registren en los formatos E2 y para poderla presentar cuando se requiera hacer alguna revisión.

  Una vez anotados los incumplimientos de los becarios del Programa, el maestro anotará su nombre, firma y la fecha de registro y sellará cada uno de los formatos, solicitando al Presidente de la Asociación de Padres de Familia o del Comité Técnico Escolar que anote su nombre, firma y fecha de registro. Posteriormente, el profesor llenará los datos requeridos en el sobre de control e integrará en éste los formatos E2 del bimestre correspondiente.

  Los formatos E2 de los bimestres enero-febrero, marzo-abril y mayo-junio deberán ser entregados a la Coordinación Estatal del Programa, a más tardar 20 días hábiles posteriores a cada uno de los bimestres que se reportan.

  El responsable del componente educativo entrega los formatos recuperados de cada bimestre a la Coordinación Estatal del Programa, a través de un oficio, en que refiera los sobres y centros de trabajo que remite, de manera equivalente a la entrega realizada. La Coordinación Estatal del Programa revisará los sobres y formatos identificando si es procedente su captura, notificando al sector educativo en la entidad los faltantes de formatos E2 por recuperar, así como los casos en los que se requiere que se precise alguna información.

  Educación media superior:

  La certificación de la permanencia escolar de los becarios la realizan los planteles educativos a través del proceso de certificación electrónica. El programa informático que permite realizar la certificación electrónica se distribuye a las escuelas que se integran a la operación del Programa, a través de las Coordinaciones Estatales del Programa con el apoyo del sector educativo estatal.

  Los planteles educativos enviarán la certificación electrónica de la permanencia de los alumnos en cada bimestre conforme a las siguientes fechas:

Periodo a certificar Fechas en las que el becario solicita la certificación de su permanencia Fechas en las que el plantel educativo envía la certificación de la permanencia de los becarios o recupera la actualización del padrón de becarios
Inscripción a nuevo ciclo escolar 1o. al 20 de septiembre 1a. quincena del mes de octubre
Recuperación Padrón con Nuevos Becarios   Ultima semana de octubre
septiembre-octubre 1a. quincena del mes de noviembre 2a. quincena del mes de noviembre
noviembre-diciembre 1a. quincena del mes de enero 2a. quincena del mes de enero
enero 1a. quincena del mes de febrero 2a. quincena del mes de febrero
Reinscripción   1a. quincena de marzo
marzo-abril 1a. quincena del mes de mayo 2a. quincena del mes de mayo
mayo-junio 1a. quincena del mes de julio 2a. quincena del mes de julio
julio * 1a. quincena de agosto 2a. quincena de agosto

  * Los planteles educativos cuyo calendario escolar termine en el mes de junio, enviarán la certificación electrónica correspondiente al mes de julio, junto con la del bimestre mayo-junio.

  En caso de no recuperar la certificación de la permanencia o de certificarse el incumplimiento de permanencia de los becarios del primer bimestre del ciclo escolar, se realizarán los ajustes correspondientes que se reflejarán en el monto de la siguiente entrega de los apoyos monetarios.

  Con el propósito de recabar información sobre la evaluación escolar de los becarios del nivel básico, en el formato correspondiente al bimestre mayo-junio se registrará el resultado de la evaluación final. Para el caso de los alumnos de educación media superior, el plantel educativo deberá notificar, para efectos estadísticos, los resultados finales del aprovechamiento escolar de los becarios junto con la certificación electrónica de la reinscripción de los becarios.

  5.4.2. Certificación de corresponsabilidades del componente de salud

  La entrega del apoyo alimentario mensual tiene como acción de corresponsabilidad por parte de las familias beneficiarias la asistencia a los servicios de salud de todos los miembros de la familia de acuerdo con la periodicidad establecida, así como la asistencia de la titular beneficiaria a la sesión educativa mensual de salud. Debe señalarse que en los meses que la familia no tenga una cita médica programada, la certificación se realiza con respecto a la asistencia a la sesión educativa del mes correspondiente. Solamente una vez que se ha certificado la asistencia de los miembros del hogar de acuerdo al protocolo de frecuencia de atención establecido por el sector salud y referido en el numeral 5.3 de este documento, se emite el apoyo correspondiente.

  Para la certificación del cumplimiento de las acciones de corresponsabilidad del componente de salud:

  La Coordinación Estatal del Programa emite y entrega bimestralmente a las autoridades estatales de salud los formatos para la certificación de la asistencia de las familias (S2) en los últimos 10 días del mes previo al bimestre a certificar. En estos formatos se registran los incumplimientos de las familias de cada uno de los bimestres.

  El sector salud de la entidad realizará la distribución de los formatos S2 a cada uno de las unidades de salud de acuerdo al esquema que para ello se haya convenido en el Comité Técnico Estatal.

  En estos formatos el personal de la unidad de salud registrará la asistencia de las familias a las citas programadas y a las pláticas para la salud.

  Una vez registrados los incumplimientos, el personal de salud anotará en todos los formatos su nombre y firma así como la fecha de registro y el sello de la unidad; posteriormente llenará los datos de control del formato, integrando en éste los formatos S2 correspondientes al bimestre que se certifica.

  El responsable estatal del componente salud entrega los formatos recuperados de cada bimestre a la Coordinación Estatal del Programa a más tardar 20 días hábiles posteriores al bimestre certificado.

  La Coordinación Estatal revisará los formatos identificando si es procedente su captura, notificando al sector en la entidad los faltantes de formatos por recuperar así como los casos en los que se requiere que se precise alguna información.

  Los beneficiarios de educación media superior deberán asistir a siete sesiones de educación para la salud, las cuales serán programadas a lo largo del ciclo escolar, es decir, entre los meses de septiembre a junio de cada ciclo. Para la certificación de esta corresponsabilidad se sigue el siguiente procedimiento:

  El cumplimento de su corresponsabilidad en salud se registra en los carnets personalizados.

  La Coordinación Estatal emite y entrega los carnets personalizados junto con los formatos S1 anuales los cuales, conforme a lo acordado en el seno del Comité Técnico Estatal, podrán entregarse a los becarios a través del sector salud y/o a través de los planteles educativos. Si la distribución se realiza a través del sector salud, éstos serán entregados a los becarios en la unidad de salud que atiende a su familia.

  El sector salud se compromete a otorgar las sesiones de educación para la salud, de acuerdo a lo convenido en el seno del Comité Técnico Estatal. En cada entidad federativa se podrán establecer una o más de las siguientes alternativas:

= En la unidad de salud que corresponde a la familia beneficiaria;

= En la unidad de salud más cercana a la localidad en la que se encuentra el plantel educativo, al que asiste el estudiante;

= A través de sesiones acordadas entre el sector salud y el sector educativo estatales, que se impartirán en los planteles educativos de educación media superior; o

= Mediante el personal de salud en las Unidades Móviles.

  La recuperación de los carnets personalizados con la certificación de la asistencia de los becarios a las sesiones de educación para la salud se realiza a través de los sectores educativo y/o de salud, conforme a lo acordado en el seno del Comité Técnico Estatal. En ambos casos el becario devolverá su carnet a más tardar el 30 de junio.

  Si la recuperación se realiza a través del sector salud, los carnets serán entregados a la Coordinación Estatal junto con los formatos S2 del bimestre mayo-junio.

  5.4.3 Verificación de la certificación de corresponsabilidades

  Los Comités Técnicos Estatales, conjuntamente con el personal de supervisión de las dependencias participantes, tienen la responsabilidad de revisar, evaluar y en su caso tomar las medidas pertinentes para, con estricto apego a estos Lineamientos, asegurar la veracidad del registro de cumplimiento de las corresponsabilidades.

  Para verificar el adecuado flujo de los formatos de certificación de corresponsabilidad se sigue un registro de entrega y recuperación de los mismos, mediante el cual se verifica cada etapa de la recepción, validación y devolución de la información.

  En el caso de identificarse desviaciones en el proceso de certificación de las corresponsabilidades por parte de los prestadores de servicios, sea como parte de este procedimiento de control o de las acciones de Contraloría Social, los responsables del Programa lo informarán a las autoridades sectoriales federales y estatales correspondientes para que éstas procedan de conformidad con la normativa aplicable.

  La Coordinación Nacional informará bimestralmente a la Secretaría de Educación Pública, a la Secretaría de Salud, al IMSS y a los Comités Técnicos Estatales, los resultados de esta certificación por estado, así como de la integración del Padrón Activo de Beneficiarios y sus modificaciones, con el fin de mantener actualizada la información así como del cumplimiento de las metas de familias beneficiarias, de becarios y de apoyos.

  6. Integración y entrega de los apoyos

  El Programa proporciona a las familias beneficiarias apoyos en forma monetaria y en especie. Entre los primeros se encuentran el apoyo alimentario, las becas educativas y la ayuda para la adquisición de útiles escolares; entre los segundos, los suplementos alimenticios y los paquetes de útiles escolares en algunos planteles de educación primaria.

  6.1. Montos de los apoyos

  El monto de los apoyos vigente para el primer semestre del año se detalla en el numeral 4.3.1 de las Reglas de Operación.

  El monto máximo que puede recibir mensualmente una familia por concepto de apoyos educativos y alimentarios es de $890.00 (ochocientos noventa pesos) en el caso de familias sin becarios en educación media superior, y de hasta $1,510.00 (un mil quinientos diez pesos) cuando en la familia hay jóvenes becarios de nivel medio superior. Si se rebasa el monto máximo, las becas de los niños y jóvenes se ajustan proporcionalmente, sin considerar los montos correspondientes a los apoyos para adquisición y reposición de útiles.

  Si en alguna de las familias beneficiarias que rebasa el monto máximo por becas se suspende el apoyo a un alumno por todo el ciclo escolar por no asistir regularmente a la escuela, conforme a los criterios establecidos el ajuste realizado al monto de los demás estudiantes de la familia se mantendrá hasta el siguiente ciclo escolar. Igual disposición es aplicable cuando un becario no cumple con la asistencia escolar en un mes.

  Los apoyos monetarios se ajustarán cada seis meses, en enero y julio de cada año, tomando en consideración el incremento acumulado a partir de julio de 1997 hasta el mes inmediato anterior al de la actualización del Indice Nacional de Precios de la Canasta Básica, que publica el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación. Este incremento se aplica a los montos que fueron asignados al arranque del Programa. El monto resultante de este ajuste se redondea a múltiplos de $5.00 (cinco pesos), a la alta a partir de $2.51 (dos pesos cincuenta y un centavos) y a la baja de $2.50 (dos pesos cincuenta centavos) o menos.

  La revisión de los montos considerados aplica para: apoyo alimentario, becas educativas, ayuda para la adquisición de útiles escolares y monto máximo que puede recibir cada familia.

  6.2. Integración y entrega de los apoyos monetarios

  El operativo de entrega de los apoyos monetarios se inicia en un periodo máximo de 45 días hábiles después de la fecha de cierre de recepción de los formatos de cumplimiento de las corresponsabilidades.

  Para realizar la transferencia de los recursos correspondientes a los apoyos monetarios del componente educativo del Programa, la Coordinación Nacional solicita a la Secretaría de Educación Pública, a través de CONAFE, los recursos requeridos al menos 10 días hábiles antes del inicio del mes en que se ejercen, con base en la estimación que acompaña dicha petición.

  La entrega a las familias de los apoyos monetarios se realiza a través de las instituciones liquidadoras especializadas, sea en las instalaciones de dichas instituciones o en los Módulos de Atención instalados temporalmente para realizar la entrega de los apoyos de un conjunto de localidades cercanas. Al entregar los apoyos monetarios se informa a la titular beneficiaria sobre la integración del monto que recibe.

  La Coordinación Nacional del Programa entrega en medio magnético a la institución liquidadora los Listados de Liquidación de los Apoyos y deposita los recursos financieros correspondientes conforme al convenio o contrato respectivo.

  La institución liquidadora se compromete a:

  Entregar los apoyos monetarios a las beneficiarias en el tiempo previsto según calendario, horario y punto de entrega, con base en la relación de familias beneficiarias y montos de los apoyos para cada una de ellas proporcionados por la Coordinación Nacional y de acuerdo con los procedimientos y calendario establecidos;

  Conciliar con la Coordinación Nacional los resultados al término de cada entrega de apoyos monetarios y del vencimiento de los documentos valorados y diariamente, a solicitud de la Coordinación Nacional, en el caso de las instituciones bancarias y de acuerdo con lo establecido en el contrato respectivo; y

  Custodiar, en los términos de ley, la documentación que avala la entrega de los apoyos a las titulares beneficiarias, la cual estará disponible en el momento en que la Coordinación Nacional del Programa o algún organismo fiscalizador la soliciten.

  Entrega en Módulos de Atención:

  La titular de la familia beneficiaria acude al Módulo a recibir el apoyo monetario que le corresponde, para lo cual debe presentar la identificación que la acredita como beneficiaria del Programa.

  La Coordinación Estatal, en coordinación con las autoridades municipales, informará a las familias beneficiarias de la fecha de apertura, horario de servicio y ubicación del Módulo por lo menos con 3 días hábiles de anticipación.

  Entrega mediante depósitos bancarios:

  La Coordinación Estatal comunica a las titulares los días en que serán depositados los apoyos. En el caso de los alumnos de educación media superior cuya titular haya solicitado la entrega directa de los apoyos educativos al becario, ésta se realizará a través de depósitos bancarios.

  La Coordinación Nacional conserva la documentación que justifica los recursos entregados a las instituciones liquidadoras, con el objeto de proporcionar la información que sea requerida por parte de los organismos de control y fiscalización. La documentación comprobatoria de la entrega de los apoyos monetarios a las familias permanece en resguardo de la institución liquidadora en los términos de los contratos respectivos para efectos de auditabilidad.

  6.2.1. Integración del listado de liquidación de los apoyos

  El Listado de Liquidación de los Apoyos incluye la relación del importe de los diferentes apoyos monetarios que se entregan directamente a las titulares de las familias beneficiarias del Programa y contiene información sobre:

  Estado, municipio y localidad donde habita la familia;

  Clave del punto de entrega de los apoyos (Módulo o sucursal bancaria);

  Folio de identificación y nombre de la titular beneficiaria;

  Periodo, definición y monto de los apoyos (apoyo alimentario, becas y apoyo para la adquisición de útiles escolares) para cada una de las familias; y

  Monto total de los apoyos.

  6.2.2. Documento de identificación de los beneficiarios para recibir los apoyos monetarios

  Para la entrega de los apoyos, el Programa proporciona a las familias recién incorporadas un documento de identificación provisional, para canjearlo por una identificación definitiva, sea en forma de planilla de hologramas, documento o tarjeta plástica. La titular que no recoja esta identificación o firme su contrato a más tardar durante la segunda entrega de apoyos después de su incorporación, será dada de baja del Padrón y podrá solicitar su reincorporación en fases subsecuentes.

  Identificación para la entrega de apoyos en Módulos:

  Para recibir los apoyos, la titular de la familia beneficiaria debe presentar el documento de identificación que se describe a continuación, junto con algún otro documento de identidad personal de los señalados en el numeral 4.2.1. de estos Lineamientos.

  El documento de identificación es una planilla de hologramas que se reemplaza cada dos años, canjeándola por la planilla ya utilizada. La sustitución se realiza en los Módulos y/o en reuniones comunitarias, y para efectuarla es necesario que la titular beneficiaria se identifique de acuerdo a lo señalado en el numeral 4.2.1.y devuelva la planilla utilizada, la cual será cancelada y resguardada en las Coordinaciones Estatales.

  Esta planilla contiene información de seguridad y se encuentra ligada de manera específica a la información de la titular beneficiaria así como a las distintas entregas de apoyos; además es un instrumento que ayuda a comprobar que la institución liquidadora otorgó efectivamente los apoyos a la titular beneficiaria.

  En cada ocasión en que la titular recibe un apoyo monetario en el Módulo, se retira un holograma de la planilla y éste queda en resguardo como comprobante de la entrega del apoyo monetario del Programa. El holograma correspondiente a un apoyo no entregado debe permanecer en la planilla y sirve a la familia como prueba de que no recibió el apoyo correspondiente.

  En los casos de fuerza mayor que la titular no pueda asistir a recibir sus apoyos, la persona que asista en su lugar deberá presentar, además de la planilla de hologramas de la titular beneficiaria, una constancia de enfermedad expedida por el personal de los servicios de salud o por la autoridad local, en la cual se especifique la causa por la que no puede acudir, y una identificación oficial según el numeral 4.2.1 de estos Lineamientos.

  En caso de extravío de la planilla de hologramas, la titular beneficiaria debe notificarlo a la Coordinación Nacional. Esta procede a su reposición, modificando los números de identificación de la familia beneficiaria para invalidar el uso de la planilla extraviada. La Coordinación Estatal notifica por escrito a la institución liquidadora a nivel estatal, la cual boletina el número de los hologramas de dicha planilla.

  En caso de que la titular beneficiaria no reporte el extravío de la planilla de hologramas y no solicite oportunamente su reposición, si los apoyos son recibidos por otra persona no se repondrá el apoyo a la familia beneficiaria.

  Identificación para la entrega de apoyos en instituciones bancarias:

  Para la entrega de apoyos a través de instituciones bancarias se deberá procurar que éstas garanticen que sea la titular quien retire los apoyos.

  Si en dos bimestres consecutivos no se registra ningún movimiento o consulta en la cuenta, se realizará la cancelación de la misma, reintegrando los recursos a la Coordinación Nacional y notificándose la baja a la titular beneficiaria.

  Para el primer retiro de los apoyos de cuenta bancaria, la titular deberá entregar previamente al personal del Programa su formato CRUS debidamente validado por el sector salud.

  6.2.3. Apoyos no entregados y apoyos cancelados

  Los apoyos emitidos y no entregados en los Módulos podrán ser reexpedidos en un Listado de Liquidación subsecuente a solicitud expresa de la familia beneficiaria. Esta deberá presentarse en el Módulo o en las oficinas de la Coordinación Estatal a más tardar en un lapso de dos meses contados a partir de la fecha de la última entrega de apoyos. En caso de que en dicho plazo no se realice la solicitud, se suspenden y cancelan los apoyos no entregados. La reexpedición de apoyos monetarios podrá efectuarse hasta por dos bimestres a partir de la fecha de la última entrega.

  Una vez efectuada la conciliación y validación de los apoyos cancelados devueltos por las instituciones liquidadoras, la Coordinación Nacional los reintegrará a la Tesorería de la Federación al término del ejercicio fiscal, de acuerdo a la normatividad aplicable.

  6.3. Entrega de los paquetes de útiles escolares

Objetivo:
Coadyuvar a la permanencia en la escuela de los alumnos becarios del Programa mediante de la dotación de paquetes de útiles escolares o de apoyo monetario para su adquisición

  El Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE) entrega a la Coordinación Nacional, a más tardar en la primera quincena de agosto, la relación de escuelas atendidas por los Programas Compensatorios y Cursos Comunitarios de nivel primaria, de acuerdo a sus normas de operación y universo de atención, en donde se ha programado la entrega de paquetes de útiles escolares.

  A partir de esa relación y una vez consolidado el padrón de escuelas, la Coordinación Nacional elabora el listado de planteles de educación básica y media superior que cuentan con becarios del Programa y que no son beneficiarios de los Programas Compensatorios o de los Cursos Comunitarios de nivel primaria, a quienes se entregarán los apoyos para la adquisición de útiles escolares en forma monetaria. De esta manera se establece conjuntamente el universo de beneficiarios de este apoyo.

  Las autoridades educativas de los estados, con el apoyo del CONAFE, realizan la entrega de los paquetes de útiles escolares al inicio del ciclo escolar en cada uno de los planteles de su universo de atención.

  La entrega del apoyo monetario para la adquisición de útiles escolares para los becarios de educación primaria se realiza en dos entregas: la primera al inicio del ciclo escolar, previa certificación de la inscripción de los alumnos; y la segunda, para la reposición de los útiles escolares, en el bimestre enero-febrero, una vez comprobada la asistencia de los becarios a la escuela en el bimestre correspondiente.

  En el caso de los alumnos de secundaria y educación media superior, el apoyo para la adquisición de útiles escolares se realiza al inicio del ciclo escolar, una vez certificada la inscripción al plantel.

  6.4. Entrega de los suplementos alimenticios

Objetivo:
Prevenir y atender la desnutrición materno-infantil y disminuir la prevalencia de anemia y las deficiencias de micronutrimentos.

  Para prevenir y atender la desnutrición infantil, el Programa entrega en forma gratuita suplementos alimenticios.

  El suplemento alimenticio no es un sustituto sino un complemento de la alimentación infantil para prevenir y atender la desnutrición a partir de los cuatro meses de edad. Hay dos tipos de suplemento: para niños, y para mujeres embarazadas y en periodo de lactancia. Ambos aportan 100 por ciento de los micronutrimentos diarios requeridos y 20 por ciento en promedio de las necesidades calóricas; su contenido se detalla en los dos cuadros siguientes. Debe ser ingerido diariamente en dosis de 44 gramos preparado en forma de papilla para el caso de los niños, y de 52 gramos preparado en forma de bebida para las mujeres.

  El procedimiento para su preparación es explicado por el personal de salud institucional y los voluntarios de la comunidad capacitados; adicionalmente, está impreso en el empaque.

CONTENIDO NUTRIMENTAL DEL SUPLEMENTO ALIMENTICIO PARA NIÑAS Y NIÑOS

(DOSIS DIARIA: 44 G)

Proteína 5-8 G
Energía 194 Kcal
Grasas 6.6 G
Carbohidratos 27.9 G
Sodio 24.5 Mg
Hierro 10 Mg
Zinc 10 Mg
Vitamina A 400 Mg
Vitamina E 6 Mg
Vitamina C 40 Mg
Vitamina B12 0.7 Mg
Riboflavina 0.8 Mg
Acido fólico 50 Mg

CONTENIDO NUTRIMENTAL DEL SUPLEMENTO ALIMENTICIO PARA MUJERES

(EMBARAZADAS O EN LACTANCIA)

(DOSIS DIARIA: 52 G)

Proteína 12-15 G
Energía 250 Kcal
Grasas 11.2 G
Carbohidratos 25.3 G
Sodio 81.2 Mg
Hierro 15 Mg
Zinc 15 Mg
Yodo 100 Mg
Vitamina E 10 Mg
Vitamina C 70 Mg
Vitamina B12 2.6 Mg
Acido fólico 100 Mg

  El suplemento alimenticio se entrega a:

  Niñas y niños de entre 4 meses y 23 meses de edad;

  Niñas y niños de entre 2 y 5 años que presenten algún grado de desnutrición. En este caso, una vez alcanzado el peso normal de acuerdo con la edad, se debe continuar con la vigilancia nutricional mensual y con la ministración del suplemento. Para registrarlo como un niño recuperado y suspender la entrega del suplemento, el peso del niño debe permanecer normal de acuerdo con la edad durante seis meses continuos;

  Mujeres embarazadas; y

  Mujeres que lacten a sus hijos, por un periodo de hasta un año

  El suplemento alimenticio se entrega mensualmente por parte del personal de los servicios de salud institucional y los voluntarios capacitados comunitarios, quienes capacitan sobre su preparación y verifican sistemáticamente su consumo.

  El sector salud deberá llevar un control y registro de los suplementos proporcionados a los beneficiarios del Programa por cada unidad médica, y la Secretaría de Salud deberá reportarlo a la Coordinación Nacional bimestralmente por estado.

  La Secretaría de Salud es responsable de la adquisición, distribución y entrega de los suplementos alimenticios y, junto con las instituciones de salud participantes, calcula anualmente su volumen, distribución y entrega, revisándolo periódicamente con base en la información proporcionada por la Coordinación Nacional sobre el número y ubicación de las familias beneficiarias.

  Además, la Secretaría de Salud entrega tanto a las instituciones encargadas de elaborar los suplementos, como a las instituciones encargadas de su distribución, el programa de producción, así como los lugares donde deben entregarse. Este programa comprende las necesidades de todas las instituciones de salud participantes. La información sobre los puntos de destino será proporcionada por las instituciones del sector a la Secretaría de Salud.

  Las instituciones o empresas encargadas de la producción de los suplementos son responsables de enviarlos a los centros de almacenamiento indicados por las instituciones contratadas para su distribución, a fin de cumplir con el programa establecido por la Secretaría de Salud.

  Por su parte, las instituciones o empresas encargadas de la distribución de los suplementos son responsables de la entrega de los mismos a las unidades de salud u otros puntos de destino que hayan sido indicados por el sector salud. El costo de este proceso es cubierto por cada institución de salud.

  Una vez entregado el suplemento a las instituciones de salud, éstas son las responsables de su manejo hasta su entrega gratuita de forma personal a la titular beneficiaria.

  Todos los procedimientos de distribución se respaldan por un registro de flujos de los suplementos, que lleva a cabo la Secretaría de Salud en coordinación con el IMSS y con los servicios estatales de salud, cuyo informe se presenta a la Coordinación Nacional del Programa bimestralmente. Este sistema debe garantizar el abasto suficiente y oportuno de los suplementos, así como permitir el control de inventarios en todas sus etapas.

  La supervisión periódica del abasto y entrega adecuados de este suplemento es responsabilidad de la Secretaría de Salud, el IMSS y los servicios estatales de salud; en caso de identificar irregularidades deberán reportarlo a las instancias fiscalizadoras conducentes.

  6.5. Padrón de familias beneficiarias

  Relación Histórica de Identificación de Beneficiarios:

  Está conformada por toda la información socioeconómica recolectada en los hogares entrevistados por el Programa.

  Relación Base de Familias Beneficiarias:

  A partir del proceso de análisis de la información socioeconómica de los hogares, las familias identificadas como potenciales beneficiarias conforman la Relación Base de Familias Beneficiarias. Esta Relación constituye el listado de familias que serán consideradas para el proceso de incorporación.

  Padrón de Incorporación:

  El Padrón de Incorporación está conformado por las familias cuyas titulares aceptaron incorporarse al Programa y recibieron su identificación como beneficiarias.

  Padrón Activo de Beneficiarios del Programa:

  Es el listado de familias que fueron incorporadas y que por cumplimiento de su corresponsabilidad están recibiendo los beneficios del Programa. Cada bimestre se recopila la información del cumplimiento de corresponsabilidad de las familias y sus integrantes, así como del retiro de los apoyos monetarios. Con base en dicha información se actualiza el Padrón Activo, notificándose los cambios a los sectores educativo y de salud, a la Coordinación General de Padrones de Beneficiarios de la Sedesol, y a las familias dadas de baja a quienes se les especifica el motivo por el cual se les suspende la entrega de los apoyos del Programa.

  Base de Datos Histórica de Beneficiarios:

  En esta base de datos se integra la información del cumplimiento de las corresponsabilidades de las familias bimestre a bimestre. Se hace un resguardo secuencial del registro en las unidades de salud, la inscripción de los niños y jóvenes en las escuelas, la asistencia a la atención médica programada, la asistencia de cada becario a la escuela, así como la información sobre la suspensión temporal o definitiva de los apoyos a las familias y becarios. Asimismo, en la base de datos se registran todos los cambios en la información de la familia beneficiaria.

  Seguridad en el manejo de la información:

  Con el fin de lograr que la información no se utilice para fines distintos a la identificación de las familias, existen accesos restringidos a la información que impiden su modificación por elementos externos no autorizados, así como mecanismos de seguridad. Además, la información se resguarda sistemática y periódicamente para garantizar su integridad.

  7. Procedimientos para la suspensión de los beneficios del Programa

Objetivo:
Definir los procedimientos por medio de los cuales se le suspenderán a las familias los apoyos del Programa

  La suspensión temporal de los apoyos monetarios se llevará a cabo de acuerdo con las causales señaladas en el numeral 6.8.1. de las Reglas de Operación y bajo los lineamientos descritos en los numerales 5.4.1 y 5.4.2 de estos Lineamientos.

  Las Reglas de Operación también establecen los casos en que los apoyos del Programa se suspenderán de manera definitiva.

  La familia que haya sido dada de baja por las dos primeras causas, referidas al incumplimiento de corresponsabilidades y el no retiro de los apoyos monetarios, podrá solicitar su reincorporación, por única vez, en un periodo máximo de dos meses posteriores a partir de que se le notifica la baja.

  La familia que haya sido dada de baja debido a errores del sector en la certificación de la corresponsabilidad o por encontrarse en proceso de cambio de titular, podrá solicitar su reactivación en el Padrón Activo, en un periodo máximo de dos meses posteriores a partir de que se le notifica la baja.

  Las Reglas señalan que para las causales 3, 4, 6, 7 y 8 se realizará un procedimiento nacional establecido por la Coordinación Nacional, el cual consta de los cinco pasos que a continuación se describen:

  1.- La o las personas que deseen informar sobre alguno de los casos mencionados deberán llenar un formato de solicitud de baja, donde se debe especificar el nombre de la titular y la razón por la cual se le debe dar de baja. El formato será entregado al enlace municipal o en su caso al personal de la Coordinación Estatal, quienes deberán validar el nombre de la titular, registrar su número de folio, y solicitar el nombre y firma de la o las personas que presentan la solicitud.

  2.- La Coordinación Estatal da entrada al documento, localiza el expediente de la titular y realiza una visita al hogar para levantar una Cédula de Inclusión y tomar las fotografías que considere necesarias.

  3.- En la Coordinación Estatal se captura y califica electrónicamente la cédula de inclusión, se compara la información levantada con la encuesta original y se registran las diferencias e irregularidades detectadas.

  4.- El expediente completo, junto con el levantamiento y calificación, es entregado al Comité Técnico Estatal para su revisión y dictamen. Como resultado de la sesión de este Comité, se levantará un acta solicitando formalmente la baja de las solicitudes que procedan.

  5.- La Coordinación Estatal capturará, con base en la información del acta, las bajas autorizadas para su procesamiento en el sistema. Se deberá archivar una copia del acta en el expediente correspondiente y emitir un oficio a nombre de la titular con la explicación del motivo de la baja para ser entregado a través del enlace o en forma directa.

  8. Contraloría Social y atención ciudadana

Objetivos:
  Promover la participación de la población beneficiaria y no beneficiaria del Programa en aspectos de control preventivo y correctivo, en la vigilancia de la debida aplicación de recursos, seguimiento de acciones, cumplimiento de las Reglas de Operación y transparencia operativa
  Garantizar la atención oportuna y eficiente de las quejas, denuncias, peticiones, sugerencias, demandas y reconocimientos de la población beneficiaria y no beneficiaria del Programa

  La Contraloría Social en las comunidades atendidas por el Programa, contribuye a lograr la participación de la comunidad en el aprovechamiento de los apoyos del Programa y en el cumplimiento de los compromisos de las familias beneficiarias. Además, contribuye a garantizar la transparencia en la operación del Programa y a promover cambios orientados a revertir sus condiciones de marginalidad, con el apoyo de los tres ámbitos de gobierno.

  8.1. Características de la Contraloría Social

  Promueve la participación de la población en la vigilancia de acciones del Programa, proporcionándole información completa y fidedigna sobre los objetivos, normas y procedimientos de operación del Programa.

  Contribuye a lograr la participación responsable de las familias en el mejoramiento de sus condiciones de vida.

  Impulsa la participación responsable de los prestadores de servicios en los tres componentes y de las instituciones liquidadoras, para elevar la calidad, eficiencia y oportunidad de las acciones y procesos del Programa.

  Promueve el establecimiento de mecanismos de información y atención a la población, que contribuyan a la transparencia en la aplicación de recursos y a reforzar la confianza de la ciudadanía en las acciones de gobierno.

  Promueve el respeto y la atención oportuna y adecuada a las sugerencias, opiniones y demandas de la población.

  Proporciona capacitación a las vocales y comités comunitarios voluntarios, para que impulsen y difundan los conceptos de Contraloría Social en cada comunidad.

  Promueve canales de comunicación mediante el Sistema de Atención a la Población, para que las familias expresen reconocimientos, quejas, denuncias, peticiones y sugerencias que permitan incidir en el fortalecimiento del Programa y corregir oportunamente desviaciones en la operación.

  Garantiza respuesta oportuna a las demandas de la población.

  8.2. Estrategias para la operación de la Contraloría Social

  A continuación se describen las estrategias fundamentales para operar, impulsar y consolidar el modelo de la Contraloría Social:

  8.2.1. Información y Difusión

  Para que la población beneficiaria pueda participar de las acciones de la Contraloría Social, resulta necesario que disponga de información completa, clara y fidedigna sobre los aspectos de:

  Objetivos del Programa;

  Población a la que está dirigido;

  Componentes del Programa e instituciones participantes;

  Mecanismos de certificación de las corresponsabilidades de los beneficiarios;

  Suspensiones temporales y definitivas de los apoyos por incumplimiento de los beneficiarios a sus acciones de corresponsabilidad u otras causas;

  Monto de los apoyos económicos de cada componente y mecanismos de entrega;

  Características del Paquete Esencial (Básico) de Servicios de Salud;

  Responsabilidades y obligaciones de los prestadores de servicios de educación y salud; y

  Medios a su alcance para presentar quejas, denuncias, peticiones, sugerencias, reconocimientos o solicitudes de información.

  Para tales efectos, se elabora y distribuye material impreso dirigido a personal de salud, educación, presidencias municipales, titulares beneficiarias, vocales y Comités de Promoción Comunitaria.

  8.2.2. Sistema de Atención Ciudadana

  Las Reglas de Operación 2002 del Programa, en sus numerales 11 y 11.1, establecen los lineamientos generales, así como los mecanismos, instancias y canales de que dispone la ciudadanía para presentar sus quejas, denuncias, peticiones, sugerencias, reconocimientos y demandas en general, vinculadas con la operación del Programa, por las siguientes vías:

a) Por escrito: Libremente o a través de los formatos establecidos para tal fin, procurando que se proporcione la información indispensable para dar el curso legal respectivo a cada caso, como es el nombre y firma del peticionario, denunciante o quejoso, domicilio, localidad, municipio, entidad federativa, relación sucinta de hechos, fecha, nombre de la persona o servidor público contra quien vaya dirigida la inconformidad y la institución a la que pertenezca. La población podrá presentar sus quejas, denuncias, peticiones y reconocimientos a través de los siguientes medios e instancias:

  Buzones fijos que se encuentren instalados en las oficinas de las Presidencias Municipales.

  Buzones móviles ubicados temporalmente en los Módulos de Atención y que cuenten con personal de los Organos Estatales de Control en cada una de las entidades federativas.

  Reuniones de vocales comunitarias y titulares beneficiarias.

  Reuniones con enlaces municipales

  Personalmente ante las oficinas del Organo Estatal de Control o ante la Contraloría Interna de la institución de adscripción del servidor público denunciado o responsable de proporcionar el beneficio o servicio público dentro del Programa, en cualquiera de sus componentes.

b) Por teléfono: A través del sistema de atención telefónica a la ciudadanía denominado SACTEL, mismo que opera la SECODAM en el número 01-800-00148-00, de los sistemas similares que operen en cada entidad federativa bajo la dirección de cada Organo Estatal de Control, instancias que tomarán conocimiento y darán el curso legal que corresponda a cada asunto en particular. Igualmente, la ciudadanía podrá acudir al 01-800-500-50-50 de la Coordinación Nacional del Programa, quien recabará la información proporcionada para, en su caso, canalizarla hacia las instancias competentes, como son los Organos Internos de Control de las instituciones de cada componente y la Contraloría Interna en la SEDESOL.

c) Por medios electrónicos: A través de la dirección electrónica quejas@secodam.gob.mx o bien las direcciones que para estos efectos se encuentren disponibles en las entidades federativas.

  Las contralorías estatales son las únicas responsables de abrir periódicamente los buzones fijos y móviles, así como de recibir quejas captadas por el sistema SACTEL y líneas locales. Las quejas, denuncias, peticiones y reconocimientos que la SECODAM y los Organos Estatales de Control reciban a través de los buzones fijos y móviles, así como de los servicios telefónicos de atención a la ciudadanía estatal y nacional, serán atendidos conforme a la legislación aplicable y procedimientos de cada entidad y en su caso turnados a las instancias internas de control competentes.

  Las quejas, denuncias, peticiones, sugerencias, reconocimientos y demandas en general que sean presentadas por la población y que los Organos Estatales de Control reciban a través de los buzones fijos y móviles, o bien sean captadas a través del servicio de atención telefónica estatal y (o) nacional (SACTEL), serán registradas, clasificadas y canalizadas a las instituciones correspondientes, de acuerdo al tipo de asunto y al ámbito competencial que determinen las leyes y disposiciones administrativas aplicables.

  Cada Organo Estatal de Control, en el ámbito de su respectiva competencia, canalizará los asuntos de orden estatal directamente a las contralorías internas de los sectores de educación y salud, así como a los de competencia de otras instituciones y las relativas a los municipios.

  9. Comités Técnicos Estatales

  Los Comités Técnicos Estatales operan bajo los lineamientos de la Coordinación Nacional de Oportunidades y con apego a estas Reglas de Operación. Están conformados por el delegado estatal de la Secretaría de Desarrollo Social, quien lo preside, y representantes de la Coordinación Estatal de Oportunidades, los servicios estatales de salud, la delegación del IMSS, los servicios estatales de educación y la delegación de CONAFE o la Unidad de Programas Compensatorios. Adicionalmente, pueden participar como invitados: la gerencia estatal de Liconsa, la gerencia estatal de Diconsa, la gerencia estatal de Telecomm o la institución liquidadora correspondiente, la delegación estatal del INI, el órgano contralor del estado y otros organismos estatales que por los alcances de sus actividades se considere oportuno que participen.

  La operación de los Comités Técnicos Estatales está regida por el reglamento interno que al efecto se establece y sesiona al menos bimestralmente de acuerdo con una agenda de conformidad con los aspectos sustantivos del Programa.

  Sus principales funciones se dirigen a:

  Participar en el diseño de propuestas para mejorar la operación del Programa en el estado

  Conocer el informe de actividades de las instituciones respecto del Programa y sus mecanismos de coordinación

  Recomendar a las instituciones estrategias y acciones, y dar seguimiento periódico a los esfuerzos realizados por cada una en el ámbito del Programa

  Presentar a la Coordinación Nacional, en el ámbito de su competencia, propuestas de nuevas actividades, estudios y proyectos para que ésta los someta a la consideración del Comité Técnico del Consejo

Familias a recertificar en el año 2002 por bimestre de incorporación

Bimestre de incorporación may-jun 1999 jul-ago 1999 sept-oct 1999 nov-dic 1999 Total
Bimestre de recertificación jul-ago 2002 nov-dic 2002 nov-dic 2002 nov-dic 2002  
Estado 7 8 9 10  
AGUASCALIENTES 0 164 875 198 1,237
BAJA CALIFORNIA 3 413 31 244 691
BAJA CALIFORNIA SUR 167 390 92 475 1,124
CAMPECHE 3,585 1,377 650 3,034 8,646
COAHUILA DE ZARAGOZA 43 539 200 163 945
COLIMA 10 42 198 0 250
CHIAPAS 5,085 27,753 34,228 28,895 95,961
CHIHUAHUA 768 741 470 1,609 3,588
DURANGO 210 4,727 2,455 8,280 15,672
GUANAJUATO 155 4,730 3,103 16,425 24,413
GUERRERO 302 2,618 3,314 8,759 14,993
HIDALGO 758 2,638 2,477 2,669 8,542
JALISCO 999 3,469 849 4,369 9,686
MEXICO 730 5,251 1,943 12,937 20,861
MICHOACAN DE OCAMPO 1,506 15,066 10,280 11,928 38,780
MORELOS 85 244 1,032 3,324 4,685
NAYARIT 171 1,423 586 176 2,356
NUEVO LEON 67 343 351 382 1,143
OAXACA 621 18,641 18,958 63,129 101,349
PUEBLA 1,659 9,757 14,280 21,686 47,382
QUERETARO DE ARTEAGA 342 937 1,904 1,101 4,284
QUINTANA ROO 208 936 1,061 1,898 4,103
SAN LUIS POTOSI 986 3,537 3,006 2,725 10,254
SINALOA 202 2,596 91 6,264 9,153
SONORA 204 1,372 581 178 2,335
TABASCO 442 1,852 2,484 3,602 8,380
TAMAULIPAS 142 2,667 234 3,443 6,486
TLAXCALA 29 774 461 1,302 2,566
VERACRUZ-LLAVE 7,358 18,204 17,302 66,254 109,118
YUCATAN 3 452 3,157 6,418 10,030
ZACATECAS 3,441 13,972 12,213 5,150 34,776
Totales 30,281 147,625 138,866 287,017 603,789

__________________________


 (Séptima Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 15 de marzo de 2002


Viernes 15 de marzo de 2002 DIARIO OFICIAL (Séptima Sección)