ACUERDO por el que se otorga la Condecoración Orden Mexicana del Aguila Azteca a dieciséis ciudadanos del Japón.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

  VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 3o., 5o., 6o. fracción II, 33, 40, 41 fracciones III, V y 42 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, y

CONSIDERANDO

  Que es propósito del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos reconocer a dieciséis ciudadanos del Japón por su valiosa contribución para estrechar las relaciones entre ambos países, en el marco de la Visita de Estado que realizó a dicho país, el Lic. Vicente Fox Quesada, Presidente de México, los días 15 al 18 de octubre de 2003;

  Que de acuerdo con la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, la Condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca es la distinción que se otorga a extranjeros con el objeto de reconocer los servicios prominentes prestados a la Nación Mexicana o a la humanidad, y corresponder por cortesía, en casos excepcionales, a las distinciones de que sean objeto los funcionarios mexicanos, y

  Que durante la visita a que se refiere el considerando primero, el gobierno japonés otorgó diversas condecoraciones a funcionarios de nuestro país, por lo que ambos gobiernos acordaron el intercambio de este tipo de reconocimientos, apegándose a la costumbre internacional y las relaciones diplomáticas, y

  Que conforme a los procedimientos establecidos en la Ley anteriormente mencionada, el Honorable Consejo de la Orden Mexicana del Águila Azteca, me ha propuesto otorgar a dieciséis ciudadanos del Japón, la Condecoración de referencia, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

  ARTICULO PRIMERO.- Se otorga la condecoración Orden Mexicana del Águila Azteca a dieciséis ciudadanos del Japón, que enseguida se enlistan.

1. Sr. Junichiro Koizumi, Primer Ministro del Japón en Grado de Banda

2. Sr. Hiroyuki Kurata, Presidente de la Cámara de Consejeros del Japón en Grado de Banda

3. Sr. Akira Machida, Presidente de la Suprema Corte de Justicia del Japón en Grado de Banda

4. Sra. Yoriko Kawaguchi, Ministra de Asuntos Exteriores del Japón en Grado de Banda

5. Sr. Sadakazu Tanigaki, Ministro de Finanzas del Japón En Grado de Banda

6. Sr. Yoshiyuki Kamei, Ministro de Agricultura, Silvicultura y Pesca del Japón en Grado Banda

7. Sr. Shoichi Nakagawa, Ministro de Economía, Comercio e Industria del Japón en Grado de Banda

8. Sr. Yasuo Fukuda, Ministro de Estado, Secretario Técnico del Gabinete del Japón en Grado Banda

9. Sr. Toshio Yuasa, Gran Administrador de la Casa Imperial del Japón en Grado de Banda

10. Sr. Masatoshi Abe, Vice-Ministro de Asuntos Exteriores del Japón en Grado de Placa

11. Sr. Yutaka Kawashima, Gran Maestro de Ceremonias de la Casa Imperial del Japón en Grado de Placa

12. Sr. Hidehiko Sato, Director General de la Agencia Nacional de Policía del Japón en Grado de Placa

13. Sr. Nobutake Odano, Embajador, Jefe de Protocolo del Ministerio de Asuntos Exteriores del Japón en Grado de Placa

14. Sr. Shigeaki Ishikawa, Superintendente General de la Agencia de la Policía Metropolitana de Tokio, Japón en Grado de Placa

15. Sr. Chihiro Tsukada, Director General de la Casa Oficial de Huéspedes del Japón Grado de Placa

16. Sr. Ken Shimanouchi, Director General para América Latina y el Caribe del Ministerio de Asuntos Exteriores del Japón en Grado de Placa

  ARTICULO SEGUNDO.- Las Condecoraciones serán entregadas en la ciudad de Tokio, Japón, el ocho de diciembre de dos mil tres.

TRANSITORIO

  UNICO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.

  Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil tres.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario del Despacho de Relaciones Exteriores, Luis Ernesto Derbez Bautista.- Rúbrica.