Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A CUALQUIER PERSONA QUE CONSIDERE TENER INTERÉS JURÍDICO CONSISTENTE EN LA PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DEL 1. VEHÍCULO TRES EJES, MARCA VOLVO, TIPO TRACTOCAMIÓN, LÍNEA VNL, COLOR BLANCO, ROTULADO CON LA LEYENDA "PEREZ GAS" CON PLACAS DE CIRCULACIÓN 69-AP4Z DEL SERVICIO PÚBLICO FEDERAL, NIV 4V4NC9EJ3CN551392, DE ORIGEN EXTRANJERO, AÑO MODELO 2012, 2. VEHÍCULO TIPO CHASIS CABINA, MARCA CHEVROLET, LÍNEA 3500HD, COLOR BLANCO CON AZUL, ROTULADO CON LA LEYENDA "PEREZ GAS", CON PLACAS DE CIRCULACIÓN HD-4176-D DEL ESTADO DE GUERRERO, NIV 3GBK634E83M101629, DE ORIGEN NACIONAL, AÑO MODELO 2003 Y 3. VEHÍCULO TIPO CHASIS CABINA MARCA FORD, LÍNEA F-350XLT, COLOR AZUL CON BLANCO, ROTULADO CON LA LEYENDA "EGAS", PLACAS DE CIRCULACIÓN SG94557 DEL ESTADO DE PUEBLA, NIV 3FEKF37N6RMA28929, DE ORIGEN NACIONAL, AÑO MODELO 1994.
En auto de 6 de octubre de 2026, dictado en el juicio de extinción de dominio 41/2026, se admitió a trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía General de la República contra el demandado José Alberto Cerecedo Sánchez; de conformidad con el artículo 86 de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de que comparezca a juicio, cualquier persona que considere tener interés jurídico consistente en la pérdida a favor del Estado de los derechos de propiedad y/o posesión respecto de los referidos vehículos de los cuales se presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se encuentran vinculados con el hecho ilícito de posesión ilícita de hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 9 fracción ll de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, los cuales se encuentran asegurados por el fiscal Federal investigador, así como por este órgano jurisdiccional.
Atento a lo anterior, deberá comparecer ante este Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 3, planta baja, del edificio sede San Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga; en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia para correr el traslado de las pruebas ofrecidas por la accionante.
Ciudad de México 6 de octubre de 2026.
Secretaria adscrita al Juzgado Primero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Esmeralda Ramírez López
Rúbrica.
(E.- 001167)