Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
Expediente: 2242/24-EPI-01-1
Actor: Industrial de Alimentos, S.A. de C.V.
EDICTO
 
JORGE MENDOZA CRUZ
En los autos del juicio contencioso administrativo número 2242/24-EPI-01-1, promovido por INDUSTRIAL DE ALIMENTOS, S.A. DE C.V., en contra de la resolución contenida en el oficio de fecha 30 de septiembre de 2024, con código de barras 20241478804, emitida por la Subdirección Divisional de Examen de Signos Distintivos "B", del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, a través de la cual al resolver el recurso de revisión confirmó el oficio de 5 de junio de 2023, por el que se determinó que no se actualizó el supuesto establecido en el artículo 173, fracción XVIII, de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, al no resultar semejante en grado de confusión la marca 2679875 ALIJAL al signo 488073 ALILAC, el 18 de agosto de 20226, con fecha 18 de agosto de 2026 se dictó un acuerdo en el que se ordenó emplazar a JORGE MENDOZA CRUZ en su carácter de parte tercera interesada, al juicio antes citado, lo cual se efectúa por medio de edictos con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 1° de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, para lo cual, se le hace saber que tiene un término de treinta días contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación del edicto ordenado, para que comparezca a esta Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa ubicada en Avenida México número 710, Piso 4, Colonia San Jerónimo Lídice, Código Postal 10200, Magdalena Contreras, Ciudad de México, a efecto de que se haga conocedora de las actuaciones que integran el presente juicio, y dentro del mismo término, se apersone a juicio, apercibida que de no hacerlo en tiempo y forma se tendrá por precluido su derecho para apersonarse en juicio y las siguientes notificaciones se realizarán por boletín jurisdiccional, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el artículo 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, de la elección de la parte actora.
 
Atentamente
Ciudad de México, a 18 de agosto de 2026.
La Magistrada Instructora de la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual
Gabriela Badillo Barradas
Rúbrica.
El C. Secretario de Acuerdos
Licenciado Albino Copca González
Rúbrica.
(R.- 581457)