Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos
Fiscalía Especial en Investigación del Delito de Tortura
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En cumplimiento al acuerdo dictado el 18 de septiembre de 2025, en la carpeta de investigación FED/FEMDH/FEIDT-CDMX/0000483/2024; con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 82, fracción III y 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 4, 5, 6, 11, fracción VII y 13 fracción VI de la Ley de la Fiscalía General de la República; 2, 5, fracción VII, inciso c), 106 y 107 del Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República, se notifica el acuerdo de No Ejercicio de la Acción Penal conforme a la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, vigente de conformidad con el párrafo tercero del Segundo Transitorio de la Ley General para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, se notifica a través del presente edicto a ROBERTO ANTONIO TENORIO NAVA, a efecto de hacerles del conocimiento la determinación de Acuerdo de No Ejercicio de la Acción Penal por lo que respecta al delito de TORTURA, previsto en el artículo 24 y sancionado en el artículo 26 ambos de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes; ello, en virtud de que se actualiza la hipótesis contemplada en el artículo 131 fracción XIII y 327 fracción I del Código Nacional de Procedimientos Penales; resolución dictada en la carpeta de investigación FED/FEMDH/FEIDT-CDMX/0000483/2024.
Lo anterior, a efecto de hacer del conocimiento a ROBERTO ANTONIO TENORIO NAVA, que cuentan con el término de diez días siguientes al de la publicación del presente EDICTO, para impugnar la resolución ante el Juez de Control, de conformidad con el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales y conforme a lo establecido en el Capítulo II, numeral Tercero del acuerdo A/173/16, publicado el 21 de octubre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, vigente de conformidad con el último párrafo del Transitorio Cuarto de la Ley de la Fiscalía General de la República por el que se delegan en los servidores públicos que se indican, facultades previstas en diversas leyes.
Ciudad de México, a 29 de mayo de 2026.
Fiscal Especial en Investigación del Delito de Tortura
Alonso Lara Bravo
Rúbrica.
(R.- 581385)