Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
J.A.I. 991/2026
EDICTO.
 
Al margen del escudo nacional que se advierte en la parte superior izquierda de esta foja y en la Ciudad de México, a los cinco días del mes de octubre de dos mil veintiséis; dentro de los autos del juicio de amparo número 991/2026, promovido por GUILLERMINA SAAVEDRA ÁLVAREZ, contra actos de la OCTAVA SALA Y JUEZ VIGÉSIMO QUINTO, AMBOS DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, no se cuenta con el domicilio cierto y actual en donde pudiera ser emplazada la tercera interesada María Yolanda Pérez Palacios, por lo que se ha ordenado emplazarle por medio de edictos; ello, con fundamento en lo previsto por los artículos 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo y 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, aplicado de manera supletoria a la ley de la materia, por lo que se les hace de su conocimiento que queda a su disposición, en la Actuaría de este Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, copia simple de la demanda respectiva; asimismo, se le hace de su conocimiento que cuenta con un término de treinta días hábiles, que se computarán a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que comparezca ante este órgano de control constitucional ya sea de manera personal, o incluso, por escrito a hacer valer sus derechos si a su interés conviene y se sirva señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de México; apercibido de que en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista de acuerdos que se publica en este órgano jurisdiccional.
 
Atentamente
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Yamir Cruz Martínez
Rúbrica.
(R.- 581304)