ACUERDO por el que se expide el Código de Conducta de las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 34, fracción XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; 6, 7 y 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 23 de la Ley Federal de Austeridad Republicana y 4 y 5, fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, 3, fracción VI, y 32, fracción II del Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 109, fracción III dispone que se aplicarán las sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones y que la ley establecerá los procedimientos para la investigación y sanción de dichos actos u omisiones;
Que la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA), en su artículo 5, primer párrafo, establece que son principios rectores que rigen el servicio público los siguientes: legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad y competencia por mérito;
Que la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), en sus artículos 7 y 16, prevé que las personas servidoras públicas observarán en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, los principios de austeridad, disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos que rigen el servicio público, bajo las directrices también previstas en el referido artículo 7. Asimismo, el artículo 16 señala que, las personas servidoras públicas deberán observar el código de ética que al efecto sea emitido por las Secretarías o los órganos internos de control, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, para que en su actuación impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño, que deberá hacerse del conocimiento de las personas servidoras públicas de la dependencia de que se trate, así como darle la máxima publicidad;
Que la LGSNA y la LGRA, establecen en los artículos 5, segundo párrafo y 6, respectivamente, que los entes públicos, están obligados a crear y mantener condiciones estructurales y normativas que permitan el adecuado funcionamiento del Estado en su conjunto, y la actuación ética y responsable de cada persona servidora pública;
Que la Ley Federal de Austeridad Republicana (LFAR) en su artículo 23 dispone que ninguna persona servidora pública podrá utilizar recursos humanos, materiales o financieros institucionales para fines distintos a los relacionados con sus funciones; su contravención será causa de responsabilidad administrativa en los términos que establezca la LGRA; los entes públicos, deberán emitir su correspondiente Código de Conducta en concordancia con dicha Ley y cada persona servidora pública debe protestar cumplirlo;
Que el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, en sus artículos 4 y 5, fracción XVII prevé que corresponde originalmente a la persona Titular de dicha dependencia el despacho y el ejercicio de las atribuciones que, a la Secretaría le confieren las leyes y demás disposiciones normativas que de ellas derivan; como lo es promover el cumplimiento del Código de Conducta de las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía;
Que los Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 18 de septiembre de 2020, en su numeral 8, fracción XIII, establece que, en materia de servicios personales, los entes públicos, deberán emitir su código de conducta en concordancia con lo dispuesto en la LFAR debiendo cada servidor público protestar cumplirlo;
Que el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la operación de los Comités de Ética de la Administración Pública Federal, publicado en el DOF el 18 de noviembre de 2025, en su numeral 46 señala que los Comités de Ética deberán proponer un Código de Conducta aplicable al Ente Público, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, y la política que se establezca para la Administración Pública Federal, atendiendo la Guía que para tales efectos emita la Unidad de Políticas para el Servicio Público adscrita a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG) y deberá remitirse a dicha Unidad, previa opinión favorable del Órgano Interno de Control, para su revisión y opinión, antes de su publicación.
Que el 18 de noviembre de 2025 se publicó en el DOF el Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal, aplicable para todas las personas servidoras públicas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, mismo que en sus artículos 32, fracción II y Transitorio Tercero, establece como obligación institucional emitir un Código de Conducta a través de la persona que ocupe la titularidad de la dependencia o entidad y el cual será elaborado a propuesta de su Comité de Ética, previa opinión favorable del correspondiente Órgano Interno de Control con base en la Guía para la elaboración del Código de Conducta de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal emitida por la SABG. Para tales efectos, las dependencias y entidades tendrán hasta 120 días naturales para actualizar sus Códigos de Conducta, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Guía en comento.
Que el 31 de diciembre de 2025, la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la SABG emitió la Guía para la elaboración del Código de Conducta en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la cual tiene como objetivo establecer el contenido y criterios mínimos para la integración de los códigos de conducta de las dependencias de la Administración Pública Federal, así como orientar su elaboración por parte de los comités de ética;
Que la Guía para la elaboración del Código de Conducta en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, del 31 de diciembre de 2025, establece en el apartado denominado "Publicación del Código de Conducta", que cuando la persona titular de la dependencia o entidad haya autorizado e instruido la publicación del Código de Conducta, la presidencia del Comité de Ética realizará las gestiones necesarias para su emisión por medio del DOF, en términos del numeral décimo tercero de los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la LGRA.
Que el Comité de Ética de la Secretaría de Economía aprobó en su Cuarta Sesión Extraordinaria 2026 celebrada el 20 de agosto de 2026, el Código de Conducta de las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía;
Que el 02 de septiembre de 2026 la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la SABG, otorgó una opinión favorable al Código de Conducta de las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía, con puntuación final de 100, a través del Formato de revisión al Código de Conducta, y
Que en razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LAS PERSONAS SERVIDORAS
PÚBLICAS DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA
ÚNICO.- Se expide el Código de Conducta de las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía, el cual se detalla en el anexo único del presente Acuerdo y se comunica para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar, la dirección electrónica donde se encuentra disponible para su consulta, siendo la siguiente:
https://www.gob.mx/se/documentos/comite-de-etica-de-la-secretaria-de-economia
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el Código de Conducta de la Secretaría de Economía emitido en julio de 2019, así como el Código de Conducta de la Secretaría de Economía publicado en el DOF el 07 de diciembre de 2023.
TERCERO.- Las denuncias en proceso de atención por parte del Comité de Ética de la Secretaría de Economía, presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo, se sujetarán a las disposiciones vigentes al momento de haberse iniciado el procedimiento respectivo.
Ciudad de México, a 05 de octubre del 2026.- El Secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon.- Rúbrica.
ANEXO ÚNICO DEL ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA.
Mensaje introductorio
Al personal de la Secretaría de Economía
Presente
La Secretaría de Economía desempeña funciones fundamentales para el desarrollo de la actividad económica y el bienestar social de México, mediante el diseño e implementación de acciones, programas y políticas públicas que fortalecen nuestro desarrollo industrial y regional a nivel nacional. La misión de impulsar el programa Hecho en México como signo de identidad y orgullo para la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas para que generen inversiones productivas, con un mayor valor agregado, se traducirá, sin duda, en un crecimiento económico sostenido, que nos compromete aún más a conducirnos con los principios rectores de nuestra Carta Magna; como personas servidoras públicas para que nuestro actuar sea legal, honrado, leal, imparcial y eficiente. Lo cual impactará de manera positiva en más y mejores empleos, bienestar y prosperidad compartida a nivel nacional.
Por su papel estratégico en el desarrollo económico en el país, para la Secretaría de Economía, es fundamental contar con un documento que establezca lineamientos de conducta, definiendo principios y valores éticos que guíen el comportamiento de las personas servidoras públicas y promuevan una cultura de integridad, respeto, protección de los derechos fundamentales, laborales, medioambientales y prácticas contra la corrupción y el soborno. En este sentido, el Código de Conducta de la Secretaría de Economía tiene como objetivo ser una guía práctica para orientar y garantizar que el personal de nuestra institución, así como de quienes la visitan cumplan con los principios de integridad constitucionales y retomados en el "Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal".
Estoy convencido de que solo el comportamiento honesto, probo e íntegro y la conducta ética y profesional es lo que nos garantiza ser mejores personas servidoras públicas y obtener resultados óptimos, no únicamente en el desarrollo institucional, sino en beneficio de las y los mexicanos, con quienes tenemos el compromiso social y a quienes servimos todos los días. La integridad, liderazgo, respeto, cooperación y la igualdad sustantiva nos permitirá contribuir con responsabilidad y resultados al desarrollo, crecimiento y bienestar de nuestro país.
Por estas razones, les convoco a unirse proactivamente a la consolidación de la ética pública, promoviendo en todo momento una cultura de legalidad e integridad, a través de la puntual observancia de nuestros Códigos de Conducta y de Ética e Integridad, bajo el imperativo ineludible de abstenerse a cometer o participar en conductas contrarias a la norma o que vulneren dichos instrumentos deontológicos y continuar actuando en nuestro quehacer público con lealtad, eficiencia y honradez en apego al principio de austeridad republicana; evitar cualquier posible acto de corrupción, discriminación, acoso, hostigamiento laboral y/o sexual, y denunciar ante las instancias correspondientes para que no haya impunidad.
Agradezco su convicción de participar en la transformación del país y de la gestión pública para alcanzar la grandeza de México que merecen nuestros hijos e hijas y las generaciones futuras.
No olvidemos que la transformación del país y de la vida pública se basa en el combate a la corrupción y a la impunidad y esto lo mandata nuestro Código de Conducta, acatarlo a cabalidad contribuye a la transformación verdadera. ¡Gracias por cumplirlo!
Marcelo Luis Ebrard Casaubon Secretario de Economía
Secretaría de Economía
Misión
Proponer, diseñar, planear, desarrollar y dar seguimiento a políticas que impulsen la innovación, diversificación e inclusión productiva y comercial, promover la inversión nacional y extranjera y fomentar el uso responsable de los recursos nacionales para elevar la productividad y competitividad, integrando a México en las cadenas regionales y globales de valor y contribuir al bienestar de las y los mexicanos.
Visión
Ser una dependencia que fortalezca la competitividad de la economía mexicana, con una visión estratégica e integral a 20 años, en la que México se estará afianzando como una de las economías más grandes del mundo, y se consolidará como uno de los países más atractivos para la inversión, tomando como base un modelo de desarrollo que permita el crecimiento económico, pero sobre todo el bienestar de la población mexicana, con mayor énfasis en los sectores históricamente marginados, ello a través de cuatro objetivos que se indican en el siguiente apartado.
Objetivos institucionales
El objetivo general de la Secretaría de Economía, es impulsar un crecimiento económico sostenido, diversificado, incluyente, resiliente y sostenible.
Para lograrlo, impulsa un nuevo enfoque de política económica productiva, orientado por cuatro objetivos prioritarios:
1. Diversificar la relocalización de empresas en sectores estratégicos. Tiene la finalidad de aprovechar la reconfiguración global de las cadenas de valor no solo para atraer inversión, sino para desarrollar nuevas capacidades industriales en todo el país.
2. Incrementar el contenido nacional en las cadenas productivas mexicanas, con énfasis en la inclusión de MIPYMES. Busca que el crecimiento exportador se traduzca en más empleo, más valor agregado y más beneficios dentro del país.
3. Aumentar la diversificación comercial de los mercados y destinos de exportaciones nacionales. Con el propósito de reducir riesgos externos, abrir nuevos nichos de oportunidad y fortalecer la resiliencia de la economía mexicana frente a problemas geopolíticos o tecnológicos.
4. Impulsar la innovación y la competencia en el mercado interno. Se trata de condiciones necesarias para elevar la productividad, ampliar las oportunidades para empresas emergentes y mejorar la calidad y el precio de los bienes y servicios que consumen los hogares.
Objetivo del Código de Conducta
Establecer de manera puntual y concreta, conductas y comportamientos y la forma en que en la Secretaría de Economía se aplicarán los principios y valores, así como las reglas de integridad, contenidos en el Código de Ética e Integridad para el Buen Gobierno en la Administración Pública Federal, con la finalidad de contribuir a erradicar la corrupción en la vida pública y promover la ética, la honestidad, la integridad y el buen gobierno para fortalecer la confianza en la Secretaría de Economía.
Ámbito de aplicación y obligatoriedad
El presente Código de Conducta es un instrumento de observancia obligatoria y aplicación general para toda persona que desempeñe un empleo, cargo, comisión o función al interior de la Secretaría.
De igual forma, tiene como propósito ser un instrumento orientador para regular la actuación de las personas servidoras públicas no adscritas a esta dependencia, e incluso para todas aquellas personas que sin tener tal carácter, su actividad se desarrolla en las instalaciones de la Secretaría de Economía, como son personas que prestan su servicio social, realizan prácticas profesionales, prestan servicios profesionales, se encuentran bajo el esquema de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas y personas usuarias de Centro Social y Cultural de la Secretaría de Economía o, de las instalaciones de ésta.
Política de integridad en el servicio público
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía tienen la responsabilidad irrenunciable de servir al pueblo de México y al interés público, por lo que deberán asumir el compromiso de actuar con integridad en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión, así como en el uso de los recursos públicos.
Riesgos Éticos
La Secretaría de Economía, en el marco de su deber de promover la integridad y prevenir conductas contrarias a la ética pública, realizó un análisis sistemático de los indicadores correspondientes a los últimos cinco años, incluyendo las denuncias presentadas ante el Comité de Ética, las registradas por el Órgano Interno de Control y los resultados de la Encuesta de Clima y Cultura Organizacional (ECCO).
Como resultado de dicho ejercicio, determinó que los principales riesgos de integridad que podrían afectar el adecuado desempeño de las funciones institucionales de las personas servidoras públicas de esta Secretaría son los siguientes:
· Riesgo de incumplimiento al principio de rendición de cuentas.
Al no asumir la responsabilidad de sus decisiones y acciones, no sometiéndose a la revisión y evaluación de la sociedad y las autoridades competentes.
· Riesgo de incumplimiento al principio de legalidad.
Al desconocer, incumplir y no conducirse conforme a lo establecido en las normas que rigen sus funciones y facultades.
· Riesgo de incumplimiento a la regla de integridad de recursos humanos.
Al ser omisos en promover entornos laborales basados en la competencia por mérito, la profesionalización, la imparcialidad, la igualdad sustantiva y de oportunidades, la inclusión, el respeto, y condiciones dignas.
Se concluye que, al materializarse los riesgos éticos, se pueden afectar las funciones y el buen desempeño de las personas servidoras públicas, así como la imagen de la Secretaría. Por lo que la Secretaría implementará acciones de capacitación que refuercen la prevención y sensibilización para evitar la materialización de los riesgos éticos y, en su caso, refuercen la formación del juicio ético necesario para su prevención.
Principios y valores constitucionales y legales que toda persona servidora pública debe observar en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones.
A fin de fortalecer la cultura de integridad en la función pública, las personas servidoras públicas de la Secretaría, para el adecuado ejercicio del servicio público, debemos guiar nuestro desempeño bajo:
· Los principios de respeto a los derechos humanos, legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, objetividad, austeridad, eficacia, eficiencia, profesionalismo, rendición de cuentas y transparencia.
· Los valores de respeto, empatía, honestidad, liderazgo, cooperación, cuidado al entorno cultural y ecológico.
Conductas o comportamientos
Con el objetivo de ampliar la comprensión de las conductas y comportamientos que el personal de la institución, incluyendo personal de servicio social, prácticas profesionales, personas servidoras públicas de otras instituciones y otras personas que no se reconozcan como tales, que realicen trabajos de alguna índole dentro de las instalaciones de la Dependencia deben mantener, en el desempeño de sus funciones, los compromisos siguientes:
1. Cumplimiento del empleo, cargo o comisión en el servicio público
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía durante el desempeño de nuestro empleo, cargo o comisión, orientamos nuestras decisiones, acciones y comportamientos a brindar servicios de calidad y con total apego a la normatividad aplicable.
Debemos:
a) Brindar en todo momento un trato imparcial, cercano, expedito y digno a las personas que requieran nuestros servicios y con quienes nos relacionamos, con una actitud sensible, solidaria, de respeto, amabilidad y apoyo.
b) Conocer y desempeñar de manera responsable las funciones y obligaciones inherentes a nuestro empleo, cargo o comisión, dentro de los plazos legales y conforme a los procedimientos previamente establecidos.
c) Denunciar ante la autoridad competente, las irregularidades de las que tengamos conocimiento durante el desempeño de nuestras funciones que afecten a la Secretaría, al patrimonio o a las finanzas públicas.
d) Brindar asesoría, atención y/o seguimiento a las solicitudes realizadas por las personas usuarias internas y externas, con base en información completa y actualizada.
Evitamos:
a) Omitir, validar, inscribir, acreditar o dictaminar de manera errónea un trámite o servicio que pueda causar pérdidas económicas a los usuarios.
b) Formalizar o acreditar documentos inobservando las normas aplicables.
c) Orientar en forma errónea y sin profesionalismo a los usuarios sobre los trámites o servicios que proporcionamos en la Secretaría.
d) Asignar al personal a nuestro cargo, funciones ajenas a las que tienen asignadas, para que realice trámites, asuntos o actividades de carácter personal o familiar ajenos al servicio público.
2. Uso racional y responsable de los recursos públicos
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos tener un comportamiento austero y probo, dar uso racional y adecuado a los recursos humanos, financieros, materiales y de tecnologías de la información, asignados para el desempeño de nuestras funciones y utilizarlos exclusivamente para acciones que contribuyan a cumplir mandatos legales, normativos y de austeridad republicana, así como para lograr los objetivos y metas institucionales.
Debemos:
a) Usar los recursos que son asignados y las instalaciones de la Secretaría para el desempeño eficaz y eficiente de nuestras labores, a fin de brindar un servicio de calidad y con un trato respetuoso y empático hacia las personas.
b) Cuidar los bienes muebles e inmuebles que utilicemos o estén bajo nuestro resguardo.
c) Cuidar el uso de servicios de energía eléctrica y agua potable, apagar la iluminación en nuestras áreas de trabajo y reportar fallas o fugas de agua en instalaciones hidrosanitarias.
d) Proponer e implementar acciones de mejora para el uso eficiente de los recursos, en el ámbito de nuestras atribuciones.
e) Reutilizar el material de oficina para un mejor aprovechamiento de los recursos que nos hayan asignado.
f) Ejercer de manera responsable y en total apego a la Ley Federal de Austeridad Republicana, la normatividad aplicable y el presupuesto asignado en las partidas presupuestarias para el cumplimiento de nuestro empleo, cargo o comisión.
Evitamos:
a) Utilizar el equipo de fotocopiado, cómputo, teléfono, pantallas, proyectores u otros equipos tecnológicos de la Secretaría para fines distintos para los que fueron designados.
b) Utilizar o sustraer materiales de oficina, papelería, bienes muebles o cualquier otro material relacionado, así como, utilizar los inmuebles de la Secretaría para un fin distinto al que están destinados.
c) Sustraer materiales eléctricos y electrónicos tales como: extensiones eléctricas, focos, enchufes, cables de cómputo, equipo de cómputo, teléfonos, bocinas, cables telefónicos y cualquier otro material relacionado.
d) Sustraer material de limpieza destinado a baños y oficinas.
e) Descargar y visualizar en los equipos de cómputo imágenes, videos e información ajena al desempeño de nuestro empleo, cargo o comisión.
3. Igualdad laboral y no discriminación
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía promovemos una cultura de igualdad laboral y no discriminación, de manera que se fortalezca el respeto y la igualdad de oportunidades para cada persona que preste sus servicios en esta Institución, en armonía con lo que establece la fracción III del Artículo 1 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED).
Debemos:
a) Promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres para ejercer sus derechos.
b) Potenciar el desarrollo de las capacidades, habilidades y de crecimiento de las personas servidoras públicas que coordinamos, sin distinción de género, libre de roles que no sean congruentes con la igualdad de derechos y oportunidades.
c) Garantizar un trato igualitario en el trabajo cotidiano y en las evaluaciones de desempeño con respeto a los derechos y obligaciones de las personas servidoras públicas.
d) Atender en forma cordial, amable y con empatía a la ciudadanía, así como a nuestras compañeras y compañeros de trabajo, sin importar edad, sexo, preferencias sexuales, condición física y/o económica o cualquier otro aspecto, escuchándolas y atendiéndolas con paciencia.
e) Impulsar la igualdad laboral entre mujeres y hombres para que contribuya al cumplimiento del mandato legal y de los objetivos institucionales.
Evitamos:
a) Impedir la participación en los procesos de ingreso, permanencia y ascenso laboral, en condiciones de igualdad por factores de origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, género, edad, discapacidades, condición social, económica, de salud o jurídica, religión, situación migratoria, embarazo, lengua, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro aspecto.
b) Limitar el acceso y permanencia a los programas de capacitación y de formación profesional.
c) Impedir, negar o restringir el derecho a ser escuchado.
d) Aplicar cualquier tipo de uso o costumbre que atente contra la igualdad, dignidad, integridad y el respeto a los demás.
e) Limitar la libre expresión de las ideas e impedir el ejercicio de las libertades; así como cualquier otra acción que limite el ejercicio del derecho a la igualdad y la no discriminación.
f) Utilizar un lenguaje que ofenda la dignidad humana.
g) Ejercer o promover al interior actos de odio, violencia, rechazo, burla, injuria, persecución y/o de exclusión.
4. Conflicto de interés
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía evitamos participar en asuntos y decisiones que, por motivo de interés personal, familiar o de negocios afecte negativamente a la institución o la imparcialidad en la atención del asunto que corresponda; al mismo tiempo, cumplimos estrictamente las disposiciones jurídicas que regulan nuestras obligaciones y evitar la actuación bajo conflicto de interés.
Debemos:
a) Excusarnos de intervenir en cualquier proceso de contrataciones, litigios, denuncias y ejecución de programas; en caso de que tengamos interés personal, familiar o de negocios y que pueda generar una ventaja o beneficio adicional al desempeño de nuestras funciones y/o terceras personas.
b) Denunciar ante el Órgano Interno de Control, cualquier acto que indique una posible actuación bajo conflicto de interés por parte de personas servidoras públicas, sin importar cuestiones jerárquicas o de funciones.
c) Coadyuvar conforme a la normatividad aplicable, a la satisfacción de las necesidades de la sociedad por encima de cualquier interés particular o de grupo.
Evitamos:
a) Utilizar las atribuciones, facultades o influencia que tenga por razón de mi empleo, cargo o comisión, para que de manera directa o indirecta designen, nombren o intervengan, para que se contrate como personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios en el servicio público a personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado, de afinidad hasta el segundo grado, o vínculo de matrimonio o concubinato.
b) Brindar información privilegiada a terceros que ocasione un beneficio personal, familiar o de negocios.
c) Ser beneficiarios directos o a través de familiares hasta el cuarto grado, de programas de subsidios o apoyos de la Dependencia en la que presta sus servicios.
d) Permitir la entrega o entregar subsidios o apoyos de programas gubernamentales, de manera diferente a la establecida en las reglas de operación.
e) Brindar apoyos o beneficios de programas gubernamentales a personas, agrupaciones o entes que no cumplan con los requisitos y criterios de elegibilidad establecidos en las reglas de operación o en el instrumento jurídico respectivo.
f) Viajar con contratistas, grandes contribuyentes, proveedores o inversionistas vinculados al servicio público desempeñado.
5. Transparencia, rendición de cuentas y protección de datos personales
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía nos conducimos en congruencia con la transparencia, rendición de cuentas y la protección de datos personales, debido a que son indispensables para la sociedad con el propósito de ejercer sus derechos y evaluar la gestión pública.
Debemos:
a) Utilizar, cuidar y resguardar la información a la que tengamos acceso con motivo del empleo, cargo o comisión.
b) Rendir cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos y los resultados de las funciones que desempeñamos.
c) Proporcionar oportunamente la información que nos sea solicitada por las instancias competentes y las personas que la requieran, en apego a la normatividad en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.
d) Presentar en tiempo y forma la declaración de situación patrimonial y de intereses.
Evitamos:
a) Utilizar la información a la que tengamos acceso con motivo de nuestro empleo, cargo o comisión para fines distintos al desempeño de nuestras funciones, con la finalidad de pretender beneficios económicos o de cualquier otra índole; así como, evitar el uso, sustracción, destrucción o inutilización indebida.
b) Limitar la rendición de cuentas sobre el ejercicio de los recursos públicos, el desempeño de nuestras funciones o la transparencia de información de carácter público.
c) Ocultar los registros y demás información relacionada con el ejercicio de nuestro empleo, cargo o comisión, de la cual pueda desprenderse alguna conducta probablemente irregular.
d) Usar la información que contenga datos personales que este bajo nuestro resguardo para fines distintos al desempeño de nuestras funciones; así como, utilizarla de tal forma que se ponga en riesgo su difusión o mal uso.
6. Innovación en los procesos y servicios que brinda la Secretaría
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía proponemos iniciativas para mejorar las actividades y procesos bajo nuestra responsabilidad, que impacten en la optimización e innovación de los servicios que ofrece la Secretaría.
Debemos:
a) Participar activa y propositivamente en la elaboración y realización de acciones que mejoren los procesos y servicios de la Secretaría.
b) Proponer a través de conductos correspondientes acciones para la mejora continua de los procesos y resultados.
c) Escuchar los planteamientos de mejora continua de las personas servidoras públicas que las propongan.
d) Propiciar el trabajo en equipo con reciprocidad solidaria para alcanzar los objetivos Institucionales.
Evitamos:
a) Dejar de aplicar las mejoras que reduzcan costos, tiempos operativos y cargas de trabajo.
b) Afectar la atención oportuna a los trámites y servicios que correspondan de acuerdo con las funciones asignadas.
7. Derechos Humanos
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía sabemos que todas las personas gozan de los derechos humanos reconocidos en la Constitución, en los tratados internacionales en los que México es parte y en las leyes del Gobierno Federal.
Debemos:
a) Promover, respetar, proteger y garantizar en el ejercicio de nuestras funciones, los derechos humanos reconocidos en la Constitución, tratados internacionales en los que México es parte, leyes y normas.
Evitamos:
a) Excluir o tener un trato diferenciado y/o negar u omitir la realización de trámites o servicios, motivado por razones de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, económica o de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil, lengua, lenguaje, idioma, dialecto o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas.
b) Incumplir la supervisión de las condiciones de operación, higiene y seguridad que puedan poner en riesgo la vida e integridad del personal.
8. Comportamiento digno
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía durante el desempeño del empleo, cargo, comisión o función, nos conducimos en forma digna sin proferir expresiones ofensivas, adoptar comportamientos, usar lenguaje o realizar acciones de hostigamiento sexual, acoso sexual, hostigamiento laboral o acoso laboral, por lo que tienen una actitud de respeto hacia las personas con las que tienen o guardan relación en la función pública.
Debemos:
a) Estar conscientes de que el hostigamiento sexual, acoso sexual, hostigamiento laboral y acoso laboral laceran gravemente la dignidad de las personas.
b) Rechazar cualquier acción que represente o implique hostigamiento sexual, acoso sexual, hostigamiento laboral y acoso laboral, cometido por personas servidoras públicas de esta Secretaría, denunciarlas ante las autoridades competentes y mantener una postura de cero tolerancia ante ellas.
Evitamos:
a) Realizar actos de hostigamiento sexual o acoso sexual previstos en el artículo 6, fracción II, inciso d) del Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal.
b) Llevar a cabo conductas de hostigamiento laboral o acoso laboral, consistentes en ignorar, excluir, agredir, amedrentar, humillar, intimidar, amenazar, maltratar u otras conductas similares, incluyendo privar de permisos o beneficios al personal subordinado o sobre el cual cuente con relaciones de poder.
9. Ejercer la función pública con honestidad
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía debemos actuar con sinceridad y disposición a decir la verdad.
Debemos:
a) Conducirnos con diligencia, rectitud, imparcialidad, honradez, legalidad, respeto y observar una conducta honesta y justa en los trámites y servicios que ofrecemos a los particulares.
b) Actuar con disposición a la verdad a efecto de fomentar la credibilidad de la sociedad en las instituciones públicas y en las personas servidoras públicas para contribuir a generar una cultura de confianza y de apego a la verdad.
c) Conducirse con honestidad en todos los actos de sus tareas encomendadas, con motivo y en ejercicio de su empleo, cargo o comisión, al ajustarse a una realidad congruente y respondiendo con la verdad a los cuestionamientos que se le realicen.
d) Desde el ámbito de nuestras atribuciones, mantener un compromiso firme con el combate a la corrupción por lo que denuncio cualquier acto que promueva o justifique la comisión de actos de corrupción.
Evitamos:
a) Otorgar información privilegiada de la que tengamos conocimiento con motivo de nuestras funciones, a personas que les permita agilizar algún trámite, servicio u obtener algún beneficio.
b) Aprovechar o utilizar situaciones o beneficios de forma indebida a efecto de obtener un beneficio, provecho o ventaja personal.
c) Otorgar información falsa sobre el proceso y requisitos para acceder a consultas, trámites, gestiones y servicios.
d) Alterar registros de cualquier índole para simular o modificar los resultados de las funciones, programas o logro de objetivos.
10. Compromiso institucional
Las personas servidoras públicas de la Secretaría de Economía informamos a la autoridad competente, sobre cualquier conducta, omisión o acontecimiento del que tengamos conocimiento debido a las funciones de nuestro empleo, cargo o comisión, que puedan perjudicar el patrimonio o los intereses de la Dependencia.
Debemos:
a) Informar ante la autoridad competente, las irregularidades que se presenten durante el desempeño de nuestras funciones, que pudieran afectar a la Secretaría.
b) Colaborar en los procedimientos derivados de una denuncia mediante la aportación de los elementos que se soliciten o de los que tengamos conocimiento.
c) Promover y cooperar en el cumplimiento del Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal, Código de Conducta, así como de cualquier normatividad relacionada con el servicio público.
Evitamos:
a) Realizar cualquier trato o promesa que comprometa los intereses de la Secretaría de Economía.
b) Usar, sustraer, destruir o inutilizar indebidamente los bienes, de manera que perjudiquemos el patrimonio o los intereses de la Dependencia.
c) Realizar deliberadamente alguna conducta para ocultar algún acto u omisión que pudiera constituir un incumplimiento a la normatividad.
d) Desalentar o prohibir al personal de la Secretaría o a particulares a denunciar cualquier conducta, omisión o acontecimiento irregular.
e) Obstruir bajo amenazas o presiones, la presentación de denuncias ante cualquiera de las instancias facultadas para tales efectos.
f) Imponer represalias a las personas que presenten denuncia ante cualquiera de las instancias facultadas para tales efectos.
Gestión de Conflictos y Dilemas Éticos
Las personas servidoras públicas de la Secretaría sabemos identificar un conflicto o dilema ético cuando nos enfrentemos a situaciones en las que, no nos resulte claro notar la actuación más adecuada o tengamos incertidumbre sobre cómo actuar de forma íntegra.
Identificación y Gestión de Conflictos de Interés
Las personas servidoras públicas de la Secretaría evitamos incurrir en actuación bajo conflicto de interés mediante la detección oportuna del mismo, a través de la reflexión sobre las relaciones personales, familiares y de negocios o de aquellas acciones que puedan entrar en conflicto con el interés público, todas las cuales pudiesen generar beneficios e imparcialidades para la persona servidora pública o con quienes mantenga algún tipo de relación de las mencionadas.
En ese sentido, para el caso de que identifiquen la existencia de un conflicto de interés deberán informar por escrito a su superior jerárquico inmediato y solicitar que se le excuse de participar en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución del asunto.
El Comité de Ética será quien atienda las consultas en materia de prevención de la actuación bajo conflicto de interés.
Acciones de difusión y promoción
Las personas servidoras públicas somos responsables de la difusión del presente Código en nuestras respectivas áreas, así como, de fomentar un ambiente de confianza donde el personal de la Secretaría de Economía pueda reportar sus inquietudes sin temor a represalias.
Las personas servidoras públicas somos las principales promotoras de los valores, principios y conductas, dentro y fuera de la Secretaría, actuando conforme a lo establecido en el presente Código.
En este sentido, se elaborará material gráfico que muestre el contenido del Código de Conducta, mediante extractos del mismo, frases relevantes y de impacto visual. Dicho material se difundirá de manera electrónica utilizando tecnologías de la información.
Mecanismo de participación para su elaboración
La elaboración del Código de Conducta corresponde al Comité de Ética de la Secretaría, cuya versión vigente cuenta con la aprobación de sus integrantes y del Órgano Interno de Control, al tiempo que fue suscrito por el Titular de la Secretaría de Economía.
A fin de fortalecer el Código de Conducta, el Comité de Ética invitó a las personas servidoras públicas de la Secretaría, a participar de manera activa en su actualización, a través de un cuestionario electrónico denominado "Consulta de Actualización del Código de Conducta-Consulta 2026", el objetivo fue construir, de forma conjunta, un Código que represente la vocación de servicio, el profesionalismo y los valores que caracterizan a la SE.
Instancias de implementación
Corresponde al Comité de Ética de la Secretaría, la implementación e interpretación del Código de Conducta, así como la atención a toda persona que consulte sobre cualquier cuestión relacionada con el mismo.
De acuerdo a los artículos 33, 34 y 35 del Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal, corresponde al Comité de Ética de la Secretaría de Economía y al Órgano Interno de Control, conforme al ámbito de sus atribuciones, la vigilancia y observancia de lo dispuesto en este Código, así como el conocimiento de las denuncias por probables vulneraciones al Código de Ética e Integridad y Código de Conducta y que puedan constituir faltas administrativas en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
La interpretación del Código de Ética y la resolución de los casos no previstos en éste, será responsabilidad de la SABG, a través de la Unidad de Políticas para el Servicio Público, conforme a lo estipulado en el artículo 37 del Código de Ética e Integridad.
Mecanismo para la presentación de denuncias
Ante el Comité de Ética:
Para cualquier duda, aclaración o denuncia se pone a disposición del personal de la Secretaría de Economía los medios físicos o electrónicos consistentes en el correo electrónico del Comité de Ética: coco@economia.gob.mx y en caso de presentación física, mediante promoción firmada dirigida al Comité de Ética ubicado en Blvd. Adolfo López Mateos 3025, San Jerónimo Aculco, La Magdalena Contreras, C.P. 10400, Ciudad de México, Piso 5 (Torre Picacho).
Ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Economía:
Se pone a disposición del personal de la Secretaría de Economía los medios físicos o electrónicos consistentes en el correo electrónico del Órgano Interno de Control: quejas.denuncias@economia.gob.mx y el Portal del Sistema Integral de Denuncias Ciudadanas (SIDEC), https://denuncias.gob.mx/ de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, o en su caso, para entrega física de denuncias en la Oficialía de Partes ubicada en Blvd. Adolfo López Mateos 3025, San Jerónimo Aculco, La Magdalena Contreras, C.P. 10400, Ciudad de México, Piso 2 (Torre Picacho).
Rendición de protesta
Quienes trabajamos en la Secretaría tenemos el compromiso de construir un buen gobierno, con una conducta íntegra en el desempeño de nuestro trabajo y en cumplimiento de las leyes. Por estas razones, sumamos voluntades y esfuerzos para hacer realidad todos los días los valores y principios que nos rigen y darle a la ciudadanía el mejor servicio público posible.
Finalmente, para fortalecer nuestro deber como personas servidoras públicas, nos comprometemos con este instrumento a través de una Carta Compromiso, misma que se adjunta al final del presente documento en formato para impresión y que debemos firmar de manera individual y voluntaria. Esto, sin la limitación de un pleno sentido de actuación sobre un comportamiento ético, tutelado por el cumplimiento de los valores y principios del servicio público.
Disponible en: https://intranet.economia.gob.mx/sites/default/files/adiciones-recientes/manual/Carta%20Compromiso_2026.pdf
CARTA COMPROMISO
Ciudad de México, a ____ de _____________ de 20____.
Por medio de la presente, quien suscribe, _______________________________________________________, en mi calidad de persona servidora pública de la Secretaría de Economía, con cargo, empleo o comisión _______________________________________________________________________, adscrita a la _______________________________________________________________________, y con CURP ________________________________________________________________________, manifiesto bajo protesta de decir verdad, de manera voluntaria y sin mediar coacción, que conozco, comprendo y me comprometo a cumplir lo dispuesto en el Código de Conducta de la Secretaría de Economía, y demás disposiciones normativas aplicables al ejercicio de mis funciones. En ese sentido, asumo el compromiso de desempeñar mi empleo, cargo o comisión con apego a los principios, valores y reglas de integridad que rigen el servicio público y que se encuentran contenidos en el citado Código, así como las disposiciones legales y jurídicas aplicables a mis funciones, en beneficio siempre del bienestar social y contribuyendo activamente para fortalecer una cultura de integridad y ética pública. Lo anterior, con fundamento en el artículo 23 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, en el numeral 8, fracción XIII de los Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2020 y en el artículo 32, fracción VI del Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2025.
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Firma
Glosario
Además de las referencias establecidas en el Artículo 3 del Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal, para efectos del presente Código de Conducta se entenderá por:
Austeridad Republicana: Conducta republicana y política de Estado, prevista en el Artículo 4, fracción I, de la Ley Federal de Austeridad Republicana.
Denuncia: Mecanismo institucional de implementación del Código de Ética, en los términos establecidos en el artículo 34 del Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal.
Derechos Humanos: Conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. Este conjunto de prerrogativas se encuentra establecido en nuestra Constitución Política, en los tratados internacionales de los que México es parte y en las leyes que nos rigen.
Género: Conjunto de ideas, creencias sociales y políticas construidas en cada cultura y momento histórico, con base en la diferencia sexual; a partir de las que se construyen los conceptos de "masculinidad" y "feminidad", los cuales establecen normas y patrones de comportamiento, funciones, oportunidades, valoraciones y relaciones entre mujeres y hombres. Grupo al que pertenecen los seres humanos de cada sexo, entendido este desde un punto de vista sociocultural, en lugar de exclusivamente biológico.
Principios: Normas o ideas fundamentales que rige el pensamiento o la conducta, consistentes en principios de respeto a los derechos humanos, legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, objetividad, austeridad, eficacia, eficiencia, profesionalismo, rendición de cuentas y transparencia; los cuales están previstos en el artículo 5 del Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal.
Reglas de Integridad: Consistentes en Actuación, desempeño y cooperación con la integridad, trámites y servicios, recursos humanos, información pública, contrataciones públicas, programas gubernamentales, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, administración de bienes muebles e inmuebles, control interno, procesos de evaluación y procedimiento administrativo; las cuales están previstas en el Artículo 25 del Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal.
Riesgo ético: Situaciones en las que potencialmente pudieran transgredirse principios, valores o reglas de integridad, y que deben ser identificadas a partir de un diagnóstico efectuado por los propios entes públicos, en términos de lo ordenado por el artículo 15 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Secretaría: Secretaría de Economía.
Tratados internacionales: Tratados o convenios suscritos por los Estados Unidos Mexicanos con otros países en materia de derechos humanos.
Valores: Consistentes en respeto, empatía, honestidad, liderazgo, cooperación y cuidado del entorno cultural y ecológico; los cuales están previstos en el artículo 18 del Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal.
Marco Jurídico
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (DOF 05/02/1917 y su última reforma 02/06/2026);
2. Ley General de Responsabilidades Administrativas (DOF 18/07/2016 y su última reforma DOF 15/12/2025);
3. Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (DOF 20/03/2025);
4. Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres (DOF 02/08/2006 y su última reforma DOF 15/01/2026);
5. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias (DOF 01/02/2007 y su última reforma DOF 15/01/2026);
6. Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (DOF 11/06/2003 y su última reforma DOF 14/11/2025);
7. Ley Federal de Austeridad Republicana (DOF 19/11/2019 y su última reforma DOF 16/04/2025);
8. Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias (DOF 11/03/2008 y su última reforma DOF 14/03/2014);
9. Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones (DOF 20/08/2015 y su Acuerdo modificatorio DOF 28/02/2017);
10. Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (DOF 12/10/2018);
11. Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en materia de recepción y disposición de obsequios, regalos o similares, por parte de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal (DOF 12/11/2019);
12. Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para la operación de los Comités de Ética de la Administración Pública Federal (DOF 18/11/2025);
13. Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Federal (DOF 18/11/2025);
14. Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la Administración Pública Federal (DOF 18/09/2020);
15. Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación (CANCELA A LA NMX-R-025-SCFI-2012), (DOF 19/10/2015);
16. Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 Violencia familiar, sexual y contra las Mujeres. Criterios para la prevención y atención (DOF 16/04/1999 y sus modificaciones publicadas en el DOF 16/04/2009 y 24/03/2016);
17. Programa Sectorial de Economía 2025-2030 (DOF 22/12/2025);
18. Guía para la elaboración del Código de Conducta en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal emitida el 31 de diciembre de 2025 por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y,
19. Política en Igualdad Laboral y No discriminación de la Secretaría de Economía emitida el 01 de junio de 2026.
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