Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
D.C. 109/2026
"EDICTO"
CÓDIGO ALIMENTARIO, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE
CAPITAL VARIABLE; ROBERTO MARTÍNEZ MORIÑO Y VERÓNICA MIGUEL MUSI.
En los autos del juicio de amparo directo D.C. 109/2026, promovido por PROMECADE, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE, contra la sentencia de diecinueve de enero de dos mil veintiséis dictada por la OCTAVA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, en el toca 1622/2025/1, al ser señalados como parte tercera interesada y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en el artículo 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo y 27, fracción III, inciso b) de la ley de la materia, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, los que se publicarán por tres veces, de tres en tres días, en el "Diario Oficial de la Federación"; se hace de su conocimiento que en este Tribunal Colegiado, queda a su disposición copia de la demanda de amparo y que cuentan con un término de 30 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos para que ocurran ante este órgano jurisdiccional a hacer valer sus derechos.
Ciudad de México, 18 de septiembre de 2026.
El Secretario de Acuerdos del Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
César Escamilla Vásquez
Rúbrica.
(R.- 581126)