Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
 
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre los vehículos identificados de la siguiente manera: 1.- Camioneta tipo Pipa, marca Chevrolet, línea Silverado 3500, año modelo 2007, color blanco con rojo. rotulado con la leyenda "SEGAS" con placas de circulación HL-3759-E del Estado de Hidalgo, NIV 3GBJC34R97M112796. 2.- Camioneta tipo Pipa, marca Chevrolet, línea Silverado 3500, año modelo 1999, color café, rotulado con la leyenda "GRUPO CEREGAS" con placas de circulación HE-3566-D del Estado de Guerrero, NIV 1GBKC34J7XF075133. 3.- Camioneta tipo Pipa, marca Ford, línea F-450XL Super Duty, año modelo 2003, color blanco, rotulado con la leyenda "EGAS" con placas de circulación HD-6846-D del Estado de Guerrero, NIV 3FEXF46F33MB15927. Y, 4.- Camioneta tipo Pipa, marca Chevrolet, línea Silverado 3500, año modelo 1995, color blanco, rotulado con la leyenda "GRUPO CEREGAS" con placas de circulación GX-4621-E del Estado de Guerrero, NIV 3GCJC44K7SM104970, lo siguiente:
Que en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, se radicó el expediente relativo al Juicio de Extinción de Dominio 37/2026-VI promovido por los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, de la Fiscalía General de la República, en contra de José Alberto Cerecedo Sánchez, con el carácter de parte demandada, ello por considerar que no se acreditó la legitima procedencia de los vehículos referidos.
Las personas que se crean con derecho sobre los bienes muebles (vehículos) señalados, deberán presentarse ante este Juzgado de Distrito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina número dos, acceso once, nivel de plaza, colonia del Parque, código postal 15960, Ciudad de México, dentro del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a fin de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar aseguramiento precautorio de los vehículos afectos.
Expedido en nueve tantos en la Ciudad de México, el diez de septiembre de dos mil veintiséis.
 
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México
Liliana Soriano Rivero
Rúbrica.
(E.- 001127)