Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
Oliver Galindo Ávila y Edward Martín Regalado
Vs.
Juan Pablo García de Labra y Rafael Romo García
M. 1763853 RGL Romo Garcia de Labra y Diseño
Exped.: P.C.787/2026(C-217)7700
Folio: 031784
Juan Pablo García de Labra y Rafael Romo García
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Mediante escrito y anexos presentados ante la oficialía de partes de esta Dirección el 31 de marzo de 2026, OLIVER GALINDO ÁVILA, representante común, actuando por propio derecho y en representación de EDWARD MARTÍN REGALADO, solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citado al rubro.
Por lo anterior, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a JUAN PABLO GARCÍA DE LABRA y RAFAEL ROMO GARCÍA, el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se enteren de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y presenten dentro del mismo término, su escrito de contestación manifestando lo que a su derecho convenga; apercibidos que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en los artículos 336, 367 fracción IV, 368 fracción I, 369 y 370 de la Ley Federal de Protección a Propiedad Industrial.
Atentamente
11 de septiembre de 2026.
La Coordinadora Departamental de Nulidades
Paola Vanessa Batalla Nuño
Rúbrica.
(R.- 581086)