Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León
EDICTO
En el juicio de amparo indirecto 1016/2025, promovido por Juan Antonio Sánchez González, contra actos del Juez de Ejecución de Sanciones Penales en el Estado de Nuevo León; las personas morales "Vezap Construcciones" S.A. de C.V.; "Megarente Equipament" S.A. de C.V. y "Auto Express Acero" S.A. de C.V., tienen el carácter de terceros interesados, desconociéndose su domicilio; en cumplimiento al auto de esta fecha, de conformidad con los artículos 27 fracción III inciso c) de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se ordenó su emplazamiento por edictos; el acto reclamado es la suspensión del desahogo de la audiencia constitucional de veinte de octubre del dos mil veinticinco, donde decretó la suspensión de la citada audiencia incidental en relación al beneficio de la libertad condicionada promovido por el amparista, al considerar que se cumple con los requisitos establecidos en el artículo 137 de la Ley Nacional de Ejecución Penal para la consecución del citado beneficio de la libertad condicionada, en autos de la carpeta de ejecución 131/2019 y sus acumuladas 2534/2018 y 2469/2022; se fijaron las doce horas del veintiuno de septiembre de dos mil veintiséis para la audiencia constitucional; tienen treinta días hábiles, a partir de la última publicación, para acudir al Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en el Estado, a hacer valer sus derechos; apercibidos que de no comparecer por conducto de Apoderado, respectivamente, las subsecuentes notificaciones se le practicaran por medio de la lista de acuerdos que para tal efecto se lleva en este juzgado.
Monterrey, Nuevo León a diez de septiembre de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León
Rito Cruz Pantoja
Rúbrica.
(R.- 581002)