Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Durango
Amparo Indirecto 625/2024
EDICTO
SECCIÓN AMPARO
PRINCIPAL 625/2024
MESA VII
EDICTOS
 
TERCEROS INTERESADOS:
Ma. de Lourdes Flores e Irene Morga Villapadua
En cumplimiento a lo ordenado el veintidós de septiembre de dos mil veintiséis, en el juicio de amparo 625/2024 promovido por J. Guadalupe Rodríguez García, por derecho propio y como albacea de la sucesión testamentaria de Perfecto Rodríguez Morga, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, se emplaza a las partes tercero interesadas Ma. de Lourdes Flores e Irene Morga Villapadua, personas que tienen derecho a la reparación del daño, por medio de edictos y se procede a hacer una relación sucinta de la demanda de amparo con que se formó este juicio, en cumplimiento con el numeral 209, segundo párrafo, del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo:
Que el presente juicio lo promueve J. Guadalupe Rodríguez García, por derecho propio y como albacea de la sucesión testamentaria de Perfecto Rodríguez Morga, que hizo consistir el acto reclamado en la expedición, emisión y registro de cualquier concesión, asignación o título de exploración y explotación de los recursos minerales en el predio denominado Rancho San Rafael, de Ciénega de Nuestra Señora, municipio de Santiago Papasquiaro, Durango, que aduce es de su propiedad; hágaseles saber por este medio que deberán presentarse ante este Juzgado Primero de Distrito en el Estado, ubicado en el Boulevard José María Patoni número 103, Predio el Tule, Durango, Durango código postal 34217, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación; que queda a su disposición en la secretaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo, y que, en caso de no comparecer, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal. En la inteligencia que se señalaron las diez horas con cincuenta y cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil veintiséis, para la celebración de la audiencia constitucional.
Colóquese en la puerta de este juzgado copia íntegra del presente acuerdo por todo el tiempo que dure el emplazamiento.
Lo transcribo a usted para su conocimiento y efectos legales conducentes.
 
Durango, Durango, a veintidós de septiembre de dos mil veintiséis.
Secretario de Juzgado
Marco César Olivas Calleros
Rúbrica.
(R.- 580964)