Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
 
DEMANDADA: AGRISUR Y DERIVADOS PROCAMPO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
EN EL MARGEN SUPERIOR IZQUIERDO APARECE UN SELLO QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, SECCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO, JUICIO DE EXTINCIÓN DE DOMINIO 40/2025-V, JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CON COMPETENCIA EN LA REPÚBLICA MEXICANA Y ESPECIALIZADO EN JUICIOS ORALES MERCANTILES EN EL PRIMER CIRCUITO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
En el juicio de extinción de dominio 40/2025-V, Ana Lilia Osorno Arroyo, Juez Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en el República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, ordenó en proveído de veintiuno de julio de dos mil veintiséis, emplazar por medio de edictos a la demandada Agrisur y Derivados Procampo, sociedad anónima de capital variable, los cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca; y, por internet, en la página de la Fiscalía General de la República, para que dentro del plazo de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, conteste la demanda y exprese lo que a su derecho corresponda.
Se hace constar que las partes en el juicio son: actora los Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional en la Fiscalía General de la República; demandada Agrisur y Derivados Procampo, sociedad anónima de capital variable.
La prestación que se reclama en síntesis es la extinción de dominio, a favor del Estado, respecto del numerario por la cantidad de $2´773,654.57 (dos millones setecientos setenta y tres mil seiscientos cincuenta y cuatro pesos 57/100 moneda nacional).
Copias de traslado. Se hace del conocimiento de la enjuiciada, que la copia de traslado correspondiente queda a su disposición en la secretaría de este juzgado.
 
Atentamente
Ciudad de México, 7 de septiembre de 2026.
Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Yahel Hernández Castillo
Rúbrica.
(E.- 001125)