RESOLUCIÓN que modifica la diversa por la que se expide el formato oficial para el alta y registro de quienes realicen actividades vulnerables.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Inteligencia Financiera México.

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LA DIVERSA POR LA QUE SE EXPIDE EL FORMATO OFICIAL PARA EL ALTA Y REGISTRO DE QUIENES REALICEN ACTIVIDADES VULNERABLES.
MTRO. OMAR REYES COLMENARES, Titular de la Unidad de Inteligencia Financiera, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracciones I, I Bis, II y XII, 12, fracción V, 17, 18, fracciones IV Bis y VI, 20, 23 y 24 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita; 3, fracciones II y III, 4, fracción V, 12 y 13 del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita; 10, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y 4, 5, 7, 8,10, 10 Quáter, 10 Sexies, 10 Sexies 1 y 24 de las Reglas de carácter general a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y
CONSIDERANDO
Que el 16 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, en lo sucesivo la Ley, con el propósito de fortalecer el régimen de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita para quienes realizan Actividades Vulnerables, previendo que dichas Actividades también pueden realizarse a través de fideicomisos u otras figuras jurídicas, y adicionando nuevas actividades sujetas a esta regulación, como la realizada por las personas facilitadoras públicas y privadas a que se refiere la Ley General de Mecanismo Alternativos de Solución de Controversias y el despacho de mercancía realizado por agencias aduanales o bien, por personas físicas o morales que promuevan el despacho sin la intervención de un agente aduanal o agencia aduanal;
Que el 27 de marzo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita; estableciendo en el transitorio tercero que las personas facilitadoras públicas y privadas, las agencias aduanales y las personas físicas o morales que promuevan el despacho de mercancías sin la intervención de un agente aduanal o agencia aduanal, cuando realicen actos u operaciones en términos del artículo 17 fracción XII, Apartado D y fracción XIV de la Ley respectivamente, así como quienes actúen por medio de un fideicomiso o cualquier otra figura jurídica, deberán cumplir con la obligación de realizar su alta y registro como Actividad Vulnerable hasta que el formato oficial para dicho trámite sea actualizado y los identifique expresamente;
Que el 7 de agosto de 2026 se publicó el Acuerdo por el que se modifican las Reglas de carácter general a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, en las cuales se establecen los procedimientos y mecanismos para el cumplimiento de las obligaciones previstas en esa Ley y su Reglamento, entre ellas, establece la información que deberán proporcionar las personas facilitadoras públicas y privadas, las agencias aduanales y las personas físicas o morales que promuevan el despacho de mercancía sin la intervención de un agente aduanal o agencia aduanal, así como quienes actúen por medio de un fideicomiso o cualquier otra figura jurídica para realizar su alta y registro como Actividad Vulnerable, cuando lleven a cabo actos u operaciones en términos del artículo 17 de la Ley;
Que las reformas a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, a su Reglamento y a las reglas de carácter general mencionados en los párrafos anteriores conllevan a la necesidad de ajustar el formato oficial para el alta y registro de quienes realicen Actividades Vulnerables publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2013 y reformado el 24 de julio de 2014 y el 17 de agosto de 2016, que permita identificar expresamente a las personas facilitadoras públicas y privadas, las agencias aduanales y las personas físicas o morales que promuevan el despacho de mercancía sin la intervención de un agente aduanal o agencia aduanal, así como a quienes actúen por medio de un fideicomiso o cualquier otra figura jurídica en la realización de las Actividades Vulnerables en términos del artículo 17 de la Ley;
Que, en términos de lo anterior, he tenido a bien expedir la siguiente:
RESOLUCIÓN
ARTÍCULO PRIMERO. - Se REFORMAN los artículos 1; 2, primer párrafo; 2 Bis y 4, primer párrafo y se ADICIONA un tercer párrafo al artículo 2 y un segundo párrafo al artículo 4 de la Resolución por la que se expide el formato oficial para el alta y registro de quienes realicen Actividades Vulnerables, publicada el 30 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación y sus modificaciones, para quedar como sigue:
Artículo 1.- La presente Resolución tiene por objeto establecer el formato oficial que permita a quienes realicen Actividades Vulnerables, previstas en el artículo 17 de la Ley, incluyendo a quienes actúen a través de fideicomisos o cualquier otra figura jurídica, cumplir con las obligaciones establecidas en los artículos 18, fracción IV Bis y 20 de la referida Ley; 12 y 13 de su Reglamento; y 4, 5, 7, 8, 10, 10 Sexies y 10 Sexies 1 de las Reglas.
Para efectos de esta Resolución, así como de sus Anexos, serán aplicables las definiciones establecidas en el artículo 3 de las Reglas, además de las siguientes que podrán utilizarse en singular o plural:
I. ...
II. Reglas, a las reglas de carácter general a que se refiere la Ley, y
III. Representante Encargada de Cumplimiento, a la persona designada ante la Secretaría, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley, del Reglamento, de las Reglas, y demás disposiciones que de éstas emanen, en términos del artículo 20 de la Ley, y 4 y 10 de las Reglas.
Artículo 2.- Quienes realicen Actividades Vulnerables, incluyendo quienes actúen a través de fideicomisos o cualquier otra figura jurídica, deberán a través del Portal en Internet, enviar la información requerida para el alta y registro, utilizando para tal efecto el Formato Electrónico que se acompaña a la presente Resolución como Anexo "A".
...
Para enviar la información a que se refiere el primer párrafo de este artículo sobre sus integrantes o miembros, quienes actúen a través de fideicomisos o cualquier otra figura jurídica, deberán utilizar la herramienta plantilla Excel publicada en el Portal en Internet para generar el archivo en formato XML.
Artículo 2 Bis. - La persona Representante Encargada de Cumplimiento, al designarse mediante el trámite de alta y registro de la persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica que corresponda, deberá, a través del Portal en Internet, enviar la información requerida para completar su designación, utilizando para tal efecto el Formato Electrónico que se acompaña a la presente Resolución como Anexo "B".
Artículo 3.- ...
Artículo 4.- Para efectos de que quienes realicen Actividades Vulnerables y, en su caso, la persona Representante Encargada de Cumplimiento eliminen, modifiquen o agreguen información a su registro que corresponda, en términos de los artículos 7 y 8 de las Reglas, deberán utilizar los medios y el Formato Electrónico señalados en los artículos 2 y 2 Bis de esta Resolución.
Cuando quienes actúen a través de fideicomisos o cualquier otra figura jurídica deban modificar o corregir la información enviada de alguno de sus integrantes o miembros, primero deberán realizar la baja de ese integrante o miembro conforme a lo señalado en los artículos 7 y 10 Sexies de las Reglas y posteriormente enviar nuevamente la información del integrante o miembro, incluyendo la que se hubiere corregido o modificado, en los términos previstos en el último párrafo del artículo 2 de esta Resolución.
Artículo 5.- ...
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforman los Anexos "A" y "B" de la Resolución por la que se expide el formato oficial para el alta y registro de quienes realicen Actividades Vulnerables, publicada el 30 de agosto de 2013 en el Diario Oficial de la Federación y sus modificaciones, para quedar como sigue:
ANEXO "A"
Información para el alta y registro como Actividad Vulnerable.
 
NO.
NOMBRE DEL CAMPO
OBLIGATORIEDAD
1.
Datos de identificación de quien realiza la Actividad Vulnerable
Obligatorio
1.1
Datos de tipo de persona
Obligatorio
1.1.1
Datos de la persona cuando se trata de persona física
Obligatorio
1.1.1.1
Nombre(s)
Obligatorio
1.1.1.2
Primer apellido
Obligatorio
1.1.1.3
Segundo apellido
Obligatorio
1.1.1.4
Fecha de Nacimiento
Obligatorio
1.1.1.5
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.1.6
Clave Única de Registro de Población
Opcional
1.1.1.7
País de nacionalidad
Obligatorio
1.1.1.8
País de nacimiento
Opcional
1.1.2
Datos de la persona cuando se trata de persona moral
Obligatorio
1.1.2.1
Denominación o Razón Social
Obligatorio
1.1.2.2
Fecha de Constitución
Obligatorio
1.1.2.3
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.2.4
País de nacionalidad
Obligatorio
1.1.3
Datos cuando se realiza a través de un Fideicomiso
Obligatorio
1.1.3.1
Datos del fideicomiso
Obligatorio
1.1.3.1.1
Número, identificador o referencia del fideicomiso
Obligatorio
1.1.3.1.2
Fecha de constitución
Obligatorio
1.1.3.1.3
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.3.1.4
¿Cotiza en bolsa de valores?
Obligatorio
1.1.3.2
Datos del fiduciario
Obligatorio
1.1.3.2.1
Denominación o razón social
Obligatorio
1.1.3.2.2
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.3.3
Datos del delegado fiduciario
Obligatorio
1.1.3.3.1
Persona física
Obligatorio
1.1.3.3.1.1
Nombre(s)
Obligatorio
1.1.3.3.1.2
Primer apellido
Obligatorio
1.1.3.3.1.3
Segundo apellido
Obligatorio
1.1.3.3.1.4
Fecha de Nacimiento
Obligatorio
1.1.3.3.1.5
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.3.3.1.6
Clave Única de Registro de Población
Opcional
1.1.3.3.1.7
País de nacionalidad
Obligatorio
1.1.3.3.1.8
País de nacimiento
Obligatorio
1.1.3.4
Datos de los fideicomitentes
Obligatorio
1.1.3.4.1
Cuando se trata de persona física
Obligatorio
1.1.3.4.1.1
Nombre (s)
Obligatorio
1.1.3.4.1.2
Primer apellido
Obligatorio
1.1.3.4.1.3
Segundo apellido
Obligatorio
1.1.3.4.1.4
Fecha de nacimiento
Obligatorio
1.1.3.4.1.5
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.3.4.1.6
Clave Única de Registro de Población
Opcional
1.1.3.4.1.7
País de nacionalidad
Obligatorio
1.1.3.4.1.8
País de nacimiento
Obligatorio
1.1.3.4.2
Cuando se trata de persona moral
Obligatorio
1.1.3.4.2.1
Denominación o razón social
Obligatorio
1.1.3.4.2.2
Fecha de constitución
Obligatorio
1.1.3.4.2.3
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.3.4.2.4
País de nacionalidad
Obligatorio
1.1.3.4.3
Cuando se trata de un fideicomiso
Obligatorio
1.1.3.4.3.1
Número, identificador o referencia del Fideicomiso
Obligatorio
1.1.3.4.3.2
Fecha de constitución
Obligatorio
1.1.3.4.3.3
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.3.4.3.4
Denominación del fiduciario
Obligatorio
1.1.3.5
Datos de los fideicomisarios
Obligatorio
1.1.3.5.1
¿Los fideicomisarios están determinados?
Obligatorio
1.1.3.5.2
Cuando se trata de persona física
Obligatorio
1.1.3.5.2.1
Nombre (s)
Obligatorio
1.1.3.5.2.2
Primer apellido
Obligatorio
1.1.3.5.2.3
Segundo apellido
Obligatorio
1.1.3.5.2.4
Fecha de nacimiento
Obligatorio
1.1.3.5.2.5
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.3.5.2.6
Clave Única de Registro de Población
Opcional
1.1.3.5.2.7
País de nacionalidad
Obligatorio
1.1.3.5.2.8
País de nacimiento
Obligatorio
1.1.3.5.3
Cuando se trata de persona moral
Obligatorio
1.1.3.5.3.1
Denominación o razón social
Obligatorio
1.1.3.5.3.2
Fecha de constitución
Obligatorio
1.1.3.5.3.3
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.3.5.3.4
País de nacionalidad
Obligatorio
1.1.3.5.4
Cuando se trata de un fideicomiso
Obligatorio
1.1.3.5.4.1
Número, identificador o referencia del Fideicomiso
Obligatorio
1.1.3.5.4.2
Fecha de constitución
Obligatorio
1.1.3.5.4.3
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.3.5.4.4
Denominación del fiduciario
Obligatorio
1.1.4
Datos cuando se realiza a través de Otra figura jurídica
Obligatorio
1.1.4.1
Número, identificador o referencia de Otra figura jurídica
Obligatorio
1.1.4.2
Tipo de figura jurídica:
a)     Asociación en participación
b)     Otra
Obligatorio
1.1.4.3
Descripción cuando sea Otra
Obligatorio
1.1.4.4
Fecha de creación
Obligatorio
1.1.4.5
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.4.6
País de nacionalidad
Opcional
1.1.4.7
Datos de los integrantes
Obligatorio
1.1.4.7.1
Cuando se trata de persona física
Obligatorio
1.1.4.7.1.1
Nombre (s)
Obligatorio
1.1.4.7.1.2
Primer apellido
Obligatorio
1.1.4.7.1.3
Segundo apellido
Obligatorio
1.1.4.7.1.4
Fecha de nacimiento
Obligatorio
1.1.4.7.1.5
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.4.7.1.6
Clave Única de Registro de Población
Opcional
1.1.4.7.1.7
País de nacionalidad
Obligatorio
1.1.4.7.1.8
País de nacimiento
Obligatorio
1.1.4.7.1.9
Figura del integrante:
a)     Asociante
b)     Asociado
c)     Otro
Obligatorio
1.1.4.7.1.10
Descripción cuando sea Otro
Obligatorio
1.1.4.7.2
Cuando se trata de persona moral
Obligatorio
1.1.4.7.2.1
Denominación o razón social
Obligatorio
1.1.4.7.2.2
Fecha de constitución
Obligatorio
1.1.4.7.2.3
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
1.1.4.7.2.4
País de nacionalidad
Obligatorio
1.1.4.7.2.5
Figura del integrante:
a)     Asociante
b)     Asociado
c)     Otro
Obligatorio
1.1.4.7.2.6
Descripción cuando sea Otro
Obligatorio
2
Datos de Contacto
Obligatorio
2.1
Contacto
Obligatorio
2.1.1
Clave de larga distancia
Opcional
2.1.2
Número de teléfono
Obligatorio
2.1.3
Correo electrónico
Obligatorio
2.1.4
Número de celular
Opcional
3
Datos de las Actividades Vulnerables
Obligatorio
3.1
Datos de la Actividad Vulnerable registrada
Obligatorio
3.1.1
Clave de la Actividad Vulnerable
Obligatorio
3.1.2
Fecha de inicio de la prestación de la Actividad Vulnerable
Obligatorio
3.1.3
Tipo de fedatario público:
a)     Notario público
b)     Corredor público
Obligatorio únicamente en fe
pública (Notarios y Corredores)
3.1.4
Tipo de Facilitador:
a)     Facilitador público
b)     Facilitador privado
Obligatorio únicamente en fe
pública (Facilitadores)
3.1.5
Datos de Juegos y Sorteos
Obligatorio únicamente en
juegos, concursos y sorteos
3.1.5.1
Categoría de quien realiza la Actividad Vulnerable:
a)     Permisionario
b)     Operador
Obligatorio únicamente en
juegos, concursos y sorteos
3.1.5.2
Datos del permisionario que realiza la Actividad Vulnerable
Obligatorio sólo para
permisionarios
3.1.5.2.1
Modalidad por la cual el permisionario explota el permiso correspondiente
Obligatorio sólo para
permisionarios
3.1.5.2.2
Datos del operador del permisionario
Obligatorio únicamente para
permisionarios con operadores
3.1.5.2.2.1
Denominación o razón social del operador
Obligatorio
3.1.5.2.2.2
Clave del Registro Federal de Contribuyentes del operador
Obligatorio
3.1.6
Documento que ampara la Actividad Vulnerable
Obligatorio
3.1.6.1
Número o folio
Obligatorio
3.1.6.2
Fecha de emisión
Obligatorio
3.1.6.3
Fecha de inicio del periodo que ampara
Obligatorio
3.1.6.4
Fecha de término del periodo que ampara
Opcional
3.1.7
Datos de comercio exterior
Obligatorio
3.1.7.1
Categoría de quien despacha la mercancía:
a) Agente aduanal
b) Apoderado aduanal
c) Agencia aduanal
d) Persona física que promueve sin intervención de agente o agencia aduanal
e) Persona moral que promueve sin intervención de agente o agencia aduanal
Obligatorio
4
Domicilio de quien realice Actividades Vulnerables
Obligatorio
4.1
Dirección por cada Actividad Vulnerable que realice
Obligatorio
4.1.1
Código Postal
Obligatorio
4.1.2
Entidad Federativa
Obligatorio
4.1.3
Alcaldía o Municipio
Obligatorio
4.1.4
Localidad
Opcional
4.1.5
Colonia
Obligatorio
4.1.6
Tipo de vialidad
Obligatorio
4.1.7
Calle, avenida o vía
Obligatorio
4.1.8
Número exterior
Obligatorio
4.1.9
Número interior
Opcional
4.1.10
Actividad vulnerable realizada en el domicilio
Obligatorio
5
Datos de la persona Representante Encargada de Cumplimiento
Obligatorio
5.1
Nombre(s)
Obligatorio
5.2
Primer apellido
Obligatorio
5.3
Segundo apellido
Obligatorio
5.4
Fecha de Nacimiento
Obligatorio
5.5
Clave del Registro Federal de Contribuyentes
Obligatorio
5.6
Clave Única de Registro de Población
Opcional
5.7
País de nacionalidad
Obligatorio
5.8
Fecha de designación
Obligatorio
 
ANEXO "B"
Información para completar la designación como persona Representante Encargada de Cumplimiento
 
NO.
NOMBRE DEL CAMPO
OBLIGATORIEDAD
1
Aceptación o rechazo de la designación
Obligatorio
2
Datos de contacto de la persona Representante Encargada de Cumplimiento
Obligatorio cuando se acepte la
designación
2.1
Contacto
Obligatorio
2.1.1
Clave de larga distancia
Opcional
2.1.2
Número de teléfono
Obligatorio
2.1.3
Correo electrónico
Obligatorio
2.1.4
Número de celular
Opcional
3
Domicilio de la persona Representante Encargada de Cumplimiento
Obligatorio cuando se acepte la
designación
3.1
Código Postal
Obligatorio
3.2
Entidad Federativa
Obligatorio
3.3
Alcaldía o Municipio
Obligatorio
3.4
Localidad
Obligatorio
3.5
Colonia
Obligatorio
3.6
Tipo de vialidad
Obligatorio
3.7
Calle, avenida o vía
Obligatorio
3.8
Número exterior
Obligatorio
3.9
Número interior
Opcional
 
TRANSITORIOS
PRIMERO. - La presente Resolución entrará en vigor a partir del primero de febrero del dos mil veintisiete, salvo la excepción prevista en el siguiente artículo.
SEGUNDO. - Para las personas facilitadoras públicas y privadas a que se refiere la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, que realicen actos en términos del artículo 17, fracción XII, Apartado D de la Ley, esta Resolución entrará en vigor a partir del primero de junio de dos mil veintisiete.
TERCERO.- En caso de que las agencias aduanales o las personas físicas o morales que promuevan el despacho de mercancías sin la intervención de un agente aduanal o agencia aduanal en términos del artículo 17, fracción XIV de la Ley o bien, quienes actúen por medio de un fideicomiso o cualquier otra figura jurídica que realicen actos u operaciones en términos del artículo 17 de la Ley, hayan realizado su alta y registro como Actividad Vulnerable antes del primero de febrero de 2027, deberán realizar su baja conforme a lo previsto en el artículo 8 de las Reglas y de manera inmediata, realizar el alta correspondiente que identifique claramente el carácter con el que llevan a cabo sus actos u operaciones.
Atentamente
Ciudad de México, a 11 de septiembre de 2026.- Titular de la Unidad de Inteligencia Financiera, Mtro. Omar Reyes Colmenares.- Rúbrica.