CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Chiapas, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto MUJERES/AVGM/CHIS/2026, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados al Componente B Acciones de Coadyuvancia derivadas de las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres.

MUJERES/CCA/AVGM/CHIS/003/2026
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, ÓSCAR EDUARDO RAMÍREZ AGUILAR; ASISTIDO POR LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y MEDIACIÓN, DULCE MARÍA RODRÍGUEZ OVANDO; POR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y TITULAR DE LA INSTANCIA RECEPTORA, MANUEL FRANCISCO ANTONIO PARIENTE GAVITO; Y POR LA SECRETARIA DE LA MUJER E IGUALDAD DE GÉNERO Y TITULAR DE LA INSTANCIA EJECUTORA, MARIAN VÁZQUEZ GONZÁLEZ; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, establece que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Que el Estado mexicano ha suscrito y ratificado diversos instrumentos internacionales que buscan garantizar la igualdad de derechos y oportunidades para las mujeres, así como la eliminación de las violencias y de todas las formas de discriminación contra las mujeres, entre los que se encuentran la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), así como la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.
Por su parte, el artículo 4o. de la CPEUM dispone que la mujer y el hombre son iguales ante la Ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias (LGAMVLV), en su artículo 1 establece los deberes reforzados del Estado, en materia de protección del derecho de las mujeres, adolescentes, niñas y niños a una vida libre de violencias, y tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes, niñas y niños, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, mientras que los artículos 2 y 34 TER respectivamente, del mismo ordenamiento, establecen que la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios deberán instrumentar las medidas presupuestales y administrativas necesarias y suficientes de carácter extraordinario para hacer frente a la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, y deberán contar con fiscalías especializadas para atender los delitos relacionados con las violencias de género en contra de las mujeres y Centros de Justicia para las Mujeres. Así como proporcionar a las mujeres, o las niñas, en situación de violencia y en su caso a sus hijas e hijos o personas que dependan de la víctima, alojamiento temporal en espacios seguros tales como casas de emergencia, refugios y albergues que garanticen su seguridad y dignidad, en términos de las disposiciones aplicables de esta ley.
Que el Gobierno Federal crea el Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas (PROGRAMA) como parte de una política pública integral con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos e interculturalidad y visión de interseccionalidad que prevenga, atienda, sancione y erradique las violencias contra las mujeres.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026 (PEF 2026), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de noviembre de 2025 se derivan los recursos asignados para la implementación del PROGRAMA, los cuales ascienden a $856,782,185.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo que deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento; y, IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la LFPRH en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "MUJERES", destinará parte de los recursos previstos en el PEF 2026 para que se otorguen y apliquen en las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos de Operación del Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas para el ejercicio fiscal 2026 (LINEAMIENTOS).
En atención a lo anterior, el 06 de enero de 2026 se publicó en el portal oficial de "MUJERES" https://www.gob.mx/mujeres la "Guía Operativa del Componente B: Acciones de Coadyuvancia derivadas de las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres" (GUÍA OPERATIVA AVG 2026) que rigen el proceso para acceder a los recursos por concepto de subsidios federales del PROGRAMA.
En cumplimiento de la GUÍA OPERATIVA AVG 2026, el 30 de enero de 2026 se emitió la convocatoria correspondiente, por la que se asignaron recursos federales en forma de subsidios destinados a las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. La aplicación de los recursos asignados se encuentra sujeta tanto a los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA AVG 2026, como a la disponibilidad presupuestaria autorizada en el PEF 2026.
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencias contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres, de conformidad con los plazos establecidos en la GUÍA OPERATIVA AVG 2026, en fecha 05 de febrero de 2026, mediante Formato 1. Solicitud de Subsidio, suscrito por Marian Vázquez González en su carácter de Secretaria de la Mujer e Igualdad de Género del "GOBIERNO DE ESTADO", solicitó en tiempo y forma a "MUJERES" los recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: MUJERES/AVGM/CHIS/2026.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $4,716,414.55 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS CATORCE PESOS 55/100 M.N.) para la ejecución del proyecto MUJERES/AVGM/CHIS/2026. Dicha situación se notificó a la Instancia Ejecutora mediante el oficio MUJERES/SDVLV/DGPAVLV/038-1/2026, de fecha 06 de marzo de 2026.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.        "MUJERES" declara que:
I.1.     Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la CPEUM; 1o., 2o., fracción I, 26, fracción XXI, y 42 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF); y, 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.     La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de enero de 2025, y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, fracción I, 5, fracción XIV y 7 del RISM.
I.3.     Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios", según los oficios números MUJERES/UAF/0224/2026 y MUJERES/UAF/0313/2026, de 20 de marzo de 2025 y 9 de abril de 2026 respectivamente, ambos emitidos por el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de "MUJERES".
I.4.     Señala como su domicilio el ubicado en Calle Barranca del Muerto 209, San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
II.       El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.    Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; y 1, párrafo primero; 16; y 17, párrafo primero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, es una entidad federativa que forma parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.    El Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 51 y 59, fracción XXXVIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 5; 7, párrafo primero; y 9, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
II.3.    La Secretaria General de Gobierno y Mediación, Dulce María Rodríguez Ovando, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, el 11 de noviembre de 2025; y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 60, párrafo primero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 2, fracción I; 13, párrafo primero; 30, fracción I; y 31, fracciones XIII y XXXIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 12; y 14, fracciones XI y XXVII, del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4.    El Secretario de Finanzas y Titular de Instancia Receptora, Manuel Francisco Antonio Pariente Gavito, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, el 08 de diciembre de 2024; y cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 60, párrafo primero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 2, fracción I; 13, párrafo primero; 30, fracción II; y 32, fracciones XVIII y LX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 12 y 13, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.5.     La Secretaria de la Mujer e Igualdad de Género y Titular de la Instancia Ejecutora, Marian Vázquez González, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, el 11 de noviembre de 2025; y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 60, párrafo primero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 2, fracción I; 13, párrafo primero; 30 fracción IV; y 34, fracciones XV, XXIII y XXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; y, 12 y 13, fracciones IV y XXIX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Igualdad de Género del Estado de Chiapas.
II.6.    Cuenta con la capacidad económica presupuestal para que, de ser el caso, aporte recursos en numerario para el cumplimiento de su coparticipación establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7.    Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en Boulevard Andrés Serra Rojas, Número 1090, Piso 14, Colonia Paso Limón, Código Postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas.
III.      "LAS PARTES" declaran que:
III.1.    Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.    Reconocen que los recursos federales asignados son complementarios y fortalecen las capacidades institucionales locales, y que, a través de esta coadyuvancia, no se sustituye la responsabilidad de la Instancia Ejecutora de destinar recursos presupuestarios propios para el cumplimiento de las acciones del Componente B: "Acciones de Coadyuvancia derivadas de las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres" en materia de prevención, protección, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres.
III.3.    Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.4.    Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres, adolescentes, niñas y niños, para lo que reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.5.    Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencias, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con características de violencias de género.
III.6.    Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS, la GUÍA OPERATIVA AVG 2026 y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por "MUJERES", mismos que regulan el presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: MUJERES/AVGM/CHIS/2026, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados al Componente B "Acciones de Coadyuvancia derivadas de las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres".
Dicho Proyecto, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "MUJERES" asignará la cantidad de $4,716,414.55 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS CATORCE PESOS 55/100 M.N.)], para el Proyecto: MUJERES/AVGM/CHIS/2026, aprobado por el COMITÉ en la Segunda Sesión Extraordinaria mediante Acuerdo CEPMUJERES/2SE/016/06032026.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de Finanzas, para lo que la Instancia Ejecutora deberá disponer de una cuenta bancaria productiva específica, en la cual se depositarán y manejarán exclusivamente los recursos federales y sus rendimientos atendiendo lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), misma que se identifica con los siguientes datos:
Nombre de la Beneficiaria:
Gobierno del Estado de Chiapas
Nombre del Proyecto:
MUJERES/AVGM/CHIS/2026
Nombre de la Institución Financiera:
Banco Mercantil del Norte, S.A.
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos:
072 100 01355962836 6
Número de Cuenta Bancaria:
01355962836
Tipo de Cuenta:
Productiva
Tipo de Moneda:
Nacional
Número de Sucursal:
2534.- Torre Chiapas
Número de Plaza:
08001.- Tuxtla Gutiérrez
Fecha de apertura de la Cuenta:
09 de marzo de 2026
Nombre de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta:
Guadalupe Angélica Ochoa Setzer
Damara Flores Delgadillo
Jorge Galeazzi Sarquis
 
"MUJERES" notificará a la titular de la Instancia Ejecutora mediante correo electrónico, cuando se haya realizado la radicación del recurso; por su parte, las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas contarán con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para transferir a la Instancia Ejecutora los recursos destinados al cumplimiento del proyecto beneficiado en el marco del PROGRAMA.
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "MUJERES" la factura electrónica Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral 10 inciso i), de la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
Para "MUJERES", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "MUJERES".
Los recursos que el COMITÉ asigne a la entidad federativa se encuentran sujetos a la disponibilidad de éstos de acuerdo con el PEF 2026 por lo que "MUJERES" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "MUJERES". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaria Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
La aplicación de los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, no perderán su carácter federal al ser ministrados a la Instancia Ejecutora y, en consecuencia, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
"MUJERES" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "MUJERES" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
En términos del numeral 10 inciso a) de la GUÍA OPERATIVA AVG 2026, el "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaria de la Mujer e Igualdad de Género aportará la cantidad de $378,560.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA PESOS 00/100 M.N.).
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS, y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos de los numerales 7.22 y 7.23 de los LINEAMIENTOS.
b.    Garantizar la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, la LFPRH, el RLFPRH y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "MUJERES". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA AVG 2026, "MUJERES", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos de los LINEAMIENTOS. numeral 10 inciso i) de la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las acciones de verificación y supervisión del Proyecto, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA AVG 2026, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de Finanzas, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b.    Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a quince (15) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.    Realizar por conducto de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, Ley Federal de Austeridad Republicana, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de ésta.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.     Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar, cumpliendo con los perfiles previstos en el Anexo Técnico.
j.     Entregar, por conducto de la persona enlace designada a "MUJERES", los informes que dan cuenta de la comprobación de erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validados por la Secretaría de Finanzas, con su debido soporte documental. Esta información deberá entregarse de acuerdo con el calendario señalado en la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos U012: Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas" para el ejercicio 2026.
l.     En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "MUJERES", a más tardar el 15 de enero de 2027, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género, así como por la persona Titular de la Secretaría de Finanzas y el Enlace Designado ante "MUJERES", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Instancia Ejecutora ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2026 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
m.    Instrumentar los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas en la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados para el desarrollo del proyecto.
n.    Contar con un programa interno de protección civil vigente durante el periodo establecido en el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, avalado por la instancia competente de su localidad, que contemple: que el inmueble se encuentre con todas las condiciones de seguridad para poder estar en funcionamiento.
ñ.    Contar con rutas y acciones de seguridad para la atención de emergencias y riesgos psicosociales, mismo que deberá ser verificable.
o.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y el RLFPRH, el PEF 2026, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
p.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita "MUJERES" a través del COMITÉ.
q.    Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente de aquella generada por motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestales transferidos en término de las disposiciones jurídicas aplicables.
r.     Capturar en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM) y cualquier otra plataforma que determine "MUJERES", como mecanismo oficial y obligatorio, la información sobre las mujeres atendidas por la Instancia Ejecutora, así como, los servicios y acciones de atención.
s.     Aquellos otros compromisos establecidos en la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de su Anexo Técnico, "LAS PARTES" designan como enlaces a las siguientes personas servidoras públicas:
POR "MUJERES"
Nombre:
Tania Galicia Carmona.
Cargo:
Directora de Seguimiento a las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género.
Dirección:
Calle Barranca del Muerto Número 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
55 5322 4200 Ext. 3208
Correo electrónico Institucional:
tgalicia@mujeres.gob.mx
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
Nombre:
Claudia Patricia Sancho Aguilar
Cargo:
Subsecretaria de Igualdad e Inclusión de Género
Dirección:
Boulevard Andrés Serra Rojas, Número 1090, Anexo de la Torre Chiapas, Piso 1, Colonia Paso Limón, Código Postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas.
Teléfono institucional:
(961) 691 40 20
Correo electrónico Institucional:
csancho@semuigen.chiapas.gob.mx
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en las DECLARACIONES. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género informará a "MUJERES" los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, de los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA AVG 2026; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la que se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2026 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género.
En el caso de "MUJERES", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo señalada en los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2026 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral 15.2 de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "MUJERES" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "MUJERES" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a "MUJERES" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
El "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "MUJERES" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral 10 de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión; asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá realizar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que "MUJERES" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "MUJERES", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la LOAPF, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realice la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 15 (quince) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.    En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado "MUJERES" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO", o que se cumpla un supuesto de las causales de cancelación de los proyectos en términos del numeral 9 de los LINEAMIENTOS.
Para tales efectos, se levantará acta circunstanciada, misma que se presentará ante el COMITÉ, en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2026. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de las personas Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. ACCESO A LA INFORMACIÓN, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y CONFIDENCIALIDAD. "LAS PARTES" se obligan a mantener estricta confidencialidad respecto de la información que sea de su conocimiento, con motivo de la ejecución del presente Convenio de Coordinación y Adhesión observando las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO).
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a la otra e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
Por lo anterior, "LAS PARTES" se comprometen a realizar un manejo responsable de la información contenida en el presente Convenio; en atención a los principios señalados en los artículos 6, inciso A, fracción VIII, párrafo tercero de la CPEUM, 8 de la LGTAIP y 10 de la LGPDPPSO, es decir, certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia, máxima publicidad, licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial Órgano de Difusión Oficial del Estado Libre y Soberano de Chiapas en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su fecha de suscripción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 224 del RLFPRH, y entrará en vigor a partir de la fecha de suscripción.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2026.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "MUJERES".
VIGÉSIMA SEGUNDA. LIMITACIÓN DE INTERVENCIÓN. La Unidad de Asuntos Jurídicos de "MUJERES", como instancia de asesoría jurídica, se limita a los elementos estrictamente jurídicos dentro del ámbito de competencia de la propia Secretaría, cuya determinación sobre aspectos técnicos, operativos administrativos, presupuestarios y/o de ejecución; así como los alcances del instrumento, se encuentran fuera de su ámbito de facultades, al no establecerse compromisos o acciones a cargo de ésta.
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 4 (cuatro) ejemplares en la Ciudad de México el día 09 del mes de abril del año 2026.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional, Óscar Eduardo Ramírez Aguilar.- Rúbrica.- Secretaria General de Gobierno y Mediación, Dulce María Rodríguez Ovando.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Titular de la Instancia Receptora, Manuel Francisco Antonio Pariente Gavito.- Rúbrica.- Secretaria de la Mujer e Igualdad de Género y Titular de la Instancia Ejecutora, Marian Vázquez González.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA DERIVADAS DE LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 09 del mes de abril del año 2026, celebrado entre la Secretaría de las Mujeres y el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chiapas, de conformidad con el numeral 10, inciso f) de la Guía Operativa del Componente B: "Acciones de Coadyuvancia derivadas de las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES.
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
Chiapas
NOMBRE DEL PROYECTO:
MUJERES/AVGM/CHIS/2026
 
INSTANCIA EJECUTORA:
Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género.
INSTANCIA RECEPTORA:
Secretaría de Finanzas.
FECHA DE SOLICITUD DEL SUBSIDIO:
05 de febrero de 2026
FECHA ESTIMADA DE INICIO DEL PROYECTO:
Junio de 2026
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN DEL PROYECTO QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2026
31 de diciembre de 2026
B. ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
 

 


 
MONTO SOLICITADO
 
 
$4,716,414.55
Cuatro millones setecientos dieciséis mil cuatrocientos catorce pesos 55/100 M.N.)
 
MONTO COPARTICIPACIÓN
 
 
 
$378,560.00
8.02%
(Trescientos setenta y ocho mil quinientos sesenta pesos 00/100 M.N.)
 
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
 
 
$5,094,974.55
(Cinco millones noventa y cuatro mil novecientos setenta y cuatro pesos 55/100 M.N.)
 
DATOS DEL ENLACE
Nombre:
Claudia Patricia Sancho Aguilar.
Cargo:
Subsecretaria de Igualdad e Inclusión de Género.
Domicilio:
Boulevard Andrés Serra Rojas, Número 1090, Anexo de la Torre Chiapas, Piso 1, Colonia Paso Limón, Código Postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Teléfono Institucional:
(961) 69 1 40 20
Extensión
68029
Correo Institucional:
csancho@semuigen.chiapas.gob.mx
 
C. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
 
ACCIÓN
COADYUVANTE
DESCRIPCIÓN
ATENCIÓN
Inciso B:
A través de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas para el Estado de Chiapas, se brindará el acceso oportuno, gratuito y especializado de los servicios jurídicos, psicológicos, médicos y de trabajo social, a las mujeres, niñas y adolescentes, víctimas directas e indirectas de cualquier forma de violencias, con un enfoque de derechos humanos, género, interseccionalidad y no revictimización, garantizando el acceso oportuno a la justicia pronta, expedita e imparcial y lograr su acceso a las ayudas, asistencias; haciendo énfasis en el plan individualizado de reparación integral de los casos de feminicidios y homicidios, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Víctimas, la Ley de Víctimas para el Estado de Chiapas y la Ley de Desarrollo Constitucional para la Igualdad de Género y Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Chiapas.
La acción contempla:
·      La contratación de siete profesionales especializados (cuatro profesionistas con perfil en ciencias jurídicas, una de psicología, una de medicina general y una de trabajo social).
·      Mesas de reuniones de coordinación interinstitucional formal con las fiscalías de distrito y especializadas para identificar y determinar los casos de las mujeres, niñas y adolescentes en los municipios de Tuxtla Gutiérrez, Chiapa de Corzo, Villaflores, San Cristóbal de las Casas, Comitán de Domínguez, Tapachula y Tonalá, con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género.
·      Determinar los nuevos casos de violencias para su intervención.
·      Dar seguimiento a los casos en proceso de atención de años anteriores, para asegurar que sus victimarios sean enjuiciados, sancionados y que se determine la resolución judicial (JUEZ).
·      Realizar las visitas domiciliarias para brindar la asesoría integral sobre los derechos, procedimientos, servicios y mecanismos de garantía que la Ley ofrece según cada caso.
·      Elaborar el Plan de Intervención de cada caso a atender.
·      Visitas domiciliarias de seguimiento para integrar la información y formatos que establece la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas para el Estado de Chiapas.
·      Brindar el acompañamiento jurídico, psicológico, médico y de trabajo social, de manera integral y realizar las gestiones ante las instancias municipales y estatales, a fin de lograr la asistencia inmediata de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la ley de víctimas para el estado de Chiapas; estos podrán ser presencial in situ u oficinas, telefónicas o virtuales, según sea el caso.
·      Integrar el Plan individualizado de reparación del daño.
·      Estas acciones se desarrollarán durante el periodo de 6 meses, en siete municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia contra las Mujeres (DAVGM).
PREVENCIÓN
Inciso A:
A través de la Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas, con la finalidad de prevenir las violencias, promover el conocimiento y ejercicio de los derechos humanos de las niñas, adolescentes, mujeres indígenas y afromexicanas se contempla las siguientes acciones:
·      Contratación de cuatro prestadoras de servicios profesionales con perfiles especializados en psicología, jurídica, trabajo social y ciencias de la comunicación, para desarrollar acciones de prevención con los temas de: salud mental, empoderamiento económico, sistemas normativos internos (usos y costumbres), e identificación de factores de riesgos al interior de sus comunidades, así como difusión de los temas anteriores mediante programas de radio y perifoneo al interior de estas.
·      A través de este grupo multidisciplinario itinerante implementarán campañas preventivas con pertinencia cultural en la lengua materna Tsotsil y que, para su ejecución, será con la metodología interna de cada comunidad respetando su forma de gobierno y deliberación.
Estas acciones que se desarrollarán con la colaboración de la Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas el cual gestionará el ingreso en los municipios indígenas y al interior de sus comunidades, además brindará una unidad móvil para que el grupo multidisciplinario pueda desplazarse tres veces por semana en un periodo de cinco meses, en los municipios indígenas de: San Juan Cancuc, Tenejapa y Zinacantán que cuentan con acciones específicas de la AVGM correspondiente a la Región Altos de Chiapas y los Municipios de San Cristóbal de Las Casas y Tonalá que cuenta con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres y presencia de población afromexicana.
 
Inciso B:
A través de la Secretaría General de Gobierno y Mediación, el proyecto fortalecerá la implementación y el cumplimiento de las medidas establecidas en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Chiapas, mediante mesas de trabajo, capacitaciones y difusión de información.
La acción contempla:
·      La contratación de cuatro profesionales especializados en ciencias jurídicas, ciencias sociales y tecnologías de la información, quienes serán contratados para brindar asesoría técnica y operativa en el diseño, implementación y seguimiento de estrategias institucionales, fortalecimiento de procesos administrativos y apoyo en el desarrollo de herramientas tecnológicas que contribuyan al cumplimiento de los objetivos del proyecto.
·      Instalación de mesas de trabajo interinstitucionales con el objetivo de coordinar acciones, dar seguimiento a los acuerdos establecidos y fortalecer la articulación entre las instancias participantes para la atención integral de la problemática. En dichas mesas participarán los enlaces institucionales de los municipios alertados, así como representantes de las dependencias involucradas.
·      Acciones destinadas a la atención de las medidas de la Declaratoria de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Chiapas, tales como publicación y divulgación en medios de comunicación y lugares estratégicos de campañas de difusión para visibilizar la problemática, coordinación interinstitucional y seguimiento de las acciones implementadas por los municipios alertados y dependencias.
Capacitación impartida por profesionistas en Ciencias Sociales y áreas afines dirigida a las dependencias involucradas y a los municipios de Tuxtla Gutiérrez, San Cristóbal de las Casas, Comitán de Domínguez, Chiapa de Corzo, Villaflores, Tonalá y Tapachula, sobre prevención, detección y atención de las violencias feminicidas, incluyendo rutas de atención y mecanismos de emergencia.
Asimismo, difusión de contenidos preventivos en medios digitales y comunitarios, con enfoque intercultural y territorial, con el propósito de informar, sensibilizar y reducir las condiciones de riesgo para mujeres, adolescentes y niñas.
La acción se desarrollará en un periodo de cinco meses; mediante este grupo con un enfoque de Derechos Humanos, Género, Interseccionalidad, Interculturalidad y No Revictimización, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 23 y 53 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias y a lo establecido en la medida II Numeral 5 y 7 y resolutivo cuarto de la DAVGM.
 
Inciso D:
La Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género, implementará el mecanismo de trabajo interinstitucional contempla las siguientes acciones:
·      La contratación de tres profesionistas especialistas en Psicología y Trabajo Social hablantes de lengua tsotsil, con perspectiva de género, derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad. Se contratarán a las especialistas para realizar actividades de la estrategia educativa que permita fortalecer las capacidades a través de las pláticas, talleres y seguimiento a las redes, en el conocimiento y ejercicio de sus derechos a través de la Carteilla de Derechos de las Mujeres, autonomía económica con perspectiva de Género, Interculturalidad e Interseccionalidad.
Ejecutar la estrategia educativa mediante la realización de platicas, seguimiento a las redes comunitaria y talleres de emprendimiento y cuidado; realizando las siguientes actividades específicas:
·      Implementación del mecanismo de trabajo interinstitucional mediante la realización de pláticas de intervención primaria en las escuelas de educación secundaria y media superior, para prevenir y atender de manera inmediata las prácticas discriminatorias, con temas en: matrimonios forzados, violencia sexual, trata de personas y otras violencias que afecten a mujeres, adolescentes y niñas indígenas.
·      La vinculación interinstitucional para la implementación del mecanismo de trabajo será con actores estratégicos (Consejo de Igualdad Municipal y Supervisor de zona escolar de nivel secundaria y media superior).
·      La intervención se realizará en seis municipios (Amatenango del Valle, Teopisca, Zinacantán, Chamula, Huixtán y Tenejapa) que cuentan con acciones específicas de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.
·      En el desarrollo de las pláticas se les brindará las Cartillas de Derechos de las Mujeres con la finalidad de que sirva como una herramienta prioritaria en el conocimiento de sus derechos.
·      Se realizará el seguimiento a la 10 redes comunitarias mediante la realización de 10 talleres dirigidos a mujeres y adolescentes indígenas en lengua tsotsil, en temas de reducción y la redistribución de los cuidados, empoderamiento económico y detección de indicadores de violencia de género para prevención de feminicidios, con enfoque de Derechos Humanos, con Perspectiva de Género, Interculturalidad e Interseccionalidad a las Mujeres, Mujeres Indígenas, Adolescentes y Niñas en situación de violencia.
·      - Este mecanismo de intervención interinstitucional tendrá un periodo de cinco meses en los municipios de Amatenango del Valle, Teopisca, Zinacantán, Chamula, Huixtán y Tenejapa.
 
Inciso G:
La Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género, realizará el fortalecimiento del BANAVIM con el propósito de administrar, concentrar y resguardar la información generada por las instituciones responsables de la atención, prevención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres , con forme a las funciones y competencias de cada institución que permitirá la generación de diagnósticos, estadísticas toma de decisiones para la implementación de políticas públicas con perspectiva de género y derechos humanos. que contempla las siguientes acciones:
·      La contratación de una prestadora de servicios profesionales con perfil especializado en ciencias jurídicas con conocimiento básico en manejo de sistemas y con perspectiva de género, se contratará para que fortalezca la calidad de los datos y análisis de la información de los registros al banco que ingresen todas las profesionistas que brindaran atenciones, realizarán las siguientes actividades específicas:
·      Realización de reportes de captura en sistema.
·      Diseño de base datos sobre los registros cargados al BANAVIM.
·      Control del registro de actividades que realice cada profesionista en cuanto al suministro de datos al BANAVIM.
·      Elaboración de un reporte mensual y final de los registros y acciones ingresados al BANAVIM, con la finalidad de el fortalecimiento de análisis, captura y procesamiento de la información del BAESVIM y la transferencia de los datos BANAVIM.
SEGURIDAD
Inciso C:
A través de la Secretaría de Seguridad del Pueblo, se proyecta implementar procesos de capacitación especializada en desigualdad estructural de género y violencia contra las mujeres, escalada hacia el riesgo feminicida , actuación policial en casos de violencia contra las mujeres, perspectiva de género y derechos humanos en la función policial, actuación policial en situaciones de riesgo feminicida, registro de datos, seguimiento y canalización de casos de violencia contra las mujeres y riesgo feminicida a los cuerpos policiales y primeros respondientes con el propósito de cerrar una brecha crítica en la protección de las mujeres, especialmente en los municipios con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género, por tanto esta acción se ejecutará en siete municipios con DAVGM: Comitán de Domínguez, San Cristóbal de las Casas, Chiapa de Corzo, Tapachula, Tonalá, Villaflores y Tuxtla Gutiérrez, en un periodo de cuatro meses. Esta acción se lleva a cabo con el propósito de robustecer las acciones de primera intervención ante reportes de violencia de género, para consolidar los mecanismos de identificación de riesgo feminicida, como la escalada en la violencia, las amenazas de muerte o los casos reincidentes. Esta falta de detección temprana del peligro inminente deja a las víctimas en una situación de extrema vulnerabilidad.
Se contemplan las siguientes acciones:
·      La contratación de una consultoría Desarrollará un modelo formativo en prevención y atención de la violencia feminicida, orientado al fortalecimiento de las capacidades de actuación policial con perspectiva de género.
·      La capacitación a cuerpos policiales de las Células de Reacción Inmediata, la cual tiene como propósito transformar sustantivamente la actuación de las y los primeros respondientes frente a casos de violencia de género, ya sea en el ámbito público o privado, y que se sustenta en relaciones estructurales de desigualdad y poder.
En este sentido, se busca que la intervención policial no se limite a un mero registro administrativo de hechos, sino que se constituya en una evaluación estratégica del riesgo desde el primer contacto con la víctima. Esto implica identificar factores de riesgo feminicida, valorar el contexto de violencia previa, reconocer patrones de control o dominación, y adoptar medidas inmediatas de protección que prioricen la vida, la integridad y la seguridad de las mujeres.
Las temáticas que se abordarán en las sesiones de capacitación se enfocarán en el análisis de protocolos nacionales e internacionales sobre violencia contra las mujeres, garantizando la actuación policial con perspectiva de género y derechos humanos para asegurar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
JUSTICIA
Inciso D:
Por medio de la Fiscalía General del Estado de Chiapas, tiene como objetivo que las personas funcionarias ministeriales, de investigación y apoyo administrativo (fiscales del ministerio público, policías ministeriales, peritos, secretarios de acuerdos, personal de recepción, archivo, auxiliares, enlaces y áreas técnicas) de las fiscalías de la mujer, distrito metropolitano y derechos humanos, se capaciten, para atender, resolver e investigar con la debida diligencia las carpetas de investigación bajo los estándares de derechos humanos, de la mujer e igualdad de género.
Se contemplan las siguientes acciones:
·      Contratación de una consultoría para la formación de personas funcionarias públicas especializadas en derechos humanos, perspectiva de género, para fortalecer y agilizar los procesos de justicia ante actos violentos, de feminicidio y otros delitos, sin estereotipos, revictimización y desigualdad que enfrentan las mujeres en las averiguaciones, teniendo entonces una perspectiva de género en la atención a mujeres niñas y adolescentes.
·      A través de la consultoría contratada, se capacitará al funcionariado mediante un taller teórico-práctico impartido por consultores especializados en la materia. Esta capacitación se desarrollará durante el tercer y cuarto mes programados del proyecto, a través de dos sesiones de 8 horas por grupo, dirigidas a 6 grupos de 30 personas servidoras públicas, lo que representa un total de 16 horas por grupo.
·      Asimismo, dos semanas después de concluida la capacitación, se implementará un taller práctico de 8 horas por grupo, dirigido a 3 grupos de 60 personas funcionarias, enfocado en el análisis y la simulación de casos reales para la integración de la carpeta de investigación y la atención a la víctima, aplicando estándares con perspectiva de género.
·      Permitirá al funcionariado ministerial, de investigación y apoyo administrativo (fiscales del ministerio público, policías ministeriales, peritos, secretarios de acuerdos, personal de recepción, archivo, auxiliares, enlaces y áreas técnicas) el atender y realizar eficaz y eficientemente las averiguaciones previas de actos de violencia y estructurar las investigaciones con perspectiva de género para garantizar las debidas diligencias y agilizar los procesos de justicia.
La acción tiene como fin atender el cumplimiento de las medidas establecidas en la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en Tuxtla Gutiérrez en un periodo de cuatro meses.
La metodología de la capacitación será a partir de la distribución en seis grupos de treinta (30) personas participantes de las Fiscalía de Distrito Metropolitano, Fiscalía de la Mujer y Fiscalía de Derechos Humanos, con el objetivo de identificar brechas de conocimiento y áreas de oportunidad en materia de perspectiva de género y debida diligencia; la meta consiste en aplicar, sistematizar y analizar un total de 180 instrumentos diagnósticos.
 
C.1 JUSTIFICACIÓN
 
ACCIÓN
COADYUVANTE
JUSTIFICACIÓN
ATENCIÓN
Inciso B:
La incidencia delictiva en el Estado de Chiapas, respecto a la Alerta de Violencia de Género en Chiapas en 2025, fue 1,783 delitos denunciados con carpetas de investigación; esto es, 7.7% menos, respecto al año 2024 que fue de 1,920 y 29.1% menos que el año 2023 que fue de 2,302. En cuanto a los feminicidios en el año 2025, reportó 31 casos; esto es 3.8% menos que el año 2024 que fue de 32 y 12.4% menos que el año 2023, que fue de 35 casos.
Sin embargo, resalta las cifras de los casos de feminicidios en grado de tentativa, el cual fue de 12 en el año 2023 y 28 en el año 2025, incrementando un 234%, según datos reportados por la fiscalía general del Estado de Chiapas y publicado en el portal http://www.alertadegenerochiapas.org.mx/estadisticas.aspx, los principales problemas que se enfrentan:
·      -Las mujeres, niñas y adolescentes que han sufrido violencias, es que en su mayoría no tienen acceso al derecho de un recurso judicial adecuado y efectivo, que les garantice el ejercicio de su derecho a una debida diligencia y una investigación inmediata y exhaustiva del delito y que sus victimarios sean enjuiciados, sancionados y que se determine la resolución judicial (JUEZ) o un acuerdo del no ejercicio de la acción penal (N.E.A.P) emitido por la autoridad administrativa de justicia (M.P), tal como lo establece el artículo 75 de la ley de víctimas para el estado de Chiapas, requisito que se debe cubrir para lograr que las víctimas accedan a la reparación integral del daño sufrido, especialmente en los casos de feminicidios, feminicidios en grado de tentativa y homicidios, para cumplir con el rezago que existe de un plan individualizado de reparación integral del daño atendiendo las medidas III de Justicia y Reparación, numeral 1 primer párrafo y 7 de la Declaratoria de la AVGM en Chiapas.
·      Ineficiente investigación, identificación y enjuiciamiento de los responsables de la comisión de un delito.
·      No se ha logrado que se reconozca y garantice los derechos de las víctimas del delito, en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, verdad, justicia, reparación integral y la debida diligencia consagrados en los ordenamientos jurídicos aplicables.
·      La falta de atención a víctimas persiste a pesar de la Ley General de Víctimas, que obliga a los tres niveles de gobierno a brindar protección y reparación integral La ineficiencia burocrática en el Poder Judicial y la escasez de los recursos provocan que la atención sea revictimizante.
Para atender esta problemática es necesario brindar los servicios gratuitos y especializados con un enfoque de derechos humanos, género, interseccionalidad y no revictimización, que asegure el acceso oportuno a la justicia pronta, expedita e imparcial y lograr que las víctimas directas e indirectas accedan a las ayudas, asistencia y la reparación integral por los daños sufridos, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Víctimas, la Ley de Víctimas para el Estado de Chiapas y la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Chiapas.
PREVENCIÓN
Inciso A:
El estado de Chiapas enfrenta una crisis persistente de violencia contra las mujeres, evidenciada por cifras alarmantes de feminicidios y violencia estructural que afectan especialmente a las comunidades indígenas, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021 del INEGI El 48.7% de las mujeres de 15 años o más en Chiapas han experimentado algún tipo de violencia a lo largo de su vida.
En este contexto los municipios que se menciona en el proyecto San Cristóbal de las Casas, Tonalá, San Juan Cancuc Tenejapa y Zinacantán presentan circunstancias similares dentro de la AVGM:
·      Alta incidencia por ser centro receptor de población indígena y afromexicana desplazada, violencia comunitaria y familiar, usos y costumbres que dificultan la denuncia formal.
·      Por otra parte, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, establece en su artículo 41 fracción X Realizar, a través de la Secretaría de las Mujeres y con el apoyo de las instancias locales, campañas de información y de cambio cultural, con énfasis en la doctrina de protección integral de los derechos humanos de las mujeres, en el conocimiento de las medidas y los programas que las protegen, así como de los recursos jurídicos que las asisten.
VI. Asegurar la difusión y promoción de los derechos de los derechos de las mujeres indígenas con base en el reconocimiento de la composición pluricultural de la nación.
Por todo lo anterior, a través del grupo multidisciplinario con el respaldo de promotoras y actores comunitarios estratégicos que fungirán de apoyo para la ejecución de actividades preventivas en territorio. Se hace necesario realizar la función principal la difundir información, orientación comunitaria y la identificación temprana de factores de riesgo asociados a la violencia contra las mujeres.
Además, las acciones se deben de realizar en la lengua materna de las comunidades, para garantizar la accesibilidad, comprensión y pertinencia cultural de los contenidos, conforme al principio de interculturalidad y al derecho de los pueblos indígenas a recibir información en su propio idioma.
Se busca fortalecer los mecanismos comunitarios de prevención, promover entornos seguros y libres de violencias, así como contribuir al cumplimiento de las medidas de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, en la II Medida de prevención numeral 5 y 8 inciso a; en concordancia con los lineamientos y criterios establecidos en las presentes Reglas de Operación y en la normatividad federal aplicable.
 
Inciso B:
La persistencia de la violencia contra las mujeres en el Estado de Chiapas, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH 2021), estima que, en Chiapas, el 48.7% de las mujeres de 15 años o más, experimentaron algún tipo de violencia.
A diez años de la implementación de la DAVGM resulta indispensable consolidar un esquema especializado que permita reforzar la coordinación interinstitucional, el monitoreo y la supervisión del cumplimiento de las medidas:
I. Seguridad, II. Prevención y III. Justicia y reparación.
Por lo antes expuesto, se hace necesario y urgente instalar mesas de trabajo interinstitucionales con instancias estatales y municipales involucradas, a fin de capacitar a las y los servidores públicos y establecer acciones urgentes para intensificar el desarrollo de las acciones estratégicas que atiendan las medidas de la DAVGM; así mismo lograr que se difunda de manera permanente contenidos preventivos en medios digitales y comunitarios, con enfoque intercultural y territorial, en especial materiales de feminicidios que contenga información sobre las rutas de atención y números de emergencia al alcance de las mujeres, las adolescentes y las niñas; en cumplimiento a lo establecido en artículo 23 y 53 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias y a lo establecido en la medida II numeral 1 y 5, resolutivo cuarto y considerando de la DAVGM.
 
Inciso D:
Según los Principales Resultados de Chiapas presentados en agosto de 2022 basados en la ENDIREH 2021, el 48.7% de las mujeres de 15 años o más han experimentado algún tipo de violencia (psicológica, física, sexual, económica o patrimonial) a lo largo de su vida, y el 26.9% en los últimos 12 meses. A nivel nacional, la prevalencia por tipo de violencia fue: psicológica 51.6%, física 34.7%, sexual 49.7%, económica, patrimonial y/o discriminación 27.4%. En Chiapas, estas cifras fueron menores: psicológica 32.5%, física 22.7%, sexual 27.9% y económica-patrimonial 15.8%. Respecto a la prevalencia por ámbito, a nivel nacional se registraron: escolar 32.3%, laboral 27.9%, comunitario 45.6%, familiar 11.4% y pareja 39.9%; mientras que en Chiapas las cifras fueron menores: escolar 20.2%, laboral 17.2%, comunitario 24.2%, familiar 6.5% y pareja 28.1%.
Ante este contexto, y en el marco de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género para Chiapas, resulta fundamental implementar una estrategia educativa a través de mecanismo de trabajo interinstitucional con el sector educativo para prevenir y atender prácticas discriminatorias, matrimonios forzados, violencia sexual y trata de personas en el nivel secundaria y media superior con enfoque de Derechos Humanos, con Perspectiva de Género, Interculturalidad e Interseccionalidad a las Mujeres, Mujeres Indígenas, Adolescentes y Niñas en situación de violencia, en el marco de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género para el Estado de Chiapas, es de suma importancia brindar herramientas e información de intervención primaria en lenguas Tsotsil para que conozcan y ejerzan sus derechos. de acuerdo con la medida de II Prevención, numeral 2 de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Chiapas.
 
Inciso G:
En el 2025, el BAESVIM generó los siguientes datos transferidos al BANAVIM, de mujeres en situación de violencias del total de los casos, la mayor proporción de las víctimas se encuentra en el grupo de 63 o más años de edad con el 20.0% seguido del grupo de 28 a 32 años con el 12.93%, de 33 a 37 años con el 12-82%, de 38a 42 años con el 11.39%, de 23 a 27 años con el 10.13%, de 43 a 47 años con el 7.53%, de 18 a 22 años con el 7.35%, de 48 a 52 años con el 5.81%, de 12 a 17 años con el 3.85%, de 53 a 57 años con el 3.40%, de 58 a 62 años con el 2.92%, de 6 a 11 años con el 1.22% y de 0a 5 años con 0.51%. Cabe mencionar que en el 2025 se contó con un total de registros del proyecto de MUJERES/AVGM/002/CHIS/2025, 279 registros de mujeres en situación de violencias.
Por ello, se requiere continuar fortaleciendo el Banco Nacional de Datos, para registrar los Casos y los servicios que se brindar a las mujeres en Situación de Violencia (BANAVIM), razonando el análisis estadístico e interpretación de datos cualitativos y cuantitativos de información de registros únicos de casos de mujeres en Situación de Violencia con Perspectiva de Género, con la finalidad de suministrar los casos de mujeres en situación de violencias que las Instituciones Gubernamentales atienden desde el ámbito estatal y municipal. en correspondencia a la medida II numeral 3 de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Chiapas.
SEGURIDAD
Inciso C:
De acuerdo con el Atlas de Feminicidios de la fiscalía general del estado de Chiapas, en el año 2024, se registraron 35 víctimas y en el año 2025, la cifra es de 32. En el delito de violencia familiar, en los datos presentados en la página de la alerta de violencia de género del estado de Chiapas, por delitos de violencia familiar enunciados por carpeta de investigación (FGE) se registraron 131 casos (2024) y 132 casos (2025).
En lo que refiere a los delitos de violencia contra las mujeres en el periodo de 08 de diciembre de 2024 al 11 de noviembre de 2025, se registraron las siguientes cifras de acuerdo con la Dirección Estatal de Coordinación, Control, Comando, Comunicación y Cómputo: Chiapa de Corzo 272 incidentes, Comitán 69, San Cristóbal de las Casas 1,426, Tapachula 1299, Tonalá 42, Villaflores 20, Tuxtla Gutiérrez 1806.
Este panorama impone al Estado la obligación de fortalecer las capacidades operativas, técnicas y jurídicas del personal policial como primer respondiente y autoridad de proximidad.
La actuación policial en casos de violencia contra las mujeres no puede limitarse a una respuesta reactiva; requiere la aplicación rigurosa de protocolos nacionales e internacionales, enfoque de derechos humanos, perspectiva de género y debida diligencia reforzada.
JUSTICIA
Inciso D
Relevancia territorial: Tuxtla Gutiérrez como polo de atención y concentración institucional, es el municipio más poblado de Chiapas, con 604,147 habitantes (Censo 2020), lo que implica demanda sostenida de servicios públicos, incluida la procuración de justicia y la atención especializada a violencias.
Además, Chiapas cuenta con Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) (18 de noviembre de 2016) que incluye, entre otros municipios, Tuxtla Gutiérrez, lo que refuerza la necesidad de capacidades institucionales específicas para prevenir, atender e investigar con enfoque de género.
Magnitud de la problemática:
·      Prevalencia de violencia contra mujeres y niñas en Chiapas, la ENDIREH 2021 reporta que 48.7% de las mujeres de 15 años y más ha vivido al menos un incidente de violencia a lo largo de su vida, y 26.9% en los 12 meses previos a la encuesta.
·      Estos niveles de prevalencia implican un volumen potencial alto de hechos que pueden requerir intervención ministerial (denuncia, medidas de protección, investigación, peritajes, judicialización), y exigen respuestas consistentes con estándares de derechos humanos y perspectiva de género.
·      Señales operativas de incidencia delictiva y patrones vinculados a violencia de género.
·      Con base en la serie de incidencia delictiva reportada con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) (compilación estatal), en Chiapas, (enero-septiembre 2025) se registraron 9,000 delitos acumulados, dentro de ellos 21 feminicidios (enero-septiembre 2025) y 615 casos de violencia familiar (enero-septiembre 2025).
·      Aunque estas cifras son estatales, son relevantes para la ciudad de Tuxtla Gutiérrez por dos razones técnicas:
1.     Tuxtla está dentro de los municipios con AVGM, y
2.     Al ser el municipio con mayor población, es un centro natural de atención, canalización y coordinación interinstitucional para fiscalías de materia y distrito.
·      Obstáculos de acceso y eficacia: cifra negra y resultados limitados de las carpetas de investigación.
·      Asimismo, la eficacia institucional debe analizarse también a la luz de las denuncias. En Chiapas, 96.6% de los delitos no se denunciaron (ENVIPE 2024 para el año 2023, nota estadística estatal).
·      -A nivel nacional, Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2025 reporta que, de las carpetas iniciadas ante el Ministerio Público, en 39.2% de los casos "no pasó nada"; adicionalmente, solo 0.8% del total de delitos derivó en resultados como recuperación de bienes, puesta a disposición de una persona ante juez, perdón o reparación del daño (dato nacional de resultado agregado).
Para esto, es vital la formación del funcionariado público especializado en el tema, a través de procesos de capacitación y taller práctico al personal ministerial, de investigación y de apoyo administrativo ante estos actos de violencia que puedan conllevar a la investigación del delito de feminicidio con perspectiva de género beneficiando ampliamente a las mujeres.
Por lo antes expuesto, se requiere fortalecer los procesos de justicia y garantizarán la debida atención y diligencia, sin estereotipos, revictimización y desigualdad que enfrentan las mujeres en las investigaciones e integración de su carpeta de averiguación ante estos actos violentos de feminicidio y otros delitos.
 
ACCIÓN COADYUVANTE
MEDIDA DE LA DECLARATORIA DE ALERTA DE VIOLENCIA
OBJETIVO
ATENCIÓN
AC01 Atención.
Inciso B: Garantizar el acceso oportuno, gratuito y especializado a servicios jurídicos, médicos y psicológicos para las víctimas directas e indirectas de cualquier forma de violencias, con un enfoque de derechos humanos, género, interseccionalidad y no revictimización.
III. Medidas de Justicia y Reparación
Numeral 1, Primer párrafo.
Con base en el artículo 26, fracción I de la Ley General de Acceso, se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia y que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad todos los casos de violencia contra las mujeres y feminicidio.
Numeral 7.
De conformidad con el artículo 26 de la Ley de Acceso, se deberá realizar un plan individualizado de reparación integral del daño respecto a los casos de homicidios de mujeres y/o feminicidios. Para estos efectos, se deberán de considerar los estándares básicos en materia de reparación del daño, reconocidos por el derecho internacional de los derechos humanos, así como lo establecido en la Ley de Víctimas, la Ley de -Atención a Víctimas para el Estado de Chiapas y la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el estado de Chiapas.
Garantizar la atención integral a las mujeres, adolescentes y niñas que han sido víctimas directas e indirectas de violencias, mediante la prestación de los servicios gratuitos y especializados con un enfoque de derechos humanos, género, interseccionalidad y no revictimización, mediante un plan individualizado de reparación integral de los casos de feminicidios y homicidios con profesionales en ciencias jurídicas, psicología, médico y trabajo social, en los siete municipios con AVGM con la finalidad de lograr el acceso a la justicia pronta y expedita y el acceso a la reparación integral del daño sufrido en el estado de Chiapas.;
PREVENCIÓN
AC02. PREVENCIÓN INCISO A:
Desarrollar campañas de sensibilización en lenguas indígenas y pertinencia cultural sobre los derechos de las mujeres, la igualdad de género, la prevención de la violencia y la identificación de factores de riesgo dirigidas a las mujeres, niñas y adolescentes indígenas y afromexicanas.
II. Medidas de Prevención
Numeral 5.
Generar campañas interculturales, permanentes encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatal, municipal y comunitario, a fin de dar a conocer los derechos de las niñas y mujeres primordialmente, el derecho a una vida libre de violencia y que permitan identificar sus tipos y modalidades.
Apartado a:
Diseñar una estrategia transversal de prevención de la violencia contra las mujeres indígenas al interior de sus comunidades, que tenga como objetivo transformar los patrones socioculturales que producen y reproducen la violencia. Para la construcción de dicha estrategia se debe contar con la participación de las mujeres a quienes se dirigirá.
Fortalecer la prevención integral de las mujeres, adolescentes, niñas, mujeres indígenas y afromexicanas, a través de la prevención de las violencias directas e indirectas, mediante campañas comunitarias de sensibilización en lenguas indígenas y pertinencia cultural, diseñadas e impartidas con personal especializado en psicología, jurídico, trabajo social y ciencias de la comunicación en los municipios de San Juan Cancuc, Tenejapa, Zinacantán, San Cristóbal de Las Casas y Tonalá en el estado de Chiapas.
AC02 Prevención Inciso B:
Diseñar y ejecutar campañas permanentes en espacios públicos, transporte, medios digitales y comunitarios sobre prevención del feminicidio y violencia sexual, rutas de atención y números de emergencia y que puede incluir la capacitación a operadores de transporte público concesionado y plataformas.
II. Medidas Prevención
Numeral 5.
Generar campañas interculturales, permanentes encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatal, municipal y comunitario, con el fin de dar a conocer los derechos de las niñas y mujeres, primordialmente, el derecho a una vida libre de violencia, y que permitan identificar sus tipos y modalidades.
Numeral 7:
Fortalecer la Secretaría para el Desarrollo y el Empoderamiento de las Mujeres, y todas las instancias encargadas de Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres, con recursos presupuestales y humanos.
RESOLUTIVO CUARTO. 23, fracción I de la Ley General de Acceso, el grupo de trabajo se constituirá en el grupo interinstitucional y multidisciplinario que dará seguimiento y evaluará las acciones emprendidas por el gobierno del estado de Chiapas para atender la presente declaratoria de AVGM.
CONSIDERANDO. Que a partir de un minucioso proceso de análisis sobre la situación que viven las mujeres en la entidad, y de corroborar diversas problemáticas culturales, sociales e institucionales que han derivado en el aumento de los índices de violencia cometida en contra de las mujeres, el Sistema Nacional, presidido por la Secretaría de Gobernación, determinó la conveniencia de coordinar acciones interinstitucionales que permitan poner en marcha una estrategia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, a partir de la declaratoria de alerta de violencia de género en Chiapas.
Fortalecer la coordinación interinstitucional entre las instancias estatales y municipios con AVGM, para lograr el cumplimiento de las medidas establecidas en la DAVGM, mediante la capacitación a personas servidoras públicas involucradas y el seguimiento de las acciones que desarrollan, además de lograr la difusión permanente de contenidos preventivos en medios digitales y comunitarios, con enfoque en Derechos Humanos, género, interseccionalidad, interculturalidad y territorial, en especial materiales de feminicidios y violación sexual y que contenga información sobre las rutas de atención y números de emergencia al alcance de las mujeres, las adolescentes y las niñas a fin de reducir las condiciones de riesgo en el estado de Chiapas.
AC02 Prevención
Inciso D. Establecer mecanismo de trabajo interinstitucional con escuelas de educación secundaria y media superior para prevenir y atender de manera inmediata las prácticas discriminatorias, matrimonios forzados, violencia sexual, trata de personas y otras violencias que afecten a mujeres, adolescentes y niñas indígenas.
Medida de Prevención II Numeral 2.
Establecer una estrategia educativa mediante un trabajo interinstitucional en las escuelas secundaria y media superior mediante pláticas para prevenir prácticas discriminatorias, matrimonios forzados, violencia sexual, trata de personas y otras violencias que afecten a mujeres, adolescentes y niñas indígenas con enfoque intercultural en Derechos Humanos y Perspectiva de Género.
Asimismo, se capacitará mediante talleres a 10 redes comunitarias con herramientas teóricas y prácticas con temas de Reconocimiento distribución de cuidados, empoderamiento económico y detección de indicadores de violencia de género para prevención de feminicidios, con enfoque de derechos humanos, con perspectiva de género, interculturalidad e interseccionalidad a las mujeres, mujeres indígenas, adolescentes en situación de violencias.
Implementar un mecanismo de trabajo interinstitucional mediante las pláticas, talleres y seguimiento a las redes comunitarias, que fortalezcan habilidades en el conocimiento y ejercicio de sus derechos a través de la Cartilla de Derechos de las Mujeres, con perspectiva de Género, Interculturalidad e Interseccionalidad. de la población del nivel secundaria y media superior para prevenir y atender de manera inmediata las prácticas discriminatorias, matrimonios forzados, violencia sexual, trata de personas y otras violencias que afecten a mujeres, adolescentes y niñas indígenas en el estado de Chiapas.
AC02. Prevención
Inciso G:
Fortalecimiento de la captura, análisis y procesamiento de la información en el BANAVIM, comprometiéndose al llenado de la carta compromiso de confidencialidad, no divulgación, reserva y resguardo de información de datos personales, derivado de las funciones de atención de todo el personal que se registre en el BANAVIM.
Medida de Prevención II Numeral 3.
Integrar y actualizar Adecuadamente el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres. Esta medida deberá permitir en un plazo razonable monitorear las tendencias de la violencia contra las mujeres, realizar estadísticas y diagnósticos periódicos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones de la violencia y, en consecuencia, instrumentar políticas públicas efectivas. La información vertida en este banco debe ser reportada también al Banco Nacional de Datos e Información sobre los Casos de Violencia contra las Mujeres.
Fortalecer el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres con el objetivo de administrar, concentrar y resguardar la información generada por las instituciones responsables de la atención, prevención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres , con forme a las funciones y competencias de cada institución que permitirá la generación de diagnósticos, estadísticas toma de decisiones para la implementación de políticas públicas con perspectiva de género y derechos humanos y realizar el análisis de la calidad de la información del suministro que realicen las profesionistas que brindaran la atención de casos en situación de violencia asegurar el cumplimiento en la transferencia de información al BANAVIM en el estado de Chiapas.
SEGURIDAD
AC03. Seguridad
Inciso C:
Capacitar a cuerpos policiales y/o primeros respondientes sobre identificación y atención de casos de violencias con riesgo feminicida en espacios públicos; acompañamiento de casos reincidentes de violencias y actuación inmediata basada en protocolos nacionales e internacionales.
I. Medidas de Seguridad
Numeral 5.
Crear y/o fortalecer las agrupaciones estatales, municipales o mixtas especializadas en seguridad pública, así como cédulas municipales de reacción inmediata. Estas agrupaciones deberán integrarse multidisciplinariamente, actuar coordinadamente entre ellas y otros factores estratégicos, y su personal deberá estar capacitado para ejecutar sus funciones con perspectiva de género.
Garantizar la actuación policial adecuada de los primeros respondientes de los municipios de Comitán de Domínguez, San Cristóbal de las Casas, Tapachula, Tonalá, Villaflores, Chiapa de Corzo y Tuxtla Gutiérrez, a través de un proceso de capacitación para fortalecer sus capacidades técnicas y operativas en la identificación temprana, así como atención oportuna y acompañamiento adecuado de casos de violencia contra las mujeres con riesgo feminicida, mediante procesos de formación especializados y alineados a protocolos nacionales e internacionales, que permitan garantizar la protección de las víctimas y reducir los factores de riesgo feminicida en el estado de Chiapas.
JUSTICIA
AC04. Justicia
Inciso D:
Impulsar la capacitación al personal ministerial y de investigación (fiscales del ministerio público, policías ministeriales y peritos) para la atención, investigación e integración de pruebas en las carpetas de investigación con perspectiva de género e intercultural en casos de violencia de género contra las mujeres.
Inciso D:
Medida III de Justicia y Reparación, primer párrafo.
Con base en el artículo 26, fracción I de la Ley General de Acceso, se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia y que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad todos los casos de violencia contra las mujeres y feminicidio.
Garantizar que las personas funcionarias ministeriales, de investigación y apoyo administrativo de las Fiscalías de la Mujer, Distrito Metropolitano y Derechos Humanos, por medio de la contratación de una consultoría experta en temas de derechos humanos y de la mujer, para que resuelvan e investiguen con la debida atención y diligencia las carpetas de investigación bajo los estándares de derechos humanos y de las mujeres en el estado de Chiapas.
C2. METODOLOGÍA
ATENCIÓN
 
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
AC01: Atención:
Inciso B:
Brindar la atención integral a las víctimas directas e indirectas con 7 personas profesionistas especializadas en ciencias jurídicas, psicología, médico y trabajo social, en los municipios de Tuxtla Gutiérrez, Chiapa de Corzo, Villaflores, San Cristóbal de las Casas, Comitán de Domínguez, Tapachula y Tonalá, con el propósito de garantizar que se reconozca los derechos de las víctimas, en especial el derecho a la asistencia, protección, atención, justicia Y reparación integral; dando prioridad a los casos de feminicidios y homicidios.
Profesionistas Jurídicas:1.- Realizar las mesas de reuniones con las Fiscalías de Distrito y Especializados.
2.-Revisar 24 casos de seguimiento y 21 nuevos casos de las mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencias, en especial los 25 casos de feminicidios y homicidios.
3.-Realizar la vinculación con las instancias involucradas, gestionando los servicios jurídicos que se requieran.
4.-Elaborar el Plan de Atención de cada caso.
5.-Realizar de manera integral las visitas domiciliarias para integrar la información de los expedientes que permita lograr el acceso a las ayudas, asistencia y la reparación integral del daño.
6.-Brindar la asesoría jurídica, representación y acompañamiento a las víctimas, durante el desarrollo de su proceso jurídico.
7.-Elaborar el Plan Individualizado de reparación del daño.
Profesionista Psicología Clínica:
1.- Participar en las mesas de reuniones con las Fiscalías de Distrito y Especializados, para conocer sobre los casos identificados y determinados, de la información de las carpetas de investigación, en materia psicológica.
2.-Revisar y actualizar la información psicológica de los expedientes de años anteriores, para retomar las sesiones psicológicas de las 48 víctimas directas e indirectas, que se ven afectadas por el hecho victimizante.
3. -Participar en las visitas domiciliarias, para brindar la contención emocional y desarrollar con la víctima el programa de sesiones psicológicas requeridas en su caso.
4.-Elaborar las valoraciones y dictámenes psicológicos.
Profesionista Medicina General:
1.-Conocer sobre los casos identificados y determinados y analizar la información de las carpetas de investigación para determinar los servicios requeridos en atención médica, según cada caso.
2.-Revisar los diagnósticos médicos de los expedientes de años anteriores, para retomar el seguimiento médico que requieren las víctimas directas e indirectas.
3.-Brindar atención médica emergente y/o su canalización a las instancias de salud especializadas.
4.- Actualizar y/o realizar las valoraciones médicas, que formarán parte del expediente jurídico para su atención integral.
5.- Participar en las visitas domiciliarias, cuando se requiera para conocer de cerca la situación médica de las víctimas y canalizarlas en el Centro de Salud más cercano a su lugar de origen, según cada caso.
Profesionista en Trabajo Social:
1.- Conocer sobre los casos identificados y determinados y analizar la información de las carpetas de investigación y programar la entrevista inicial domiciliaria, según cada caso.
2.-Realizar las visitas domiciliarias para la entrevista inicial y realizar el levantamiento de la información socioeconómica de las víctimas directas e indirectas; requisito indispensable establecido en la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas para el Estado de Chiapas.
3.-Integrar el expediente de cada una de las víctimas, con la información para tramitar el Registro Estatal de Víctimas, para que las personas que han sufrido un daño directo o indirecto debido a la comisión de un delito puedan acceder a las ayudas, asistencias y la reparación del daño que marca la citada Ley.
Porcentaje de víctimas de violencias directas e indirectas atendidas por el área jurídica (desagregado por edad y género).
Fórmula: Número de víctimas de violencias atendidas / Total de víctimas de violencias que solicitaron el servicio × 100.
Porcentaje de las víctimas de violencias directas e indirectas atendidas por el área de psicología (desagregado por edad y género).
Fórmula: Número de víctimas de violencias atendidas / Total de víctimas de violencias que solicitaron el servicio × 100
Porcentaje de casos de las mujeres, adolescentes y niñas víctimas de violencias atendidas en relación con los reportes de violencia en los municipios que cuentan con alerta de violencia en nuestro Estado
Formula: Número de casos de víctimas atendidas en la CEEAV / Total de reportes de casos de violencia registrados en los siete municipios con AVGM × 100
Porcentaje de las víctimas de violencias directas e indirectas atendidas por el área médica (desagregado por edad y género).
Fórmula: Número de víctimas de violencias atendidas / Total de víctimas de violencias que solicitaron el servicio × 100
Porcentaje de víctimas de violencias directas e indirectas con expedientes integrados (desagregado por edad y género).
Fórmula: Número de víctimas de violencias atendidas / Total de víctimas de violencias que solicitaron el servicio × 100
-Bitácoras de atención con datos testados conforme a la normatividad de protección de datos personales.
-Plan de Intervención.
-Memoria fotográfica del espacio de atención (con fecha).
-Registro de sesiones (fecha, modalidad presencial /virtual).
- Bitácoras de actividades de las personas profesionistas.
-Informe de seguimiento de caso, que incluyan casos concluidos y en seguimiento.
-Informe cualitativo-cuantitativo, mensual y final de los profesionistas (PDF y Excel).
-Informe mensual y final cualitativo-cuantitativo de resultados de la acción (PDF y Excel).
 
PREVENCIÓN
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
AC02
Prevención
Inciso A:
Fortalecer la atención integral de las mujeres, adolescentes, niñas, mujeres indígenas y afromexicanas, a través de la prevención de las violencias directas e indirectas, mediante campañas comunitarias de sensibilización en lenguas indígenas y pertinencia cultural, diseñadas e impartidas mediante pláticas y programas de radio con personal especializado en psicología, jurídico, trabajo social y ciencias de la comunicación en los municipios de San Juan Cancuc, Tenejapa, San Cristóbal de Las Casas, Tonalá y con presencia de población afromexicana.
1.- El personal Jurídico brindará 15 pláticas con una duración de 20 minutos por sesión. de derechos de las mujeres, empoderamiento económico y sistemas normativos internos (usos y costumbres) dirigido a 450 personas participantes.
2.-La Profesionista psicóloga brindará 15 pláticas con una duración de 20 minutos por sesión. Con perspectiva de género y salud mental, dirigido a 450 personas participantes.
3.- El personal de trabajo social brindará 15 pláticas con una duración de 20 minutos por sesión. en lengua materna con perspectiva de género, y la identificación de factores de riesgos al interior de sus comunidades, dirigido a 450 personas.
4.- El personal de ciencias de la comunicación se realizará 8 programas con una duración de 20 minutos por sesión. de radio en español y lengua Materna en los Municipios de San Cristóbal de Las Casas, Tonalá y Zinacantán- Se implementará acciones preventivas de difusión y perifoneo en la plataformas digitales y comunidades, respectivamente con temas de: violencias directas e indirectas con perspectiva de género, pertinencia cultural sobre los derechos de las mujeres, la igualdad de género, la prevención de la violencia y la identificación de factores de riesgos dirigidas a las mujeres, niñas y adolescentes indígenas y afromexicanas.
Porcentaje de Mujeres, Adolescentes, Niñas Indígenas y Afromexicanas asistentes a las campañas de pláticas.
Fórmula:
Número de Mujeres, Adolescentes, Niñas Indígenas y Afromexicanas asistentes a las campañas / Total de Mujeres, Adolescentes, Niñas Indígenas y Afromexicanas en los municipios.
Porcentaje de programas emitidos a través de radiodifusoras comunitarias
Fórmula:
Número de programas radiofónicos realizados / Total de programas radiofónicos programados.
Informe cualitativo y cuantitativo, mensual y final de los profesionistas que contendrá:
Programa o carta descriptiva de las pláticas.
Bitácoras de actividades de las personas profesionistas.
-Metodología de la campaña.
-Link de acceso Spots de difusión en radio.
-Link de acceso a videos de campaña de difusión en altavoces cápsulas informativas, contenido en lengua indígena.
-Memoria fotográfica de la campaña.
-capturas de pantalla de publicaciones en medios digitales.
-Bitácora de actividades realizadas.
AC02
Prevención
Inciso B:
Implementar el mecanismo de seguimiento interinstitucional de las acciones de prevención y atención que desarrollan las instancias estatales y autoridades de los municipios de Comitán de Domínguez, Chiapa de Corzo, San Cristóbal de las Casas, Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez y Villaflores que cuentan con DAVGM, a través un grupo de profesionales especializados que otorgará talleres en modalidad presencial y/o virtual a las personas servidoras públicas en la entidad.
Profesionista en Ciencias Jurídicas
1.- Instalación de 8 mesas de trabajo interinstitucionales y seguimiento a fin de establecer mecanismos de coordinación, definir responsabilidades, acordar rutas de actuación y dar seguimiento conjunto a las acciones derivadas de la DAVGM; asimismo, la persona contratada será responsable de llevar a cabo la convocatoria correspondiente, así como la estructuración de la línea metodológica para la operatividad de las diversas mesas, con el debido sustento jurídico.
Profesionista en Ciencias Sociales
2.- Realizar 14 capacitaciones, en modalidad de talleres de fortalecimiento de capacidades, con una duración de 5 horas, de forma presencial y/o virtual a un total de 234 personas servidoras públicas de las instancias estatales y municipales en Comitán de Domínguez, Chiapa de Corzo, San Cristóbal de las Casas, Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez y Villaflores, con el Grupo especializado en temas del cumplimento de la DAVGM.
Profesionista en Tecnologías de la Información:
1.-Coordinar e impulsar la difusión de contenidos informativos y preventivos en medios digitales y comunitarios, con enfoque intercultural y territorial, sobre prevención del feminicidio, así como los números de emergencia y alcances de la AVGM en los municipios con DAVGM, mediante la generación de materiales audiovisuales, la vinculación con actores locales y el seguimiento a su implementación, además de la sistematización de la información
Porcentaje de mesas de trabajo interinstitucionales para la atención del mecanismo de la AVGM instaladas.
Fórmula: Número de municipios con mesas de trabajo interinstitucionales instaladas / Total de municipios con DAVGM.
Porcentaje de personas servidoras públicas de las dependencias y municipios involucrados que fortalecieron sus capacidades institucionales mediante capacitaciones relacionadas con el mecanismo de la AVGM.
Fórmula: Número de personas servidoras públicas capacitadas / Total de personas servidores públicas de las Unidades de Igualdad de Género de las dependencias gubernamentales e instancias de la mujer de los municipios con AVGM.
Primer indicador
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba diagnóstica (pretest).
Fórmula:
(Total de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100
Objetivo: Identificar brechas de conocimiento antes de la capacitación.
Segundo indicador
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba final (postest).
Fórmula:
(Total de respuestas correctas en el postest / Total de preguntas) x 100
Objetivo: Medir el aprendizaje logrado al finalizar la capacitación.
Indicador final
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba diagnóstica (pretest).
Fórmula:
(Total de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100
Objetivo: Identificar brechas de conocimiento antes de la capacitación.
-Bitácoras de actividades de las personas profesionistas.
-Informe cualitativo-cuantitativo, mensual y final de los profesionistas (PDF y EXCEL).
- Informe mensual y final cualitativo-cuantitativo de resultados de la acción (PDF y Excel).
-Convocatoria o invitación emitida.
-Listas de asistencia con firma autógrafa.
-Materiales utilizados.
-Evidencia fotográfica del desarrollo de la sesión.
-Evaluaciones diagnósticas y finales (pre-post).
AC02.
Prevención
Inciso D:
Establecer mecanismo de trabajo interinstitucional con escuelas de educación secundaria y media superior para prevenir y atender de manera inmediata las prácticas discriminatorias, matrimonios forzados, violencia sexual, trata de personas y otras violencias que afecten a mujeres, adolescentes y niñas tzotziles y tseltales en los municipios de Chamula, Zinacantán, Amatenango del Valle, Teopisca, Huixtán y Tenejapa.
Profesionistas en Psicología y Trabajo Social:
1.- Realizar 72 pláticas con duración de 2 horas cada plática dirigida a 864 personas participantes.
2.- Seguimiento a 10 redes comunitarias mediante la realización de 10 talleres con una duración de 4 horas. dirigido a 120 mujeres y adolescentes en temas de Reconocimiento, Reducción y la Redistribución de los Cuidados, Empoderamiento económico y detección de indicadores de violencia de género para prevención de feminicidios.
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba diagnóstica (pre - post).
Fórmula: (Total de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100.
 
-Informe cualitativo y cuantitativo mensual y final de los profesionistas (Pdf y Excel).
-Informe mensual y final cualitativo y cuantitativo de resultados de la acción (Pdf y Excel).
-Profesionistas y bitácoras de actividades.
-Carta descriptiva de pláticas y talleres.
-Evidencia fotográfica, evaluación diagnósticas y finales (pre- post).
AC02. Prevención
Inciso G:
Fortalecer la captura y análisis de la información del Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres.
Inciso G:
Profesionista en Ciencias Jurídicas:
1.- Realizar reportes de captura en el sistema.
2.- Diseño de base de datos sobre los registros cargados al BANAVIM.
3.- Control del registro de actividades que realice cada profesionista en cuanto al suministro de datos al BANAVIM.
4.- Elaboración de los reportes mensuales y final del registro y acciones ingresados al BAESVIM y realizar la transparencia de datos al BANAVIM.
Porcentaje de registro de atenciones transferidos al BANAVIM.
Fórmula: Número de registros de atenciones transferidas al BANAVIM / Total de registros de atenciones en el BAESVIM.
-Reporte de captura de sistema (pantalla de validación sin datos sensibles).
-Bases de datos.
-Bitácoras de actividades de la persona profesionista.
-Reporte mensual y final de registros ingresados, actualizados y firmados de profesionistas (Excel).
-Reporte mensual y final de registros ingresados, actualizados y firmados de la acción (Excel).
 
SEGURIDAD
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
AC03.
Seguridad
Inciso C:
Implementar un programa de capacitación especializado para la identificación temprana, atención oportuna y acompañamiento adecuado de casos de violencia contra las mujeres con riesgo feminicida cuerpos policiales y primeros respondientes integrantes de las células de reacción inmediata de siete municipios (Comitán de Domínguez, San Cristóbal de Las Casas, Chiapa de Corzo, Tapachula, Tonalá, Villaflores y Tuxtla Gutiérrez).
Inciso C:
La consultoría contratada llevará a cabo las siguientes actividades:
Brindar 7 talleres de 3 sesiones de 4 horas cada uno, dirigido a 175 personas de los cuerpos policiales integrantes de las Células de Reacción Inmediata de siete municipios con Alerta de Violencia de Género (total de 84 horas en 21 sesiones).
Porcentaje de capacitaciones impartidas a policías integrantes de las Células de Reacción Inmediata de siete municipios
Número total de cuerpos policiales capacitados / Número total de personas integrantes de las Células de Reacción Inmediata.
Primer indicador
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba diagnóstica (pretest).
Fórmula:
(Total de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100
Objetivo: Identificar brechas de conocimiento antes de la capacitación.
Segundo indicador
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba final (postest).
Fórmula:
(Total de respuestas correctas en el postest / Total de preguntas) x 100
Objetivo: Medir el aprendizaje logrado al finalizar la capacitación.
Indicador final
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba diagnóstica (pretest).
Fórmula:
(Total de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100
Objetivo: Identificar brechas de conocimiento antes de la capacitación.
- Convocatoria o invitación emitida.
- Currículum Vitae de los facilitadores o ponentes
-Listas de asistencia con firma autógrafa
- Programa o carta descriptiva del curso sobre
-Materiales utilizados
-Evidencia fotográfica del desarrollo de la sesión
- Constancias o reconocimientos emitidos.
- Evaluaciones diagnósticas y finales (pre-post).
- Reporte mensual y final cuantitativo de resultados de la acción
- Encuesta de satisfacción.
 
JUSTICIA
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
AC04
Justicia:
Inciso D
Capacitar a 180 personas funcionarias públicas ministeriales de investigación y apoyo administrativo de las Fiscalías de la Mujer, Distrito Metropolitano y Derechos Humanos, mediante la contratación de una persona moral para la impartición de un curso especializado y un taller práctico en perspectiva de género con Sentido Humanista en Tuxtla Gutiérrez.
1.-Aplicar, sistematizar y analizar ciento ochenta (180) cuestionarios diagnósticos dirigidos a personal ministerial, de investigación y de apoyo administrativo.,
3.- Se impartirá una capacitación especializada en perspectiva de género de dos sesiones con una duración de dieciséis (16) horas por grupo (total de 96 horas en 6 grupos) dirigida a ciento ochenta (180) personas del Funcionariado público.
4.- Se desarrollará un taller práctico con duración de 8 horas por grupo (total de 24 en 3 grupos) orientado al análisis de casos reales, simulación de integración de carpetas de investigación y atención a víctimas. aplicando estándares con perspectiva de género, dirigido al mismo funcionariado
Porcentaje de personal ministerial, de investigación y de apoyo administrativo capacitados.
Fórmula: Número de funcionarios públicos (fiscales del ministerio público, policías ministeriales y peritos) capacitados en la integración de las carpetas de investigación de las Fiscalías de la Mujer, Distrito Metropolitano y Derechos Humanos. / Total de funcionarios Públicos de la fiscalía general del Estado de Chiapas que intervienen en la integración de las carpetas de investigación.
Porcentaje de personal ministerial, de investigación y de apoyo administrativo.
con constancias de reconocimiento de la capacitación y taller.
Fórmula: Número de funcionarios públicos con constancias (fiscales del ministerio público, policías ministeriales y peritos) de las Fiscalías de la Mujer, Distrito Metropolitano y Derechos Humanos. / Total de funcionarios Públicos de las Fiscalías de la Mujer, Distrito Metropolitano y Derechos Humanos.
- Convocatoria o invitación emitida.
- Currículum Vitae de los facilitadores o ponentes.
- Programa o carta descriptiva del curso sobre:
-Materiales utilizados
-Evidencia fotográfica del desarrollo de la sesión.
- Constancias o reconocimientos emitidos.
- Evaluaciones diagnósticas y finales.
- Reporte mensual y final cuantitativo de resultados de la acción.
- Encuesta de satisfacción.
C.2.1 PASOS PARA DESARROLLAR.
PASO
DESCRIPCIÓN
01
Convenio de Colaboración Interinstitucional con los actores estratégicos que implementarán las acciones de coadyuvancia para la atención de las medidas de la Declaratoria de Violencia de Género contra las Mujeres en Chiapas, de acuerdo al proyecto autorizado por la Federación.
02
Elaboración y validación del Plan de Trabajo Integral General, Cronograma de actividades y la calendarización de los recursos autorizados.
03
Contratación de profesionistas y de las personas morales de acuerdo a la normatividad establecida en la Leyes aplicables federal y estatal en la materia.
04
Gestión interinstitucional con las instancias estatales y municipales para la implementación de las acciones contempladas en el proyecto.
05
Realización de las acciones de atención, prevención, seguridad y justicia conforme a las actividades contempladas en la metodología descrita en el proyecto autorizado.
06
Supervisión y Seguimiento técnico-administrativo del cumplimiento de las actividades e indicadores programados.
07
Integración mensual de las evidencias, informes y reportes cualitativos y cuantitativos del proyecto.
08
Elaboración de los informes mensuales, parciales y finales que contengan la información cualitativa y cuantitativa de los resultados obtenidos.
09
Integrar y llevar el registro del avance financiero del subsidio aprobado en el proyecto.
10
Cumplir con la entrega de la documentación ante la Federación, de conformidad con los compromisos contraídos en el convenio de coordinación y adhesión y anexo técnico firmado.
 
C.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA
 


 
COBERTURA GEOGRÁFICA
Los municipios de Comitán de Domínguez, Chiapa de Corzo, San Cristóbal de las Casas, Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez, Villaflores y 7 municipios de los Altos de Chiapas: Amatenango del Valle, Chamula, San Juan Cancuc, Tenejapa, Teopisca, Zinacantán y Huixtán.
 
C.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
 
#
ACTORES ESTRATÉGICOS
INSTRUMENTO JÚRIDICO Y/O MECANISMO DE COORDINACIÓN
CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO
AC01.- ATENCIÓN
1
INCISO B:
Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas para el Estado de Chiapas.
-Convenio de colaboración.
Contribuir al proyecto mediante la atención integral a las mujeres, adolescentes y niñas que han sido víctimas directas e indirectas de violencias, mediante la prestación de los servicios gratuitos y especializados con un enfoque de derechos humanos, género, interseccionalidad y no revictimización, con los profesionales en psicología, ciencias jurídicas, médico y servicio social, que brinden el acompañamiento victimal en los municipios de Tuxtla Gutiérrez, Chiapa de Corzo, Villaflores, San Cristóbal de las Casas, Comitán de Domínguez, Tapachula y Tonalá, para garantizar el acceso a la justicia pronta y expedita, haciendo énfasis en el plan individualizado de reparación integral de los casos de feminicidios y homicidios; en cumplimiento a la medida III de Justicia y Reparación punto 1 primer párrafo y 7 de la Declaratoria de la AVGM en Chiapas.
AC02. PREVENCION
2
INCISO A:
Secretaría Para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas.
-Convenio de colaboración.
Contribuir con acciones de prevención y campañas comunitarias de sensibilización en lenguas indígenas y pertinencia cultural sobre los derechos de las mujeres la igualdad de género, la prevención de la violencia y la identificación de factores de riesgo dirigidas a las Mujeres, niñas y adolescentes indígenas y afromexicanas que constaran de una psicóloga, una abogada. una trabajadora social y un personal de ciencias de la comunicación. En los municipios indígenas de: San Juan Cancuc, Tenejapa y Zinacantán que cuentan con acciones específicas de la AVGM correspondiente a la Región Altos de Chiapas y los Municipios de San Cristóbal de Las Casas y Tonalá que cuenta con la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres y presencia de población afromexicana.
3
INCISO B:
Secretaría General de Gobierno y Mediación.
-Convenio de colaboración.
-Actas de instalación de las Mesas de trabajo y minutas de acuerdos interinstitucionales y municipales de seguimiento de la DAVGM.
Contribuir a la implementación de la estrategia de seguimiento a las acciones impulsadas por los organismos del poder ejecutivo e instancias municipales, para el cumplimiento de las medidas de la Declaratoria de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Chiapas.
4
INCISO D: Ayuntamientos Municipales
-Acuerdo de Coordinación con los Consejos de Igualdad Municipales.
Contribuir al proyecto mediante la garantía de condiciones adecuadas de logística, difusión y seguridad para el personal contratado, a fin de asegurar la implementación efectiva de la estrategia educativa dirigida a mujeres, mujeres indígenas, adolescentes y niñas en situación de violencia. Esta estrategia se desarrollará con perspectiva de género, enfoque en derechos humanos, interculturalidad e interseccionalidad, en el marco de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el Estado de Chiapas, fortaleciendo el acceso a la información, la prevención de la violencia y la promoción de sus derechos.
5
INCISO G:
Secretaría General de Gobierno y Mediación
Secretaría de Protección Civil
Secretaría de Infraestructura
Secretaría de Economía y del Trabajo
Secretaría del Campo
Secretaría de Turismo
Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas
Secretaría de Salud
Secretaría de Educación
Secretaría de Seguridad del Pueblo
Secretaría de Movilidad y Transporte
Secretaría de Pesca y Acuacultura Secretaría de Seguridad del Pueblo, Fiscalía General del Estado.
-Oficios de cumplimiento de avance de registro de atenciones de violencia girado a todas las instancias involucradas del gobierno del Estado de Chiapas.
Contribuir al proyecto mediante el fortalecimiento del Banco Nacional de Datos de Casos de Mujeres en Situación de Violencia (BANAVIM), a través del registro sistemático y oportuno de las atenciones brindadas por las instancias gubernamentales del Gobierno de Chiapas.
Esto incluye la realización de análisis estadísticos, así como la interpretación de datos cualitativos y cuantitativos provenientes de los registros únicos de casos, integrados en el Banco Estatal de Datos de Casos de Mujeres en Situación de Violencia (BAESVIM), asegurando que dicho análisis se realice con perspectiva de género para generar información útil que contribuya a la toma de decisiones, al diseño de políticas públicas y al seguimiento efectivo de la Alerta de Violencia de Genero contra las Mujeres.
AC03. SEGURIDAD
6
INCISO C:
Secretaría de Seguridad del Pueblo
 
-Minuta de trabajo de coordinación con las autoridades municipales de los ayuntamientos.
Contribuir al proyecto mediante la capacitación de las policías municipales de Tuxtla Gutiérrez, Comitán, Tonalá, Chiapa de Corzo, Tapachula, Villaflores y San Cristóbal de las Casas.
AC04. JUSTICIA
7
INCISO D.
Fiscalía General del Estado de Chiapas a través de la Fiscalía Distrito Metropolitano, Fiscalía de la Mujer y Fiscalía de Derechos Humanos.
-Convenio de colaboración.
Coordinar, validar y acompañar institucionalmente el desarrollo del proyecto y validar al personal que asistirá. Así mismo, procurar la participación del personal asignado en el taller.
8
INCISO D.
Instituto de Administración Pública de CHIAPAS IAP/Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del estado de Chiapas CATECH/ Universidad Autónoma de Ciencias y Artes de Chiapas UNICACH/Universidad Autónoma de Chiapas UNACH
Documento de validación
Aportación de datos y facilitación de información para la Norma EC0539 Atención presencial de primer contacto a mujeres víctimas de violencia de género.
 
C.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
AC01. ATENCIÓN: INCISO B:
Resistencia o negativa de las víctimas directas e indirectas para incorporarse al proceso de atención integral, seguimiento jurídico o implementación del plan individualizado de reparación integral del daño, lo que podría limitar el alcance de las acciones institucionales y el acceso efectivo a la justicia y reparación.
Se implementarán acciones de sensibilización y acompañamiento especializado mediante atención personalizada por parte del equipo multidisciplinario, brindando información clara sobre sus derechos, procedimientos, medidas de protección, acceso a ayudas y mecanismos de reparación integral previstos en la normatividad aplicable, privilegiando en todo momento el consentimiento informado, la no revictimización y el enfoque diferencial
AC02. PREVENCIÓN INCISO A:
Limitada disponibilidad de personal bilingüe con perfil especializado para la implementación de actividades en lenguas indígenas y contextos comunitarios.
Resistencia o falta de autorización por parte de autoridades comunitarias para el desarrollo de actividades preventivas en territorio.
Suspensión o retraso de actividades derivado de fenómenos naturales, contingencias climatológicas o bloqueos carreteros
Se establecerán mecanismos de vinculación y coordinación con instituciones educativas, centros de lenguas indígenas, autoridades comunitarias y redes locales para la identificación y contratación de perfiles especializados con pertinencia cultural y lingüística.
Se realizarán acciones previas de concertación, sensibilización y vinculación comunitaria con autoridades tradicionales y actores estratégicos locales, a fin de fortalecer la aceptación y participación comunitaria en las actividades del proyecto.
Se implementarán mecanismos de reprogramación operativa, rutas alternas de traslado y coordinación institucional local, priorizando en todo momento la seguridad del personal y de la población beneficiaria para garantizar la continuidad de las acciones programadas.
INCISO B:
Que las instancias estatales y autoridades municipales no coadyuven en el cumplimiento a las medidas de la DAVGM en Chiapas.
Que las personas servidoras públicas del ámbito estatal y municipal no tengan interés en capacitarse.
Que las instancias estatales y municipales no difundan los contenidos digitales e impresos.
Sensibilizar de la importancia del cumplimiento a las medidas de la DAVGM, para evitar observaciones por el Grupo Interinstitucional Multidisciplinario (GIM).
Exhortar a las personas servidoras públicas de la importancia de las capacitaciones y las sanciones por incumplimiento.
Actas por incumplimiento de minutas de acuerdo.
INCISO D:
Falta de voluntad institucional y compromiso por parte de los municipios en los que tendrá incidencia el proyecto, lo que puede traducirse en una limitada colaboración, escasa asignación de recursos locales y dificultades en la implementación y sostenibilidad de las acciones previstas.
Se propone realizar acciones de cabildeo institucional y político orientadas a sensibilizar y comprometer a los H. Ayuntamientos de los municipios con incidencia en el proyecto, promoviendo su participación activa, la asignación de recursos y el acompañamiento en la implementación de las acciones, a fin de fortalecer la corresponsabilidad y asegurar la sostenibilidad de los resultados.
INCISO G:
Falta de compromiso por parte de las instituciones responsable para registrar de manera oportuna y completa la información en el Banco Nacional de Datos e Información sobre los Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM), lo que puede afectar la calidad, consistencia y utilidad de los datos para la toma de decisiones y el seguimiento de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.
Se establecerá un mecanismo de seguimiento mensual al registro de información en el BANAVIM, mediante reuniones y coordinación directa con las y los enlaces designados de las Instituciones del Gobierno del Estado, con el objetivo de supervisar el cumplimiento, resolver dudas técnicas y reforzar el compromiso institucional en la alimentación oportuna y adecuada del sistema.
AC03. SEGURIDAD INCISO C:
Rotación, cambio o baja del personal policial participante durante la implementación del programa de capacitación.
Se establecerá coordinación permanente con los ayuntamientos participantes para la actualización de listados y, en su caso, la incorporación de nuevo personal operativo que cumpla con el perfil requerido, previa validación de la Secretaría de las Mujeres.
AC04. JUSTICIA INCISO D:
Baja participación o inasistencia del personal ministerial, de investigación y administrativo derivado de cargas laborales, disponibilidad operativa o dificultades de traslado.
Se fortalecerá la coordinación institucional con las Fiscalías participantes mediante programación anticipada, seguimiento operativo y mecanismos de convocatoria institucional que faciliten la participación del personal en las actividades de capacitación.
 
C.6 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO


 



C.7 RECURSOS HUMANOS Y ADQUISICIONES
RECURSOS HUMANOS
 
 
PERSONAS FÍSICAS
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA
MÍNIMA REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
TIPO DE
CONTRATACIÓN
NÚMERO DE
PERSONAS A
CONTRATAR
AC01. ATENCIÓN, INCISO B:
Ciencias Jurídicas
2 años
Licenciatura
Honorarios
4
Psicología
2 años
Licenciatura
Honorarios
1
Medicina General
2 años
Licenciatura
Honorarios
1
Trabajo Social
2 años
Licenciatura
Honorarios
1
AC02. PREVENCIÓN, INCISO A:
Ciencias jurídicas
2 años
Licenciatura
Honorarios
1
Psicología
2 años
Licenciatura
Honorarios
1
Trabajo Social
2 años
Licenciatura
Honorarios
1
Ciencias de la Comunicación
1 año
Licenciatura
Honorarios
1
AC02 PREVENCIÓN, Inciso B:
Ciencias Jurídicas
2 años
Licenciatura
Honorarios
1
Ciencias Sociales
2 años
Licenciatura
Honorarios
2
Tecnologías de la Información
2 años
Licenciatura
Honorarios
1
AC02 PREVENCIÓN, INCISO D:
Psicología
2 años
Licenciatura
Honorarios
2
Trabajo Social
2 años
Licenciatura
Honorarios
1
AC02 PREVENCIÓN, INCISO G:
Ciencias Jurídicas
2 años
Licenciatura
Honorarios
1
 
PERSONAS MORALES
 
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA
REQUERIDA
NÚMERO DE PERSONAS A
CONTRATAR
ACO3 SEGURIDAD, INCISO C:
Contratación de servicios integrales con organización de sociedad civil (OSC)
5 años
1
AC04 JUSTICIA, INCISO D:
Contratación de servicios integrales con consultoría
2 años
1
 
Total, de Personas Físicas y Morales a Contratar
21
 
RECURSOS MATERIALES
CONCEPTO DE GASTO
DETALLE
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
No aplica
No aplica
No aplica
No aplica
 
Total de Adquisiciones
No aplica
 
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal, firman el Anexo Técnico en 4 (cuatro) ejemplares, en la Ciudad de México el día 09 de abril del año 2026.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional, Óscar Eduardo Ramírez Aguilar.- Rúbrica.- Secretaria General de Gobierno y Mediación, Dulce María Rodríguez Ovando.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Titular de la Instancia Receptora, Manuel Francisco Antonio Pariente Gavito.- Rúbrica.- Secretaria de la Mujer e Igualdad de Género y Titular de la Instancia Ejecutora, Marian Vázquez González.- Rúbrica.