Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural

Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria

Dirección General de Administración e Informática

CONVOCATORIA SENASICA 04 2026 CON PERSPECTIVA DE GENERO

  El Comité Técnico de Selección del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria con fundamento en los artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 38, 39, 40 y 92 de su Reglamento, así como los artículos 230, 231, 232, 241, 243, 245, 246, 247, 253, 254, 255, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265, 266, 267, 268, 269, 270, 271, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278, 279, 280 y 281 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025; emiten la siguiente:

CONSIDERANDO

  Primero. Que la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, publicada el 09 de enero de 2006, en su artículo 14 establece que la Secretaría establecerá un Subsistema de Planeación de Recursos Humanos con el fin de que la estructura de la Administración Pública tenga el número de servidores públicos adecuado para su buen funcionamiento y, acorde con los principios rectores de este Sistema, promueva y garantice la equidad de género.

  Que la citada Ley en su artículo 32 dispone que cada dependencia, en coordinación con la Secretaría establecerá los parámetros mínimos de calificación para acceder a los diferentes cargos. Las personas candidatas que no cumplan con la calificación mínima establecida no podrán continuar con las siguientes etapas del procedimiento de selección. Asimismo, se establece que, en igualdad de condiciones, tendrán preferencia las personas servidoras públicas de la misma dependencia, procurando el equilibrio entre ambos géneros.

  Segundo. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 1° reformado el 10 de junio de 2011, establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. De la misma forma dispone que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, así como de las garantías para su protección. Asimismo, prohíbe toda discriminación motivada por condición social, edad, religión, origen étnico, discapacidad, preferencia sexual, estado civil, género o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

  Tercero. Que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Tesis: 1a. CXXXIX/2013, publicada en mayo de 2013, intitulada: "IGUALDAD JURIDICA. INTERPRETACION DEL ARTICULO 24 DE LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS." ofrece una interpretación del artículo 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la cual señala que: “Todas las personas son iguales ante la ley. En consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley.". Cabe señalar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha interpretado en diversos instrumentos dicha disposición, sosteniendo que la noción de igualdad deriva directamente de la unidad de naturaleza del género humano y es inseparable de la dignidad esencial de la persona; sin embargo, no todo tratamiento jurídico diferente es discriminatorio, porque no toda distinción de trato puede considerarse, por sí misma, ofensiva de la dignidad humana, pues sólo es dable considerar discriminatoria una distinción cuando "carece de una justificación objetiva y razonable". Por lo tanto, las distinciones constituirán diferencias compatibles con dicha Convención, en tanto sean razonables, proporcionales y objetivas; mientras que las discriminaciones serán las diferencias arbitrarias que redunden en detrimento de los derechos humanos.

  Cuarto. Que la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en su artículo 5 reformado el 20 de marzo de 2014, establece que no se considerarán discriminatorias las acciones afirmativas que tengan por efecto promover la igualdad real de oportunidades de las personas o grupo. Asimismo, señala que tampoco será juzgada como discriminatoria la distinción basada en criterios razonables, proporcionales y objetivos cuya finalidad no sea el menoscabo de derechos. Dicho ordenamiento en su artículo 15 bis establece que cada uno de los poderes públicos federales y aquellas instituciones que estén bajo su regulación o competencia, están obligados a realizar las medidas de nivelación, las medidas de inclusión y las acciones afirmativas necesarias para garantizar a toda persona la igualdad real de oportunidades y el derecho a la no discriminación. La adopción de estas medidas forma parte de la perspectiva antidiscriminatoria, la cual debe ser incorporada de manera transversal y progresiva en el quehacer público, y de manera particular en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas que lleven a cabo cada uno de los poderes públicos federales.

  Quinto. Que la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, señala como requisito para todos los centros de trabajo públicos, privados y sociales, de cualquier actividad y tamaño; la integración, la implementación y la ejecución dentro de sus procesos de gestión y de recursos humanos, prácticas para la igualdad laboral y no discriminación que favorezcan el desarrollo integral de las y los trabajadores.

  Sexto. Que el 25 de septiembre de 2015, las y los integrantes de la Asamblea General de la ONU adoptaron la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en la que se establece un conjunto de 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), cuya finalidad es hacer un llamado universal a la adopción de medidas para poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia, y hacer frente al cambio climático, evitando el rezago en dichos rubros. En tal sentido, este nuevo marco de desarrollo exhorta al Sistema de las Naciones Unidas, a nivel mundial y en específico a México, para focalizar la cooperación y los esfuerzos, en aras de seguir promoviendo la inclusión y la igualdad laboral en un marco de derechos humanos mediante el Objetivo 8 relativo a Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para así alcanzar la meta 8.5 a 2030 y lograr el empleo pleno y productivo, así como el trabajo decente para todas las mujeres y los hombres, incluidos los jóvenes y las personas con discapacidad, así como la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.

  Séptimo. Que el 25 de julio de 2018, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW, por sus siglas en inglés), a través del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, emitió observaciones finales sobre el noveno informe periódico de México, mismas que reconocen los avances logrados por el Estado Mexicano en la materia, sin embargo emite diversas recomendaciones para fortalecer el mecanismo nacional para el adelanto de la mujer y la incorporación de la perspectiva de género, para lo cual hizo hincapié en la necesidad de otorgar los recursos financieros y humanos suficientes para el diseño e implementación de políticas públicas destinadas al impulso de la igualdad de género. Asimismo, en el apartado de empleo, el Comité reiteró la urgencia de aumentar el acceso de las mujeres al mercado de trabajo formal, microcréditos y préstamos, e intensificar los esfuerzos para reducir y cerrar la brecha salarial por razón de género.

  Octavo. Que el Acuerdo por la igualdad entre mujeres y hombres publicado el 21 de noviembre de 2019 establece en su compromiso segundo que haya más trabajo formal, mejores condiciones y más derechos para las mujeres.

  Noveno. Que mediante Oficio SRCI/UPRH/DGDHSPCAPF/0012/2022, de fecha 05 de septiembre del 2022, emitido por la Directora General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal de la Secretaría de la Función Pública, solicitó implementar de manera permanente, acciones orientadas a conseguir la igualdad de género en los puestos estratégicos de las Instituciones de la Administración Pública Federal.

  Décimo. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en su artículo 41 párrafo segundo que la ley determinará las formas y modalidades que correspondan, para observar el principio de paridad de género en los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de despacho del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas. En la integración de los organismos autónomos se observará el mismo principio.

  Décimo Primero. Que la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres dispone en su artículo 33 que será objetivo de la Política Nacional en Materia de Igualdad entre mujeres y hombres el fortalecimiento de la igualdad en materia de establecimiento y empleo de fondos para la promoción de la igualdad en el trabajo y los procesos productivos; impulsar liderazgos igualitarios; así como el establecimiento de medidas para fortalecer el acceso de las mujeres al empleo y la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre mujeres y hombres.

  Décimo Segundo. Que la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en su artículo 34 señala que las autoridades correspondientes garantizarán el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ámbito del empleo, así como el derecho fundamental a la no discriminación de aquellas en las ofertas laborales, en la formación y promoción profesional, en las condiciones de trabajo, para lo cual desarrollarán, diseñarán y aplicarán lineamientos que aseguren la igualdad en la contratación del personal en la administración pública.

  Décimo Tercero. Que el Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado el 22 de febrero de 2024, establece en su artículo 86 que la determinación de la persona ocupante de una vacante deberá asegurar a juicio de la Institución de que se trate, que ésta asumirá las funciones que correspondan al puesto y que estará en condiciones de resolver los asuntos inherentes al mismo.

  Asimismo, establece que las Instituciones deberán realizar el reclutamiento y la selección en igualdad de oportunidades, sin discriminación por edad, discapacidad, color de piel, cultura, sexo, condición económica, apariencia física, características genéticas, embarazo, lengua, opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares o por cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana, no encuentre sustento objetivo, racional ni proporcional o tenga por objeto menoscabar los derechos y libertades de las personas.

  También, se establece que no se considerarán discriminatorias las acciones afirmativas o cuotas de ingreso que sean establecidas a fin de promover y garantizar la igualdad real de oportunidades de las personas o grupos, y que queda prohibido como requisito para el reclutamiento y selección el certificado médico de no embarazo y/o pruebas para la detección de VIH/Sida.

  Décimo Cuarto. Que el citado Acuerdo en su artículo 96 dispone que la movilidad se refiere a los cambios de adscripción o de puesto de las personas servidoras públicas en las estructuras. Para la ocupación definitiva o temporal de puestos vacantes, y en general, en todo movimiento de personal, las Instituciones deberán considerar preferentemente, en igualdad de género y de condiciones, la movilidad de su personal y promoverán, previa opinión de la unidad de adscripción, el equilibrio entre mujeres y hombres, sin afectar la preminencia del mérito, perfil, desempeño, trayectoria y requisitos del puesto, conforme a los procedimientos normativos aplicables.

  En razón de lo anterior, emiten la siguiente:

  CONVOCATORIA dirigida exclusivamente a mujeres interesadas que deseen ingresar al Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada, a través de los siguientes puestos:

Denominación del Puesto Médico Veterinario Oficial Cvo. 8130
Código de Puesto 08-B00-1-E1C012P-0008130-E-C-D
Grupo, Grado, Nivel P32 Número de Vacantes 1
Sueldo Bruto $24,275.00 (Veinticuatro Mil Doscientos Setenta y Cinco pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del Puesto Dirección de Establecimientos Tipo Inspección Federal Sede Atitalaquia, Hidalgo
Tipo de

Nombramiento

Del Servicio Profesional de Carrera
Funciones Principales 1. Verificar y vigilar que los bienes de origen animal, recursos acuícolas y pesqueros nacionales o de importación, que ingresan a los establecimientos TIF, para su proceso o almacenamiento, cumplan con las regulaciones nacionales e internacionales, con la finalidad de garantizar su inocuidad.

2. Realizar la verificación ante mortem y post mortem para constatar el estado de salud de los animales y así evitar la contaminación de los bienes de origen animal, con la finalidad de garantizar la inocuidad de los mismos.

3. Vigilar la aplicación de los programas de calidad, de control de plagas, Programa Operacional Estándar de Sanitización (POES), Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), Buenas Prácticas Pecuarias (BPP), Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP), sistemas de reducción de riesgos y de monitoreo de residuos tóxicos y contaminantes, y demás programas de inocuidad en cumplimiento a las regulaciones nacionales e internacionales, con el fin de asegurar la sanidad e inocuidad de los bienes de origen animal, recursos acuícolas y pesqueros.

4. Vigilar que los insumos como son el agua o hielo usados en el proceso y demás ingredientes utilizados en los procesos para la obtención de bienes de origen animal, recursos acuícolas y pesqueros en los establecimientos TIF, cumplan con las disposiciones legales aplicables, a fin de evitar la contaminación de los bienes de origen animal, recursos acuícolas y pesqueros.

5. Integrar y actualizar los expedientes de los establecimientos TIF que con motivo de las actividades encomendadas se encuentren bajo su resguardo, con la finalidad de asegurar la integridad de los mismos, así como para la rendición de informes.

6. Registrar, compilar y resguardar los informes, reportes físicos y de los sistemas informáticos que derivados de las actividades de su cargo realice, con la finalidad de asegurar la integridad de los mismos y emitir información veraz cuando le sea requerido.

7. Notificar de manera inmediata la sospecha de cualquier enfermedad, plaga de notificación obligatoria en los animales de abasto o presencia de bienes de origen animal contaminados de los que tenga conocimiento con motivo de su encargo. con la finalidad de atender los protocolos establecidos en los dispositivos nacionales de emergencia.

8. Elaborar informes, oficios o memorandas en el ámbito de su competencia, con la finalidad de asegurar que los Establecimientos Tipo Inspección Federal, cumplan con los procedimientos, lineamientos, manuales y demás regulaciones nacionales e internacionales en materia de sanidad e inocuidad.

9. Aplicar las medidas de aseguramiento en animales y bienes de origen animal, recursos acuícolas y pesqueros sospechosos, para la toma de muestras necesarias, para remitirlas al laboratorio oficial, a fin de asegurar su inocuidad.

10. Aplicar las medidas necesarias para la destrucción de los bienes de origen animal, recursos acuícolas y pesqueros contaminados, a través del diagnóstico emitido por el laboratorio oficial o autorizado, en coordinación con el supervisor de establecimientos TIF en el estado, con la finalidad de asegurar la inocuidad de los bienes de origen animal, recursos acuícolas y pesqueros.

Perfil Escolaridad Nivel de Estudio: Grado de Avance:
Licenciatura o Profesional Titulado o Titulada
Area de Estudio: Carrera Genérica:
Ciencias Agropecuarias Veterinaria y Zootecnia
Experiencia

laboral

01 año de experiencia en la siguiente área:
Campo de Experiencia: Area de Experiencia:
Ciencias Agrarias Ciencias Veterinarias
Observaciones La plaza está  sujeta a cambio de adscripción y/o movimiento de rotación por las necesidades del servicio público que proporciona este Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

El concurso podrá  cancelarse en cualquiera de los siguientes supuestos: a) cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o b) el puesto de que se trate, sea considerado para dar cumplimiento a laudo o resolución que cause estado, para restituir en sus derechos a alguna persona, o c) el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime el catálogo el puesto en cuestión.

Denominación del Puesto Veterinario Oficial en Inspección de Exportaciones Cvo. 7975

8071

Código de Puesto 08-B00-1-E1C012P-0007975-E-C-D

08-B00-1-E1C012P-0008071-E-C-D

Grupo, Grado, Nivel P32 Número de Vacantes 2
Sueldo Bruto $24,275.00 (Veinticuatro Mil Doscientos Setenta y Cinco pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del Puesto Dirección de Establecimientos Tipo Inspección Federal Sede Tamuín, San Luis Potosí

Navojoa, Sinaloa

Tipo de

Nombramiento

Del Servicio Profesional de Carrera
Funciones Principales 1. Vigilar que los procesos que se realizan y los bienes de origen animal obtenidos en los Establecimientos TIF destinados a exportación, son inocuos, mediante la verificación e inspección de instalaciones y procedimientos de acuerdo con las regulaciones nacionales e internacionales, para garantizar el cumplimiento de los estándares higiénico sanitarios, así como de los demás requisitos establecidos por el país importador, asentando el hecho en el informe de visita de verificación de inspección oficial para la dictaminación de los embarques.

2. Llevar el control zoosanitario y de riesgos de contaminación de los procesos que se realizan durante la visita de inspección en los Establecimientos TIF, así como de los bienes de origen animal obtenidos destinados a exportación, a fin de dictaminar el cumplimiento de los requisitos zoosanitarios y de buenas prácticas establecidos por la autoridad competente del país al que se destinarán las mercancías.

3. Verificar la aplicación de los Procesos de Operación Estándar de Sanidad (POES), así como de las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), mediante la constatación del cumplimiento de las regulaciones, requisitos y procedimientos establecidos, con el fin de fortalecer las acciones que garanticen la inocuidad y calidad de los bienes de origen animal destinados a exportación.

4. Constatar y vigilar que los productos y subproductos cárnicos importados en un establecimiento tipo inspección federal, cumplan con las regulaciones nacionales, a fin de garantizar la inocuidad de los mismos en beneficio de los consumidores.

5. Vigilar y verificar que los bienes de origen animal que serán procesados en un Establecimiento Tipo Inspección Federal con destino a exportación, cumplan con las regulaciones nacionales e internacionales y requisitos establecidos por el país destino a fin de garantizar la inocuidad de los mismos y su conformidad, dejándolo asentado en el formato de visita de verificación de inspección oficial.

6. Supervisar que la calidad del agua y hielo utilizados en los procesos de obtención de los bienes de origen animal que se llevan a cabo en los Establecimientos TIF con destino a exportación, cumplan con las normas nacionales establecidas para este uso, conforme a los requisitos establecidos por el país destino, a fin de evitar la contaminación de los bienes de origen animal a exportarse.

7. Vigilar la aplicación de los programas de control de plagas que se llevan a cabo en los Establecimientos TIF autorizados a exportar, mediante la inspección física para examinar su correcta ejecución, a fin de evitar fuentes de contaminación en los bienes de origen animal con destino a exportación garantizando su inocuidad.

8. Diagnosticar el estado de salud de los animales destinados a procesos de obtención de bienes de origen animal con destino a exportación, de acuerdo con las regulaciones nacionales e internacionales y requisitos establecidos por el país destino para asegurar la inocuidad en beneficio del consumidor final.

Perfil Escolaridad Nivel de Estudio: Grado de Avance:
Licenciatura o Profesional Titulado o Titulada
Area de Estudio: Carrera Genérica:
Ciencias Agropecuarias Veterinaria y Zootecnia
Experiencia

laboral

01 año de experiencia en la siguiente área:
Campo de Experiencia: Area de Experiencia:
Ciencias Agrarias Ciencias Veterinarias
Observaciones La plaza está  sujeta a cambio de adscripción y/o movimiento de rotación por las necesidades del servicio público que proporciona este Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

El concurso podrá  cancelarse en cualquiera de los siguientes supuestos: a) cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o b) el puesto de que se trate, sea considerado para dar cumplimiento a laudo o resolución que cause estado, para restituir en sus derechos a alguna persona, o c) el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime el catálogo el puesto en cuestión.

BASES DE PARTICIPACION

Requisitos de participación Podrán participar las ciudadanas que reúna los requisitos de escolaridad y experiencia laboral previstos en cada uno de los puestos sujetos a concurso, así como los establecidos en las presentes bases de participación, adicionalmente deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos legales señalados en el artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, que se citan a continuación:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar;

II. No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso;

III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;

IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y

V. No estar inhabilitado para el servicio público ni encontrarse con algún otro impedimento legal.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no podrán participar las ciudadanas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

1. Tener sentencia firme por la Comisión Intencional de Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.

2. Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

Por lo que, cualquier persona que se encuentre en uno o varios supuestos de los antes indicados, no podrá ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.

En la aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de las personas, y lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, por lo que el SENASICA realiza el reclutamiento y la selección en igualdad de oportunidades, sin discriminación por edad, discapacidad, color de piel, cultura, sexo, condición económica, apariencia física, características genéticas, embarazo, idioma, lengua, dialecto, opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares o por cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana, que no encuentre sustento objetivo, racional, ni proporcional o tenga por objeto menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Queda prohibido como requisito para el reclutamiento y selección, el certificado médico de no embarazo y/o pruebas para la detección de VIH/SIDA.

En el caso de que la candidata se haya apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal, deberá presentar la documentación oficial mediante la cual acredite el cumplimiento de las condiciones bajo las cuales estaría sujeta su reincorporación, de conformidad con la normatividad aplicable.

En cada etapa del procedimiento de selección la candidata tiene 15 minutos de tolerancia a partir de la hora en que fue citada, considerando como hora referencial la que indique el equipo de cómputo de la sala de evaluación, transcurrido dicho tiempo no se permitirá el acceso.

  Las etapas que comprenderá la presente convocatoria serán las siguientes:

I. Revisión curricular;

II. Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades;

III. Evaluación de la experiencia y valoración del mérito;

IV. Entrevistas, y

V. Determinación.

A partir de la Etapa II y hasta la Etapa IV, las candidatas deberán presentar, con la finalidad de registrar su asistencia a cada etapa, la siguiente documentación impresa:

1. Impresión del mensaje de Invitación del portal Trabajaen,

2. Impresión de la pantalla de Bienvenida de su portal de Trabajaen, como comprobante del folio asignado por dicho portal electrónico, para participar en el concurso de que se trate,

3. Original y copia fotostática de la identificación oficial vigente con fotografía.

Durante el desarrollo y aplicación de cada una de las etapas no se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadoras, tabletas, relojes inteligentes, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como discos duros, discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras, así como cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o se requiera su utilización como medio de apoyo para la evaluación.

Calendario del Procedimiento de Selección Calendario para el desahogo del procedimiento de selección:
Fase Periodo
Publicación del Concurso 09 de septiembre de 2026
Etapa I. Revisión curricular

(Registro de aspirantes)

Del 09 de septiembre al 22 de septiembre de 2026
Recepción de solicitudes de

reactivación de folios

Del 09 de septiembre al 22 de septiembre de 2026
Dentro del periodo que se indica:
Etapa II. Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades Del 25 de septiembre al 07 de diciembre de 2026
Etapa III. Evaluación de la experiencia y valoración del mérito Del 25 de septiembre al 07 de diciembre de 2026
Etapa IV. Entrevistas Del 25 de septiembre al 07 de diciembre de 2026
Etapa V. Determinación Del 25 de septiembre al 07 de diciembre de 2026
Todos los comunicados relacionados con la presente convocatoria se enviarán a través de la plataforma Trabajaen, por lo que el día, hora y lugar en la que se deberán presentar las candidatas a las etapas del procedimiento de selección, así como para la entrega de documentos, será notificado a través de su centro de mensajes del portal de Trabajaen con al menos 48 horas de anticipación, por lo que es responsabilidad de las participantes dar seguimiento a dicho portal.
Del registro de aspirantes

Etapa I.

Revisión curricular

La inscripción en uno o varios concursos, se realiza únicamente a través del portal de Trabajaen a partir de la fecha de publicación, por lo que el sistema confrontará la información capturada por la interesada en relación con el perfil del puesto, de existir compatibilidad se asigna un folio de participación al concurso, y en caso contrario, se asigna un folio de rechazo. La acreditación de esta etapa no genera puntaje alguno.

Con el registro al concurso, la candidata manifiesta haber leído y aceptado las presentes Bases de Participación.

Para continuar en concurso se deberán acreditar cada una de las etapas y demás requisitos establecidos en la presente convocatoria.

  Examen de conocimientos

La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará  de dos evaluaciones, la primera correspondiente al Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, las personas candidatas que acrediten el examen de conocimientos técnicos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, este último administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

Conforme a las Reglas de Valoración establecidas por el Comité Técnico de Profesionalización del SENASICA, el resultado obtenido en el Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto es motivo de descarte si no se obtiene la calificación mínima aprobatoria autorizada, como se indica a continuación:

CALIFICACION MINIMA APROBATORIA DEL EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICO

ENLACE: SETENTA (70)

DEPARTAMENTO: SETENTA (70)

SUBDIRECCION: SETENTA Y CINCO (75)

DIRECCION: OCHENTA (80)

La calificación mínima aprobatoria en el Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto antes indicada será en una escala de 0 a 100 sin decimales, para lo cual se considera la cantidad de aciertos obtenidos sobre el total de reactivos.

El valor ponderado de los exámenes de conocimientos Generales de la Administración Pública Federal y Conocimientos Técnicos será de 50% cada uno, para obtener un total de 100%.

El resultado del examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal y del Examen de Conocimientos Técnicos serán sumados, con el propósito de obtener los puntos de la Subetapa de Exámenes de conocimientos.

El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70, en caso de obtener un resultado menor entre el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal y del Examen de Conocimientos Técnicos, el sistema procederá al descarte.

En caso de registrarse en varios concursos y tener más de una invitación a esta etapa en el mismo día, hora y lugar, la candidata dispondrá  de dos horas para resolver la totalidad de los Exámenes de Conocimientos Técnicos de los puestos de su interés.

La herramienta de evaluación que se aplicará para el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno a través de su Módulo Generador de Exámenes.

La aplicación del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal se realizará mediante la herramienta tecnológica proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la cual utiliza la Usuaria y Contraseña del portal Trabajaen.

La persona candidata deberá portar por escrito estos datos para garantizar su acceso a la herramienta de evaluación.

La custodia, memorización y portabilidad de dichas credenciales es responsabilidad exclusiva de la persona participante y de conformidad con el Artículo 227, fracción III del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, está estrictamente prohibido el uso de dispositivos móviles o electrónicos dentro del aula de evaluación. Por lo que no se permitirá el uso de dichos medios para la consulta, restablecimiento o recuperación de contraseñas durante la sesión.

La imposibilidad de acceder a la herramienta de evaluación por falta de las credenciales de acceso será causal de descarte inmediato del concurso, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o para el SENASICA.

Los resultados aprobatorios obtenidos tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de Trabajaen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

Para el caso del Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, la persona candidata deberá solicitar el reconocimiento de la vigencia a través de la cuenta de correo electrónico: elizabeth.delarosa@senasica.gob.mx a más tardar el día de cierre de inscripciones del concurso que corresponda, siempre y cuando se trate del mismo puesto, temario y bibliografía.

Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, la candidata podrá participar en otros concursos sin tener que sujetarse nuevamente al examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, ya que una vez que obtuvo un resultado aprobatorio, dicho resultado se verá reflejado de forma automática en el portal de Trabajaen y tendrá vigencia de un año.

Sin excepción alguna, en caso de que las candidatas no asistan, no acrediten, no realicen la evaluación o se presenten una vez concluido el registro a esta etapa, en el día, lugar y hora en que se cite a través del mensaje de invitación que reciba por medio de su centro de mensajes del portal de Trabajaen se descartará a las participantes que incurran en el supuesto, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o para el SENASICA.

Revisión de examen de conocimientos

De conformidad con el artículo 265 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal publicado el 19 de diciembre de 2025, que a la letra señala: “En los casos en que el CTS determine la revisión de exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que ello implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación”, al respecto y en caso de que la candidata requiera revisión del Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto ésta deberá ser solicitada a través de un escrito firmado autógrafamente, dentro de un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de Trabajaen. Para el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, las dudas relacionadas se atenderán por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno por medio del correo electrónico trabajaen@buengobierno.gob.mx

El escrito de solicitud de revisión de examen de conocimientos deberá precisar para cuál de los exámenes requiere la revisión y deberá contener el folio de participación, nombre, correo electrónico y firma de la persona candidata, dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección y se entregará en original en Avenida Insurgentes Sur No. 489, Planta Baja, Col. Hipódromo, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06100, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.

Una vez que el Secretario Técnico reciba la solicitud, verificará que cumpla con lo requerido en el párrafo anterior, de no ser así, se comunicará a la persona candidata que la solicitud no fue procedente.

En caso de que la solicitud cumpla con los requisitos aquí señalados, el Secretario Técnico convocará al Comité Técnico de Selección para que sesione dentro de los 5 días hábiles posteriores a su recepción, dando respuesta a la persona solicitante a través de su centro de mensajes de Trabajaen.

Es importante señalar que en cumplimiento al artículo 265 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal publicado el 19 de diciembre de 2025, arriba señalado, únicamente se hará dicha revisión en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no podrán entregarse los reactivos ni las opciones de respuesta, en ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.

En atención a lo previsto en el párrafo tercero del artículo 226 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal publicado el 19 de diciembre de 2025, que establece que en caso de no contar con el suficiente espacio físico para aplicar una herramienta de evaluación a todos los candidatos de un concurso, la Dirección General de Recursos Humanos podrá aplicarla de manera diferida, pero en ningún caso se diferirá a un sólo candidato.

Las candidatas que no se presenten en el domicilio, la fecha, día y hora en que se les haya citado a través del portal de Trabajaen para la aplicación de las evaluaciones, o bien que se presenten pero que abandonen la sala de evaluaciones, o que no realicen o no aprueben la evaluación, sin excepción alguna serán descartadas del concurso en el que se encuentren participando, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o para el SENASICA.

Evaluaciones de habilidades

Son pruebas psicométricas estandarizadas, las cuales tienen como finalidad medir las características de la persona tales como inteligencia, comportamiento, personalidad y valores, con el objetivo de identificar su compatibilidad con los requerimientos del puesto en concurso.

Se utilizarán como referencia para la selección de las candidatas por parte del Comité Técnico de Selección, y el resultado obtenido no será motivo de descarte. La vigencia de estas evaluaciones es de un año contado a partir del día en que se den a conocer los resultados a través del portal de Trabajaen.

La candidata, no podrá renunciar al resultado obtenido en las evaluaciones de habilidades durante el año de su vigencia.

Las candidatas que no se presenten en el domicilio, la fecha, día y hora en que se les haya citado a través del portal de Trabajaen, para presentar las evaluaciones, o bien que se presenten pero que abandonen la sala de evaluaciones, o que no realicen la evaluación, sin excepción alguna serán descartadas del concurso en el que se encuentren participando, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o para el SENASICA.

Revisión y Evaluación de los Documentos

Etapa III. Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito de los candidatos

Revisión y evaluación de los documentos

La revisión y evaluación de los documentos tiene la finalidad de verificar que estén fehacientemente acreditados los requisitos legales, así como los establecidos en la presente convocatoria, específicamente en lo relativo al perfil de puesto, así como lo registrado en su currículum del portal de Trabajaen al momento de solicitar su inscripción al concurso.

La Revisión y Evaluación de Documentos, específicamente en lo relativo al perfil del puesto, se llevará a cabo conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas de Experiencia, establecidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

Es responsabilidad de la candidata exhibir en original o en representación impresa cada uno de los documentos físicos o electrónicos que a continuación se citan para su revisión y cotejo. Bajo ningún supuesto se aceptará la sustitución de los documentos descritos con copia fotostática (blanco y negro, o a color), acta o documento expedido por autoridad competente por motivo de robo, destrucción, extravío o trámite. Para efecto de entrega deberán ser escaneados en formato “PDF”, por lo que se entregará en archivo electrónico, con las siguientes características:

· Escaneado individual de cada documento en formato PDF. (Digitalizado por medio de un escáner, lo anterior, a fin de evitar que se corten, omitan o no se visualice de manera completa la información del documento exhibido por la candidata)

· Blanco y negro o a color.

· Si el documento tiene información por ambos lados, el escaneo debe incluir ambas caras.

· Debe ser perfectamente legible y visualizarse completo. (no borroso, no cortado, no con sombras o partes oscurecidas)

· Idéntico al documento original

No serán válidos y será motivo de descarte, la entrega de cualquier elemento o archivo en formato distinto al anteriormente señalado, se recomienda utilizar su correo electrónico y un dispositivo USB, para su almacenamiento.

Los documentos que contengan firmas autógrafas (a tinta de cualquier color, con bolígrafo, plumón, crayón, etc.) deberán presentarse en físico y original para cotejo (no se aceptará su sustitución con copia fotostática a blanco y negro o a color).

En el caso de documentos electrónicos generados de manera digital, estos deberán ser presentados en formato impreso, ya sea en blanco y negro o a color, es necesario que contengan los sellos, firmas, ligas electrónicas digitales y códigos de barras o QR correspondientes para su validación.

Descripción de los documentos:

1. Acta de nacimiento, en caso de ser extranjera, la candidata deberá presentar apostilla, así como Residencia Permanente, emitida por el Instituto Nacional de Migración, de la Secretaría de Gobernación.

2. Clave Unica de Registro de Población, expedida por la Secretaría de Gobernación.

3. Cédula de Datos Fiscales, expedida por el Servicio de Administración Tributaria y en la que se visualice su nombre, su registro federal de contribuyentes, régimen fiscal y código postal.

4. Identificación oficial vigente con fotografía, únicamente se aceptará, credencial para votar, o pasaporte. En caso de ser extranjera, se aceptará como identificación la Residencia Permanente vigente, emitida por el Instituto Nacional de Migración, de la Secretaría de Gobernación.

5. Comprobante de domicilio, luz, teléfono, agua o predial con fecha de emisión menor a 3 meses al día en que tendrá verificativo la revisión y evaluación de documentos.

6. Currículum Vítae de Trabajaen, el Currículum registrado en su portal de Trabajaen, firmado de manera autógrafa, a tinta azul, en todas las páginas (entrega en original y en documento escaneado), uno por cada concurso en el que se esté participando.

7. Formato de Información General del Aspirante, con firma autógrafa y requisitado en su totalidad a computadora, será entregado en original y en documento escaneado conforme a las instrucciones descritas en dicho formato, uno por cada concurso en el que se esté participando (la falta de éste será motivo de descarte), puede consultarlo en https://www.gob.mx/senasica/acciones-y-programas/servicio-profesional-de-carrera-35501 (El Formato ahí presentado es informativo, por lo que deberá solicitar dicho documento en su versión Excel para su llenado al correo electrónico: elizabeth.delarosa@senasica.gob.mx )

8. Cédula profesional que acredite el nivel de estudios requerido en el perfil del puesto, emitida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública e inscrita en el Registro Nacional de Profesionistas. En el caso de estudios en el extranjero, deberá presentar invariablemente la constancia de validez, revalidación o reconocimiento oficial de estudios realizados fuera del sistema educativo nacional expedido por la Secretaría de Educación Pública, así como su correspondiente traducción al español emitida por un perito en la materia y con reconocimiento oficial.

   Para los puestos sujetos a concurso que requieran el grado de avance de estudios, Terminado/Pasante, se aceptará Carta de Pasante y/o Certificado de Estudios, expedido por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o por la Institución Educativa, en su caso.

9. Experiencia laboral, para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados en el perfil del puesto en el que concursa, deberá presentar los documentos que se citan a continuación, de manera que la suma de los periodos laborales compruebe la experiencia mínima requerida:

§ Constancias laborales. - Documento en el cual se especifique nombre completo de la persona candidata, día, mes y año de inicio y término de la relación laboral, indicando las funciones realizadas, con firmas autógrafas o electrónicas, en papel membretado u oficial con domicilio y teléfonos de la institución, en caso de Clínicas Veterinarias, deberán incluir copia de la cédula profesional de quién firma la constancia.

§ Hoja Unica de Servicios. - Documento en el que especifique día, mes y año de alta y baja de la persona servidora pública, con firmas autógrafas o electrónicas de los involucrados, papel membretado y sello de la institución.

§ Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales por honorarios, los cuales deberán especificar día, mes y año de inicio y conclusión del servicio prestado, funciones realizadas y firmas autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de terminación anticipada deberá anexar la constancia respectiva.

§ Nombramientos. - Deberá indicar día, mes y año en el que surte efectos, en papel membretado u oficial, y que cuente con las firmas autógrafas de quién autoriza, asimismo, para acreditar el cierre del periodo laborado, se requiere el último talón de pago que corresponda al nombramiento exhibido.

§ Constancia de sueldos y salarios. - Deberá indicar periodo laborado, firmas autógrafas, papel membretado u oficial.

§ Comprobante de percepciones y deducciones (talones de pago). - Se presentarán todos y cada uno de los talones de pago del periodo laborado que se pretenda acreditar, cada uno debe especificar día, mes y año del periodo de pago, en papel membretado u oficial, con datos de la institución y/o empresa.

§ Carta o Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, Liberación de Servicio Social, y/o Prácticas Profesionales. - Deberá presentarse en papel membretado de la institución académica o de la entidad donde se desarrolló la actividad, con firmas autógrafas y teléfonos, e indicando día, mes y año de inicio y término.

   Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y/o término del empleo que pretende comprobar no serán válidos, por lo que no serán considerados para el cálculo del tiempo de experiencia que requiera el perfil del puesto de que se trate.

   Para el cómputo de los años de experiencia laboral se contabilizarán sólo periodos de tiempo efectivos, por lo que no es posible contabilizar aquellas experiencias que se traslapan, o bien que se llevaron a cabo de manera simultánea, por lo que cuando se presenten documentos con experiencias laborales realizadas al mismo tiempo, sólo se contabilizará una y será la que más favorezca a la candidata.

   Por otra parte, se aclara que el ejercicio docente y las campañas de vacunación, antirrábicas o similares, no serán valorados como experiencia.

   No se aceptará como constancias para acreditar la experiencia laboral requerida, cartas de recomendación.

10. Mérito, se podrá acreditar únicamente con los documentos que comprueben:

a)  Resultado de la evaluación del desempeño: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera titulares, y se calificarán de acuerdo con las calificaciones obtenidas en las evaluaciones de desempeño anual. De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en la última evaluación del desempeño anual, por lo que podrá presentar su hoja resumen de la última evaluación de desempeño, que contiene la calificación final de desempeño obtenida, o en su defecto podrá presentar la información de evaluaciones de desempeño que obtenga desde Rhnet.

   Para obtener las calificaciones de la evaluación de desempeño desde RHnet deberá ingresar con su usuario y contraseña al portal www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección de Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en Consulta Mis Evaluaciones del Desempeño, imprimir el listado de calificaciones, luego dar clic en “Ver Resumen” de la última evaluación desempeño e imprimir el resumen.

b)  Resultados de las acciones de capacitación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera titulares, y se califica a través del promedio de la calificación de las acciones de capacitación obtenidas por el servidor público de carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior, por lo que podrá presentar la hoja resumen de su última evaluación de desempeño, que contiene la calificación de la capacitación recibida.

c)  Resultados de procesos de certificación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de carrera titulares, y se calificará de acuerdo con las capacidades profesionales certificadas, a través del número de capacidades profesionales certificadas vigentes logradas por las personas servidoras públicas de carrera titulares en puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera, para lo cual podrán entregar las constancias emitidas por la institución donde se señalen las capacidades certificadas y su vigencia.

d)  Logros: Se refiere al alcance de un objetivo relevante de las personas candidatas en su labor o campo de trabajo, a través de aportaciones que mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área de trabajo, el logro de metas estratégicas que aportaron beneficio a la ciudadanía, por lo que podrá presentar las constancias respectivas como: certificaciones en competencias laborales o habilidades profesionales distintas a las del Servicio Profesional de Carrera, publicación especializada (Tesis o tesina de titulación a nivel Licenciatura o superior, artículos, carteles, gacetas, revistas, prensa o libros, no se acepta reporte de servicio social) relacionadas con su campo de experiencia.

   En ningún caso se considerarán logros de tipo político o religioso.

   En caso de tratarse de publicaciones electrónicas, deberá presentar la impresión de las mismas y el archivo correspondiente en formato PDF en el que se visualice la URL o liga donde fue publicado.

e)  Distinciones: Se refiere al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten alguno o varios de los siguientes supuestos: fungir como presidenta, vicepresidenta o integrante fundadora de asociaciones u organizaciones no gubernamentales (científicas, de investigación, gremiales, estudiantiles o de profesionistas); recibir un título honorífico o un grado académico honoris causa, otorgado por universidades o instituciones de educación superior; o por graduarse con mención honorífica o con alguna distinción.

   En ningún caso se considerarán distinciones de tipo político o religioso.

f)  Reconocimientos o premios: Se refiere a la recompensa o galardón otorgado a la persona candidata por agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado debido a la consecución de algún mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten la obtención de un reconocimiento o premio otorgado a nombre de la persona candidata; reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación, a nombre de la persona candidata; en congresos, coloquios o equivalentes; reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público; primer, segundo o tercer lugar, que haya sido obtenido en competencias o certámenes públicos y abiertos, distintos a los concursos del SPC.

   En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político, religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria, sorteo o equivalente.

g)  Actividad destacada en lo individual: Se refiere a la obtención de los mejores resultados, que sobresalen en una profesión, ajena al campo de trabajo, del resto del quienes participan en la misma, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten contar con un Título o grado académico obtenido en el extranjero, con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de Educación Pública (SEP); patente a nombre de la persona candidata; servicio o misión realizada en el extranjero; derechos de autor por obras publicadas a nombre de la persona candidata; servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento de donativos).

   En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.

h)  Otros estudios: Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o del grado máximo de estudios, concluido con reconocimiento de validez oficial, que sea adicional al nivel de estudio y al grado de avance requerido en el perfil del puesto vacante en concurso, por lo que podrá presentar constancias de Diplomados, constancias de terminación de estudios (100% de créditos) Título o cédula profesional de nivel licenciatura, especialidad, maestría o doctorado.

i)  Habla de lengua indígena: se refiere al conocimiento de una lengua —en este caso, una de las 68 lenguas indígenas―, a la capacidad de usarla apropiadamente en determinadas situaciones sociales. En virtud de lo anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:

   Nivel 1:

-  Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que señala que es hablante de una lengua indígena nacional.

-  Acreditación de competencias comunicativas generales, expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia acreditada por esta misma institución (con un resultado regular o bueno).

–  Acreditación o documento equivalente a cursos, no menores a 220 horas, que avalen, al menos, un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes.

- Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etcétera.) En la presentación de estos materiales se deberá acreditar fehacientemente su autoría.

- Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de lenguas indígenas.

- Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la interpretación o la atención en lengua indígena; o bien, mediante una traducción).

Nivel 2:

-  Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el INALI o por alguna otra instancia, acreditada por esta misma institución (con resultado excelente).

- Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros, en alguna lengua indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio del que se trate. En la presentación de estas publicaciones se deberá acreditar fehacientemente su autoría.

- Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediadora bilingüe y/o traductora de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.)

   En la presentación de estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.

j)  Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana: Acto voluntario, al tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que se manifiesta la identificación propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente, se calificará de acuerdo con la manifestación que realice la persona candidata en la revisión documental durante el concurso, identificando por escrito de declaración de autoadscripción, el nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.

k)  Perspectiva de juventudes: Desde la perspectiva de juventudes, se considera como elemento de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso. Se calificará a la persona candidata que compruebe que al momento de la publicación del concurso su edad no sobrepase los 30 años.

l)  Personas con discapacidad: Aplicable para aquellas personas candidatas que, a pesar de presentar una discapacidad, cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil del puesto en concurso. Se calificará a la persona candidata que se autoreconozca como persona con discapacidad. La persona participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción de su discapacidad.

Toda documentación expedida en el extranjero, deberá presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial, expedido por la instancia correspondiente, así como su respectiva traducción al español realizada por personal legalmente autorizado y con reconocimiento oficial.

La candidata deberá nombrar los documentos escaneados en formato “PDF”, como se indica a continuación:

No. Nombre del documento escaneado Documentación que se debe exhibir en original
1 01-01-01-registro federal de contribuyentes con homoclave Acta de nacimiento
2 01-01-02- registro federal de contribuyentes con homoclave Clave Unica de Registro de Población
3 01-01-03- registro federal de contribuyentes con homoclave Constancia de Situación Fiscal
4 01-01-05- registro federal de contribuyentes con homoclave Identificación oficial vigente
5 01-01-07- registro federal de contribuyentes con homoclave Comprobante de domicilio
6 01-01-08- registro federal de contribuyentes con homoclave Currículum de Trabajaen
7 01-01-09- registro federal de contribuyentes con homoclave Formato de Información General del Aspirante
8 01-01-11- registro federal de contribuyentes con homoclave Cédula Profesional
01-01-12- registro federal de contribuyentes con homoclave Constancia de Estudios
9 01-01-13- registro federal de contribuyentes con homoclave Experiencia laboral

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

10 02-03-01- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito – Servidores Públicos de Carrera Titulares

Nombramiento de Certificación por Art. 10 fracción II y tercero transitorio de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

11 02-04-02- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito – Servidores Públicos de Carrera Titulares

Ultima Evaluación del Desempeño Anual

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

12 02-04-06- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito - Logros

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

13 02-04-07- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito - Distinciones

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

14 02-04-08- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito - Reconocimientos

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

15 02-04-09- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito – Actividad Destacada en lo Individual

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

16 02-04-10- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito – Otros Estudios

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

17 02-04-11- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito – Servidores Públicos de Carrera Titulares

Constancia de Certificación de Capacidades Profesionales Vigente

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

18 02-04-14- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito – Habla de Lengua Indígena

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

19 02-04-15- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito – Autoadscripción

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

20 02-04-16- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito – Perspectiva de juventudes

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

21 02-04-17- registro federal de contribuyentes con homoclave Mérito – Personas con discapacidad

(en caso de presentar más de un documento, se integrarán todos en un solo archivo)

Es responsabilidad de las candidatas la correcta clasificación de los documentos, para que sean considerados en la revisión y evaluación de los documentos.

El SENASICA, se reserva el derecho de solicitar en cualquier etapa del procedimiento, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria; para constatar la existencia y autenticidad de la información incorporada en Trabajaen y la documentación exhibida, se realizarán consultas y cruce de información con los registros públicos y autoridades correspondientes, por lo que la candidata deberá autorizar el uso de sus datos personales con fines de reclutamiento y selección en los concursos públicos y abiertos en que participe, mediante consentimiento escrito contenido en el Aviso de Privacidad que se hará de su conocimiento el día en que se llevé a cabo la revisión y evaluación de los documentos.

En los casos en que no se acredite su autenticidad o existencia se descartará a la candidata, lo cual será notificado por medio de su centro de mensajes del portal Trabajaen, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para el SENASICA, la cual se reserva el derecho de ejercer las acciones legales procedentes.

Los documentos que presenten las candidatas para acreditar su nombre, Clave Unica de Registro de Población y Cédula de Identificación Fiscal, deberán corresponder fielmente a lo capturado en su registro al concurso a través del portal de Trabajaen, de lo contrario, será motivo de descarte.

El personal del SENASICA que realiza la recepción documental, sólo es responsable de realizar el cotejo con la documentación original, y en su caso, generar las observaciones pertinentes, los resultados de la revisión documental se informarán a través del portal Trabajaen, y sólo versará sobre la documentación presentada en tiempo y forma por la candidata.

Las candidatas que no se presenten en el domicilio, fecha, día y horario en que se les haya citado a través del portal de Trabajaen, o bien que se presenten pero que abandonen la sala de evaluaciones, que no realicen la revisión documental, que no exhiban uno o varios documentos en original o en su caso no entreguen el archivo electrónico correspondiente, no se les aceptarán los documentos mencionados en otro día o lugar distinto al señalado en el portal de Trabajaen, y para cumplir con esta etapa del procedimiento de selección; sin excepción alguna se descartará a las candidatas que incurran en los supuestos, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o para el SENASICA.

Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito

Esta etapa, se dividirá  en 2 sub etapas, en la primera, se evaluará la experiencia y en la segunda, se valorará el mérito. Los resultados obtenidos en ambas sub etapas serán considerados en el sistema de puntuación general, con base en los documentos presentados por las candidatas.

La candidata podrá consultar la metodología y escalas de calificación para operar los mecanismos para la Evaluación de Experiencia y Valoración del Mérito las personas candidatas, disponibles en el portal de Trabajaen.

De conformidad con dicha Metodología, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:

• Orden en los puestos desempeñados.

• Duración en los puestos desempeñados.

• Experiencia en el Sector público.

• Experiencia en el Sector privado.

• Experiencia en el Sector social.

• Nivel de responsabilidad.

• Nivel de remuneración.

• Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante.

• En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.

Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:

• Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de servidoras públicas de carrera titulares, en cuyo caso podrá presentar la última evaluación del desempeño anual como servidora pública de carrera titular.

• Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de servidoras públicas de carrera titulares.

• Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de servidoras públicas de carrera titulares.

• Logros.

• Distinciones.

• Reconocimientos o premios.

• Actividad destacada en lo individual.

• Otros estudios.

• Habla de Lengua Indígena.

• Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.

• Perspectiva de juventudes.

• Persona con discapacidad

Sin excepción alguna, en caso de que las candidatas no asistan, se nieguen a presentar la evaluación de la experiencia y/o valoración del mérito, no exhiban uno o varios documentos, o se presenten una vez concluido el registro a esta etapa, el día y lugar en que se cite a través del mensaje de invitación que recibirá por medio de su centro de mensajes del portal Trabajaen, se descartará a las participantes que incurran en el supuesto, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o para el SENASICA.

Etapa IV. Entrevista La entrevista permitirá  la interacción de cada uno de las y los miembros del Comité  Técnico de Selección con la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y conocimientos vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso, considerando con los elementos arriba señalados, las preguntas serán las mismas para cada una de las personas candidatas y quedarán plasmadas en el reporte individual.

Para pasar a la Etapa de Entrevistas, la candidata deberá tener un puntaje total previo a ésta, igual o superior a 45 puntos en una escala de 0 a 100 sin decimales, en caso contrario será descartada del procedimiento de selección.

Los resultados obtenidos en las Etapas II y III del procedimiento de selección, determinarán el orden de prelación, por lo que pasarán a la etapa de Entrevista, las tres candidatas con puntuaciones más altas, cuando el universo lo permita, para participar en la Etapa IV de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación determinado por el Comité Técnico de Profesionalización del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, en atención a las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, vigentes.

En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar, y la totalidad de candidatas que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de candidatas y que se continuarían entrevistando, será de tres y sólo se entrevistarían en caso de NO contar al menos con una finalista de entre las tres candidatas ya entrevistadas.

De conformidad con el artículo 272 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal publicado el 19 de diciembre de 2025, el Comité Técnico de Selección podrá sesionar por medios remotos de comunicación electrónica, a través de videoconferencia, en cuyo caso, las entrevistas se desahogarán a distancia para los miembros del Comité Técnico de Selección y de manera presencial para las candidatas, para lo cual deberán presentarse en el lugar, fecha y hora que se indiquen, de acuerdo con el mensaje de invitación que reciban a través de su centro de mensajes de Trabajaen. Por lo que se informa a las aspirantes, que la Etapa IV Entrevistas del procedimiento de selección, podrá realizarse bajo las siguientes modalidades:

1. videoconferencia,

2. presencial o

3. mixta (en la cual una parte del Comité atenderá la Etapa por videoconferencia y la otra de manera presencial)

El Comité Técnico de Selección, para verificar si reúne el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto sujeto a concurso, realizará preguntas y mediante las respuestas que proporcione la candidata identificará las evidencias que le permitan en un primer momento considerarla finalista y en un segundo momento, incluso determinarle ganadora del concurso. Las participantes que tengan una puntuación igual o superior a 75 al término de la Etapa de Entrevistas, serán consideradas finalistas, y de entre éstos se determinará a la candidata ganadora.

El Comité Técnico de Selección, utilizará como criterios de valoración en la entrevista los siguientes:

I. Contexto (favorable o adverso).

II. Estrategia (simple o compleja).

III. Resultado (sin impacto o con impacto).

IV. Participación (protagónica o como miembro de equipo).

Sin excepción alguna, en caso de que las candidatas no asistan, se nieguen a presentar la entrevista o se presenten una vez concluido el registro a esta etapa, en el día, lugar y hora en que se cite a través del mensaje de invitación que recibirá por medio de su centro de mensajes del portal Trabajaen, se descartará a las participantes que incurran en el supuesto, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o para el SENASICA.

Etapa V. Determinación Esta etapa tiene por objeto emitir el resultado del concurso, por lo que no se considera para el otorgamiento de ningún puntaje. Durante la determinación las integrantes del Comité  Técnico de Selección, darán su voto, para lo cual él Presidente o la Presidenta lo hará en última instancia, para que, de ser el caso, ejerza su derecho de veto

Se consideran finalistas a las candidatas que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el sistema de puntuación general, esto es, que hayan obtenido un resultado igual o superior a 75 en una escala de 0 a 100 puntos, sin decimales, para ser consideradas aptas para ocupar el puesto sujeto a concurso.

El Comité Técnico de Selección resolverá el procedimiento de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando:

I. Ganadora del concurso, a la finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, a la de mayor calificación definitiva;

II. A la finalista con la siguiente mayor calificación definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que, por causas ajenas a la dependencia, la ganadora señalado en la fracción anterior:

a) Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o

b) No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada.

III. Desierto el concurso.

El Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso:

I. Porque ninguna candidata se presente al concurso;

II. Porque ninguna de las candidatas obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerada finalista, o

III. Porque sólo una finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no obtenga la mayoría de los votos de las o los integrantes del Comité Técnico de Selección.

Se difundirá en el portal de Trabajaen, en orden de prelación de mayor a menor e identificando a las finalistas del concurso, así como la calificación definitiva de cada candidata.

Si durante la determinación, el Comité Técnico de Selección advirtiera que como resultado de la puntuación obtenida en las etapas II, III y IV del concurso, existe empate entre finalistas, elegirá a la ganadora conforme a los criterios siguientes:

I. Entre una servidora pública de la misma dependencia y otra finalista, tendrá preferencia la servidora pública de la dependencia, o

II. Entre servidoras públicas de la misma dependencia, se elegirá a la ganadora conforme a los siguientes criterios, observando el orden señalado:

a)  Aquella que sea servidora pública de carrera titular y el puesto que ocupe se encuentre en proceso de desaparición con motivo de una reestructuración, o

b)  Quien cuente con nombramiento de servidora pública de carrera titular,

c)  Quien tenga alguna discapacidad, o

d)  Quien hubiera obtenido la mayor puntuación en la valoración del mérito, o

e)  Quien hubiera obtenido la mayor puntuación en la evaluación de la experiencia, o

f)   Quien posea el mayor grado académico.

g)  Quien tenga el género sub representado, para lograr la igualdad efectiva y evitar la distribución desigual.

III.  Si es entre finalistas no adscritas a la dependencia, se considerarán los criterios en el orden siguiente:

a) Quien sea servidora pública de carrera titular y el puesto que ocupe se encuentre en proceso de desaparición con motivo de una reestructuración, o

b)  Quien cuente con nombramiento de servidora pública de carrera titular,

c)  Quien tenga alguna discapacidad, o

d)  Quien hubiera obtenido la mayor puntuación en la evaluación de la experiencia, o

e)  Quien hubiera obtenido la mayor puntuación en la valoración del mérito, o

f)  Quien posea el mayor grado académico.

g)  Quien tenga el género sub representado, para lograr la igualdad efectiva y evitar la distribución desigual.

En la etapa de determinación, el Comité Técnico de Selección elegirá de entre las finalistas a la ganadora, tomando en cuenta, cuando corresponda, lo dispuesto en el Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

Las finalistas que no sean seleccionadas, integrarán la reserva de aspirantes de la dependencia, con el fin de ser consideradas para ocupar un puesto vacante del mismo rango, o un puesto del rango, e incluso de nivel adjunto, del rango inmediato inferior, cuando éste sea al homólogo o afín al perfil, a aquél por el que hubieren concursado. Para los fines de la constitución y operación de la reserva no existirá orden de prelación alguno entre las integrantes de la misma. La permanencia en la reserva tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la publicación de los resultados del concurso correspondiente.

En el caso de que la candidata ganadora decida declinar la ocupación del puesto deberá manifestar su intención de no ocuparlo por escrito al Comité Técnico de Selección, con firma autógrafa. En el caso de que la ganadora no se presente a tomar protesta y ejercer las funciones en la fecha establecida se considerará que declina al resultado determinado por el Comité Técnico de Selección.

Criterios Normativos para la Reactivación de Folios Sólo es procedente la reactivación de folios en la Etapa I denominada Revisión curricular, exclusivamente en lo referente a la Escolaridad (nivel de estudio, grado de avance, área de estudio y carrera genérica) y Experiencia (campo y área de experiencia), por lo que, en caso de ser RECHAZADA por la plataforma TRABAJAEN, por error de captura u omisiones involuntarias, se deberá enviar al Comité Técnico de Selección conforme a la fecha indicada en el calendario, los siguientes documentos:

§ Escrito de solicitud dirigido al Comité Técnico de Selección, con firma autógrafa mediante el cual solicite y justifique el por qué considera debe realizarse la reactivación de su folio, indicando la dirección física, electrónica y números telefónicos donde puede recibir la respuesta a su petición.

§ Imagen impresa de la pantalla de Bienvenida de su portal de Trabajaen, donde se observe la totalidad de las solicitudes activas a los concursos en que se encuentre registrada, así como el mensaje del portal Trabajaen donde se observe el motivo de rechazo al concurso.

§ Original y copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y/o escolaridad, según corresponda.

§ Comprobante de domicilio con fecha de emisión menor a 3 meses al día en que se haga la solicitud únicamente para las participantes radicadas en el interior de la república.

La candidata deberá presentar su escrito de solicitud de reactivación de folio de conformidad con las fechas establecidas en el calendario del procedimiento de selección, en la siguiente dirección: Avenida Insurgentes Sur No. 489, Planta Baja, Col. Hipódromo, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06100, Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas. Unicamente las participantes radicadas en el interior de la República Mexicana podrán optar por la entrega de la documentación en formato electrónico al correo electrónico: elizabeth.delarosa@senasica.gob.mx.

La reactivación de folio sólo será procedente, cuando se acredite fehacientemente lo siguiente:

§ Por errores en la captura de información u omisiones que correspondan a los apartados de Escolaridad y Experiencia, a juicio de las o los integrantes del Comité Técnico de Selección.

La reactivación de folios no será procedente cuando:

I. La aspirante cancele su participación en el concurso, y

II. Exista duplicidad de registros en el portal de Trabajaen,

III. El error de captura u omisión no corresponda al apartado de Escolaridad o Experiencia.

Después de la fecha establecida en el calendario, no serán recibidas las solicitudes de reactivación de folios.

Temarios Los temarios y bibliografía referentes al Examen de Conocimientos Técnicos se encuentran disponibles en la página electrónica del SENASICA, https://www.gob.mx/senasica/acciones-y-programas/servicio-profesional-de-carrera-35501 a partir del 09 de septiembre de 2026.

Para facilitar su ubicación deberá  localizar el número de la convocatoria, posteriormente el número consecutivo del puesto y la denominación del puesto.

En el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal deberá consultar el portal www.trabajaen.gob.mx en el apartado “Documentos e Información Relevante”

Para la presentación de las evaluaciones de habilidades, no hay guías de estudio.

Lugar de aplicación de etapas del procedimiento de selección El SENASICA aplicará  las herramientas de evaluación en el orden que determine el Comité  Técnico de Selección, las cuales son susceptibles a cambios debido entre otros, a las siguientes situaciones o condiciones que afecten el desarrollo del concurso como pueden ser: disponibilidad de las herramientas de evaluación, así como de las salas y equipo informático para la aplicación de las evaluaciones, problemas de comunicación electrónica del sistema, fenómenos naturales, que se presenten y en los lugares destinados que se hayan establecido para la aplicación de dichas evaluaciones.

Se informará a las candidatas a través del portal de Trabajaen con 48 horas de anticipación el día, lugar y hora en que se deberá acudir para llevar a cabo las etapas del procedimiento de selección, así como para la entrega de documentos. El lugar para la aplicación del Examen de Conocimientos Técnicos, así como, el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, la evaluación de habilidades, evaluación de la experiencia, valoración del mérito, revisión documental y entrevista, será establecido en función del número de puestos que integren la convocatoria, la sede de trabajo de los mismos, el número de participantes inscritas en cada concurso; así como los recursos humanos y financieros con los que cuente el SENASICA para este fin.

Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación General El orden de prelación de las candidatas se integrará  de acuerdo a los resultados obtenidos por aquéllas con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el Sistema de Puntuación General aprobado por el Comité  Técnico de Profesionalización en su Segunda Sesión Ordinaria de 2025.

PUNTAJE MINIMO DE APTITUD: 75

SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL

  SUBETAPA PUNTOS ENLACE DEPARTAMENTO SUBDIRECCION DIRECCION
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS CT 20 30 3 0 30
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CG
EVALUACION DE HABILIDADES H 20 20 10 10
EVALUACION DE EXPERIENCIA X 20 10 20 20
VALORACION DEL MERITO M 10 10 10 10
ENTREVISTA E 30 30 30 30
TOTAL   100 100 100 100
Publicación de Resultados Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal de Trabajaen, identificándose la candidata con su número de folio de participación para el concurso.

Se difundirá  en Trabajaen, en orden de prelación de mayor a menor e identificando a las finalistas del concurso, la calificación definitiva de cada candidata la podrá consultar en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, en el apartado “Información y búsqueda de Concursos”, luego en “Información sobre Concursos”, se coloca el número de folio de participación en la sección derecha denominada “Seguimiento de un Concurso por Folio de Concursante”.

Disposiciones Generales Todos los puestos del SENASICA están sujetos a cambio de residencia, movimiento de rotación o movimiento lateral de acuerdo a las necesidades del servicio público.

El Comité Técnico de Profesionalización de este Organo Administrativo Desconcentrado, determinó que durante el procedimiento de selección podrán ser cancelados cualquiera de los concursos que integran la presente Convocatoria, de conformidad con los siguientes supuestos:

a) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate,

b) De conformidad con las disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno o por cualquier otra instancia competente,

c) El puesto de que se trate, se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, para restituir en sus derechos a alguna persona, o

d) El Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del catálogo el puesto en concurso.

En caso de que alguna candidata abandone sin causa justificada la sala de evaluaciones asignada para la aplicación de las etapas II, III, IV y V del procedimiento de selección, aun si éstas se celebraran de manera subsecuente o no, se descartará a las participantes que incurran en el supuesto, sin responsabilidad para el Comité Técnico de Selección o para el SENASICA.

Por motivo de caso fortuito o fuerza mayor, se podrá suspender cualquiera de las etapas y/o eventos antes mencionados, las cuales se reprogramarán previa notificación a través de mensaje en el portal de Trabajaen.

Las bases de participación de la presente convocatoria se encuentran fundamentadas en los artículos 2, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 28, 29, 30, 31, 32, 37, 72, 74, 75 fracciones III, IV, VII y X, 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; artículos 2 fracciones VII, VIII Y IX, 4, 15 fracción I, 17, 18, 29, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 BIS, 37, 38, 39, 40, 42, 94 y 95 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como los artículos 230, 231, 232, 241, 243, 245, 246, 247, 253, 254, 255, 259, 260, 261, 262, 263, 264, 265, 266, 267, 268, 269, 270, 271, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278, 279, 280 y 281 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025.

Los datos personales de las candidatas son confidenciales y estarán protegidos con fundamento en los artículos 3 fracciones III, IV, IX, X y XXXII, 4, 15, 19, 20, 25, 26, 27, 37, 59, 76, 82 y 77 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; artículos 19, 64 y 115 de La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; así como los artículos 12, 235 del ACUERDO por el que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025.

Cada candidata es responsable de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria.

Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria, será resuelto por el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones normativas aplicables.

Atención a Inconformidades y/o Revocación Las candidatas podrán presentar inconformidad, ante el Area de Especialidad en Quejas Denuncias e Investigaciones en el ramo Agricultura y Desarrollo Rural, ubicado en Avenida Guillermo Pérez Valenzuela Número 127, Colonia Del Carmen, Alcaldía Coyoacán, CP. 04100, Ciudad de México, de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas, en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.

Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, las interesadas estarán en aptitud jurídica de interponer mediante escrito Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en sus instalaciones situadas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735, Quinto Piso, Ala Norte, Colonia Guadalupe Inn, Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en horario de las 09:00 a las 18:00 horas en días hábiles; lo anterior, conforme a los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento, o depositando dicho escrito en el Servicio Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Resolución de Dudas En caso de duda o consulta sobre el particular, deberá  comunicarse al número telefónico 555905-1000 extensiones 51702 y 51627 de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas, o dirigirse al correo electrónico: elizabeth.delarosa@senasica.gob.mx.

Las dudas relacionadas con el temario del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, así como, la solicitud de renuncia de los resultados aprobatorios del examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno a la cuenta de correo electrónico: trabajaen@buengobierno.gob.mx

Ciudad de México, a 9 de septiembre de 2026.

El Comité Técnico de Selección

Sistema del Servicio Profesional de Carrera del Servicio

Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria

“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”

Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, suscribe las presentes

Bases de Participación el Secretario Técnico:

Director de Administración de Personal y Profesionalización

Mtro. Omar Alexander del Real Rentería

Firma Electrónica.