Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales
San Andrés Cholula, Pue.
EDICTO
Emplazamiento a la tercera interesada Inestmex, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable.
Presente.
En los autos del juicio de amparo indirecto número 883/2026, promovido por Bussines Center WKHS, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, a través de su apoderada Evelyn Hernández Covarrubias, contra actos del Presidente de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Puebla y otras autoridades, a quienes reclama la interlocutoria de once de marzo de dos mil veintiséis dictada en el juicio laboral D- 4/316/2019 que declaró fundado el incidente de sustitución procesal y como patrón sustituto al quejoso, su ejecución y la discusión, aprobación y expedición del decreto que promulgó el artículo 763 de la Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el uno de abril de mil novecientos setenta; así como la discusión, aprobación y expedición del decreto que adiciona el párrafo tercero y cuarto de dicho artículo, publicado el uno de mayo de dos mil diecinueve; y al ser señalada Inestmex, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, como tercera interesada y al desconocerse su domicilio, el trece de julio de dos mil veintiséis, se ordenó su emplazamiento por edictos, que se publicarán por tres veces, de tres en tres días hábiles en el Diario Oficial de la Federación, con apoyo en los artículos 27, fracción III inciso c) de la Ley de Amparo y 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares; haciendo de su conocimiento que deberá presentarse ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones, apercibida que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se le harán por lista. Queda a su disposición en este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de amparo y sus anexos.
Atentamente
San Andrés Cholula, Puebla, 10 de agosto de 2026.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil,
Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla
Lic. Luis Alberto Ibarra Herrera
Rúbrica.
(R.- 580038)