Secretaría de Marina
Subsecretaría de Asuntos Marítimos y Portuarios
Unidad de la Autoridad Marítima Nacional
Dirección General de Capitanías de Puerto
Capitanía de Puerto Regional de Puerto Chiapas, Chiapas
EDICTO
NOTIFICACIÓN.
SOCIEDAD SINCAMSON S.A DE C.V.
Puerto Chiapas, Chiapas; a 31 de julio del año dos mil veintiséis, esta Capitanía de Puerto Regional en Puerto Chiapas, Chis., a mi cargo; con fundamento en lo establecido por los artículos 14, 16 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o, 2o fracción I, 14, 16, 18, 26 y 30 fracciones IV inciso b., V incisos a) y b), VII Ter y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 fracción I, 3, 4, 5, 6, 7 fracción I, 8 fracciones IX, X, XVII, 9 fracciones IV y XV, 13 fracción I, 53, 167, 168, 169 y 170 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 1, 3, 32, 35 fracción III y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 3 fracción IX, 4 fraccion III, inciso a), numeral 1 y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina; acuerdos PRIMERO fracción I, TERCERO fracción XI, apartado A. y QUINTO del Acuerdo Secretarial 503/2023, por el cual se establece la jurisdicción territorial y marítima de las Capitanías de Puerto, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 14 de diciembre de 2023; informa que, desde el 26 de febrero del año 2016, en el muelle de pesca número dos de la Administración del Sistema Portuario Nacional Puerto Chiapas, se localiza una embarcación hundida con las características siguientes:
| Nombre | SINCAMSON I |
| Matrícula | 25030258231 |
| Tipo | Pesquero |
| Arqueo bruto | 122.390 |
| Arqueo neto | 78.220 |
| Eslora total/Eslora de registro | 22.050 metros |
| Manga | 6.200 metros |
| Puntal | 3.300 metros |
| Motor | Sin motor |
Al respecto, esta Autoridad Marítima Nacional ordena LA REMOCIÓN, de la embarcación "SINCAMSON I", matrícula 25030258231, a un lugar donde no represente un obstáculo a las instalaciones portuarias, peligro a la navegación y a las vías generales de comunicación, un peligro a la vida humana en el mar y un riesgo de contaminación al medio ambiente marino. Para llevar a cabo lo anterior, se le otorga un plazo de TRES MESES, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente orden de remoción, en términos del artículo 167 fracciones I y III de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, así mismo, se pone a disposición de cualquier interesado, previa acreditación de personalidad e interés jurídico, el expediente administrativo número "4S.1.04/2024. B/M SINCAMSON I", que se encuentra en las oficinas que ocupa esta Capitanía de Puerto Regional en Puerto Chiapas, Chiapas, ubicada en Calzada las Escolleras S/N., C.P. 30830, Puerto Chiapas, Chiapas, el cual contiene el Acuerdo referido anteriormente, así como todas aquellas constancias documentales que acreditan las actuaciones administrativas generadas con motivo del procedimiento en cuestión, a efecto de realizar las manifestaciones y ofrecer las pruebas que a su derecho convengan; en este acto, se hace el APERCIBIMIENTO que en caso de no dar cumplimiento a la presente orden administrativa en el plazo prescrito, esta Capitanía de Puerto Regional en Puerto Chiapas, Chis., realizará los trabajos de remoción a costa del propietario o naviero, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones administrativas conducentes y en caso de ser necesario estará facultada para declarar en abandono la embarcación "SINCAMSON I", matrícula 25030258231, por lo que, constituirá un bien del dominio de la Nación a partir de la publicación de dicha declaración en el Diario Oficial de la Federación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 170 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos. Lo que se hace del conocimiento a los interesados para los efectos legales a los que haya lugar.
Titular de la Capitanía de Puerto Regional en Puerto Chiapas, Chiapas Arturo Martínez Ortiz
Rúbrica.
(R.- 579893)