Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
EDICTO:
Por este medio, en cumplimiento a lo ordenado en auto de diecisiete de abril de dos mil veintiséis, dictado en el juicio de amparo número 60/2026, promovido por Juan Carlos Limón González, por conducto de su abogado patrono Rafael Valles Espinosa, contra los actos del Juez Décimo Tercero de lo Civil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, y de otra autoridad, se emplaza a juicio a Rene Mireles Escobedo, con el carácter de tercero interesado, en virtud de que se desconoce su domicilio. Lo anterior, de conformidad con el artículo 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. A fin de hacerle saber la radicación del juicio, quedan a su disposición, en la Secretaría de este Órgano Judicial copia simple de la demanda de garantías y sus anexos. Se le hace saber que cuenta con el plazo de treinta días contados a partir de día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurra a este juzgado a hacer valer lo que a su interés conviniere y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en la zona conurbada de Guadalajara. Se le apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por lista. Se hace de su conocimiento que se encuentran señaladas las DIEZ HORAS CON SEIS MINUTOS DEL CUATRO DE SEPTIEMBRE PRÓXIMO, para la celebración de la audiencia constitucional.
Atentamente
Zapopan, Jalisco, 07 de agosto de 2026.
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Lic. Miguel Alejandro Hermosillo Navarro
Rúbrica.
(R.- 579346)