ACUERDO por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

MARATH BARUCH BOLAÑOS LÓPEZ, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, último párrafo, y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 26, fracción XVII, y 40, fracciones I, VI y XVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 5 y 24 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos y 1 y 4, fracción III, del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites, servicios y demás objetivos que establezca la ley nacional en la materia.
Que el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de toda persona al trabajo digno y socialmente útil y, para tal efecto, el Estado promoverá la creación de empleos y la organización social del trabajo y, por otra parte, establece la obligación de las empresas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo.
Que el numeral 5.13 de la Norma Oficial Mexicana NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas - Funcionamiento - Condiciones de Seguridad establece la obligación de los centros de trabajo de dar aviso a la Secretaría que los equipos que funcionen en su centro de trabajo clasificados en la Categoría III, cumplen con las condiciones de seguridad previstas en dicha Norma.
Que en caso de alteración o reubicación de los equipos clasificados en la Categoría III, el numeral 16.2 de dicha Norma Oficial Mexicana, dispone que el patrón deberá dar aviso a la Secretaría, acreditando que los mismos mantienen el cumplimiento con las condiciones de seguridad previstas en la Norma, antes de ponerlos nuevamente en funcionamiento con las nuevas condiciones de operación o las modificaciones realizadas.
Que los artículos 317 y 320 de la Ley Federal del Trabajo establecen que, los patrones que den trabajo a domicilio deberán inscribirse previamente en el Registro de patrones del trabajo a domicilio, asimismo están obligados a llevar un Libro de registro de trabajadores a domicilio autorizado por la Inspección del Trabajo.
Que de conformidad con los artículos 318 y 321 de la Ley Federal del Trabajo las condiciones de trabajo se harán constar por escrito y cada una de las partes conservará un ejemplar y el otro será entregado a la Inspección del Trabajo. Además, los patrones entregarán gratuitamente a sus trabajadores a domicilio una libreta foliada y autorizada por la Inspección del Trabajo, que se denominará Libreta de trabajo a domicilio.
Que el artículo 6 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos establece que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal deben reducir al mínimo los costos burocráticos para la prestación de trámites y servicios, buscando que las regulaciones que expidan para estos efectos generen el mayor beneficio posible para las personas, con apego a los principios de certeza jurídica, confianza ciudadana, simplificación, accesibilidad, publicidad y transparencia, entre otros.
Que con fundamento en los artículos 8 y 10 de la citada ley, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, en su carácter de Autoridad Nacional de Simplificación y Digitalización, realizó propuestas para simplificar y digitalizar trámites y servicios a cargo de esta Dependencia.
Que de conformidad con el artículo 24 de dicho ordenamiento, los trámites y servicios previstos en leyes, reglamentos, manuales, lineamientos o cualquier otra disposición, podrán ser simplificados mediante acuerdos generales que emitan las personas titulares de los sujetos obligados en la esfera de su competencia y tendrán por objeto habilitar el uso de herramientas o medios digitales para realizar trámites o servicios; establecer plazos de respuesta menores a los máximos previstos; extender la vigencia de las resoluciones; eliminar requisitos y costos burocráticos de cualquier tipo o implementar cualquier otra acción de mejora.
Que el presente Acuerdo ofrece una oportunidad para que los trámites y servicios que se realizan ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social sean claros en cuanto a los requisitos que se exigen, los plazos y tiempos de resolución, así como para la reducción en los costos burocráticos, evitar contradicciones, duplicidades y buscar el mayor beneficio posible.
Por lo anterior, y con el propósito de implementar las acciones de simplificación, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN ACCIONES DE SIMPLIFICACIÓN PARA TRÁMITES QUE SE REALIZAN
ANTE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
ARTÍCULO PRIMERO.- Se elimina la obligación de presentar los siguientes requisitos:
No.
Homoclave
Nombre del trámite
Requisitos eliminados
1
STPS-08-002
Aviso de que los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas, clasificados en la categoría III, a los que se hayan realizado alteraciones o hayan sido reubicados, mantienen el cumplimiento con la NOM-020-STPS-2011.
1.  Carta poder del representante legal.
2.  Poder notarial.
2
STPS-08-003
Aviso de que los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas, clasificados en la categoría III, cumplen con la NOM-020-STPS-2011.
1.  Carta poder del representante legal.
2.  Poder notarial.
3
STPS-08-006
Solicitud de Registro de Patrones del Trabajo a Domicilio y autorización del Libro de Registro de Trabajadores a Domicilio.
1.  Escrito libre de solicitud.
4
STPS-08-007
Solicitud de validación de las condiciones de los trabajadores a domicilio y autorización de la Libreta de Trabajo a Domicilio.
1.  Escrito Libre (de solicitud o petición).
 
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se fusionan los siguientes trámites:
No.
Nombre del trámite
Mejora implementada
1
Aviso de que los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de Vapor o calderas. clasificados en la categoría III a los que se hayan realizado alteraciones o hayan sido reubicados, mantienen el cumplimiento con la NOM-020-STPS-2011.
Se fusionan los trámites STPS-08-002 y STPS-08-003 para quedar con el nombre de "Solicitud de número de control para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas, clasificados en la categoría III (NOM-020-STPS-2011)", quedando con la homoclave STPS-08-003.
Aviso de que los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas, clasificados en la categoría III, cumplen con la NOM-020-STPS-2011.
2
Solicitud de Registro de Patrones del Trabajo a Domicilio y autorización del Libro de Registro de Trabajadores a Domicilio.
Se fusionan los trámites STPS-08-006 y STPS-08-007 para quedar con el nombre de "Solicitud de registro y autorización en materia de trabajo a domicilio", quedando con la homoclave STPS-08-006.
Solicitud de validación de las condiciones de los trabajadores a domicilio y autorización de la Libreta de Trabajo a Domicilio.
 
ARTÍCULO TERCERO.- Se establecen los requisitos de los trámites fusionados en el artículo que antecede:
No.
Homoclave
Nombre del trámite
Requisitos después de la simplificación
1
STPS-08-003
Solicitud de número de control para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas, clasificados en la categoría III (NOM-020-STPS-2011).
1.  Formato de solicitud.
2.  Dictamen de evaluación de la conformidad.
3.  Identificación oficial vigente de la persona empleadora o su representante legal.
2
STPS-08-006
Solicitud de registro y autorización en materia para el trabajo a domicilio.
1.  Formato de solicitud y anexo que contenga la información relativa a las condiciones de trabajo.
2.  Identificación oficial vigente de la persona empleadora y de la persona trabajadora.
3.  Documento que acredite la personalidad de la persona empleadora.
4.  Libreta de trabajo a domicilio.
5.  Libro de registro de trabajadores a domicilio.
 
ARTÍCULO CUARTO.- Se implementa la reducción de tiempo de resolución para el siguiente trámite:
No.
Homoclave
Nombre del trámite
Reducción de tiempo
Antes
Ahora
1
STPS-08-006
Solicitud de registro y autorización para el trabajo a domicilio.
3 meses
15 días hábiles
 
ARTÍCULO QUINTO.- El tiempo de resolución del trámite "Solicitud de número de control para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas, clasificados en la categoría III (NOM-020-STPS-2011)", con homoclave STPS-08-003, será de 5 días hábiles.
ARTÍCULO SEXTO.- El procedimiento para la gestión del trámite "Solicitud de registro y autorización en materia de trabajo a domicilio", con homoclave STPS-08-006, se sujetará a lo dispuesto en el Capítulo relativo al Trabajo a domicilio de la Ley Federal del Trabajo.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- El trámite con homoclave STPS-08-003 deberá realizarse con al menos cinco días hábiles de anticipación a la fecha de inicio de la puesta en funcionamiento del equipo nuevo, alterado o reubicado.
Para el caso de la solicitud de renovación de la vigencia del número de control, dicha solicitud deberá realizarse dentro de los sesenta días naturales previos a la fecha de vencimiento del mismo, de conformidad con lo estipulado en el numeral 16.1 de la NOM-020-STPS-2011.
De conformidad con lo establecido en la NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas - Funcionamiento - Condiciones de Seguridad, la Secretaría no asignará número de control en caso de identificar inconsistencias en la información proporcionada.
ARTÍCULO OCTAVO.- En caso que los trámites sean presentados por persona física o moral a través de representante legal, adicionalmente deberá exhibirse la identificación oficial vigente y el documento vigente que acredite la personalidad jurídica con la que se ostenta.
ARTÍCULO NOVENO.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social no solicitará documentación emitida por la misma, copias simples, ni requisitos adicionales a los establecidos en el presente Acuerdo.
ARTÍCULO DÉCIMO.- Se establecen los formatos correspondientes mediante los siguientes anexos:
No.
Homoclave del
trámite
Nombre del trámite
Nombre del formato
Anexo
1
STPS-08-003
Solicitud de número de control para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas, clasificados en la categoría III (NOM-020-STPS-2011).
Formato de solicitud de número de control para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas, clasificados en la categoría III (NOM-020-STPS-2011).
I
2
STPS-08-006
Solicitud de registro y autorización para el trabajo a domicilio.
Formato de solicitud de registro y autorización para el trabajo a domicilio.
II
 
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día hábil siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
TERCERO.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social modificará la información que resulte necesaria en las fichas de trámites inscritos en el Portal Ciudadano Único de Trámites y Servicios, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
CUARTO.- En un plazo no mayor a un año a partir de la publicación del presente Acuerdo, en términos de la normatividad aplicable, esta Dependencia realizará las adecuaciones necesarias a los instrumentos normativos, sistemas de registro y tecnológicas que resulten necesarias para armonizar lo determinado en este acto. Lo anterior, de conformidad con el párrafo último del artículo 24 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.
QUINTO.- El contenido del presente Acuerdo deberá difundirse en las áreas que integren la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para su correcta aplicación.
Ciudad de México, a los 17 días del mes de agosto de 2026.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Baruch Bolaños López.- Rúbrica.
ANEXO I
Formato de solicitud
Solicitud de número de control para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos
y generadores de vapor o calderas, clasificados en la categoría III (NOM-020-STPS-2011)
 
Fecha de publicación del formato en el DOF
 
Fecha de solicitud
DD        |           MM        |          AAAA
 
DD        |           MM        |          AAAA
 
Nota: La presentación de esta solicitud surtirá los efectos correspondientes al aviso a que se refiere el numeral 5.13 en correlación con el 16.1 y 16.2 de la Norma Oficial Mexicana NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas - Funcionamiento - Condiciones de Seguridad.
 
Datos del Centro de Trabajo
Nombre:
Denominación o razón social:
Domicilio
Código postal:
Calle:
Número exterior:
Número interior:
Colonia:
Localidad:
Municipio o Alcaldía:
Estado:
Teléfono:
Correo(s) electrónico(s):
 
Datos del equipo
Nombre genérico del equipo:
Número de serie, clave del equipo y/o número de TAG:
El (los) fluido(s) manejado(s):
La(s) presión(es) de operación:
La(s) presión(es) de calibración, en su caso:
Capacidad volumétrica, en el caso de recipientes sujetos a presión y recipientes criogénicos:
 
Capacidad térmica, en el caso de generadores de vapor o calderas:
Temperatura(s) de operación:
Tipo de dispositivos de relevo de presión:
Número de dispositivos de relevo de presión:
Área de ubicación del equipo:
 
Datos del certificado de fabricación
Nombre del fabricante:
Número de certificado de fabricación:
El código o norma de construcción aplicable:
 
Fecha de emisión del certificado
 
Datos del dictamen
DD        |           MM        |          AAAA
 
Nombre, denominación o razón social de la unidad de verificación:
 
 
Número de acreditación otorgado por la entidad de acreditación a la unidad de verificación:
 
 
Número de registro otorgado al dictamen por la Secretaría:
 
 
 
Nombre de la persona responsable de emitir el dictamen:
 
 
 
Fecha de otorgamiento de la acreditación:
DD        |           MM        |          AAAA
 
 
Fecha de vencimiento:
 
Documentos
·  Identificación oficial vigente con fotografía de la persona empleadora o su representante legal.
·  Dictamen de evaluación de la conformidad.
 
________________________________________________________________________________________
Firma de la persona representante legal del Centro de Trabajo
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá difundir y publicar la información contenida en el presente formato, en los términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ANEXO II
Formato de solicitud
Solicitud de registro y autorización para el trabajo a domicilio.
Fecha de publicación del formato en el DOF
 
Fecha de solicitud
DD        |           MM       |           AAAA
 
DD        |           MM       |           AAAA
 
Persona trabajadora
Nombre:
Nacionalidad:
Edad:
Género:              Hombre                                   Mujer                                          Otro
Estado civil:
 
Persona empleadora
Nombre o razón social de la persona empleadora:
Nacionalidad:
Edad:
Género:              Hombre                                   Mujer                                          Otro
Estado civil:
 
Domicilio y datos de contacto de la persona trabajadora
Código postal:
Calle:
Número exterior:
Número interior:
Colonia:
Localidad:
Municipio o Alcaldía:
Estado:
Teléfono:
Correo(s) electrónico(s):
 
Domicilio y datos de contacto de la persona empleadora
Código postal:
Calle:
Número exterior:
Número interior:
Colonia:
Localidad:
Municipio o Alcaldía:
Estado:
Teléfonos:
Correo(s) electrónico(s):
 
Monto de salario
Lugar de pago
Fecha de pago
 
 
 
 
Documentos
·  Identificación oficial vigente de la persona empleadora y de la persona trabajadora.
·  Documento que acredite la personalidad jurídica de la persona empleadora.
·  Formato de solicitud y anexo que contenga la información relativa a las condiciones de trabajo.
·  Libreta de trabajo a domicilio.
·  Libro de registro de trabajadores a domicilio.
 
________________________________________________________________________________________
Firma de la persona empleadora
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá difundir y publicar la información contenida en el presente formato, en los términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
___________________________