Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTOS
 
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
TERCERA INTERESA: FIMECAP, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En los autos del juicio de amparo indirecto 534/2026 promovido por Active Leasing Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de su apoderado Alfonso Dueñas Barajas personalidad, contra actos de la Quinta Sala Civil y del Juez Segundo Civil de Proceso Oral ambos del Poder Judicial de la Ciudad de México; demanda: Acto Reclamado: El auto de veintidós de abril de dos mil veintiséis, dictado en los autos del juicio oral mercantil 925/2025, del índice del Juzgado Segundo en Materia Civil de Proceso Oral del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, por medio del cual admitió la prueba documental en vía de informe que deberá rendir la institución de crédito Banco Mercantil del Norte, Sociedad Anónima, Institución de banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte; y, La iniciativa, discusión y aprobación del artículo 1061, fracción III, del Código de Comercio, mismo que se reclama con motivo de su primer acto de aplicación en perjuicio de la persona moral quejosa, se ordena emplazar a juicio a la parte tercera interesada FIMECAP, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, a fin de que comparezcan a deducir sus derechos, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado copia simple del escrito inicial de demanda, así como del auto admisorio de siete de mayo de dos mil veintiséis, haciéndoles saber a la tercera interesada en mención que deberá acudir al presente juicio de garantías dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, y señalar domicilio de su parte para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de este Juzgado de Distrito, apercibida de que en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones se les harán por medio de lista, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 26, fracción III, de la Ley de Amparo.
 
Ciudad de México, a 09 de julio de 2026.
El Secretario de Acuerdos del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Rafael Pineda Magaña
Rúbrica.
(R.- 579783)