Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, con sede en Xalapa
Xalapa, Veracruz
Juicio de Amparo 875/2025
EDICTO
1) "Alianza Estratégica de Asesores" Sociedad Anónima de Capital Variable" y 2) "Palnasa Servicios Integrales", Sociedad Anónima de Capital Variables"
En el lugar en que se encuentre, hago saber a Usted:
En los autos del juicio de amparo 875/2025 promovido por Héctor Muñiz Lagunes, apoderado de Banco del Bajío, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, contra actos de los Magistrados que Integran la Segunda Sala Unitaria "C" del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz; y otra autoridad; radicado en este Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, con domicilio en Boulevard Culturas Veracruzanas, número ciento veinte (120), Edificio C, piso tres (3), colonia Reserva Territorial, código postal 91096, Xalapa, Veracruz, se le ha reconocido el carácter de tercera interesada y como se desconoce su domicilio actual, en acuerdo de seis de julio de dos mil veintiséis, se ordenó emplazarlos por edictos que deberán publicarse por tres veces, de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 209 fracción II del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, aplicado supletoriamente; haciéndoles saber que podrán presentarse dentro de los treinta días en este Juzgado de Distrito, contados a partir del siguiente al de la última publicación; apercibidos que, de no hacerlo, las posteriores notificaciones, se les harán por lista de acuerdos que se fije en los estrados de este órgano jurisdiccional, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de Distrito copia simple de la demanda de amparo; asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional está prevista para las DOCE HORAS CON DIEZ MINUTOS DEL TRECE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTISÉIS; de igual forma, se le hace saber que el acto reclamado por la parte quejosa se hace consistir en la resolución de trece de agosto de dos mil veinticinco, dictada en el toca 236/2024, a través de la cual la Segunda Sala Unitaria "C" del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, determinó modificar la resolución del Juez de Primera Instancia, para el efecto de que en el supuesto de no poder notificar personalmente a la persona moral Palnasa Servicios Integrales, Sociedad Anónima de Capital Variables, y en su caso a su representante legal, se realizara una búsqueda exhaustiva del domicilio de ambos, ordenándose girar oficios a las dependencias públicas o privadas, además de todas aquellas de la localidad donde tuvieran su último domicilio.
Atentamente
Xalapa, Veracruz, 06 de julio de 2026.
Secretario del Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz
Roberto Carlos Flores Valdivia
Firmado Electrónicamente.
(R.- 579669)