Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
PUBLICACIÓN DE SANCIÓN
El veintitrés de febrero de dos mil veintiséis, en el expediente administrativo número DGSP/DELC/PAS/111/2025, que obra en los archivos de la Dirección General de Seguridad Privada, se impuso a la prestadora de servicios de seguridad privada SERVICIOS TERRESTRES DE SEGURIDAD PRIVADA, S.A. DE C.V., con número de Registro Federal Permanente DGSP/002-11/1657 y domicilio ubicado en AV. PRESIDENTE JUAREZ NUM. 15, COL. TLALNEMEX, C.P. 54070, TLALNEPANTLA DE BAZ, MEXICO, las siguientes sanciones:
1) AMONESTACIÓN con difusión pública en la página de internet de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, prevista en el artículo 42 fracción I de la Ley Federal de Seguridad Privada y 60 fracción I de su Reglamento y 2) MULTA de mil quinientas Unidades de Medida y Actualización (UMA), prevista en el artículo 42 fracción II de la Ley Federal de Seguridad Privada, vigente en el año de la comisión de la infracción (2025), con un valor de $113.14 (ciento trece pesos 14/100 M.N.), la cual da un total de $ 169,710.00 (ciento sesenta y nueve mil, setecientos diez pesos 00/100 M.N.), de conformidad con lo establecido en la Ley para determinar el valor de la Unidad de Medida y Actualización y el artículo 42 fracciones I y II de la Ley Federal de Seguridad Privada. Lo anterior; toda vez que omitió informar las bajas de dos sucursales que registró con ubicaciones en los estados de Jalisco y México; omitió presentar 44 de 50 fotografías correspondientes al mismo número de vehículos que informó en el procedimiento de visita, omitió proporcionar fotografías con las que se aprecie el toldo de los vehículos y; omitió acreditar la capacitación en las modalidades autorizadas de 76 elementos operativos; no obstante, subsanó las omisiones relativas a las actualizaciones de los domicilios de las dos sucursales y la capacitación de sus 76 elementos operativos, con motivo de la visita que le fue practicada; de conformidad con los artículos 13, 25, fracción V, 29 y 32, fracciones III, V y XXV, de la Ley Federal de Seguridad Privada; así como el artículo 42, del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada.
Así lo resolvió y firma el Director General de Seguridad Privada, de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Ciudad de México, a dos de marzo de dos mil veintiséis.
Director General de Seguridad Privada
Enrique Martínez Garza
Rúbrica.
(R.- 579666)