Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Segunda Sala Regional en Veracruz
Expediente: 2678/25-13-02-7
Actora: Grupo Metropolitano de Agua y Saneamiento, S.A.P.I. de C.V.
EDICTO
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
TERCERO INTERESADO
En los autos del juicio 2678/25-13-02-7, promovido por Ivonne Montoya Cancino en representación de GRUPO METROPOLITANO DE AGUA Y SANEAMIENTO, S.A.P.I. DE C.V., ante esta Segunda Sala Regional en Veracruz del Tribunal Federal de Justicia Administrativa con sede en la Ciudad de Xalapa, Veracruz, con esta fecha se dictó el siguiente acuerdo:
"En virtud de que en el escrito recibido en la Oficialía de Partes Común de las Salas Regionales en Veracruz el 18 de junio de 2026, la actora manifestó bajo protesta de decir verdad, que únicamente cuenta con la información de que el domicilio del tercero interesado es el ubicado en Calle Rafael Cuervo, número 648, casa 24, casi esquina calle 9, C.P. 94299 Colonia Joyas de Mocambo, Veracruz, México, y en virtud de que en el lugar señalado se negó que viviera ahí el citado tercero interesado y lo conocieran, resulta aplicable lo previsto en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la materia contenciosa administrativa, que establece que cuando se ignore el domicilio de la persona a emplazar, la notificación deberá realizarse por edictos a costa del promovente, a fin de salvaguardar el derecho de defensa y garantizar la debida integración de la relación procesal.- Por tanto, con fundamento en los artículos 3, fracción II, y 14, fracción VII, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, 36, fracción VII, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la materia, SE ORDENA EL EMPLAZAMIENTO AL TERCERO INTERESADO FRANCISCO ARTURO PALACIOS RODRÍGUEZ POR MEDIO DE EDICTOS, los cuales contendrán una relación sucinta de la demanda y se publicarán por TRES VECES, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de circulación nacional "El Universal".- Hágase del conocimiento del tercero interesado que la copia del acuerdo de admisión de demanda de 20 de enerode 2026 por el que se admitió a trámite la demanda interpuesta por la C. Ivonne Montoya Cancino, en representación legal de la persona moral GRUPO METROPOLITANO DE AGUA Y SANEAMIENTO, S.A.P.I. DE C.V., mediante la cual demanda la nulidad de A) La resolución contenida en el oficio 600-65-00-03-00-2025-4501 de 22 de octubre de 2025, emitida por la Administradora Desconcentrada Jurídica de Veracruz "2", a través de la cual confirma la resolución contenida en el oficio número 500-65-00-05-02-2024-12988 de fecha 09 de octubre de 2024 y B) oficio número 500-65-00-05-02-2024-12988 de fecha 09 de octubre de 2024, emitida por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Veracruz "2", a través de la cual se determinó un crédito fiscal en cantidad de $117'551,632.60, por concepto de Impuesto Sobre la Renta, actualizaciones, recargos y multas correspondientes al ejercicio 2017, así como un reparto de utilidades por pagar en cantidad de $12'811,587.72, así como el escrito inicial de demanda y sus anexos, se encuentran a su disposición en el local que ocupa esta Segunda Sala Regional en Veracruz, ubicada en Circuito Rafael Guízar y Valencia número 103, Reserva Territorial, C.P. 91096, Xalapa de Enríquez, Veracruz; para que, con fundamento en el artículo 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, mediante escrito que presente y que deberá contener los requisitos de la contestación de demanda, así como la justificación de su derecho para intervenir en el asunto, comparezca dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, apercibido que, de no hacerlo, el juicio se seguirá en su rebeldía y las ulteriores notificaciones se le harán por boletín jurisdiccional."
Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a 19 de junio de 2026.
El Instructor del Juicio
Primer Secretario de Acuerdos de la Ponencia uno, quien firma en este acto, en funciones de Magistrado por
Ministerio de Ley, con fundamento en el artículo 48, segundo párrafo, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal
de Justicia Administrativa y de conformidad con el Acuerdo G/JGA/11/2026, aprobado por la Junta de
Gobierno y Administración del Tribunal, en sesión de 26 de enero de 20261
Licenciado Ramiro Olivo Leal
Rúbrica.
Secretaria de Acuerdos, que autoriza y da fe.
Artículo 59, fracciones I, II y V, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Lic. Teresa de Jesús Díaz Jardines
Rúbrica.
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1 "Primero. Se aprueba que el Licenciado Ramiro Olivo Leal, Primer Secretario de Acuerdos de la Primera Ponencia de la Segunda Sala Regional en Veracruz, con sede en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, supla la falta de persona Magistrada en la Ponencia de su adscripción, por lo que en su carácter de suplente adquiere las facultades inherentes y las funciones jurisdiccionales de un Magistrado de Sala Regional, al actuar por Ministerio de Ley."
(R.- 579429)