Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Prevención de la Competencia Desleal
Coordinación Departamental de Infracciones y Delitos
S. Tous, S.L.
M.- 668229 Tous
M.- 989577 Diseño
Exped.: P.C.269/2026(F-12)2751
Folio: 026756
Torba-HR S.A. de C.V.
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Por escrito presentado en la oficialía de partes de esta Dirección el día 15 de abril de 2026, al cual recayó el folio de entrada 8687, por Juan Pablo Rubalcaba González, apoderado de S. TOUS, S.L. solicitó la declaración administrativa de infracción prevista en la fracción XXI del artículo 386 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, en contra TORBA-HR S.A. DE C.V., respecto de los registros marcarios 668229 TOUS y 989577 DISEÑO, derivado de la imposición de la medida provisional ordenada por oficio 3500 de fecha 9 de febrero de 2026, prevista en la fracción VI del artículo 344 de la Ley citada anteriormente.
Por lo anterior, con fundamento en los artículos 328, 336 fracción II y último párrafo, 367 fracción IV, 369 y 370 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud de medidas provisionales e infracción que nos ocupa, concediéndole TORBA-HR S.A. DE C.V., el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, mismo que empezará a correr a partir del día hábil siguiente al que se realice esta publicación para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga; apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el plazo señalado, este Instituto, previo estudio de los antecedentes relativos y desahogadas las pruebas que lo requieran, emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en los artículos 336 último párrafo y 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Atentamente
04 de agosto de 2026.
El Coordinador Departamental de Infracciones y Delitos
Darío Campos Tovar
Rúbrica.
(R.- 579412)