Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
Isis Pharma GMBH
Vs.
Maria Elsi May May
M. 2753709 Metroruboril Gel
Exped.: P.C.2667/2025(N-694)28715
Folio: 026259
Maria Elsi May May
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS.
 
Por escrito y anexos presentados en la Oficialía de Partes de esta Dirección, el día 19 de diciembre de 2025, con folio de entrada 028715, por DIEGO ENIRCO GONZÁLEZ ROSSI, apoderado de ISIS PHARMA GMBH, solicitó la declaración administrativa de nulidad del registro de marca citado al rubro, propiedad de MARIA ELSI MAY MAY.
Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 336, 367 fracción IV y 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a MARIA ELSI MAY MAY, parte demandada, el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga; apercibida que de no dar contestación a la misma una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
 
Atentamente
31 de julio de 2026.
El Coordinador Departamental de Nulidades
Roberto Díaz Ramírez
Rúbrica.
(R.- 579389)