Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
 
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, O GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE TABASCO, ASÍ COMO EN EL PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Se comunica a las personas que tengan derecho sobre los numerarios consistentes en: $200,000.00 (doscientos mil pesos 00/100 M.N.). $9,200.00 (nueve mil doscientos pesos 00/100 M.N.). USD 187,380.00 (ciento ochenta y siete mil trescientos ochenta dólares americanos 00/100 USD). Y, USD 1,056.00 (mil cincuenta y seis dólares americanos 00/100 USD), lo siguiente:
Que en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, se radicó el expediente relativo al Juicio de Extinción de Dominio 29/2026-VI promovido por Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio, de la Fiscalía General de la República, en contra de Julia Isidoro García y José Judith Martínez de Jesús, con el carácter de codemandados, así como de la persona afectada Juventino Martínez Jiménez, ello por considerar que no se acreditó la legitima procedencia de los numerarios referidos.
Las personas que se crean con derecho sobre los bienes muebles (numerarios) señalados, deberán presentarse ante este Juzgado de Distrito, ubicado en el edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina número dos, acceso once, nivel de plaza, colonia del Parque, código postal 15960, Ciudad de México, dentro del término de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente a la publicación del último edicto, a fin de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Se hace de su conocimiento que se concedió la medida cautelar de aseguramiento precautorio de los numerarios afectos.
Expedido en nueve tantos en la Ciudad de México, el quince de julio de dos mil veintiséis.
 
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Luis Alberto Reyes Juárez
Rúbrica.
(E.- 001069)