Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Civil del Vigésimo Circuito,
con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
EDICTO:
 
LÍMBANO VELÁZQUEZ RAMÍREZ (TERCERO INTERESADO)
En el juicio de amparo directo 414/2026 promovido por Esteban de Jesús López Alemán, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, contra el acto que reclamo a la Sala Regional Colegiada Mixta, Zona 04 Pichucalco, con sede en esa ciudad; el acto reclamado es la sentencia de siete de septiembre de dos mil veintitrés, dictada en el toca penal 04-A/2023, en la que confirmó la sentencia condenatoria de ocho de marzo de dos mil veintitrés, en la causa penal 38/2016, pronunciada por el entonces Juez de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Pichucalco - sustituido por el Juzgado del Ramo Penal de los Distritos Judiciales de Chiapa, Cintalapa y Tuxtla, con sede en Cintalapa, Chiapas, en la que consideró al quejoso Esteban de Jesús López Alemán, penalmente responsable del delito de privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro, cometido en agravio de Rubén Falcón Herrera y Límbano Velázquez Ramírez; por tanto, de conformidad con el artículo 27, fracción III, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazarla mediante edictos que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, haciéndole saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contado del siguiente al de la última publicación, ante este Tribunal Colegiado a defender sus derechos.
 
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, 29 de junio de 2026.
Secretario de Acuerdos
Carlos Andrés Clemente Figueroa
Rúbrica.
(R.- 578452)