ACUERDO por el que se dan a conocer las variables y fuentes de información para el cálculo de la fórmula del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, y los porcentajes de participación que se asignarán a cada entidad federativa, para efectos de la formulación anual del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2027.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar.

LETICIA RAMÍREZ AMAYA, Secretaria de BIENESTAR, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 34 de la Ley de Coordinación Fiscal; 14, fracción IV, 36 y 37 de la Ley General de Desarrollo Social; Décimo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la Reforma Política de la Ciudad de México, publicado el 29 de enero de 2016 en el Diario Oficial de la Federación; Décimo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018; 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Coordinación Fiscal dispone en su artículo 34, que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Bienestar, distribuirá el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), entre las entidades, considerando los criterios de pobreza extrema conforme a una fórmula y procedimientos específicos.
Que la distribución del FAIS se realiza en función de la proporción que corresponde a cada entidad de la pobreza extrema a nivel nacional.
Que con fecha 16 de julio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, conforme al citado Decreto, a efecto de hacer eficiente el uso de los recursos públicos y mejorar la eficacia, se reasignan al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) los procesos relacionados con la medición de la pobreza y la evaluación integral de la Política de Desarrollo Social, en consecuencia, se extingue el organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, denominado Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL).
Que el artículo Sexto Transitorio, del citado Decreto establece que las referencias y atribuciones que, en los ordenamientos jurídicos se hagan o le confieran al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, deberán entenderse hechas o conferidas al Instituto Nacional de Estadística y Geografía cuando se refieran a la medición de la pobreza y evaluación integral de la Política de Desarrollo Social.
Que la Ley General de Desarrollo Social, establece en el párrafo segundo, del artículo 4, que la medición de la pobreza y la evaluación integral de la Política de Desarrollo Social, así como la emisión de recomendaciones corresponde al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, de conformidad con el párrafo tercero del apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Asimismo, la citada Ley, artículo 14, fracción IV, establece que entre las vertientes de la Política de Desarrollo Social debe incluirse la infraestructura social básica.
Que de conformidad con los artículos 36 y 37 de la Ley General de Desarrollo Social el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, con fecha 13 de agosto de 2025 publicó las estimaciones de pobreza en México y para cada entidad federativa, correspondientes a 2024.
Que la propia Ley de Coordinación Fiscal dispone que, para efectos de la formulación anual del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Bienestar, publicará, a más tardar el 15 de agosto de cada año, en el Diario Oficial de la Federación las variables y fuentes de información para el cálculo de la fórmula del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social y dará a conocer los porcentajes de participación que se asignará a cada entidad, y;
Que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, mediante Folio de Constancia: No. ATDT-2026-1219 de fecha 12 de agosto de 2026 ha emitido la Constancia de Exención de Análisis de Impacto Regulatorio correspondiente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS VARIABLES Y FUENTES DE INFORMACIÓN PARA EL CÁLCULO
DE LA FÓRMULA DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL, Y LOS PORCENTAJES
DE PARTICIPACIÓN QUE SE ASIGNARÁ A CADA ENTIDAD FEDERATIVA, PARA EFECTOS DE LA FORMULACIÓN
ANUAL DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2027
PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal, para efectos de la formulación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2027, mediante la publicación de las variables y las fuentes de información para el cálculo de esta fórmula con el fin de dar a conocer los porcentajes de participación que se asignarán a cada entidad federativa del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social.
SEGUNDO. - El artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal establece lo siguiente:
El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Bienestar, distribuirá el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social entre las entidades, conforme a la siguiente fórmula:

Donde:

Y las variables de cálculo se definen de la siguiente manera:
= Monto del FAIS de la entidad i en el año t.
= Monto del FAIS de la entidad i en 2013, en el caso del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), dicho monto será equivalente a 686,880,919.32 pesos.
, donde corresponde a los recursos del Fondo en el año de cálculo t.
= La participación de la entidad i en el promedio nacional de las carencias de la población en pobreza extrema más reciente publicada por el INEGI al año t.
= Número de carencias promedio de la población en pobreza extrema en la entidad i más reciente publicada por el INEGI al año t.
= Participación de la entidad i, en la bolsa de recursos asignados por su eficacia en el abatimiento de la pobreza extrema;
= Población en Pobreza Extrema de la entidad i, de acuerdo con la información más reciente provista por el INEGI; y
= Población en Pobreza Extrema de la entidad i, de acuerdo con la información inmediata anterior a la más reciente provista por el INEGI.
TERCERO. - Componentes que pertenecen a la fórmula de distribución señalada en el artículo anterior:
Componente
Nombre:
Línea Basal
Descripción:
Se refiere al monto que los estados recibieron por concepto de FAIS en el 2013. Para el caso de la Ciudad de México el Artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal establece que será de 686,880,919.32 pesos.
Fuente de Información:
Presupuesto de Egresos de la Federación 2013, en el Paquete Económico y Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2013.
Sitio electrónico:
https://www.apartados.hacienda.gob.mx/presupuesto/temas/pef/2013/temas/tomos/33/r33_rfef.pdf
(enlace verificado el 27 de julio de 2026)
Indicaciones:
La liga anterior direcciona al sitio electrónico "Presupuesto de Egresos de la Federación 2013, Resumen por Fondo y Entidad Federativa"; tomar los valores de la columna FAIS por entidad federativa.
 
Componente
Nombre:
Pobreza
Descripción:
Se refiere a la participación de las 32 entidades federativas del país en la pobreza extrema a nivel nacional, ponderada por las carencias promedio de las personas en pobreza extrema de la respectiva entidad federativa.
Fuente de Información:
INEGI.
Sitio electrónico:
https://www.inegi.org.mx/desarrollosocial/pm/#tabulados
(enlace verificado el 27 de julio de 2026)
Indicaciones:
Colocar el enlace anterior en la barra de direcciones de un determinado navegador web y teclear Enter. Posteriormente, se deberá identificar el apartado con la leyenda Indicadores de pobreza para dar clic en el ícono correspondiente al archivo XLSX. Una vez hecho esto, comenzará la descarga de la base de datos, una vez descargada, abrir el archivo. Para construir el indicador utilice los valores de cada entidad federativa ubicados en la pestaña Cuadro 2; tomar los valores correspondientes a la sección "Pobreza extrema" y de las columnas "Población (2024)" y "Carencias Promedio (2024)".
 
Componente
Nombre:
Eficacia
Descripción:
Es una medida de la disminución de la pobreza extrema que ha logrado una entidad federativa en un periodo determinado. Para el caso del FAIS, se compara el número de personas en situación de pobreza extrema en la medición vigente de pobreza multidimensional hecha por el INEGI, respecto de la misma medición inmediata anterior a la vigente. La medición de pobreza multidimensional más reciente es la 2024 y la inmediata anterior es la 2022 para el caso de entidades. Si este indicador es mayor a uno, se considera que la entidad federativa ha sido eficaz, si es menor a uno, se considera que no lo ha sido.
Fuente de Información:
INEGI.
Sitio electrónico:
https://www.inegi.org.mx/desarrollosocial/pm/#tabulados
(enlace verificado el 27 de julio de 2026)
Indicaciones:
Colocar el enlace anterior en la barra de direcciones de un determinado navegador web y teclear Enter. Posteriormente, se deberá identificar el apartado con la leyenda Indicadores de pobreza para dar clic en el ícono correspondiente al archivo XLSX. Una vez hecho esto comenzará la descarga de la base de datos, una vez descargada, abrir el archivo. Para construir el indicador utilice los valores de cada entidad federativa, ubicados en la pestaña Cuadro 2; tomar los valores correspondientes a la sección "Pobreza extrema" y de las columna "Población (2022 y 2024)".
 
Componente
Nombre:
Incremento FAIS
Descripción:
Es el diferencial entre el monto total asignado al FAIS en el año actual, respecto del monto total asignado al FAIS en 2013. Para efectos del cálculo, deberá sumarse al monto 2013 la cantidad asignada a la Ciudad de México que de manera predefinida equivale a 686,880,919.32 pesos.
Fuente de Información:
Para el monto total 2013, consultar el Presupuesto de Egresos de la Federación 2013.
Para el monto total FAIS 2027, consultar la Recaudación Federal Participable (RFP) 2027 que se publica en la Ley de Ingresos de la Federación y obtener el 2.5294% tal como lo establece el artículo 32 de la Ley de Coordinación Fiscal en su primer párrafo o, en su defecto, en caso de estar disponible, consultar el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2027.
Sitio electrónico:
Para el caso del monto total FAIS 2013
https://www.apartados.hacienda.gob.mx/presupuesto/temas/pef/2013/temas/tomos/33/r33_rfef.pdf
(enlace verificado el 27 de julio de 2026)
Para el caso del monto total FAIS 2027
Deberá consultar el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2027 publicado en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Dicha información la podrá consultar en las siguientes ligas electrónicas:
Diario Oficial de la Federación:
http://www.dof.gob.mx/
Portal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:
https://www.finanzaspublicas.hacienda.gob.mx/es/Finanzas_Publicas/Paquete_Economico_y_Presupuesto
Indicaciones:
La primera liga direcciona al sitio electrónico "Presupuesto de Egresos de la Federación 2013, Resumen por Fondo y entidad Federativa"; de ahí tomar el monto total FAIS, que equivale a 53,090,815,000 pesos y sumar los 686,880,919.32 pesos que corresponden a la Ciudad de México. El monto total da 53,777,695,919.32 pesos.
Para calcular el incremento del FAIS 2027 reste del monto total FAIS 2027 publicado en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2027 la cantidad correspondiente al monto total FAIS 2013, incluyendo a la Ciudad de México, como se muestra en seguida:

 
CUARTO. - Resultados de la fórmula de distribución señalada en el artículo SEGUNDO:
Componente (Pobreza)
 
Entidad federativa
Información INEGI 2024
Desarrollo de la fórmula





Miles de
personas en
situación de
pobreza
extrema 2024
Carencias
promedio de las
personas en
situación de
pobreza extrema
2024
Aguascalientes
8.667
3.4272527980
0.0012468525
0.0042732786
0.0011218702
Baja California
13.437
3.1987050681
0.0019330745
0.0061833352
0.0016233202
Baja California Sur
10.704
3.6946935725
0.0015398995
0.0056894568
0.0014936616
Campeche
55.276
3.6493595774
0.0079521193
0.0290201426
0.0076187013
Coahuila de Zaragoza
25.572
3.4677381511
0.0036788406
0.0127572559
0.0033491814
Colima
6.916
3.5161943320
0.0009949500
0.0034984376
0.0009184500
Chiapas
1,589.725
4.0065539637
0.2287011141
0.9163033550
0.2405584862
Chihuahua
86.925
3.9512223181
0.0125052096
0.0494108633
0.0129719076
Ciudad de México
169.547
3.4057046129
0.0243913808
0.0830698380
0.0218084484
Durango
82.321
3.7285747258
0.0118428687
0.0441570208
0.0115926085
Guanajuato
109.101
3.4692532607
0.0156954947
0.0544516460
0.0142952718
Guerrero
768.998
3.9687502438
0.1106296368
0.4390613979
0.1152674435
Hidalgo
182.586
3.5859814005
0.0262671982
0.0941936841
0.0247288083
Jalisco
114.163
3.3595911110
0.0164237244
0.0551769985
0.0144856997
México
657.137
3.5304403800
0.0945370828
0.3337575346
0.0876218633
Michoacán de Ocampo
269.023
3.9987250161
0.0387022031
0.1547594677
0.0406292338
Morelos
96.401
3.5783238763
0.0138684465
0.0496257932
0.0130283335
Nayarit
46.196
4.0316477617
0.0066458517
0.0267937333
0.0070341988
Nuevo León
29.574
3.2791303172
0.0042545766
0.0139513110
0.0036626585
Oaxaca
694.565
3.9432320949
0.0999215520
0.3940138709
0.1034410491
Puebla
481.214
3.7694165174
0.0692284376
0.2609508160
0.0685078069
Querétaro
28.259
3.5236561803
0.0040653980
0.0143250647
0.0037607806
Quintana Roo
50.031
3.6533948952
0.0071975627
0.0262955390
0.0069034071
San Luis Potosí
145.720
3.7675267637
0.0209635794
0.0789808466
0.0207349594
Sinaloa
45.649
3.5973843896
0.0065671592
0.0236245960
0.0062022004
Sonora
45.178
3.5813670371
0.0064994002
0.0232767375
0.0061108766
Tabasco
164.169
3.8142950252
0.0236176906
0.0900848398
0.0236501073
Tamaulipas
52.364
3.4928003972
0.0075331929
0.0263119393
0.0069077127
Tlaxcala
63.888
3.4757231405
0.0091910593
0.0319455776
0.0083867201
Veracruz de Ignacio de la Llave
713.945
3.7838502966
0.1027095988
0.3886377457
0.1020296469
Yucatán
85.298
3.7756219372
0.0122711460
0.0463312082
0.0121634012
Zacatecas
58.554
3.3421798682
0.0084236991
0.0281535175
0.0073911849
Sumatoria
6,951.103
116.3682910300
1.0
3.8090668488
1.0
 
Componente (Eficacia)
Entidad federativa
Información INEGI 2024
Desarrollo de la fórmula




Miles de personas en
situación de pobreza
extrema 2022
Miles de personas en
situación de pobreza
extrema 2024
Aguascalientes
26.095
8.667
3.0108457367
0.0601803282
Baja California
49.912
13.437
3.7145196100
0.0742452549
Baja California Sur
6.409
10.704
0.5987481315
0.0119676869
Campeche
91.659
55.276
1.6582060931
0.0331439720
Coahuila de Zaragoza
58.792
25.572
2.2990771156
0.0459536049
Colima
9.341
6.916
1.3506362059
0.0269963117
Chiapas
1607.51
1589.725
1.0111874695
0.0202114618
Chihuahua
79.811
86.925
0.9181593328
0.0183520296
Ciudad de México
159.352
169.547
0.9398691808
0.0187859627
Durango
117.753
82.321
1.4304126529
0.0285908713
Guanajuato
203.401
109.101
1.8643367155
0.0372640796
Guerrero
800.48
768.998
1.0409389881
0.0208061307
Hidalgo
214.018
182.586
1.1721490147
0.0234287368
Jalisco
180.544
114.163
1.5814580906
0.0316099446
México
1032.442
657.137
1.5711213948
0.0314033363
Michoacán de Ocampo
372.003
269.023
1.3827925493
0.0276390478
Morelos
117.48
96.401
1.2186595575
0.0243583825
Nayarit
81.132
46.196
1.7562559529
0.0351037777
Nuevo León
64.927
29.574
2.1954081288
0.0438814849
Oaxaca
859.854
694.565
1.2379748476
0.0247444536
Puebla
765.545
481.214
1.5908618619
0.0317979057
Querétaro
42.515
28.259
1.5044764500
0.0300712472
Quintana Roo
79.583
50.031
1.5906737823
0.0317941464
San Luis Potosí
212.923
145.72
1.4611789734
0.0292058238
Sinaloa
55.829
45.649
1.2230059804
0.0244452581
Sonora
51.183
45.178
1.1329186772
0.0226446068
Tabasco
272.474
164.169
1.6597165116
0.0331741620
Tamaulipas
102.628
52.364
1.9598961118
0.0391741064
Tlaxcala
92.563
63.888
1.4488323316
0.0289590410
Veracruz de Ignacio de la Llave
1078.237
713.945
1.5102521903
0.0301866918
Yucatán
133
85.298
1.5592393726
0.0311658402
Zacatecas
84.118
58.554
1.4365884483
0.0287143121
Sumatoria
9,103.513
6,951.103
50.0303974600
1.0
 
Sustitución en Fórmula

Entidad Federativa





Aguascalientes
197,953,256
+
DF2013,2027
(0.8 *
0.0011218702
+ 0.2 *
0.0601803282
)
Baja California
243,015,639
+
DF2013,2027
(0.8 *
0.0016233202
+ 0.2 *
0.0742452549
)
Baja California Sur
73,379,212
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0014936616
+ 0.2 *
0.0119676869
)
Campeche
548,719,166
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0076187013
+ 0.2 *
0.0331439720
)
Coahuila de Zaragoza
406,205,780
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0033491814
+ 0.2 *
0.0459536049
)
Colima
85,238,861
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0009184500
+ 0.2 *
0.0269963117
)
Chiapas
9,565,473,489
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.2405584862
+ 0.2 *
0.0202114618
)
Chihuahua
1,039,553,212
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0129719076
+ 0.2 *
0.0183520296
)
Ciudad de México
686,880,919
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0218084484
+ 0.2 *
0.0187859627
)
Durango
773,661,418
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0115926085
+ 0.2 *
0.0285908713
)
Guanajuato
2,017,332,796
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0142952718
+ 0.2 *
0.0372640796
)
Guerrero
4,662,535,295
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.1152674435
+ 0.2 *
0.0208061307
)
Hidalgo
1,674,311,243
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0247288083
+ 0.2 *
0.0234287368
)
Jalisco
1,270,667,340
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0144856997
+ 0.2 *
0.0316099446
)
México
3,462,868,563
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0876218633
+ 0.2 *
0.0314033363
)
Michoacán de Ocampo
2,125,061,765
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0406292338
+ 0.2 *
0.0276390478
)
Morelos
470,968,561
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0130283335
+ 0.2 *
0.0243583825
)
Nayarit
469,364,268
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0070341988
+ 0.2 *
0.0351037777
)
Nuevo León
616,828,431
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0036626585
+ 0.2 *
0.0438814849
)
Oaxaca
5,349,661,863
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.1034410491
+ 0.2 *
0.0247444536
)
Puebla
4,339,279,645
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0685078069
+ 0.2 *
0.0317979057
)
Querétaro
507,341,024
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0037607806
+ 0.2 *
0.0300712472
)
Quintana Roo
535,355,500
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0069034071
+ 0.2 *
0.0317941464
)
San Luis Potosí
1,750,099,005
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0207349594
+ 0.2 *
0.0292058238
)
Sinaloa
666,706,174
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0062022004
+ 0.2 *
0.0244452581
)
Sonora
412,801,278
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0061108766
+ 0.2 *
0.0226446068
)
Tabasco
1,019,660,277
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0236501073
+ 0.2 *
0.0331741620
)
Tamaulipas
684,206,927
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0069077127
+ 0.2 *
0.0391741064
)
Tlaxcala
476,981,561
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0083867201
+ 0.2 *
0.0289590410
)
Veracruz de Ignacio de la Llave
5,601,399,480
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.1020296469
+ 0.2 *
0.0301866918
)
Yucatán
1,279,609,923
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0121634012
+ 0.2 *
0.0311658402
)
Zacatecas
764,574,048
+
DF2013,202 7
(0.8 *
0.0073911849
+ 0.2 *
0.0287143121
)
Sumatoria
53,777,695,919
 
DF2013,202 7
 
1.0
 
1.0
 
Resultado de la Fórmula
Entidad Federativa

+


Aguascalientes
197,953,256
+
DF2013,2027
(
0.012933562
)
Baja California
243,015,639
+
DF2013,2027
(
0.016147707
)
Baja California Sur
73,379,212
+
DF2013,2027
(
0.003588467
)
Campeche
548,719,166
+
DF2013,2027
(
0.012723755
)
Coahuila de Zaragoza
406,205,780
+
DF2013,2027
(
0.011870066
)
Colima
85,238,861
+
DF2013,2027
(
0.006134022
)
Chiapas
9,565,473,489
+
DF2013,2027
(
0.196489081
)
Chihuahua
1,039,553,212
+
DF2013,2027
(
0.014047932
)
Ciudad de México
686,880,919
+
DF2013,2027
(
0.021203951
)
Durango
773,661,418
+
DF2013,2027
(
0.014992261
)
Guanajuato
2,017,332,796
+
DF2013,2027
(
0.018889033
)
Guerrero
4,662,535,295
+
DF2013,2027
(
0.096375181
)
Hidalgo
1,674,311,243
+
DF2013,2027
(
0.024468794
)
Jalisco
1,270,667,340
+
DF2013,2027
(
0.017910549
)
México
3,462,868,563
+
DF2013,2027
(
0.076378158
)
Michoacán de Ocampo
2,125,061,765
+
DF2013,2027
(
0.038031197
)
Morelos
470,968,561
+
DF2013,2027
(
0.015294343
)
Nayarit
469,364,268
+
DF2013,2027
(
0.012648115
)
Nuevo León
616,828,431
+
DF2013,2027
(
0.011706424
)
Oaxaca
5,349,661,863
+
DF2013,2027
(
0.08770173
)
Puebla
4,339,279,645
+
DF2013,2027
(
0.061165827
)
Querétaro
507,341,024
+
DF2013,2027
(
0.009022874
)
Quintana Roo
535,355,500
+
DF2013,2027
(
0.011881555
)
San Luis Potosí
1,750,099,005
+
DF2013,2027
(
0.022429132
)
Sinaloa
666,706,174
+
DF2013,2027
(
0.009850812
)
Sonora
412,801,278
+
DF2013,2027
(
0.009417623
)
Tabasco
1,019,660,277
+
DF2013,2027
(
0.025554918
)
Tamaulipas
684,206,927
+
DF2013,2027
(
0.013360991
)
Tlaxcala
476,981,561
+
DF2013,2027
(
0.012501184
)
Veracruz de Ignacio de la Llave
5,601,399,480
+
DF2013,2027
(
0.087661056
)
Yucatán
1,279,609,923
+
DF2013,2027
(
0.015963889
)
Zacatecas
764,574,048
+
DF2013,2027
(
0.01165581
)
Sumatoria
53,777,695,919
 
DF2013,2027
1.0
 
TRANSITORIOS
PRIMERO. - El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. - En caso que el monto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para el Ejercicio Fiscal 2027 sea inferior a la participación que en su totalidad hayan recibido las entidades federativas en 2013, la fórmula no será aplicable y la distribución se realizará en los términos del párrafo segundo del artículo 34 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Ciudad de México, a los 12 días del mes de agosto del 2026.- La Secretaria de Bienestar, Leticia Ramírez Amaya.- Rúbrica.