Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
con residencia en Zapopan
M9-OJ2
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 659/2026, promovido por Swell Finanzas en Movimiento Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordena emplazar por este medio al tercero interesado Federico Mendoza Limón, quien debe presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación, a hacer valer sus derechos en el presente juicio, apercibida que de no hacerlo, por sí, por su apoderado o por gestor que pueda representarla, se seguirá el procedimiento en sus etapas, haciéndose las subsecuentes notificaciones por lista, que se fije en los estrados de este Juzgado, en términos de lo dispuesto en los artículos 26, fracción III, y 27, fracción III, de la Ley de Amparo. Queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, la copia de la demanda de amparo.
PARA PUBLICARSE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.
Atentamente
Zapopan, Jalisco, tres de agosto de dos mil veintiséis.
Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco
Edna Berenice Oropeza Silva
Rúbrica.
(R.- 579276)