Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles,
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
"Concurso Mercantil 18858/2025-III"
EDICTO PARA PUBLICIDAD DE SENTENCIA QUE DECLARA EL
ESTADO DE CONCURSO MERCANTIL EN ETAPA DE QUIEBRA.
 
En los autos del concurso mercantil 18858/2025-III, de la comerciante Caja de la Sierra Gorda, sociedad anónima de capital variable, sociedad financiera popular; mediante sentencia de treinta y uno de marzo de dos mil veintiséis, se declaró en concurso mercantil en etapa de quiebra de la comerciante señalada; y por ende suspendida a capacidad de ejercicio de la fallida, respecto de los bienes y derechos que integran su masa, que serán administrados por el síndico, quien contará con las más amplias facultades de dominio que en derecho procedan; se señaló como fecha de retroacción el cuatro julio de dos mil veinticinco; se ordenó al al liquidador de Caja de la Sierra Gorda, sociedad anónima de capital variable, sociedad financiera popular, entregar al especialista la posesión y administración de los bienes y derechos que integran la masa, con excepción de los inalienables, inembargables e imprescriptibles; las personas que tengan en su posesión bienes de la quebrada, deberán entregarlos al síndico, salvo los que estén afectos a ejecución de una sentencia ejecutoria para el cumplimiento de obligaciones anteriores al concurso mercantil; se prohibió a los deudores de la comerciante pagar o entregar bienes sin autorización del síndico, con apercibimiento de doble pago en caso de desobediencia. Se tuvo por designado como síndico José Gerardo Badín Cherit, con domicilio para el cumplimiento de obligaciones el ubicado en calle Copérnico, número 171, colonia Anzures, alcaldía Miguel Hidalgo, código postal 11590, Ciudad de México, número telefónico 55-52-50-02-98 y correo electrónico despacho@badincherit.mx; haciendo del conocimiento de los acreedores residentes dentro de la República y en el extranjero que pueden presentar solicitudes de reconocimiento de crédito al síndico, en el domicilio indicado. Se ordenó al síndico iniciar inmediatamente las diligencias de ocupación, de todos y cada uno de los bienes de la quebrada que se encuentren en posesión de ella o de otra persona. Se ordenó al síndico proceder a la enajenación de los bienes y derechos que integran la masa.
Se expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en sentencia de treinta y uno de marzo de dos mil veintiséis.
 
Ciudad de México, nueve de junio de dos mil veintiséis.
La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles,
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
María del Carmen Araceli Garduño Paredes
Rúbrica.
(R.- 579354)