Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Fiscalía Federal en el Estado de Guerrero
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
En cumplimiento al acuerdo dictado dentro de los autos de la carpeta de investigación FED/GRO/ACAP/0000655/2025, de la cual se decretó el aseguramiento ministerial de un bien; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III, 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, del siguiente bien afecto a la indagatoria que a continuación se describe: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - 1.- Carpeta de investigación FED/GRO/ACAP/0000655/2025, iniciada en contra de Quien Resulte Responsable, por el delito de posesión de cartuchos de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, posesión de cargadores de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto en el artículo 83 Quat Fracción II, 83 Quintus Fracción II, todos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y Contra la Salud previsto y sancionado por el artículo 195, del Código Penal Federal; en la cual el 04 de septiembre de 2025, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Italika, modelo 250z, tipo motocicleta, color negro, sin placas de circulación, con número de identificación vehicular 35CK5FLD5R1036324, año-modelo 2024, por ser objeto del delito investigado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dicho bien asegurado y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dicho bien causará abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, en la Fiscalía Federal de la Fiscalía General de la República en el Estado de Guerrero con domicilio ubicado en Acceso al Tecnológico no.3, Col. Predio la cortina, CP. 39090, Chilpancingo, Guerrero. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Atentamente
Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, a 13 de febrero de 2026.
La Fiscal Federal en el Estado de Guerrero
Lcda. Neyra Salgado Miranda
Rúbrica.
(R.- 578884)