CONVENIO de Coordinación y Adhesión que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Jalisco, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto MUJERES/AVGM/JAL/2026, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados al Componente B Acciones de Coadyuvancia derivadas de las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres.

MUJERES/CCA/AVGM/JAL/11/2026
CONVENIO DE COORDINACIÓN Y ADHESIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS, REPRESENTADA POR SU TITULAR, INGRID AURORA GÓMEZ SARACÍBAR; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO, JESÚS PABLO LEMUS NAVARRO; ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO SALVADOR ZAMORA ZAMORA; POR EL SECRETARIO DE LA HACIENDA PÚBLICA Y TITULAR DE LA INSTANCIA RECEPTORA, LUIS GARCÍA SOTELO; Y POR LA SECRETARIA DE IGUALDAD SUSTANTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES, Y TITULAR DE LA INSTANCIA EJECUTORA, FABIOLA RAQUEL GUADALUPE LOYA HERNÁNDEZ; A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Conforme a lo dispuesto por el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales de la materia de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, establece que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Que el Estado mexicano ha suscrito y ratificado diversos instrumentos internacionales que buscan garantizar la igualdad de derechos y oportunidades para las mujeres, así como la eliminación de las violencias y de todas las formas de discriminación contra las mujeres, entre los que se encuentran la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), así como la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.
Por su parte, el artículo 4o. de la CPEUM dispone que la mujer y el hombre son iguales ante la Ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias (LGAMVLV), en su artículo 1 establece los deberes reforzados del Estado, en materia de protección del derecho de las mujeres, adolescentes, niñas y niños a una vida libre de violencias, y tiene por objeto establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios para prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres, adolescentes, niñas y niños, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, mientras que los artículos 2 y 34 TER respectivamente, del mismo ordenamiento, establecen que la Federación, las entidades federativas, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los municipios deberán instrumentar las medidas presupuestales y administrativas necesarias y suficientes de carácter extraordinario para hacer frente a la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres, y deberán contar con fiscalías especializadas para atender los delitos relacionados con las violencias de género en contra de las mujeres y Centros de Justicia para las Mujeres. Así como proporcionar a las mujeres, o las niñas, en situación de violencia y en su caso a sus hijas e hijos o personas que dependan de la víctima, alojamiento temporal en espacios seguros tales como casas de emergencia, refugios y albergues que garanticen su seguridad y dignidad, en términos de las disposiciones aplicables de esta ley.
Que el Gobierno Federal crea el Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas (PROGRAMA) como parte de una política pública integral con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos e interculturalidad y visión de interseccionalidad que prevenga, atienda, sancione y erradique las violencias contra las mujeres.
Que del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026 (PEF 2026), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 21 de noviembre de 2025 se derivan los recursos asignados para la implementación del PROGRAMA, los cuales ascienden a $856,782,185.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.).
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo que deberán, entre otros aspectos: I) identificar con precisión la población objetivo, tanto por grupo específico como por región del país, entidad federativa y municipio; II) incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; III) prever la temporalidad en su otorgamiento; y, IV) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
Aunado a lo anterior, los artículos 175 y 176 del Reglamento de la LFPRH en lo sucesivo (RLFPRH), disponen que los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las Entidades Federativas y en su caso de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación (TESOFE) los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del Ejercicio Fiscal de que se trate, no se hayan devengado o que no se encuentren vinculados formalmente a compromisos y obligaciones de pago.
En virtud de lo anterior, "MUJERES", destinará parte de los recursos previstos en el PEF 2026 para que se otorguen y apliquen en las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres; para atender las acciones descritas, conforme a lo establecido en los Lineamientos de Operación del Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas para el ejercicio fiscal 2026 (LINEAMIENTOS).
En atención a lo anterior, el 06 de enero de 2026 se publicó en el portal oficial de "MUJERES" https://www.gob.mx/mujeres la "Guía Operativa del Componente B: Acciones de Coadyuvancia derivadas de las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres" (GUÍA OPERATIVA AVG 2026) que rigen el proceso para acceder a los recursos por concepto de subsidios federales del PROGRAMA.
En cumplimiento de la GUÍA OPERATIVA AVG 2026, el 30 de enero de 2026 se emitió la convocatoria correspondiente, por la que se asignaron recursos federales en forma de subsidios destinados a las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. La aplicación de los recursos asignados se encuentra sujeta tanto a los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA AVG 2026, como a la disponibilidad presupuestaria autorizada en el PEF 2026.
Por lo anterior, y dada la necesidad de ejecutar las acciones para eliminar contextos de violencias contra las mujeres en todo el país, así como coadyuvar en la prevención y erradicación del fenómeno, y en la promoción de los derechos humanos de las mujeres, de conformidad con los plazos establecidos en la GUÍA OPERATIVA AVG 2026, en fecha 05 de febrero de 2026, mediante Formato 1. Solicitud de Subsidio, suscrito por Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández en su carácter de Secretaria de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres del "GOBIERNO DEL ESTADO", solicitó en tiempo y forma a "MUJERES" los recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el proyecto: MUJERES/AVGM/JAL/2026.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los LINEAMIENTOS, el Comité de Evaluación (COMITÉ), aprobó el proyecto presentado, por la cantidad de $3,981,780.38 (TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS 38/100 M.N.) para la ejecución del proyecto MUJERES/AVGM/JAL/2026. Dicha situación se notificó a la Instancia Ejecutora mediante el oficio MUJERES/SDVLV/DGPAVLV/032-9/2026, de fecha 20 de marzo de 2026.
Así, "LAS PARTES" manifiestan su interés de formalizar el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.        "MUJERES" declara que:
I.1.     Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de los artículos 90 de la CPEUM; 1o., 2o., fracción XXI, 26 y 42 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF); y, 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2.     La Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de enero de 2025, y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, de conformidad con los artículos 2, fracción I, 5, fracción XIV y 7 del RISM.
I.3.     Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43801 "Subsidios a Entidades Federativas y Municipios según oficio número MUJERES/UAF/0224/2026, de 20 de marzo de 2026, emitido por el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas de "MUJERES".
I.4.     Señala como su domicilio el ubicado en Calle Barranca del Muerto 209, San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
II.       El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.    Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la CPEUM; y 1o., 2o., y 3o. de la Constitución Política del Estado de Jalisco, es una entidad federativa que forma parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2.    El Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, Jesús Pablo Lemus Navarro, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 36 y 50, fracciones XVIII, XIX y XXVIII de la Constitución Política del Estado de Jalisco; y 2 numeral 1 y 4 numeral 1 fracciones II, XI y XIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.
II.3.    El Secretario General de Gobierno, Salvador Zamora Zamora, acredita su personalidad con la designación y toma de protesta expedidas a su favor por Jesús Pablo Lemus Navarro, Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, ambas de fecha 6 de diciembre de 2024; y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 46 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2 numerales 2 y 3, 3, numeral 1 fracción I, 5, numeral 1 fracciones II y XVI, 7, numeral 1 fracción III, 14 numeral 1, 15 numeral 1 fracciones I, III, VI y XVIII, 16 numeral 1 fracción I, 17 numeral 1 fracciones I y L de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; así como 2 y 9 del Reglamento Interno de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Jalisco.
II.4.    El Secretario de la Hacienda Pública y Titular de Instancia Receptora, Luis García Sotelo, acredita su personalidad con la designación y toma de protesta expedidas a su favor por Jesús Pablo Lemus Navarro; y cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 46 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 2 numerales 2 y 3, 3 numeral 1 fracción I, 5, fracciones II y XVI, 7 numeral 1 fracción III, 14 numeral 1, 15 numeral 1 fracciones I,VI y XVIII, 16 numeral 1 fracción II, 18 numeral 1 fracciones XIX, XXVII y XLI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; así como 1, 2,4 y 11 del Reglamento Interno de la Secretaría de la Hacienda Pública.
II.5.     La Secretaria de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres y Titular de la Instancia Ejecutora, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, acredita su personalidad con la designación y toma de protesta expedidas a su favor por Jesús Pablo Lemus Navarro, Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, de fecha 06 de diciembre de 2024; y cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, con fundamento en los artículos 46 de la Constitución Política del Estado de Jalisco;2, numerales 2 y 3, 3, numeral 1, fracción I, 5, numeral 1, fracciones II y XVI, 7, numeral 1, fracción III, 14, numeral 1, 15 numeral 1, fracciones I, VI y XVIII, 16, numeral 1, fracción X y 25 numeral 1, fracciones XXXIX y XLVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; así como 3 y 5, fracciones XVIII, XIX y XXVII del Reglamento Interno de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres del Estado de Jalisco.
II.6.    Para los efectos del presente instrumento jurídico, tiene como su domicilio el ubicado en calle Pedro Moreno número 281, Zona Centro, Código Postal 44100, Guadalajara, Jalisco.
III.      "LAS PARTES" declaran que:
III.1.    Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
III.2.    Reconocen que los recursos federales asignados son complementarios y fortalecen las capacidades institucionales locales, y que, a través de esta coadyuvancia, no se sustituye la responsabilidad de la Instancia Ejecutora de destinar recursos presupuestarios propios para el cumplimiento de las acciones del Componente B: "Acciones de Coadyuvancia derivadas de las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres" en materia de prevención, protección, atención, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres.
III.3.    Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres.
III.4.    Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres, adolescentes, niñas y niños, para lo que reconocen la utilidad de instrumentar medidas de seguridad, prevención y de justicia a quienes incumplen la ley, particularmente la LGAMVLV.
III.5.    Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencias, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con características de violencias de género.
III.6.    Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los LINEAMIENTOS, la GUÍA OPERATIVA AVG 2026 y, en su caso, de los Acuerdos emitidos por "MUJERES", mismos que regulan el presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto: MUJERES/AVGM/JAL/2026, que permita dar cumplimiento a la aplicación de recursos destinados al Componente B "Acciones de Coadyuvancia derivadas de las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres".
Dicho Proyecto, se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "MUJERES" asignará la cantidad de $3,981,780.38 (TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS 38/100 M.N.), para el Proyecto: MUJERES/AVGM/JAL/2026, aprobado por el COMITÉ en la Primera Sesión Extraordinaria mediante Acuerdo CEPMUJERES/1SE/009/27022026.
Los recursos federales se radicarán al "GOBIERNO DEL ESTADO", a través de la Secretaría de la Hacienda Pública, para lo que la Instancia Ejecutora deberá disponer de una cuenta bancaria productiva específica, en la cual se depositarán y manejarán exclusivamente los recursos federales y sus rendimientos atendiendo lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), misma que se identifica con los siguientes datos:
Nombre de la Beneficiaria: 
SECRETARIA DE LA HACIENDA PÚBLICA
Nombre del Proyecto: 
MUJERES/AVGM/JAL/2026
Nombre de la Institución Financiera:
BANCO NACIONAL DE MÉXICO S.A.
Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) de 18 dígitos:
002320701687082017
Número de Cuenta Bancaria:
70168708201
Tipo de Cuenta:
Productiva
Tipo de Moneda:
Nacional
Número de Sucursal:
7016
Número de Plaza:
Guadalajara, Jalisco
Fecha de apertura de la Cuenta:
03/03/2026
Nombre de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta:
Luis García Sotelo Wendy del Rocio Muñoz Hinojosa
Eugenia Guadalupe Peregrina Rodríguez
César Osvaldo Gómez de Alba
Verónica Elizabeth Sánchez Larios
 
"MUJERES" notificará a la titular de la Instancia Ejecutora mediante correo electrónico, cuando se haya realizado la radicación del recurso; por su parte, las tesorerías o dependencias homólogas de las entidades federativas contarán con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para transferir a la Instancia Ejecutora los recursos destinados al cumplimiento del proyecto beneficiado en el marco del PROGRAMA.
Es un requisito indispensable para la transferencia de dichos recursos, que el "GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "MUJERES" la factura electrónica Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en términos de lo establecido en el numeral 10 inciso i), de la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
Para "MUJERES", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la LGCG. Por su parte, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad los recursos federales recibidos, de acuerdo con las disposiciones jurídicas federales y locales aplicables, así como rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que deban rendirse por conducto de "MUJERES".
Los recursos que el COMITÉ asigne a la entidad federativa se encuentran sujetos a la disponibilidad de éstos de acuerdo con el PEF 2026 por lo que "MUJERES" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos asignados, derivado de las disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a "MUJERES". El COMITÉ, comunicará, a través de la Secretaria Técnica las eventualidades relacionadas con la ministración de recursos oportunamente al "GOBIERNO DEL ESTADO".
La aplicación de los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, no perderán su carácter federal al ser ministrados a la Instancia Ejecutora y, en consecuencia, estarán sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
"MUJERES" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleve a cabo el "GOBIERNO DEL ESTADO" para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que éste se compromete a resolver y eximir de cualquier responsabilidad a "MUJERES" y de cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los LINEAMIENTOS, y normatividad aplicable, para la realización del objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Revisar conjuntamente el o los informes que se presenten respecto del avance del Proyecto, en términos de los numerales 7.22 y 7.23 de los LINEAMIENTOS.
b.    Garantizar la rendición de cuentas, respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno Federal, así como de la planeación y asistencia técnica aportada por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
c.     Apegarse a lo establecido en la LGCG, la LFPRH, el RLFPRH y demás legislación aplicable en materia de subsidios.
CUARTA. COMPROMISOS DE "MUJERES". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS, y la GUÍA OPERATIVA AVG 2026, "MUJERES", se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, para la ejecución del Proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA, habiéndose concluido los trámites administrativos correspondientes, en términos de los LINEAMIENTOS y el numeral 10 inciso i) de la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de informar sobre la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento.
c.     Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco del presente instrumento.
d.    Realizar las acciones de verificación y supervisión del Proyecto, las cuales deberán ser atendidas por el "GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DEL "GOBIERNO DEL ESTADO". Además de los previstos en los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA AVG 2026, el "GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar, por conducto de la Secretaría de la Hacienda Pública, los recursos asignados a través de subsidios exclusivamente destinados para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y en el Anexo Técnico aprobado por el COMITÉ.
b.    Devengar el recurso federal, de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento al Proyecto en un plazo no mayor a quince (15) días naturales, contados a partir de la fecha que se realizó el depósito de los recursos federales en la cuenta bancaria establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
d.    Realizar por conducto de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres las acciones, contrataciones y adquisiciones necesarias para la consecución de los fines del Proyecto, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su respectivo Reglamento, Ley Federal de Austeridad Republicana, así como en la demás normatividad local aplicable en la materia.
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, licencias, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del Proyecto previsto en este instrumento jurídico.
f.     Garantizar que el Proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, cuente con la documentación legal y administrativa que resulte necesaria para su ejecución, así como verificar la autenticidad de ésta.
g.    Recabar, resguardar y conservar la documentación justificativa y comprobatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos.
h.    Integrar y resguardar los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación del Proyecto financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento.
i.     Garantizar que el personal encargado de ejecutar el Proyecto acredite su experiencia y capacitación en materia de derechos humanos, perspectiva de género y en los temas de Proyecto a desarrollar, cumpliendo con los perfiles previstos en el Anexo Técnico
j.     Entregar, por conducto de la persona enlace designada a "MUJERES", los informes que dan cuenta de la comprobación de erogaciones del gasto y el avance del Proyecto, validados por la Secretaría de la Hacienda Pública, con su debido soporte documental. Esta información deberá entregarse de acuerdo con el calendario señalado en la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, en términos de lo previsto en los LINEAMIENTOS, con la leyenda "Operado con recursos U012: Programa para la Prevención y Detección de las Violencias Feminicidas y la Atención de las Causas" para el ejercicio 2026.
l.     En términos de los LINEAMIENTOS, presentar a "MUJERES", a más tardar el 15 de enero de 2027, un Acta de cierre del Proyecto, firmada por la Titular de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, así como por la persona Titular de la Secretaría de la Hacienda Pública y el Enlace Designado ante "MUJERES", en la que se incluyan los datos generales, objetivo y descripción del Proyecto; los antecedentes de la ejecución del mismo; los principales compromisos establecidos entre "LAS PARTES", y el reporte de las acciones administrativas que la Instancia Ejecutora ha llevado a cabo al 31 de diciembre de 2026 para la correcta ejecución de los recursos otorgados, y demás documentos y requisitos que se establecen en la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
m.    Instrumentar los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas en la aplicación de los recursos presupuestarios federales ministrados para el desarrollo del proyecto.
n.    Contar con un programa interno de protección civil vigente durante el periodo establecido en el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, avalado por la instancia competente de su localidad, que contemple: que el inmueble se encuentre con todas las condiciones de seguridad para poder estar en funcionamiento.
ñ.    Contar con rutas y acciones de seguridad para la atención de emergencias y riesgos psicosociales, mismo que deberá ser verificable.
o.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones previstas en la LFPRH y el RLFPRH, el PEF 2026, y demás legislación aplicable a la materia, así como en el Convenio de Coordinación y Adhesión; y Anexo Técnico correspondiente.
p.    Llevar a cabo el proyecto en términos de lo establecido en los LINEAMIENTOS y, en su caso, de los Acuerdos que emita "MUJERES" a través del COMITÉ.
q.    Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente de aquella generada por motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestales transferidos en término de las disposiciones jurídicas aplicables.
r.     Capturar en el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (BANAVIM) y cualquier otra plataforma que determine "MUJERES", como mecanismo oficial y obligatorio, la información sobre las mujeres atendidas por la Instancia Ejecutora, así como, los servicios y acciones de atención.
s.     Aquellos otros compromisos establecidos en la GUÍA OPERATIVA AVG 2026.
SEXTA. ENLACES. Para el adecuado desarrollo y seguimiento de las acciones del Proyecto, que deriven del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y de su Anexo Técnico, "LAS PARTES" designan como enlaces a las siguientes personas servidoras públicas:
POR "MUJERES"
Nombre:
Tania Galicia Carmona
Cargo:
Directora de Seguimiento a las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género
Dirección:
Calle Barranca del Muerto 209, San José Insurgentes, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México.
Teléfono institucional:
5553224200 ext.3208
Correo electrónico Institucional:
tgalicia@mujeres.gob.mx
POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO"
Nombre:
Jazmin Berenice Mencias Santoyo
Cargo:
Directora de Planeación Programática
Dirección:
Calle Francisco de Quevedo número 169, Colonia Arcos Vallarta, Código Postal 44130, Guadalajara, Estado de Jalisco.
Teléfono institucional:
33 3679 2470 ext. 13583
Correo electrónico Institucional:
Jazmin.mencias@jalisco.gob.mx
 
 
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación y Adhesión. Además, serán las o los responsables internos de las actividades encomendadas.
Para efectos del seguimiento y evaluación, "LAS PARTES" acuerdan que las y/o los responsables podrán a su vez, designar a las o los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior, para que los asistan en las funciones encomendadas o en su caso, los suplan en sus ausencias.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será realizada en los domicilios señalados en la CLÁUSULA SEXTA. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra Parte, por lo menos con 10 (diez) días de anticipación.
OCTAVA. INFORMES PARCIALES. El "GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres informará a "MUJERES" los avances de la ejecución del Proyecto y del subsidio, en los cuales se deberá reportar el avance en el cumplimiento de objetivos y; en su caso, los resultados de las acciones que lleve a cabo de conformidad con el presente instrumento, de los LINEAMIENTOS y la GUÍA OPERATIVA AVG 2026; con su debido soporte documental, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la conclusión de cada informe parcial, conforme a la fecha de transferencia del recurso al que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio de Coordinación y Adhesión.
NOVENA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán al "GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y en el Anexo Técnico, no perderán su carácter de federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse, de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta específica, con característica de productiva, a la que se transferirá el subsidio en el Ejercicio Fiscal 2026 deberán ser reintegrados a la TESOFE, previo a la presentación del cierre del ejercicio de los recursos y dentro de los plazos y términos que establezcan las disposiciones aplicables.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD DEL RESGUARDO DE LA DOCUMENTACIÓN. El resguardo y conservación de la documentación original que sirvió para justificar y comprobar la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio de Coordinación y Adhesión, estará a cargo del "GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres.
En el caso de "MUJERES", la documentación original que deberá conservar y que estará bajo su resguardo señalada en los LINEAMIENTOS.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que el "GOBIERNO DEL ESTADO" no devengue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles que presente al 31 de diciembre de 2026 deberán ser reintegrados a la TESOFE como lo dispone el numeral 15.2 de los LINEAMIENTOS.
El reintegro de los recursos a la TESOFE se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad del "GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "MUJERES" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "MUJERES" otorgue la línea de captura a la Entidad, ésta deberá remitir a "MUJERES" original de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
El "GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la TESOFE aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados.
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal comisionado, contratado, designado o utilizado por cada una de "LAS PARTES" para la instrumentación, ejecución y operación de este Convenio de Coordinación y Adhesión y/o de los instrumentos que del mismo se deriven, continuará bajo la dirección y dependencia de la parte a la que se encuentre adscrito, por lo que en ningún caso y bajo ningún motivo, la contraparte podrá ser considerada como patrón sustituto o solidario, por tanto "LAS PARTES" se liberan recíprocamente de cualquier responsabilidad laboral, administrativa, fiscal, judicial, sindical, de seguridad social y/o de cualquier otra naturaleza que llegara a suscitarse, en lo que respecta a su respectivo personal.
DÉCIMA TERCERA. SANCIONES POR EL INCUMPLIMIENTO. Para el caso de que "MUJERES" detecte algún incumplimiento o varios en el ejercicio de los recursos, como lo prevé el numeral 10 de los LINEAMIENTOS, procederá a la cancelación del Proyecto aprobado y; en consecuencia, dará por terminado el presente Convenio de Coordinación y Adhesión; asimismo, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá realizar la restitución total de los recursos y sus rendimientos financieros a la TESOFE.
Lo anterior sin perjuicio de que "MUJERES" haga del conocimiento del o los incumplimientos a los órganos fiscalizadores competentes para los efectos legales conducentes.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. El control, vigilancia y evaluación de los recursos federales correspondientes al subsidio a que se refiere la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento corresponderá a "MUJERES", a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y a la Auditoría Superior de la Federación, conforme a las atribuciones que les confieren la LOAPF, la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, sin perjuicio de las acciones de control, vigilancia y evaluación que, en coordinación con la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, realice la Contraloría del Estado de Jalisco del "GOBIERNO DEL ESTADO".
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron la interrupción en la ejecución del Proyecto, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá modificarse en cualquier momento durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", mediante Convenios Modificatorios los cuales formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efectos a partir de la fecha de su suscripción, los cuales deberán ser publicados en el DOF y en el órgano de difusión oficial del "GOBIERNO DEL ESTADO" en un plazo no mayor a 15 (quince) días hábiles a partir de su fecha de suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar satisfecho el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y; en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan.
b.    En caso de que no se subsanen las inconsistencias que haya detectado "MUJERES" en los informes que presente el "GOBIERNO DEL ESTADO", o que se cumpla un supuesto de las causales de cancelación de los proyectos en términos del numeral 9 de los LINEAMIENTOS.
Para tales efectos, se levantará acta circunstanciada, misma que se presentará ante el COMITÉ, en la que se hagan constar las circunstancias específicas que: I) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; II) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y comprobatoria que se haya generado hasta ese momento; y III) se señale lo procedente respecto al reintegro de los recursos y rendimientos financieros que; en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio de Coordinación y Adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2026. Lo anterior, no exime al "GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe por lo que, los conflictos y controversias que llegasen a presentar con motivo de su interpretación, formalización, ejecución, operación o cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo entre "LAS PARTES" a través de las personas Enlaces a que se refiere la CLÁUSULA SEXTA de este Convenio de Coordinación y Adhesión.
VIGÉSIMA. ACCESO A LA INFORMACIÓN, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y CONFIDENCIALIDAD. "LAS PARTES" se obligan a mantener estricta confidencialidad respecto de la información que sea de su conocimiento, con motivo de la ejecución del presente Convenio de Coordinación y Adhesión observando las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO).
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio de Coordinación y Adhesión, "LAS PARTES" que tengan acceso a datos personales deberán observar lo siguiente: (I) integrar en las finalidades del tratamiento incluso de los datos personales para efectos del desarrollo del Convenio; (II) implementar las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas conforme a los instrumentos jurídicos aplicables; (III) en caso de ocurrir alguna vulneración a los datos personales, informará a la otra e implementará las medidas de mitigación necesarias; y (IV) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados.
Por lo anterior, "LAS PARTES" se comprometen a realizar un manejo responsable de la información contenida en el presente Convenio; en atención a los principios señalados en los artículos 6, inciso A, fracción VIII, párrafo tercero de la CPEUM, 8 de la LGTAIP y 10 de la LGPDPPSO, es decir, certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia, máxima publicidad, licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad.
VIGÉSIMA PRIMERA. DIFUSIÓN Y DIVULGACIÓN. Este Convenio de Coordinación y Adhesión se publicará en el DOF y en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco" en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de su fecha de suscripción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 224 del RLFPRH, y entrará en vigor a partir de la fecha de suscripción.
"LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 28, fracción II, inciso a) del PEF 2026.
De igual manera, deberá señalarse en forma expresa e idéntica, en la comunicación y divulgación que se realice, la participación y apoyo del Gobierno de México a través de "MUJERES".
VIGÉSIMA SEGUNDA. LIMITACIÓN DE INTERVENCIÓN. La Unidad de Asuntos Jurídicos de "MUJERES", como instancia de asesoría jurídica, se limita a los elementos estrictamente jurídicos dentro del ámbito de competencia de la propia Secretaría, cuya determinación sobre aspectos técnicos, operativos administrativos, presupuestarios y/o de ejecución; así como los alcances del instrumento, se encuentran fuera de su ámbito de facultades, al no establecerse compromisos o acciones a cargo de ésta.
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en 4 (cuatro) ejemplares en la Ciudad de México el día 25 del mes de marzo del año 2026.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, Jesús Pablo Lemus Navarro.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno, Salvador Zamora Zamora.- Rúbrica.- Secretario de la Hacienda Pública y Titular de la Instancia Receptora, Luis García Sotelo.- Rúbrica.- Secretaria de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres y Titular de la Instancia Ejecutora, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN Y APLICACIÓN DE RECURSOS DESTINADOS A LAS ACCIONES DE COADYUVANCIA DERIVADAS DE LAS DECLARATORIAS DE ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES" PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026.
En cumplimiento a la Cláusula Primera del Convenio de Coordinación y Adhesión de fecha 25 de marzo de 2026 celebrado entre la Secretaría de las Mujeres y el Gobierno del Estado Jalisco, de conformidad con el numeral 10, inciso f) de la Guía Operativa del Componente B: "Acciones de Coadyuvancia derivadas de las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres", se estipula lo siguiente:
DATOS GENERALES DE IDENTIFICACIÓN
A. DATOS GENERALES.
 
ENTIDAD FEDERATIVA:
Jalisco
NOMBRE DEL PROYECTO:
MUJERES/AVGM/JAL/2026
 
INSTANCIA EJECUTORA:
Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres
INSTANCIA RECEPTORA:
Secretaría de la Hacienda Pública
 
FECHA DE SOLICITUD DEL SUBSIDIO:
05 de febrero de 2026
FECHA ESTIMADA DE INICIO DEL PROYECTO:
Junio de 2026
FECHA ESTIMADA DE CONCLUSIÓN DEL PROYECTO QUE NO EXCEDA DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2026
31 de diciembre 2026
 
B. ACCIÓN DE COADYUVANCIA DE ACCESO AL SUBSIDIO:
 

 


 
MONTO SOLICITADO
 
 
$3,981,780.38
Tres millones novecientos ochenta y un mil setecientos ochenta
pesos 38/100 MN
 
MONTO COPARTICIPACIÓN
 
 
 
$0.0
0%
 
 
 
 
MONTO TOTAL DEL PROYECTO:
 
 
$3,981,780.38
Tres millones novecientos ochenta y un mil setecientos ochenta
pesos 38/100 MN
 
DATOS DEL ENLACE
Nombre:
Jazmín Berenice Mencías Santoyo.
Cargo:
Directora de Planeación Programática.
Domicilio:
Calle Francisco de Quevedo número 169, Colonia Arcos Vallarta, Código Postal 44130, Guadalajara, Estado de Jalisco.
Teléfono Institucional:
33 3679 2470
Extensión
13583
Correo Institucional:
jazmin.mencias@jalisco.gob.mx
 
C. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
 
ACCIÓN COADYUVANTE
DESCRIPCIÓN
ATENCIÓN
b) Garantizar el acceso oportuno, gratuito y especializado a servicios jurídicos, médicos y psicológicos para las víctimas directas e indirectas de cualquier forma de violencias, con un enfoque de derechos humanos, género, interseccionalidad y no revictimización.
Respecto a esta acción en atención al Segundo Dictamen de Seguimiento a la Implementación de AVGM en el estado de Jalisco que emite el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario en noviembre de 2024, se identifican tres medidas que corresponden a la Medida Armonización con los Municipios en Alerta, Rubro 7.4 Atenciones y la medida E y F; Atender casos de muertes violentas de mujeres con perspectiva de género dentro de la Fiscalía del Estado.
Brindar atención integral a las hijas e hijos de mujeres víctimas de los delitos de feminicidio, inducción o ayuda al suicidio feminicida y a sus personas cuidadoras, así como a las mujeres víctimas directas del delito de feminicidio en grado de tentativa y sus hijas e hijos, cuando derivado del hecho delictivo, la víctima directa tenga secuelas discapacitantes que impidan su autonomía y desarrollo. A partir de la identificación de necesidades particulares de la población objetivo y de la firma de convenios con los municipios prioritarios de la AVGM (Ameca, El Salto, Guadalajara, Lagos de Moreno, Mezquitic, Puerto Vallarta, San Pedro Tlaquepaque, Tlajomulco de Zúñiga, Tonalá, Zapopan y Zapotlán el Grande); se realizará la derivación y canalización de los casos a las instituciones municipales correspondientes para que se brinde atención integral a las familias cuidadoras de las hijas e hijos y en su caso a las mujeres víctimas del delito de feminicidio en grado de tentativa; a partir de la corresponsabilidad y vinculación institucional. Logrando así la intervención de la Medida Armonización con los Municipios en Alerta, Rubro 7.4 Atenciones.
El cumplimiento de la medida antes mencionada permite fortalecer las medidas E y F relativas a las actividades 5.4.2 Inclusión de las víctimas indirectas de tentativas de feminicidio, así como los homicidios dolosos y sus tentativas y la actividad 5.4.3 Desarrollo e implementación de un plan de reparación integral para víctimas de violencia feminicida, con perspectiva interseccional y diferenciada.
Para llevar a cabo el desarrollo de las actividades, es necesario contratar 05 cinco profesionistas de los cuales, 02 dos cuenten con Licenciatura en Derecho o afines, 02 dos con Licenciatura en Psicología o afines y 01 uno con Licenciatura en Trabajo Social o afines, cuyos perfiles cumplan con los requisitos y competencias necesarias para el desempeño de sus funciones a desarrollar durante el período de junio a diciembre de 2026.
PREVENCIÓN
e) Implementar programas sistemáticos de capacitación dirigidos al personal de salud que incluya al personal objetor de conciencia, sobre obligaciones institucionales para garantizar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) y la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), normatividad vigente y estándares internacionales en materia de salud sexual y reproductiva.
Se identifica la medida de atención correspondiente a la Medida C: Garantizar la correcta aplicación de la NOM 046 y de los demás lineamientos que regulan las causales legales de aborto en el estado de Jalisco, la cual exhorta a la Secretaría de Salud a brindar vigilancia y cumplimiento a las recomendaciones derivadas del informe del segundo dictamen de seguimiento a la implementación de la AVGM, así como a las actividades del Plan Estratégico para el seguimiento de la AVGM.
El objetivo de dicha medida es garantizar en toda su dimensión la correcta aplicación de la NOM-046-SSA2-2005 y del Programa ILE, con el propósito de mejorar la atención que se brinda a mujeres y personas gestantes antes, durante y después de un proceso de interrupción de embarazo, poniendo en el centro a la persona que recibe los servicios de atención.
Las actividades correspondientes al Dictamen de Seguimiento a la implementación de la AVGM de la Medida C, son la siguientes:
Actividad 3.2.5
Capacitar en el Programa y en la NOM 046 a los enlaces responsables y al personal que implementará por Región Sanitaria.
Actividad 3.3.5
Capacitación una vez al año al personal responsable de implementar el Manual para la Prestación de los Servicios de Interrupción Legal del Embarazo.
En este sentido se considera preponderante garantizar la correcta atención a mujeres y personas gestantes, bajo estándares internacionales y evitando la revictimización secundaria, a través de la implementación de procesos de capacitación de carácter permanente. Considerando la rotación de personal que pueda existir y priorizando los módulos de servicios especializados en los municipios prioritarios de la AVGM.
Es por ello que, se propone continuar con el fortalecimiento de capacidades institucionales del personal de salud para garantizar el acceso seguro, legal, accesible, informado y libre de victimización secundaria a mujeres y personas gestantes en la interrupción legal y voluntaria del embarazo, conforme al marco normativo y de derechos humanos.
Para realizar tal acción se requiere la contratación de 06 seis profesionistas, 03 con Licenciatura en Derecho o afines, 02 con Licenciatura en Médico/Médica Cirujano Partero o afines y 01 con Licenciatura en Psicología o afines, que cumplan con el perfil requerido en cuanto a competencias, conocimientos y experiencias, así como con los requisitos y formalización de contratación conforme a la normativa vigente.
Las actividades de capacitación se realizarán en modalidad preferentemente presencial; se dirigirán a personal del sector salud, prioritariamente a quienes intervengan en los procesos de interrupción legal y voluntaria del embarazo, que brinden servicios en los municipios prioritarios de la AVGM: Ameca, El Salto, Guadalajara, Lagos de Moreno, Mezquitic, Puerto Vallarta, San Pedro Tlaquepaque, Tonalá, Tlajomulco de Zúñiga, Zapopan y Zapotlán el Grande a desarrollar durante el período de junio a diciembre de 2026.
SEGURIDAD
C. Capacitar a cuerpos policiales y/o primeros respondientes sobre identificación y atención de casos de violencias con riesgo feminicida en espacios públicos; acompañamiento de casos reincidentes de violencias y actuación inmediata basada en protocolos nacionales e internacionales.
Implementación de procesos de capacitaciones especializadas para el personal de las Comisarías Municipales de Seguridad Pública que atienden los casos de violencia en razón de género, las cuales se vinculan con las actividades de gestión que han sido identificadas en el Dictamen de Seguimiento a la Implementación de AVGM en el estado de Jalisco que emite el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario en noviembre de 2024, las cuales se encuentran con el estatus de no cumplidas o en proceso de cumplimiento, considerando que, la ejecución de las actividades de gestión tendrán como resultado alcanzar el cumplimiento con las recomendaciones emitidas.
Lo anterior para que las comisarías municipales cuenten con las herramientas teóricas que les permita sentar las bases que brinden sentido y coordinación a las acciones homologadas de atención en beneficio de las niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia.
Las actividades derivadas del Dictamen de Seguimiento a la Implementación de AVGM corresponden a las medidas B, E, F y Medida Armonización con los Municipios en Alerta, son las siguientes:
Actividad 2.1.9
Capacitación sobre perspectiva de género, derechos humanos, normativas internacionales, nacionales y estatales en torno a órdenes de protección y Modelo de Atención, Otorgamiento y Seguimiento de Órdenes de Protección para el Estado.
Actividad 2.1.13
Capacitación especializada para todas las instancias involucradas en el modelo de atención, otorgamiento, y seguimiento de las órdenes de protección.
Actividad 5.1.9.
Capacitación especializada al personal de todas las áreas de la Dirección.
Rubro 7.4 Atenciones
La propuesta se centra en el diseño, la implementación y la evaluación de procesos de capacitación implementados, los cuales serán dirigidos a los cuerpos policiales de las comisarías de los municipios prioritarios de la AVGM: Ameca, El Salto, Guadalajara, Lagos de Moreno, Mezquitic, Puerto Vallarta, San Pedro Tlaquepaque, Tonalá, Tlajomulco de Zúñiga, Zapopan y Zapotlán el Grande. Con el objetivo de fortalecer sus capacidades cognitivas y operativas para la identificación y atención de casos de violencia con riesgo feminicida en espacios públicos, así como para el acompañamiento de casos reincidentes y la actuación inmediata basada en protocolos nacionales e internacionales. Lo anterior propicia una mejora en la atención, el seguimiento y la capacidad de respuesta de las policías municipales ante casos de violencia por razón de género contra las mujeres.
Para llevar a cabo el desarrollo de las acciones, es necesario contratar 5 cinco profesionistas de los cuales, 03 cuenten con Licenciatura en Derecho o afines y 02 con Licenciatura en Psicología o afines, cuyos perfiles cumplan con los requisitos y competencias necesarias para el desempeño de sus funciones a desarrollar durante el período de junio a diciembre de 2026.
JUSTICIA
b) Abatimiento al rezago en carpetas de investigación en los delitos de violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencias contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres, adolescentes y niñas a través de la contratación de hasta 5 (cinco) abogadas especializadas en género y derechos humanos de las mujeres.
Respecto a ésta medida, se reconoce imperante a efecto de llegar a la procuración de justicia de manera evolutiva de los delitos establecidos en la medida de coadyuvancia; esto abatiendo el rezago de carpetas de investigación que se integran en las áreas de la Vicefiscalía en Investigación Especializada en Atención a Mujeres, Niñas Niños y Adolescentes, Razón de Género y la Familia; adoptando todas las medidas necesarias para garantizar que se investigue y/o determine lo correspondiente con la debida diligencia los casos contra mujeres, niñas, y adolescentes víctimas de violencia, garantizando con ello, el acceso a la justicia con perspectiva de género.
Así mismo y en atención a las recomendaciones y puntualizaciones establecidas en el Segundo Dictamen de Seguimiento a la Implementación de la Alerta de Violencia de Género en el estado de Jalisco, respecto a las Medidas E y F: Atender casos de muertes violentas de mujeres con perspectiva de género dentro de la Fiscalía del Estado, particularmente a la Actividad: 5.1.2: Análisis Diagnóstico de las áreas de la Unidad Especializada y de situación de violencia contra las mujeres en las regiones del Estado de Jalisco, así como a la recomendación establecida en el mismo.
Dicha propuesta, atiende a las recomendaciones generales del citado Dictamen, con actividades que están directamente vinculadas con los indicadores de resultados.
Para desarrollar dicha acción, es necesario contratar 05 cinco profesionistas con Licenciatura en Derecho o afines, cuyos perfiles cumplan con los requisitos y competencias necesarias para el desempeño de sus funciones a desarrollar durante el período de junio a diciembre de 2026.
 
C.1 JUSTIFICACIÓN
ACCIÓN COADYUVANTE
JUSTIFICACIÓN
ATENCIÓN
Ante los casos de feminicidio y el contexto de violencia feminicida que los acompaña, es necesario que el Estado, en sus tres órdenes de gobierno, garantice el derecho de todas las mujeres y las niñas a una vida libre de violencia e implemente acciones, medidas y políticas encaminadas a erradicar la impunidad, a garantizar un pleno acceso a la justicia y restitución de derechos, no sólo de las víctimas directas de feminicidio, sino también de las víctimas indirectas de éstos.
En las cifras de muertes violentas de mujeres existe un número importante que no logra la acreditación por el delito de feminicidio y muchos de los casos que logran esta acreditación no necesariamente tienen un juicio expedito que resulte en una sentencia. Es todavía una realidad que las hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio, tentativa de feminicidio e inducción o ayuda al suicidio feminicida, por lo general, no obtienen una atención oportuna a las necesidades que se generan después de la muerte de su madre o del daño causado a la misma, en el caso de feminicidio en grado de tentativa, lo que pone en riesgo su integridad, salud y oportunidades de desarrollo.
Por lo que resulta necesaria la atención integral a las víctimas mediante la detección y atención de sus necesidades.
En Jalisco, hasta noviembre de 2025 se registraron 33 feminicidios, y de 2015 a 2025 se registraron 483 muertes violentas registradas como feminicidio de acuerdo con los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Aunado a esto, el Observatorio Ciudadano Nacional contra el Feminicidio indicó que, en 75% de los casos de feminicidio, la víctima deja al menos a una hija o hijo en situación de orfandad y ésta o éste son arropados por la familia, en el mayor número de casos, las abuelas.
Las familias ven transformada su realidad ante la irrupción de la violencia en su devenir cotidiano; el rompimiento extraordinario de los vínculos relacionales y la desaparición súbita de una de las integrantes del conjunto familiar es un aspecto poco abordado cuando se reflexiona sobre los asesinatos de mujeres motivados por cuestiones de género.
La implementación de esta modalidad deriva de la necesidad de atender las recomendaciones del Segundo Dictamen de Seguimiento a la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) en Jalisco, emitido por el Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario (2021-2024), Por lo que se considera una prioridad la coordinación con los municipios señalados en la declaratoria de la AVGM en Jalisco para la implementación de un plan de reparación integral para víctimas de violencia feminicida, con perspectiva interseccional y diferenciada en el Estado que apoye a las hijas e hijos de mujeres víctimas de los delitos de feminicidio, inducción o ayuda al suicidio feminicida y a sus personas cuidadoras, así como a las mujeres víctimas directas de feminicidio en grado de tentativa y a sus hijas e hijos, cuando derivado del hecho delictivo, la víctima directa tenga secuelas discapacitantes que impidan su autonomía y desarrollo.
PREVENCIÓN
Tras la despenalización del aborto en el estado de Jalisco, ocurrido en octubre de 2024, las mujeres y personas gestantes pueden acceder a este servicio de manera legal y segura hasta las 12 semanas de gestación. Sin embargo, para garantizar dicho acceso no basta con una reforma legal, por lo que es imperante realizar acciones que contribuyan a garantizar el acceso libre y seguro a mujeres y personas gestantes que decidan realizar una interrupción legal o voluntaria del embarazo con los más altos estándares de atención, considerando, además, la obligación que tienen los servicios públicos de salud en garantizar y proveer este servicio libre de discriminación, estigma y victimización secundaria.
Por lo que, enfocar esfuerzos en procesos de capacitación se convierte en una estrategia útil para lograr tal fin, aunado a la existencia de la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres emitida desde noviembre de 2018, derivado de la cual se elaboró el Plan estratégico para el seguimiento de la AVGM del estado de Jalisco y se han establecido líneas estratégicas y actividades específicas que contribuyen, en este sentido a la eliminación de violencia institucional, desde un marco de derechos humanos.
El acceso a la interrupción legal y voluntaria del embarazo es parte fundamental del respeto y garantía de derechos sexuales y reproductivos, para que la salud sexual se logre y se mantenga, los derechos sexuales de todas las personas deben ser respetados. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la salud sexual es: "...un estado de bienestar físico, mental y social en relación con la sexualidad, la cual no es la ausencia de enfermedad, disfunción o incapacidad. La salud sexual requiere un enfoque positivo y respetuoso de la sexualidad y de las relaciones sexuales, así como la posibilidad de tener experiencias sexuales placenteras y seguras, libres de toda coacción, discriminación y violencia".
La OMS estima que cada año, entre el 4,7% y el 13,2% de las muertes maternas se deben a un aborto inseguro. Se calcula que, en las regiones desarrolladas, por cada 100,000 abortos inseguros se producen 30 defunciones, mientras que esta proporción aumenta hasta las 220 defunciones por cada 100,000 abortos inseguros en las regiones en desarrollo.
Según datos del Instituto de Información Estadística y Geográfica de Jalisco, en 2017 dicho Estado "fue la cuarta entidad con mayor incidencia de abortos en el país, con un total 499 defunciones fetales de mujeres residentes de la entidad. Ese monto representó el 6.4% del total de abortos a nivel nacional (7,769); sólo por debajo del estado de México (29.5%), la Ciudad de México (12.5%) y Guanajuato (8.3%). Estas cuatro entidades federativas reúnen el 56.7% de los abortos registrados ese año".
Por último, de acuerdo con datos proporcionados por el OPD Servicios de Salud hasta el mes de octubre de 2025 se realizaron 348 interrupciones de embarazo de los cuales 205 corresponden a interrupciones legales del embarazo (ILE), 91 a interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y 52 por malformaciones congénitas en el embrión.
Con estos datos, y el seguimiento al que Jalisco está comprometido a dar sobre las actividades de la Medida C y a la necesidad de contar con una política pública sólida en la atención al aborto libre y seguro, como mecanismo de prevención se identifica la necesidad de realizar procesos de capacitación dirigidos al personal que brinda servicios de salud, particularmente a quienes atienden a mujeres y personas gestantes en proceso de interrupción de embarazo.
SEGURIDAD
La implementación del presente proyecto se llevará a cabo para dar cumplimiento a las recomendaciones establecidas en el Segundo Dictamen de Seguimiento a la Implementación de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en el estado de Jalisco. En este sentido, el Gobierno del Estado reconoce como prioritario el fortalecimiento de las capacidades de atención, intervención y reacción de los cuerpos policiales de las comisarías municipales, con el propósito de mejorar la respuesta institucional ante situaciones de violencia que afectan a las mujeres.
De acuerdo con el Diagnóstico sobre infraestructura institucional de los servicios de atención especializada en violencias de género y el mapeo de la red institucional en Jalisco (SISEMH, 2020), los resultados de la encuesta aplicada a instituciones que brindan atención a mujeres víctimas de violencia evidencian áreas relevantes de oportunidad en materia de capacitación del personal. En particular, el análisis sobre los requisitos de preparación y perfil profesional señala que únicamente el 40.2% de las personas encuestadas considera que existe una capacitación obligatoria para el ingreso laboral, mientras que el 59.8% refiere que no se cuenta con este requisito. Entre quienes indicaron la existencia de capacitación obligatoria, se destaca que la formación inicial incluye conocimientos especializados en violencia de género, atención institucional, comunicación pública, sensibilización y derechos humanos (16.0%), así como la acreditación de exámenes de control y confianza y pruebas psicométricas (19.2%), además de cursos de inducción en actividades administrativas (19.2%).
Por otro lado, solo el 40.4% de las instituciones manifestó que las capacitaciones recibidas guardan correspondencia con las necesidades derivadas de la práctica cotidiana del personal, mientras que el 29.1% considera que dicha correspondencia no existe y el 30.4% no emitió respuesta al respecto.
En relación con los efectos de las capacitaciones, el 51.5% de las respuestas señala que estas contribuyen al fortalecimiento del trabajo colaborativo e interinstitucional. La atención integral también se identifica como un ámbito beneficiado, con un 50.6% de respuestas afirmativas. En contraste, la procuración de justicia presenta un menor reconocimiento, con un 44.4%, además de registrar el porcentaje más alto de no respuesta (33.3%).
Los resultados evidencian que, para mejorar la práctica institucional y la atención a mujeres en situación de violencia, es necesario fortalecer competencias clave, comenzando por la profundización en el conocimiento de protocolos, guías, manuales y normatividad aplicable (29.6%). A ello se suma la relevancia de la coordinación y cooperación interinstitucional para la homologación de criterios de atención con enfoque integral (25.6%), así como la implementación de capacitaciones conjuntas entre dependencias, incrementando su periodicidad y privilegiando el análisis de casos de alto impacto y sus procedimientos de atención (16.8%).
Finalmente, en materia de coordinación interinstitucional, el 52.7% de las instituciones identifica como principal desafío la insuficiencia de recursos para fortalecer sus condiciones estructurales de trabajo. Otros obstáculos señalados incluyen limitaciones de movilidad (6.1%), la falta de personal capacitado para la atención a mujeres (13.9%), la carencia de servicios especializados para víctimas (10.9%) y deficiencias en la coordinación interinstitucional (6.7%). Una proporción menor de las instituciones considera que uno de los principales retos radica en lograr que las mujeres se acerquen o den continuidad a su proceso de atención (7.3%).
JUSTICIA
La resolución de la AVGM en el Estado de Jalisco refleja el compromiso con los derechos humanos en general y los derechos humanos de las mujeres en particular.
Algunas de las principales acciones a desarrollar en el ámbito de la justicia penal son llevar a cabo la revisión de casos para abatir el rezago y la observancia de la debida diligencia.
La implementación de esta medida coadyuvante se establece como una medida de intervención en la necesidad de dar continuidad a las integraciones de carpetas de investigación relacionadas con delitos de violencia de género contra las mujeres, adolescentes y niñas.
Se precisa abatir el rezago de carpetas de investigación relativas a los años 2019 al 2025 de las áreas que integran la Vicefiscalía en Investigación Especializada en Atención a Mujeres Niñas Niños y Adolescentes, Razón de Género y la Familia, como base a la procuración de justicia en favor de las víctimas de los delitos establecidos en la acción de coadyuvancia, mediante la contratación de 05 profesionistas especializadas, quienes trabajarán en relación a las carpetas de investigación para procurar abatir el rezago, adoptando todas las medidas necesarias para garantizar que se investigue y/o determine lo correspondiente con la debida diligencia los casos contra mujeres, niñas, y adolescentes víctimas de violencia, garantizando con ello, el acceso a la justicia con perspectiva de género.
Dichas actividades se realizarán de conformidad a las facultades y atribuciones que competen a la Vicefiscalía en Investigación Especializada en Atención a Mujeres Niñas Niños y Adolescentes, Razón de Género y la Familia, de acuerdo con el Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado, abarcando los municipios según su designación.
Actividades que se vinculan con las medidas E y F; así como los indicadores de la AVGM.
 
ACCIÓN COADYUVANTE
MEDIDA DE LA DECLARATORIA DE ALERTA
DE VIOLENCIA
OBJETIVO
 
 
 
ATENCIÓN
 
b) Garantizar el acceso oportuno, gratuito y especializado a servicios jurídicos, médicos y psicológicos para las víctimas directas e indirectas de cualquier forma de violencias, con un enfoque de derechos humanos, género, interseccionalidad y no revictimización.
7 Medida de Armonización municipios AVGM
Rubro 7.4 Atenciones.
Promover que los municipios prioritarios de la AVGM en Jalisco brinden atención integral a las hijas e hijos de mujeres víctimas de los delitos de feminicidio, inducción o ayuda al suicidio feminicida y a sus personas cuidadoras, así como a las mujeres víctimas directas del delito de feminicidio en grado de tentativa y sus hijas e hijos, cuando derivado del hecho delictivo, la víctima directa tenga secuelas discapacitantes que impidan su autonomía y desarrollo.
Medidas E y F
Atender casos de muertes violentas de mujeres con perspectiva de género dentro de la Fiscalía del Estado.
Actividad 5.4.3 Desarrollo e implementación de un plan de desarrollo integral para víctimas de violencia feminicida, con perspectiva interseccional y diferenciada
Fortalecer la atención integral a las hijas e hijos de mujeres víctimas de los delitos de feminicidio, inducción o ayuda al suicidio feminicida, así como a las víctimas directas del delito de feminicidio en grado de tentativa y sus hijas e hijos, a través de la identificación de necesidades, derivación y canalización de casos a las instituciones municipales correspondientes.
 
ACCIÓN COADYUVANTE
MEDIDA DE LA DECLARATORIA DE ALERTA
DE VIOLENCIA
OBJETIVO
 
 
 
PREVENCIÓN
e) Implementar programas sistemáticos de capacitación dirigidos al personal de salud que incluya al personal objetor de conciencia, sobre obligaciones institucionales para garantizar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) y la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), normatividad vigente y estándares internacionales en materia de salud sexual y reproductiva.
3.3. Medida C
Garantizar la correcta aplicación de la NOM 046 y de los demás lineamientos que regulan las causales legales de aborto en el estado de Jalisco. (DAVGM)
Actividad 3.2.5
Capacitar en el Programa y en la NOM 046 a los enlaces responsables y al personal que implementará por Región Sanitaria.
Actividad 3.3.5
Capacitación una vez al año al personal responsable de implementar el Manual para la Prestación de los Servicios de Interrupción Legal del Embarazo.
Fortalecer las capacidades institucionales del personal de salud, incluyendo a personal objetor de conciencia para garantizar el acceso seguro, legal, accesible, informado y libre de victimización secundaría en la interrupción legal y voluntaria del embarazo, conforme al marco normativo vigente y de derechos humanos, a través del diseño e implementación de un plan de capacitación, garantizado con ello, la correcta aplicación de la NOM 046 y de los demás lineamientos que regulan las causales legales de aborto en el estado de Jalisco.
 
SEGURIDAD
c) Capacitar a cuerpos policiales y/o primeros respondientes sobre identificación y atención de casos de violencias con riesgo feminicida en espacios públicos; acompañamiento de casos reincidentes de violencias y actuación inmediata basada en protocolos nacionales e internacionales.
 
Medida B
Fortalecer la emisión y seguimiento de las Órdenes de Protección.
Actividad 2.1.9
Capacitación sobre perspectiva de género, derechos humanos, normativas internacionales, nacionales y estatales en torno a órdenes de protección y Modelo de Atención, Otorgamiento y Seguimiento de Órdenes de Protección para el Estado.
Actividad 2.1.13
Capacitación especializada para todas las instancias involucradas en el modelo de atención, otorgamiento, y seguimiento de las órdenes de protección.
Fortalecer los procesos de formación para los cuerpos policiales de las comisarías municipales, que permitan mejorar la atención y seguimiento relativa a la emisión y seguimiento de las Órdenes de Protección para la disminución de factores de riesgo de violencia feminicida, a través de capacitación especializada con perspectiva de género y derechos humanos
Medidas E y F
Atender casos de muertes violentas de mujeres con perspectiva de género dentro de la Fiscalía del Estado.
Actividad 5.1.9.
Capacitación especializada al personal de todas las áreas de la Dirección.
Fortalecer los procesos de formación y capacitación especializada para los cuerpos policiales de las comisarías municipales, que permitan mejorar la atención y seguimiento relativa a la investigación de muertes violentas de mujeres con perspectiva de género de conformidad a los protocolos nacionales e internacionales.
Medida de Armonización con los Municipios en Alerta
Rubro 7.4 Atenciones.
Fortalecer los procesos de formación a través de capacitación especializada para los cuerpos policiales de las comisarías municipales, que permitan mejorar la atención a niñas, adolescentes y mujeres que cuenten o no con medidas u órdenes de protección.
Lo anterior como medida de articulación territorial que busca homologar criterios de actuación, protocolos y rutas de atención para la disminución de delitos de violencia de género.
 
ACCIÓN COADYUVANTE
MEDIDA DE LA DECLARATORIA DE ALERTA
DE VIOLENCIA
OBJETIVO
 
 
 
JUSTICIA
b) Abatimiento al rezago en carpetas de investigación en los delitos de violación simple y equiparada, lesiones dolosas, abuso sexual, violencias contra la mujer, tentativa de feminicidio, feminicidio y homicidio doloso de mujeres, adolescentes y niñas a través de la contratación de hasta 5 (cinco) abogadas especializadas en género y derechos humanos de las mujeres.
Medidas E y F
Atender casos de muertes violentas de mujeres con perspectiva de género dentro de la Fiscalía del Estado.
Reforzar la capacidad institucional, para atender de manera prioritaria el abatimiento de las capetas de investigación bajo la debida diligencia, de los delitos de violación, lesiones, abuso sexual, violencias contra la mujer, tentativa de feminicidio y feminicidio en contra de adolescentes, niñas y mujeres víctimas de delito en razón de género; derivando mediante una procuración de justicia eficaz, efectiva y apegada a derecho.
Realizando las actuaciones en el marco del respeto de los Derechos Humanos, con perspectiva de género.
 
C2. METODOLOGÍA
ATENCIÓN
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Contribuir a la atención integral a las hijas e hijos de mujeres víctimas de los delitos de feminicidio, inducción o ayuda al suicidio feminicida y a sus personas cuidadoras, así como a las mujeres víctimas del delito de feminicidio en grado de tentativa y sus hijas e hijos, cuando derivado del hecho delictivo, la víctima directa tenga secuelas discapacitantes que impidan su autonomía y desarrollo, a través de la coordinación y vinculación institucional de la SISEMH y los municipios prioritarios de la AVGM
Para lo cual se realizarán visitas domiciliarias por parte de cinco personas profesionistas que realizarán entrevistas multidisciplinarias para identificar las necesidades particulares y realizar la derivación y/o canalización de los casos a las instituciones municipales correspondientes durante el periodo de junio a diciembre de 2026.
Realizar 50 visitas domiciliarias a fin de conocer las necesidades particulares de la población objetivo y canalizarlas a las dependencias municipales competentes para lo cual se llevará a cabo la firma de 11 convenios con el fin de promover la corresponsabilidad institucional entre la SISEMH y los municipios prioritarios de la AVGM a fin de que se brinde atención integral de acuerdo con sus necesidades particulares a las hijas e hijos de mujeres víctimas de feminicidio,
A través de la contratación de 5 profesionistas con los perfiles de 02 con Licenciatura en Derecho o afines, 02 con Licenciatura en Psicología o afines y 01 con Licenciatura en Trabajo Social o afines.
Porcentaje de visitas domiciliarias realizadas en los municipios prioritarios de la AVGM.
Fórmula:
(Número de visitas domiciliarias realizadas en los municipios prioritarios de la AVGM / número de visitas domiciliarias programadas en los municipios prioritarios de la AVGM (50)) x100.
Porcentaje de municipios atendidos mediante visitas domiciliarias
Fórmula:
(Municipios con al menos una visita / Total de municipios prioritarios) ×100
Porcentaje de casos vinculados a servicios institucionales
Fórmula:
(Casos canalizados a dependencias / Total de visitas realizadas) ×100
Porcentaje de casos con atención a necesidades identificadas
Fórmula:
(Casos con seguimiento o atención / Total de casos detectados) ×100
Porcentaje de visitas con diagnóstico de necesidades realizado
Fórmula:
(Visitas con diagnóstico completo / Total de visitas realizadas) ×100
Porcentaje de municipios prioritarios de la AVGM con convenios celebrados.
Fórmula:
(Número de municipios prioritarios de la AVGM con convenios celebrados / Total de municipios prioritarios de la AVGM) 100 c
-    Cédulas de atención inicial con datos testados conforme a la normativa de protección de datos personales.
-    Bitácoras de atención con datos testados conforme a la normativa de protección de datos personales.
-    Plan de intervención.
-    Memoria fotográfica del espacio de atención (con fecha).
-    Registro de sesiones (fecha, modalidad presencial/virtual).
-    Control de asistencia de las personas profesionistas y bitácoras de actividades.
-    Informes de seguimiento del caso, que incluyan casos concluidos y en seguimiento.
-    Informe cualitativo-cuantitativo, mensual y final de los profesionistas.
-    Reporte mensual y final cuantitativo de resultados de los profesionistas (Excel).
-    Informe mensual y final cualitativo de resultados de la acción.
-    Reporte mensual y final cuantitativo de resultados de la acción (Excel).
-    Oficio de solicitud de colaboración a los municipios prioritarios de la AVGM.
-    Convenio de colaboración con los municipios prioritarios de la AVGM.
 
 
PREVENCIÓN
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Implementar el plan de capacitación dirigido al personal de salud, con el propósito de fortalecer sus conocimientos, habilidades y actitudes en la atención a procesos de interrupción legal y voluntaria del embarazo, en los municipios prioritarios en la AVGM:
-    Ameca
-    El Salto
-    Guadalajara
-    Lagos de Moreno
-    Mezquitic
-    Puerto Vallarta
-    San Pedro Tlaquepaque
-    Tonalá
-    Tlajomulco de Zúñiga
-    Zapopan
-    Zapotlán el Grande.
 
Impartir 18 capacitaciones establecidas en el plan de capacitación, dirigidas a un estimado de 200 profesionales de salud, preferentemente en modalidad presencial, en materia de interrupción legal y voluntaria del embarazo. Mediante la contratación de 06 seis profesionistas, 03 con Licenciatura en Derecho o afines, 02 con Licenciatura en Médico/Médica Cirujano Partero o afines y 01 con Licenciatura en Psicología o afines.
Porcentaje de capacitaciones realizadas.
Fórmula:
(Número de capacitaciones realizadas /número de capacitaciones programadas x100)
Porcentaje de unidades de salud capacitadas.
Fórmula:
(Número de unidades capacitadas / Total de unidades programadas) × 100
Porcentaje de personal de salud capacitados.
Fórmula:
(Número de personal de salud capacitados / Total de personal de salud programados) × 100
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba diagnóstica (pretest).
Fórmula:
(Total de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba final (postest).
Fórmula:
(Total de respuestas correctas en el postest / Total de preguntas) x 100
Diferencia porcentual entre postest y pretest.
Fórmula:
((% postest - % pretest) / % pretest) x 100
-    Invitación emitida.
-    Listas de asistencia con firma autógrafa.
-    Programa o carta descriptiva del curso.
-    Materiales utilizados (presentación)
-    Memoria fotográfica del desarrollo de la capacitación.
-    Constancias o reconocimientos emitidos.
-    Evaluaciones diagnósticas y finales (pre-post)
-    Control de asistencia de las personas profesionistas y bitácoras de actividades.
-    Informe cualitativo-cuantitativo, mensual y final de los profesionistas.
-    Reporte mensual y final cuantitativo de resultados de los profesionistas (Excel).
-    Informe mensual y final cualitativo de resultados de la acción.
-    Reporte mensual y final cuantitativo de resultados de la acción (Excel).
-    Encuesta de satisfacción.
 
SEGURIDAD
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Fortalecer las capacidades institucionales y operativas del personal de las comisarías, en seguimiento a la ocurrencia de hechos de violencia feminicida cometidos en el ámbito público y disminuir sus factores de riesgo, en los municipios prioritarios de la AVGM: Ameca, El Salto, Guadalajara, Lagos de Moreno, Mezquitic, Puerto Vallarta, San Pedro Tlaquepaque, Tonalá, Tlajomulco de Zúñiga, Zapopan y Zapotlán el Grande.
Implementar 16 capacitaciones especializadas dirigidas a un estimado de 200 policías de las comisarías de los 11 municipios prioritarios de la AVGM, sobre la identificación y atención de casos de violencias con riesgo feminicida, así como actuación inmediata basada en protocolos nacionales e internacionales.
Mediante la contratación de 05 cinco profesionistas, 03 con Licenciatura en Derecho o afines, 02 con Licenciatura en Psicología o afines.
Porcentaje de capacitaciones realizadas.
Fórmula:
Número de capacitaciones realizadas /número de capacitaciones programadas x 100.
Porcentaje de personas capacitadas
Fórmula:
Número de personas capacitadas / Total de personas programadas x 100
Porcentaje de comisarías capacitadas
Fórmula:
Número de comisarías capacitadas / Total de comisarías programadas) x 100
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba diagnóstica (pretest).
Fórmula:
(Total de respuestas correctas en el pretest / Total de preguntas) x 100.
Porcentaje de respuestas correctas en la prueba final (postest).
Fórmula:
(Total de respuestas correctas en el postest / Total de preguntas) x 100.
Diferencia porcentual entre postest y pretest.
Fórmula:
(% postest - % pretest) / % pretest) x 100.
-    Convocatoria o invitación emitida.
-    Listas de asistencia con firma autógrafa (con nombre, cargo e institución).
-    Programa o carta descriptiva del curso.
-    Materiales utilizados (presentación, manual, guía técnica o normativa).
-    Evidencia fotográfica del desarrollo de la sesión (con fecha).
-    Constancias o reconocimientos emitidos.
-    Evaluaciones diagnósticas y finales (pre-post).
-    Control de asistencia de las personas profesionistas y bitácoras de actividades.
-    Informe cualitativo-cuantitativo, mensual y final de los profesionistas.
-    Reporte mensual y final cuantitativo de resultados de los profesionistas (Excel).
-    Informe mensual y final cualitativo de resultados de la acción.
-    Reporte mensual y final cuantitativo de resultados de la acción (Excel).
-    Encuesta de satisfacción.
 
JUSTICIA
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
ACTIVIDADES
INDICADORES
MEDIOS DE VERIFICACIÓN
Fortalecer la investigación oportuna que abone en la integración de la carpeta de investigación, para su judicialización o terminación conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales.
Revisión de 500 carpetas de investigación en rezago.
Reporte de carpetas de investigación diligenciadas y determinadas.
Integración, judicialización y/o decreto de forma de terminación de investigación.
Dichas actividades serán realizadas por la Vicefiscalía en Investigación Especializada en Atención a Mujeres Niñas Niños y Adolescentes, Razón de Género y la Familia mediante la contratación de 05 profesionistas especializadas con la licenciatura en derecho o afines
Porcentaje de carpetas de investigación resueltas
Fórmula:
(Número de carpetas de investigación resueltas/ Número de carpetas de investigación revisadas x 100.)
Porcentaje de carpetas resueltas
Fórmula:
(Carpetas con decreto de terminación / Total de carpetas asignadas) ×100
Porcentaje de carpetas judicializadas
Fórmula:
(Carpetas judicializadas / Total de carpetas asignadas) ×100
Promedio de carpetas asignadas por abogada/o especializada
Fórmula:
Número total de carpetas asignadas / Número de abogadas/os contratadas
Porcentaje de reducción del rezago de carpetas de investigación
Fórmula:
(carpetas finalizadas) / (carpetas programadas) x 100
-    Entrega y recepción de carpetas de investigación.
-    Reporte de carpetas de investigación: diligenciadas y determinadas (número de carpeta de investigación, tipo de delito, fecha de asignación, nombre de la abogada responsable, estatus del caso (en integración, judicializado, concluido, etc.), firma o validación del área correspondiente)
-    Control de asistencia de las personas profesionistas y bitácoras de actividades.
-    Informe cualitativo-cuantitativo, mensual y final de los profesionistas.
-    Reporte mensual y final cuantitativo de resultados de los profesionistas (Excel).
-    Informe mensual y final cualitativo de resultados de la acción.
-    Reporte mensual y final cuantitativo de resultados de la acción (Excel).
C.2.1 PASOS PARA DESARROLLAR.
ATENCIÓN
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Llevar a cabo el proceso de selección y contratación del personal.
2
Celebrar convenios de colaboración con los municipios prioritarios de la AVGM.
3
Realizar visitas domiciliarias a las personas cuidadoras de las hijas e hijos de mujeres víctimas de los delitos de feminicidio, inducción o ayuda al suicidio feminicida, así como a mujeres víctimas del delito de feminicidio en grado de tentativa y sus hijas e hijos cuando derivado del hecho delictivo, la víctima directa tenga secuelas discapacitantes que impidan su autonomía y desarrollo que se encuentran en el registro de la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, a fin de conocer sus necesidades particulares.
4
A partir de las necesidades detectadas, se realizan vinculaciones interinstitucionales con las dependencias competentes para incidir en la atención de sus necesidades particulares.
 
PREVENCIÓN
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Llevar a cabo el proceso de selección y contratación del personal.
2
Diseñar y aplicar encuestas de detección de necesidades de capacitación, con el fin de desarrollar estrategias formativas adecuadas y efectivas.
3
Construir el plan de capacitación, que integre la estructura de contenidos, la metodología de desarrollo, estrategias de enseñanza- aprendizaje, cartas descriptivas y presentaciones, considerando los resultados de las encuestas de detección de necesidades de capacitación.
4
Realizar invitación a la Secretaría de Salud, solicitando la difusión del plan de capacitación.
5
Impartir las capacitaciones planeadas en el plan de capacitación, de acuerdo con el plan de trabajo diseñado.
 
SEGURIDAD
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Llevar a cabo el proceso de selección y contratación del personal, asegurando que los perfiles elegidos cumplan con los requisitos para el desempeño de sus funciones.
2
Diseño y aplicación de herramientas para identificar las necesidades de capacitación de cada comisaría municipal, con el objetivo de desarrollar estrategias formativas adecuadas y efectivas.
3
Diseño de plan de trabajo que contenga las cartas descriptivas y el cronograma de capacitación a implementar.
4
Emitir invitación para los procesos de capacitación, asegurando su difusión.
5
Llevar a cabo las sesiones de capacitación de acuerdo con el plan de trabajo diseñado, aplicando una metodología adecuada para el aprendizaje y fortalecimiento de capacidades del personal de las comisarías municipales.
6
Elaboración de informe final con los medios de verificación que respalden la ejecución del proyecto.
 
JUSTICIA
PASO
DESCRIPCIÓN
1
Llevar a cabo el proceso de selección y contratación del personal.
2
Revisión e integración de carpetas de investigación, recopilando datos que permitan determinar la existencia o no del delito; judicialización o alguna de las formas de terminación contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
3
Analizar la carpeta de investigación para efecto de verificar si cuenta con elementos bastos y suficientes para demostrar, o no, la existencia del delito; determinar la judicialización o alguna de las formas de terminación de la investigación contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
4
Informe de resultados de análisis de las carpetas de investigación, y los resultados respecto de la judicialización y/o decreto de terminación de la investigación, contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
C.3 COBERTURA GEOGRÁFICA Y POBLACIÓN BENEFICIARIA

 
COBERTURA GEOGRÁFICA
Municipios prioritarios de la AVGM: Ameca, El Salto, Guadalajara, Lagos de Moreno, Mezquitic, Puerto Vallarta, San Pedro Tlaquepaque, Tonalá, Tlajomulco de Zúñiga, Zapopan, Zapotlán el Grande.
 
C.4 ACTORES ESTRATÉGICOS
#
ACTORES ESTRATÉGICOS
INSTRUMENTO JÚRIDICO Y/O
MECANISMO DE COORDINACIÓN
CONTRIBUCIÓN AL PROYECTO
1
Municipios prioritarios de la AVGM:
Ameca
-    El Salto
-    Guadalajara
-    Lagos de Moreno
-    Mezquitic
-    Puerto Vallarta
-    San Pedro Tlaquepaque
-    Tonalá
-    Tlajomulco de Zúñiga
-    Zapopan
-    Zapotlán el Grande
-    Oficio de solicitud de colaboración a los municipios prioritarios de la AVGM
-    Acuse de oficio de solicitud de colaboración a los municipios prioritarios de la AVGM,
-    Oficio de respuesta por parte de los municipios prioritarios de la AVGM.
Establecer vínculo colaborativo entre los municipios prioritarios de la AVGM y la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres atendiendo a la brindar atención integral a las hijas e hijos de mujeres víctimas de los delitos de feminicidio, inducción o ayuda al suicidio feminicida y a sus personas cuidadoras, así como a las mujeres víctimas directas del delito de feminicidio en grado de tentativa y sus hijas e hijos, cuando derivado del hecho delictivo, la víctima directa tenga secuelas discapacitantes que impidan su autonomía y desarrollo.
2
Secretaría de Salud.
-    Oficio de solicitud de colaboración para la participación en los procesos de capacitación.
-    Acuse de oficio de solicitud de colaboración.
-    Oficio de respuesta
Facilitar el personal a su cargo perteneciente a la institución para que participen en las capacitaciones que serán implementadas por la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombre.
3
OPD Servicios de Salud.
-    Oficio de solicitud de colaboración para la participación en los procesos de capacitación.
-    Acuse de oficio de solicitud de colaboración.
-    Oficio de respuesta
Facilitar el personal a su cargo perteneciente a la institución para que participen en las capacitaciones que serán implementadas por la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombre.
4
Comisarías de Seguridad Pública Municipal.
-    Oficios de invitación a los municipios prioritarios de la AVGM para la participación en los procesos de capacitación.
-    Acuse de oficio de invitación a los municipios prioritarios de la AVGM,
-    Oficio de respuesta por parte de los municipios prioritarios de la AVGM.
Facilitar el personal a su cargo perteneciente a las Comisarías de Seguridad Pública Municipal para que participen en las capacitaciones que serán implementadas por la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombre.
 
C.5 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y CÓMO AFRONTARLOS
RIESGO
MEDIDAS PARA AFRONTAR
Eventos o desastres naturales (sismos, inundaciones, huracanes, etc.).
Resguardo y digitalización de información en plataformas en la nube. Plan de contingencia con protocolos de evacuación
Resguardo en casa en caso de huracanes o inundaciones.
Capacitación virtual como alternativa ante imposibilidad de desplazamiento o afectaciones en instalaciones físicas.
(En caso de que no haya afectaciones de red inalámbrica)
Coordinación con autoridades locales para conocer alertas tempranas y actuar preventivamente.
Condiciones de seguridad y usos y costumbres de la localidad.
Reprogramar o cancelar la actividad en esa comunidad, priorizando la integridad del equipo y el respeto a las normas locales.
Reforzar actividades en otros espacios con condiciones favorables, para asegurar el cumplimiento de los objetivos del proyecto.
Crisis Sanitarias (pandemia por COVID-19, epidemias, etc.).
Migración a modalidades virtuales mediante plataformas de videoconferencia y aprendizaje en línea.
Implementación de medidas de bioseguridad para actividades presenciales (uso de cubrebocas, distanciamiento, ventilación, etc.).
 
C.6CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES Y GASTO


C.7 RECURSOS HUMANOS Y ADQUISICIONES
RECURSOS HUMANOS
 
PERSONAS FÍSICAS
PERFIL
AÑOS DE
EXPERIENCIA MÍNIMA
REQUERIDA
GRADO O NIVEL DE
ESCOLARIDAD
TIPO DE
CONTRATACIÓN
NÚMERO DE
PERSONAS A
CONTRATAR
Licenciatura en derecho o afines.
De 1 a 3 años
Licenciatura y/o
posgrado.
Prestación de servicios
profesionales
13
Licenciatura en Trabajo Social o afines.
De 1 a 3 años
Licenciatura y/o
posgrado.
Prestación de servicios
profesionales
1
Licenciatura en psicología o afines.
De 1 a 3 años
Licenciatura y/o
posgrado.
Prestación de servicios
profesionales
5
Licenciatura en Médico cirujano y partero.
De 1 a 3 años.
Licenciatura y/o
posgrado.
Prestación de servicios
profesionales
2
 
PERSONAS MORALES
PERFIL
AÑOS DE EXPERIENCIA MÍNIMA REQUERIDA
NÚMERO DE PERSONAS A
CONTRATAR
No Aplica
No Aplica
No Aplica
 
Total de Personas Físicas y Morales a Contratar
21
 
RECURSOS MATERIALES
CONCEPTO DE GASTO
DETALLE
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
No Aplica
No Aplica
No Aplica
No Aplica
 
Total de Adquisiciones
NA
Leído por "LAS PARTES" y enteradas del contenido y alcance legal, firman el Anexo Técnico en 4 (cuatro) ejemplares, en la Ciudad de México el día 25 de marzo del año 2026.- Por Mujeres: Subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Aurora Gómez Saracíbar.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, Jesús Pablo Lemus Navarro.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno, Salvador Zamora Zamora.- Rúbrica.- Secretario de la Hacienda Pública y Titular de la Instancia Receptora, Luis García Sotelo.- Rúbrica.- Secretaria de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres y Titular de la Instancia Ejecutora, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández.- Rúbrica.