Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y
Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
EDICTO
A PO SHENG CHEN (EN SU CALIDAD DE DEMANDADO); A EDWIN DANIEL REYES VELASCO (EN SU CALIDAD DE PERSONA AFECTADA); ASÍ COMO A CUALQUIER PERSONA QUE TENGA UN DERECHO SOBRE EL BIEN MUEBLE (NUMERARIO) OBJETO DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE DOMINIO QUE AL TENER INTERÉS JURÍDICO QUE PUDIERA CONSISTIR EN LA PÉRDIDA A FAVOR DEL ESTADO, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DEL NUMERARIO CONSISTENTE EN LA CANTIDAD DE: 1.- USD $170,530.00 (CIENTO SETENTA MIL QUINIENTOS TREINTA DÓLARES AMERICANOS 00/100 MONEDA DE CURSO LEGAL EN LOS ESTADOS UNIDOS AMERICANOS); Y 2.- $9,995.00 (NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).
En auto de tres de diciembre de dos mil veintiuno, dictado en el juicio de extinción de dominio 8/2021-I, se admitió a trámite el juicio promovido por los agentes del Ministerio Público de la Federación, adscritos a la Fiscalía Especial en Materia de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de la República en contra de Po Sheng Chen en su calidad de demandado así como de Edwin Daniel Reyes Velasco, en su carácter de persona afectada.
De conformidad con lo establecido en los numerales 86 y 88 fracción II de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordenó publicar el presente edicto a efecto de emplazar a juicio al demandado Po Sheng Chen, a la persona afectada Edwin Daniel Reyes Velasco, así como a cualquier persona que tenga un derecho sobre el bien mueble (numerario) objeto de la acción de extinción de dominio, que al tener interés jurídico que pudiera consistir en la pérdida a favor del estado, de los derechos de propiedad del numerario consistente en la cantidad de: 1.- USD $170,530.00 (ciento setenta mil quinientos treinta dólares americanos 00/100 moneda de curso legal en los estados unidos americanos); y 2.- $9,995.00 (nueve mil novecientos noventa y cinco pesos 00/100 moneda nacional).
Numerario del cual se presume que su origen no es de legítima procedencia, ya que se encuentran vinculados con el hecho ilícito de delitos contra la salud, previsto y sancionado en el artículo 195, en relación con los numerales 193 y 194 del Código Penal Federal, y de operaciones con recursos de procedencia ilícita contemplado en el dispositivo legal 400 bis, fracción I, del ordenamiento jurídico referido, numerario el cual se encuentra asegurado por el fiscal Federal investigador, así como por este órgano jurisdiccional.
Hágase saber al demandado Po Sheng Chen, a la persona afectada Edwin Daniel Reyes Velasco, así como a cualquier persona que tenga un derecho sobre el bien mueble (numerario) objeto de la acción de extinción de dominio, que podrán acudir a las oficinas del Instituto Federal de Defensoría Pública ubicadas en la ciudad de su última ubicación y también podrán consultar la siguiente página electrónica, para su localización:
| https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/subInstituto.htm?pageName=informacion% 2Fdelegaciones.htm |
De la que se desprende el directorio de delegaciones del instituto, además el número telefónico 800-22-42-426 del servicio DEFENSATEL, para solicitar el servicio de personal especializado, en la modalidad que se estimen pertinente.
Atento a lo anterior, deberán comparecer ante este Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México sito acceso 11, nivel plaza, del edificio sede San Lázaro, Eduardo Molina 2, esquina Sidar y Rovirosa, colonia Del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de contestar la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.
Expedido en nueve tantos en la Ciudad de México, el veintinueve de junio de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio
con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Rafael Rodríguez Lozano
Rúbrica.
(E.- 001062)