ACUERDO Modificatorio al Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones técnico administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
EMILIO AVENDAÑO GARCÍA, Director General de la Agencia Federal de Aviación Civil, con fundamento en los artículos 1o., 2o., fracción I, 17, 26, fracción XII y 36 fracciones I, IV, V, VI, XII, XV, XXIII, XXVII y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracción XVIII y 6 Bis, fracción III de la Ley de Aviación Civil; 2, fracción VII Ter y 6 BIS, fracción III de la Ley de Aeropuertos; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos; 1, 3, Apartado B, fracción I, 13, fracciones XI y XXXIX, 40, 42, fracción XVI y 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; 1, 2, 3 fracción XLVI y 4 del Decreto por el que se crea el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, denominado Agencia Federal de Aviación Civil; el numeral SEGUNDO del "Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones técnico-administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes", publicado el 09 de diciembre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, y el numeral 9.1, fracción XXXVIII del Manual de Organización General de la Agencia Federal de Aviación Civil, y
CONSIDERANDO
Que en cumplimiento al Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago), el cual fue firmado el 7 de diciembre de 1944 y ratificado por el Senado de la República el 31 de diciembre de 1945, y sus anexos, el Estado Mexicano tiene la obligación ante la comunidad internacional a efecto de lograr el más alto grado de uniformidad posible en las reglamentaciones, normas, procedimientos y organización relativos a las aeronaves, personal, aerovías y servicios auxiliares, en todas las cuestiones en que tal uniformidad facilite y mejore la navegación aérea;
Que el 2 de diciembre de 2022, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el "Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones técnico administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes", modificado mediante publicaciones en el mismo medio de difusión del 24 de enero de 2023, 29 de mayo de 2023, 22 de febrero de 2024, 13 de septiembre de 2024, 14 de abril de 2025, 9 de diciembre de 2025 y 13 de julio de 2026;
Que en el numeral SEGUNDO del Acuerdo Modificatorio al "Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones técnico-administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes", publicado el 9 de diciembre de 2025 en el DOF, el C. Secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Trasportes instruyó al Director General de la Agencia Federal de Aviación Civil, para que en el ámbito de sus atribuciones, emita, suscriba y publique los acuerdos modificatorios subsecuentes al "Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones técnico administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes", publicado en el DOF el 2 de diciembre de 2022, y
Que, para continuar dando certeza y seguridad jurídica respecto de la vigencia y efectos jurídicos de las disposiciones administrativas de carácter técnico aeronáutico emitidas por la Agencia Federal de Aviación Civil, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO MODIFICATORIO AL "ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS DISPOSICIONES TÉCNICO
ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER AERONÁUTICO DE LA AGENCIA FEDERAL DE AVIACIÓN CIVIL, ÓRGANO
DESCONCENTRADO DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, COMUNICACIONES Y TRANSPORTES"
PRIMERO. Se MODIFICAN el numeral 18 del inciso C de la fracción I; el número de Circulares de Asesoramiento del inciso D de la fracción I; el número de Circulares Obligatorias de la fracción II; el número de Circulares Obligatorias del inciso B de la fracción II; el numeral 53 del inciso B de la fracción II; el número de Circulares Obligatorias del inciso C de la fracción II; y se ADICIONAN los numerales 4 y 5 del inciso D de la fracción I; el numeral 91 del inciso B de la fracción II; y el numeral 16 del inciso C de la fracción II, todos del apartado SEGUNDO del Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones técnico administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2022 y sus modificaciones publicadas en el mismo medio de difusión el 24 de enero de 2023, 29 de mayo de 2023, 22 de febrero de 2024, 13 de septiembre de 2024, 14 de abril de 2025, 09 de diciembre de 2025 y 13 de julio de 2026, para quedar, en lo conducente, en los siguientes términos:
SEGUNDO. - ...
I. ...
A. a B. ...
C. Concesionarios, Permisionarios y Operadores Aéreos (18).
1. a 17. ...
18. CA AV-1.06.01/26 Que adopta las definiciones y abreviaturas establecidas del Anexo 6 Parte I, Parte II y Parte III de la OACI, en materia de operación de aeronaves, para su aplicación en la normatividad aeronáutica nacional.
SICT: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1090314/ca-av-1-06-01-26-definiciones-y-abreviaturas-2-16072026.pdf
DOF: www.dof.gob.mx/2026/SICT/ca-av-1-06-01-26-definiciones-y-abreviaturas-2-16072026.pdf
19. a 20. ...
D. Personal Técnico Aeronáutico y Centros de Capacitación/Adiestramiento (4).
4. CA LI-1.01/26 Que establece el procedimiento de cancelación de licencia del personal técnico-aeronáutico a petición de su titular.
SICT: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1088939/ca-li-1-01-26-cancelacion-licencia-09072026.pdf
DOF: www.dof.gob.mx/2026/SICT/ca-li-1-01-26-cancelacion-licencia-09072026.pdf
5. CA LI-1.03/26 Que establece el procedimiento para la emisión de la Licencia Digital Federal del personal técnico-aeronáutico.
SICT: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1088940/ca-li-1-03-26-licencia-digital-09072026.pdf
DOF: www.dof.gob.mx/2026/SICT/ca-li-1-03-26-licencia-digital-09072026.pdf
E. a K. ...
II. Circulares Obligatorias (CO): Total (160).
A. ...
B. Concesionarios, Permisionarios y Operadores Aéreos (90).
1. a 52. ...
53. CO AV-1.08.01/26 Que establece las disposiciones para la notificación de fallas, casos de mal funcionamiento, defectos y otros sucesos que tengan o pudieran tener efectos adversos sobre el mantenimiento de la aeronavegabilidad de aeronaves, motores y/o hélices.
SICT: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1091680/co-av-1-08-01-26-reporte-defectos-y-fallas-15julio2026-22072026.pdf
DOF: www.dof.gob.mx/2026/SICT/co-av-1-08-01-26-reporte-defectos-y-fallas-15julio2026-22072026.pdf
54. a 90. ...
91. CO AV-1.06.02/26 Que establece el contenido del Manual General de Operaciones.
SICT: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1089879/co-av-1-06-02-26-mgo-13jul2026-14072026.pdf
DOF: www.dof.gob.mx/2026/SICT/co-av-1-06-02-26-mgo-13jul2026-14072026.pdf
C. Personal Técnico Aeronáutico y Centros de Capacitación/Adiestramiento (16).
16. CO DC-1.02.01/26 Que establece los lineamientos aplicables a los asignatarios, concesionarios, permisionarios, operadores aéreos y pilotos con licencia mexicana, para el cumplimiento de las acciones correctivas derivadas de los eventos reportados por la administración federal de aviación (FAA) en relación con desviaciones de pilotos (PILOT DEVIATIONS).
SICT: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1092182/co-dc-1-02-01-26-23072026f.pdf
DOF: www.dof.gob.mx/2026/SICT/co-dc-1-02-01-26-23072026f.pdf
D. a G. ...
III. a IV. ...
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Con excepción de las modificaciones y derogaciones señaladas en el presente Acuerdo, subsisten vigentes, en sus términos y condiciones, las circulares y disposiciones técnico administrativas a que se refiere el "Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones técnico administrativas de carácter aeronáutico de la Agencia Federal de Aviación Civil, órgano desconcentrado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2022 y sus modificaciones publicadas en el mismo medio de difusión el 24 de enero de 2023, 29 de mayo de 2023, 22 de febrero de 2024, 13 de septiembre de 2024, 14 de abril de 2025, 09 de diciembre de 2025 y 13 de julio de 2026, respectivamente.
TERCERO. Para consultar el documento de su interés, se deberá dirigir al sitio web oficial de la Agencia Federal de Aviación Civil (https://www.gob.mx/afac/acciones-y-programas/circulares-276394).
Ciudad de México, a 03 de agosto de 2026.- Director General de la Agencia Federal de Aviación Civil, Emilio Avendaño García.- Rúbrica.