Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz sito en Boca del Río
EDICTO
 
3. Oscar Noé Vega Morales y 4. Adolfo Lucas Sánchez.
En los autos del juicio de amparo indirecto 91/2026-I, Juan Carlos Velázquez Badillo e Ismael Cadena Reyes, a través de su defensor particular Héctor Horacio Ochoa Velásquez, demandaron la protección de la Justicia Federal contra actos del 1. Juez Primero de Primera Instancia de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial Décimo Noveno de San Andrés Tuxtla, Veracruz, y otra autoridad, reclamándoles:
a) La legalización de la detención, como consecuencia directa de la puesta a disposición por parte de la Fiscalía; b) El auto de vinculación a proceso dictado en su contra; y, c) La imposición de la medida cautelar consistente en prisión preventiva justificada.
Resoluciones emitidas el veintiuno de diciembre de dos mil veinticinco dentro del proceso penal actualmente radicado bajo el número 01/2026, del cronológico del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Distrito Judicial de San Andrés Tuxtla, con residencia en Isla.
La demanda de amparo se admitió por auto de veintiséis de enero de dos mil veintiséis. Durante la secuela, mediante proveído de veintidós de mayo de dos mil veintiséis, se ordenó emplazar por este medio a las personas terceras interesadas 3. Oscar Noé Vega Morales y 4. Adolfo Lucas Sánchez. A quienes se les hace saber que pueden apersonarse a esta instancia constitucional dentro del plazo máximo de treinta días hábiles contado a partir del día siguiente al de la última publicación de este edicto, y señalar usuario electrónico para recibir notificaciones a través del sistema correspondiente o domicilio físico en esta ciudad o en la zona conurbada de Veracruz para tales efectos. De no hacerlo, las subsecuentes, aun las de carácter personal, se les realizarán por lista de acuerdos. Fenecido ese lapso, se citará a las partes a la celebración de la audiencia constitucional. Quedando a disposición en la Secretaría del juzgado copia autorizada de la demanda de amparo y del auto admisorio.
Para su publicación por tres veces, de tres en tres días, en el Diario Oficial de la Federación.
 
Boca del Río, Veracruz, 23 de junio de 2026.
La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Veracruz
Verónica Guadalupe Lagunes Zamudio
Rúbrica.
(R.- 578459)