ACUERDO mediante el cual se modifica el Acuerdo por el que se destinó a la Secretaría de Marina una fracción de terreno con una superficie de 29,242.13 metros cuadrados, misma que forma parte de un inmueble de mayor extensión, ubicado en Bahía de Manzanillo, con el Estero Salahua, Municipio de Manzanillo, Estado de Colima, a efecto de que lo utilice para vivienda, alojamiento, áreas de recreación, oficinas, talleres y almacenes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.- MODIF-DST-01/2026.
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO POR EL QUE SE DESTINÓ A LA SECRETARÍA DE MARINA UNA FRACCIÓN DE TERRENO CON UNA SUPERFICIE DE 29,242.13 METROS CUADRADOS, MISMA QUE FORMA PARTE DE UN INMUEBLE DE MAYOR EXTENSIÓN, UBICADO EN BAHÍA DE MANZANILLO, CON EL ESTERO SALAHUA, MUNICIPIO DE MANZANILLO, ESTADO DE COLIMA, A EFECTO DE QUE LO UTILICE PARA VIVIENDA, ALOJAMIENTO, ÁREAS DE RECREACIÓN, OFICINAS, TALLERES Y ALMACENES.
DR. PABLO ISRAEL ESCALONA ALMERAYA, Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2 fracción I, 17, 26 fracción VI, 31 fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones II, IV, V, VI y VII, 3 fracción III, 4 párrafo primero, 6 fracciones VI y XXI, 11 fracción I, 13, 28 fracciones I, III y VII, 29 fracciones I y V, 61, 62, 66, 67, 70 y 101 fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; 4, apartado G, fracción V, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; y 3 fracciones VIII, IX y X, 4 fracción I, inciso a) y 6 fracciones XXIX, XXXVI y XLVII del Reglamento Interior del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales; tengo a bien emitir el presente acuerdo, tomando en cuenta los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO.- Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra el inmueble federal denominado "Salahua Unidad Habitacional", con superficie de 31,528.00 metros cuadrados y Registro Federal Inmobiliario 6-1308-9, ubicado en Calle Bahía de Manzanillo y Estero Salahua sin número, Pueblo de Manzanillo, Municipio de Manzanillo, Estado de Colima.
SEGUNDO.- Que la propiedad del inmueble federal descrito en el Considerando que antecede, se acredita mediante contrato número CD-A 036/2003, de fecha 25 de noviembre de 2003, en el que se consigna la donación pura y simple que realizó el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia a favor del Gobierno Federal, el inmueble con superficie de 31,528.21 metros cuadrados, ubicado en la Bahía de Manzanillo, con el Estero Salahua, en el Municipio de Manzanillo, Estado de Colima, inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo los Folios Reales número 21603/1 y 78606 de fecha 4 de mayo de 2004.
TERCERO.- Que el plano topográfico número SCPF-233-2011, elaborado a escala 1:1.000, aprobado y registrado bajo el número DRPCPF-3450-2011-T de fecha 11 de enero de 2011 por la entonces Dirección de Registro Público y Catastro de la Propiedad Federal y certificado el 23 de marzo de 2017 por la Dirección de Registro Público y Control Inmobiliario, consigna la superficie, medidas y colindancias que arrojó el levantamiento topográfico del inmueble materia del presente Acuerdo, por una superficie de 31,528.21 metros cuadrados.
CUARTO.- Que mediante Acta Administrativa de fecha 11 de enero de 2011, se hizo constar la entrega recepción de la fracción de terreno con superficie de 29,242.13 metros cuadrados, la cual forma parte de un inmueble de mayor extensión, que realizó la entonces Secretaría de la Función Pública, a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, a favor de la Secretaría de Marina, hasta en tanto reúna la documentación necesaria para que se publique en el Diario Oficial de la Federación el instrumento jurídico que lo destine a su favor.
QUINTO.- Con fecha 24 de abril de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo Administrativo mediante el cual se destinó al servicio de la Secretaría de Marina, una fracción de terreno con superficie de 29,242.13 metros cuadrados, que forma parte de un inmueble de mayor extensión ubicado en Bahía de Manzanillo, con el Estero Salahua, Municipio de Manzanillo, Estado de Colima, a efecto de que lo utilice para vivienda, alojamiento, áreas de recreación, oficinas, talleres y almacenes, obra inscrita en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el Folio Real 78606/1 de fecha 04 de mayo de 2012.
SEXTO.- Que mediante Acta Administrativa de fecha 21 de marzo de 2013, se hizo constar la entrega recepción de 5 fracciones de terreno, que forman parte de un inmueble de propiedad federal de mayor extensión, identificadas como: fracción "4" con superficie de 51.84 metros cuadrados, fracción: "9" con superficie de 64.31 metros cuadrados, fracción: "10-10" con superficie de 321.97 metros cuadrados, fracción: "11" con superficie de 187.25 metros cuadrados y fracción: "12" con superficie de 465.83 metros cuadrados, que realizó la entonces Secretaría de la Función Pública, a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, a favor de la Secretaría de Marina, hasta en tanto reúna la documentación necesaria para que se publique en el Diario Oficial de la Federación el instrumento jurídico que lo destine a su favor.
SÉPTIMO.- Que mediante Acta Administrativa de fecha 31 de marzo de 2017, se hizo constar la entrega física y jurídica de 8 fracciones de terreno identificadas en el plano topográfico señalado en el Considerando Tercero del presente Acuerdo, con los numerales (1) con superficie de 76.74 metros cuadrados, (2) con superficie de 63.18 metros cuadrados, (6) con superficie de 62.83 metros cuadrados, (7) con superficie de 63.23 metros cuadrados, (8) con superficie de 142.47 metros cuadrados, (13) con superficie de 63.50 metros cuadrados, (14) con superficie de 55.34 metros cuadrados y (15) con superficie de 552.08 metros cuadrados, las cuales forman parte de un inmueble federal de mayor extensión, que realizó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, a favor de la Secretaría de Marina, hasta en tanto reúna la documentación necesaria para que se publique en el Diario Oficial de la Federación el instrumento jurídico que lo destine a su favor.
OCTAVO.- Que mediante Acta Administrativa de fecha 27 de enero de 2020, se hizo constar la entrega física y jurídica de las fracciones de terreno identificadas como: "3" y "5" con superficie aproximada de 72.48 metros cuadrados y 43.03 metros cuadrados, respectivamente, las cuales forman parte de un inmueble de mayor extensión, que realizó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, a favor de la Secretaría de Marina, hasta en tanto reúna la documentación necesaria para que se publique en el Diario Oficial de la Federación el instrumento jurídico que lo destine a su favor.
NOVENO.- Que mediante oficio número DRM-SCBI-DRIIN/3881 de fecha 29 de septiembre de 2025, el Director General Adjunto de Abastecimiento y Responsable Inmobiliario de la Secretaría de Marina, solicitó el destino de la superficie recuperada de 2,286.08 metros cuadrados que forman parte del inmueble federal de referencia y la modificación del Acuerdo Administrativo de Destino de fecha 09 de abril de 2012, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2012, con la finalidad de utilizarlo para vivienda, alojamiento, áreas de recreación, oficinas, talleres y almacenes.
DÉCIMO.- Que la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de conformidad con lo previsto en el artículo 10, fracción IV del Reglamento Interior de este Instituto, autorizó desde el punto de vista técnico la presente operación. La documentación administrativa del inmueble, así como de este Acuerdo, obra en el expedientillo de trámite integrado por dicha Dirección General y fue debidamente cotejada con la que obra en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal.
Asimismo, con fundamento en el artículo 8, fracción XIV, en relación con el artículo 10, fracción IV del Reglamento Interior de este Instituto la Unidad Jurídica emitió opinión procedente respecto del presente Acuerdo Modificatorio.
Por lo anterior y de conformidad a las disposiciones que establecen los artículos 61, 62, 66, 67 y 70 de la Ley General de Bienes Nacionales, y siendo propósito del Ejecutivo Federal, el óptimo aprovechamiento del patrimonio inmobiliario federal, privilegiando a las instituciones públicas de los distintos órdenes de Gobierno con inmuebles federales para la prestación de los servicios públicos a su cargo, he tenido a bien expedir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se modifica el Acuerdo por el que se destinó al servicio de la Secretaría de Marina una fracción de terreno con superficie de 29,242.13 metros cuadrados, que forma parte del inmueble federal denominado "Salahua Unidad Habitacional", con Registro Federal Inmobiliario 6-1308-9, ubicado en Bahía de Manzanillo, con el Estero Salahua, Municipio de Manzanillo, Estado de Colima, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2012, a efecto de incorporar al destino la superficie adicional de 2,286.08 metros cuadrados que forma parte del mismo inmueble, quedando destinada a la Secretaría de Marina la totalidad del inmueble, con una superficie de 31,528.21 metros cuadrados, para que continúe utilizándolo para vivienda, alojamiento, áreas de recreación, oficinas, talleres y almacenes.
La superficie adicional objeto de la presente modificación fue entregada física y jurídicamente a la Secretaría de Marina mediante las Actas Administrativas de fechas 21 de marzo de 2013, 31 de marzo de 2017 y 27 de enero de 2020, por lo que, con la entrada en vigor del presente Acuerdo, queda formalmente comprendida dentro del destino otorgado, sin perjuicio de la posesión que actualmente detenta dicha dependencia.
SEGUNDO.- El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en el ámbito de sus atribuciones, a través de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, vigilará el estricto cumplimiento de este Acuerdo.
TERCERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación e inscríbase en el Registro Público de la Propiedad Federal.
Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los 21 días del mes de julio de 2026.- Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Dr. Pablo Israel Escalona Almeraya.- Rúbrica.