NOTA Aclaratoria a las Reglas de organización y funcionamiento de los Comités Interinstitucionales Especializados, publicadas el 20 de julio de 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de Salud.
DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ, Secretario de Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 4o, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 1o. Bis, 2o., fracción V, 3o., fracciones II y II bis, 6o., fracciones I, IX y XIII, 7o., fracciones I, II, 8, 23, 24, 25, 27, fracciones III y VIII, 34, fracciones I y II, 35, 77 bis 1, 77 bis 5, apartado A), fracciones I, III y VI, y 77 bis 8 de la Ley General de Salud; 6o, párrafo primero y 7o, fracciones I, XIII y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y Tercero y Transitorio Cuarto del Decreto por el que se crea el Servicio Universal de Salud del Gobierno de México, y Trigésimo Noveno, fracción II de los Lineamientos para regular las publicaciones en el Diario Oficial de la Federación, emite la siguiente:
NOTA ACLARATORIA A LAS REGLAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS
INTERINSTITUCIONALES ESPECIALIZADOS, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 20 DE
JULIO DE 2026
En la publicación 193/2026 del lunes 20 de julio de 2026, edición matutina, página 28, Artículo 23, fracción IV, de las Reglas de organización y funcionamiento de los Comités Interinstitucionales Especializados
Dice:
| IV. | La Subdirección de Servicios Médicos de PEMEX; |
Debe decir:
| IV. | La Subdirección de Servicios de Salud de PEMEX; |
Dado en la Ciudad de México a 21 de julio de 2026.- Secretario de Salud, David Kershenobich Stalnikowitz.- Rúbrica.