Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles,
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
EDICTO
En el concurso mercantil 33/2026-II, promovido por el administrador general único de Agromexicana de Productos Agrícolas, Sociedad Anónima de Capital Variable y por el Gerente de Protecto Agro, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, en contra de la comerciante Agrotileno de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, la Jueza Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana, el día veintidós de junio de dos mil veintiséis, dictó sentencia en la que, entre otras cosas, declaró en concurso mercantil a dicha comerciante, estableciendo como fecha de retroacción el VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, pues son doscientos setenta días previos al día en la que se dicta la presente resolución, para los acreedores que no corresponden al grado de subordinados; y, el VEINTINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, que corresponden a quinientos cuarenta días previos, para los acreedores que se clasifican dentro del grado de subordinado; declaró abierta la etapa de conciliación y ordena que durante ésta se suspenda todo mandamiento de embargo o ejecución contra bienes y derechos de la concursada, excepto los referidos en los artículos 65 y 69 de la Ley de Concursos Mercantiles. Dicha resolución produce efectos de arraigo del responsable o responsables de la administración de la persona moral declarada en concurso, para el solo efecto de que no puedan separarse del lugar de su domicilio, sin dejar, mediante mandato general o especial con facultades para actos de dominio, actos de administración, así como para pleitos y cobranzas, apoderado suficientemente instruido y expensado. El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, designó como conciliador a Cuauhtémoc Hernández Nahle, y éste señaló como domicilio para el cumplimiento de su función, el ubicado en Avenida Américas, número 1930, Piso 2, interior 7, Colonia Country Club, Código Postal 44610, en Guadalajara, Jalisco, a quien se le ordenó que inicie el reconocimiento de créditos, lo que se hace del conocimiento de los acreedores de la concursada para que, aquellos que así lo deseen, le presenten su solicitud de reconocimiento de sus créditos.
La publicación de este edicto surte efectos de notificación para quienes aún no hayan sido notificados en alguna forma diferente, ordenada en la propia sentencia.
Atentamente
Ciudad de México, diez de julio de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito de Concursos Mercantiles.
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
Rodolfo Maldonado Nieto
Rúbrica.
(R.- 578742)