ACUERDO por el que se regulariza el inicio del procedimiento para emitir el Decreto por el que se declara monumento artístico el bien inmueble denominado "Museo Experimental El Eco" (Segunda publicación).

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cultura.- Secretaría de Cultura.- Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.- Dirección General.

ACUERDO POR EL QUE SE REGULARIZA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO PARA EMITIR EL DECRETO POR EL QUE SE DECLARA MONUMENTO ARTÍSTICO EL BIEN INMUEBLE DENOMINADO "MUSEO EXPERIMENTAL EL ECO"
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 4o., párrafo décimo cuarto, 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3o., fracción V, 5o. TER, 5o. QUÁTER, 35, fracciones I y II, 36 y 38 de la Ley Federal de Procedimientos Administrativos; 2º, fracciones I y V y de la Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura; 3°, fracción V, TER, QUATER, 33 y 45 de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, el ocho de julio de dos mil veintiséis, emitió el siguiente:
ACUERDO
I. Se regulariza el procedimiento iniciado mediante acuerdo de 23 de junio de 2025, para continuar con la denominación del decreto por el que se declara Monumento Artístico el bien inmueble de mérito, para quedar como sigue: Decreto por el que se declara Monumento Artístico el bien inmueble denominado "Museo Experimental El Eco"; II. Todas las constancias que integran el expediente técnico relativo a la declaratoria de Monumento Artístico del inmueble denominado "Museo Experimental El Eco", mismo que constituye el sustento para la emisión del "Acuerdo por el que se da inicio al procedimiento para emitir el Decreto por el que se Declara Monumento Artístico el bien inmueble conocido como Museo Experimental El Eco", se entenderán referidas al Decreto por el que se declara Monumento Artístico el bien inmueble denominado "Museo Experimental El Eco", sin que dicha adecuación implique modificación alguna a los documentos que integran el expediente, quedando intocadas las actuaciones realizadas.
Se hace del conocimiento a los interesados que contarán con término de quince días hábiles a partir de la notificación del presente acuerdo o de la última de las publicaciones en el Diario Oficial de la Federación y en el diario de mayor circulación nacional, para que manifiesten lo que a su derecho convenga y presenten pruebas y alegatos que estimen convenientes ante el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos con domicilio en avenida Juárez 101, piso 25, colonia Centro, Cuauhtémoc, código postal 06040, Ciudad de México.
Ciudad de México, a ocho de julio de dos mil veintiséis.- Directora General del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, Alejandra de la Paz Nájera.- Rúbrica.