Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sala Regional en el Estado de México II y Auxiliar,
con sede en la Ciudad de Toluca, Estado de México
Primera Ponencia
Expediente: 98/26-29-01-4
Actor (a): Sanatorio Santa Cruz de Toluca, A.C.
"EDICTO"
EMPLAZAMIENTO A LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA ACTORA
SANATORIO SANTA CRUZ DE TOLUCA, A.C., QUE ESTUVIERON ACTIVOS DURANTE
EL EJERCICIO FISCAL 2012 O A QUIEN TENGA SU LEGAL REPRESENTACIÓN.
En los autos del juicio contencioso administrativo federal 98/26-29-01-4, promovido por SANATORIO SANTA CRUZ DE TOLUCA, A.C., en contra de la resolución contenida en el oficio número 20703002030202T-3034/2025, de fecha 09 de diciembre de 2025, emitida por el Director General de Fiscalización de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México, a través de la cual se le determinó un crédito fiscal, así como un reparto de utilidades en cantidad total de $1'334,562.78 (Un millón trescientos treinta y cuatro mil quinientos sesenta y dos pesos 78/100 M.N.), correspondiente al ejercicio fiscal comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre 2012; siendo que dicho reparto de utilidades determinado es un derecho respecto del cual los trabajadores de la empresa actora pueden intervenir en el presente juicio; se dictó un acuerdo de fecha 01 de julio de 2026, en el que se ordenó su emplazamiento al juicio al rubro citado por medio de edictos, por lo que con fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, en relación con el diverso 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de aplicación supletoria a la materia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo1 y Primero Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo2, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de junio de 2026, se hace de su conocimiento que tienen un plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al de la última publicación de Edictos ordenado, para que comparezcan ante esta Sala Regional en el Estado de México II y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ubicada en: Boulevard Alfredo del Mazo No. 545, Colonia San Juan Buenavista, Toluca, Estado de México, C.P. 50060, a deducir sus derechos y señalar correo electrónico para recibir avisos de notificación electrónica, apercibidos que, en caso contrario, se rechazará su intervención en el presente juicio y las siguientes notificaciones se realizarán por Boletín Jurisdiccional sin previo aviso electrónico.
Para su publicación tres veces, de tres en tres días, en el Diario Oficial de la Federación.
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1 ARTÍCULO 1o.- Los juicios que se promuevan ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, se regirán por las disposiciones de esta Ley, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de que México sea parte. A falta de disposición expresa se aplicará supletoriamente el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, siempre que la disposición de este último ordenamiento no contravenga las que regulan el juicio contencioso administrativo federal que establece esta Ley.
2 Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Toluca de Lerdo, Estado de México, a 01 de julio de 2026.
La Magistrada Titular de la Primera Ponencia de la Sala Regional en el Estado de México II y Auxiliar,
con sede en la Ciudad de Toluca, Estado de México, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Anabel Dávila Salas
Rúbrica.
Secretaria de Acuerdos
Mtra. Beatriz Elizabeth Salceda Guerra
Rúbrica.
(R.- 578471)