Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
 
En el juicio de amparo 1131/2025-I, del índice del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México, promovido por Doris Hernández Silva, por conducto de su apoderado, contra actos que reclama de la Sexta Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Juez y Actuario adscritos al Juzgado Trigésimo Sexto de lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, se dictó acuerdo por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento del tercera interesada Rivadeneyra Bienes Raíces, sociedad anónima de capital variable -por conducto de quien legalmente la represente- a quien se hace de su conocimiento que ante este juzgado se encuentra radicado el juicio de derechos arriba indicado, en el que se reclaman las sentencias de veinticinco de agosto de dos mil veinticinco, dictadas en los tocas 1942/2024-5, 1942/2024-6 y 1942/2024-7, por la sala responsable, con motivo de los recursos de apelación interpuestos por la quejosa en contra de las interlocutorias de ocho de agosto de dos mil veinticuatro, dictadas en el juicio especial hipotecario 456/2020, por ello, se hace saber a Rivadeneyra Bienes Raíces, sociedad anónima de capital variable, que deberá presentarse ante este Juzgado Federal sito en edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina no. 2, acceso 11, nivel plaza, colonia del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación a deducir los derechos que le correspondan, en el entendido que deberá identificarse con alguno de los siguientes documentos: credencial expedida por el Instituto Nacional Electoral, pasaporte, licencia para conducir o cartilla del servicio militar nacional, documentos anteriores que deberán estar vigentes, bajo apercibimiento que de no señalar domicilio, las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, se le harán por medio de la lista que se fija en un lugar visible de este juzgado, lo anterior de conformidad con el artículo 27, fracción III, inciso a), de la ley de Amparo, sin necesidad de dictar ulterior acuerdo y sin perjuicio del derecho procesal que le asiste de señalar en cualquier etapa de este procedimiento domicilio para tales efectos; asimismo, se le comunica que en autos están programadas las DIEZ HORAS CON ONCE MINUTOS DEL UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO para la celebración de la audiencia constitucional.
 
Ciudad de México, 24 de noviembre de 2025.
Secretario del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México
Luis Fernando Rendón Flores
Rúbrica.
(R.- 577759)