AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro del servicio portuario de recolección de basura o desechos y eliminación de aguas residuales, aplicables en el Recinto Portuario de Cozumel, Quintana Roo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Marina.- Secretaría de Marina.

MARÍA MARISA ABARCA HERNÁNDEZ, Capitán de Altura, Directora General de Puertos, con fundamento en los artículos 30, fracciones XIV Bis, XIV Quáter y XXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o, 4o, fracción III, 16, fracciones II, VIII y XIV, 44, fracción II, 45, 51, fracción V, 59, 60 y 61, de la Ley de Puertos; 1, 3, 75, fracciones VI y VII, 76, 77, 78, 79, 80 y 137, del Reglamento de la Ley de Puertos, la Regulación Tarifaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1999; y en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 1, 3, fracción IX, 4 fracción III, inciso b), numeral 1, 15 y 23, fracciones VIII y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Marina, como Autoridad en materia de Puertos, tiene a su cargo las atribuciones conferidas por las leyes, Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio Marítimos, de Puertos, así como los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, para el control de los puertos, terminales, marinas e instalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento, explotación, operación y formas de administración, así como para la prestación de los servicios portuarios;
Que la Secretaría de Marina, por conducto de la Dirección General de Puertos, tiene dentro de sus atribuciones, el establecer las bases de regulación tarifaria y de precios para el uso de determinados bienes en puertos, terminales, marinas y para la prestación de los servicios cuando no existan opciones portuarias o de otros modos de transporte que propicien un ambiente de competencia razonable;
Que fue recibida una solicitud en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de la Autoridad Marítima Nacional, para el ajuste de actualización a las bases de regulación tarifaria del servicio portuario de recolección de basura o desechos y eliminación de aguas residuales, aplicables en el recinto portuario de Cozumel, Quintana Roo, mismas que fueron autorizadas por la Dirección General de Puertos, y
Que de conformidad con el artículo 137 del Reglamento de la Ley de Puertos, las bases de regulación tarifaria entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
"AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS BASES DE REGULACIÓN TARIFARIA PARA EL COBRO DEL
SERVICIO PORTUARIO DE RECOLECCIÓN DE BASURA O DESECHOS Y ELIMINACIÓN DE AGUAS RESIDUALES,
APLICABLES EN EL RECINTO PORTUARIO DE COZUMEL, QUINTANA ROO."
ÚNICO.- Se hace del conocimiento del público en general, que fueron actualizadas las bases de regulación tarifaria para el cobro del servicio portuario de recolección de basura o desechos y eliminación de aguas residuales, aplicables en el recinto portuario de Cozumel, Quintana Roo, mismas que pueden ser consultadas en la página electrónica siguiente:
Prestador del servicio
Servicio portuario
Puerto
Maritime Procurement Services, S.A.P.I. de C.V.
www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/3253_2026.pdf
Recolección de basura o desechos y eliminación de aguas residuales
Cozumel, Quintana Roo.
 
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Las bases de regulación tarifaria a que se refiere el presente aviso, entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, a 19 de junio de 2026.- La Directora General de Puertos, Capitán de Altura María Marisa Abarca Hernández.- Rúbrica.