Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
Mexicali, Baja California
EDICTO
 
Mexicali, Baja California, veintiocho de abril de dos mil veintiseis. En los autos del juicio de amparo número 995/2025-3, del índice del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California, con sede en Mexicali, se ordena emplazar a juicio a la tercero interesada Estrategias Taan Chumuk, sociedad cooperativa, en términos de lo dispuesto por la fracción III, incisos b y c, del artículo 27, de la Ley de Amparo, en relación con el 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, y se hace de su conocimiento que Carlos Samael Sierra, por conducto de su apoderado legal David Guadalupe Reyna Yahuaca, promovió demanda de amparo, contra actos del Presidente de la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje de esta ciudad, los cuales esencialmente hizo consistir en: el acuerdo de fecha tres de julio de dos mil veinticinco, dentro del expediente número 2030/2014- 1C (3B), con el que deja sin efectos el embargo practicado en fecha 30 de junio de 2025 y ordena destrabar las dos cuentas bancarias de banco Santander 65503134647 (en pesos) y 8200557070 (en dólares), a nombre de la parte tercero interesada Grupo Sata, Sociedad Anónima de Capital Variable; se le emplaza y se le hace saber que deberá comparecer ante este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Baja California, ubicado en calle del Hospital número 594, Centro Cívico y Comercial, sexto piso, en Mexicali, Baja California, Código Postal 21000, dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto, a efecto de hacerle entrega de la demanda de amparo, la cual se admitió en este Juzgado de Distrito el veintiséis de septiembre de dos mil veinticinco y del dictado el diecinueve de enero de dos mil veintiseis, por el que se ordena su emplazamiento, se le apercibe que en caso de no hacerlo así se practicaran las ulteriores notificaciones, aun las que tengan carácter personal, por medio de lista.
 
Mexicali, Baja California
Juez Primero de Distrito
José Ángel Bustamante Arizu
Rúbrica.
(R.- 576977)