Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Tijuana, B.C.
EDICTO
 
Emplazamiento del codemandado Smiths Conexión de México, Sociedad Anónima de Capital Variable.
En el acuerdo de veintiséis de marzo de dos mil veintiséis, emitido en el juicio oral mercantil 1655/2025-E, promovido por CIBanco, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, en liquidación, a través del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, en contra de Co-Production de Tijuana, sociedad anónima de capital variable y otros y usted, se ordenó su emplazamiento por edictos, a dicho juicio; en el cual se le ejercita en la vía oral mercantil, de quien demanda las siguientes prestaciones:
"1.- El pago de la cantidad de $10,685,791.65 (diez millones seiscientos ochenta y cinco mil setecientos noventa y un pesos 65/100 M.N.), suma adeudada por los demandados y establecida en el estado de cuenta certificado de 17 de octubre de 2025, firmado por la contadora pública Tanya B. Echeverría García [...]
2.- El pago de la cantidad de $1,356,421.55 (un millón trescientos cincuenta y seis mil cuatrocientos veintiún pesos 55/100 M.N.) por concepto de intereses ordinarios, cantidad establecida en el estado de cuenta de 17 de octubre de 2025 [...].
3.- El pago de la cantidad de $10,650.22 (diez mil seiscientos cincuenta pesos 22/100 M.N.) por concepto de intereses moratorios [...] más los que se sigan generando hasta el pago total de las cantidades reclamadas como suerte principal, a la tasa que resulte de multiplicar por 2 (dos) veces la tasa de interés ordinaria [...]"
4.- El pago de los gastos y costas que se generen por la tramitación del presente juicio.
Haciéndole saber al codemandado que tendrá un plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de los edictos ordenados, para contestar por escrito la demanda incoada en su contra, bajo el apercibimiento que en términos del artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, precluirá su derecho para hacerlo en otro momento. Asimismo, se le informa que queda a su disposición en este juzgado, copia de la demanda y del auto admisorio.
 
Atentamente
Tijuana, Baja California, a veintiséis de marzo de dos mil veintiséis.
Secretario del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Baja California
José Alejandro Ortiz Monroy
Rúbrica.
(R.- 576656)