Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Segunda Sala Regional en el Estado de México I
Alicia García Galaviz
Expediente: 1467/24-11-02-8-OT
"EDICTO"
Dentro de los autos del juicio contencioso administrativo federal 1467/24-11-02-8-OT, promovido por ALICIA GARCÍA GALAVIZ, donde compareció a demandar la nulidad del oficio 159101330110/DPPR3103/2024 de treinta de abril de dos mil veinticuatro, emitido por la Jefa del Departamento de Pensiones Subdelegacional de la Delegación Regional Estado de México Oriente del Instituto Mexicano del Seguro Social, el veintiuno de junio de dos mil veintitrés, a través del cual se informa la cancelación de la pensión por cesantía en edad avanzada 23/15221 otorgada a partir del siete de noviembre de dos mil veintitrés y, en consecuencia, la determinación del adeudo por la cantidad de $98,981.19 (noventa y ocho mil novecientos ochenta y un mil pesos 19/100), se emitió un acuerdo en el que, con fundamento en los artículos 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia administrativa y 65 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se ordenó llamar a juicio por medio de edictos (publicados tres veces, de siete días en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación dentro de la República Mexicana) a UNIVERSUM MULTIMEDIA, S.A. DE C.V., a través de su representante legal, debido a que en la resolución impugnada consistente en el oficio 159101330110/DPPR3103/2024, de treinta de abril de dos mil veinticuatro, emitido por la Jefa del Departamento de Pensiones Subdelegacional de la Delegación Regional Estado de México Oriente del Instituto Mexicano del Seguro Social, a través del cual informaron a la hoy actora las irregularidades encontradas con relación a la visita de verificación al patrón UNIVERSUM MULTIMEDIA, S.A. DE C.V., mediante el cual fueron ingresados movimientos afiliatorios de 239 personas al régimen obligatorio del Seguro Social de manera indebida y dentro de los cuales se encontraba la hoy actora; por lo que dicha empresa ostenta el carácter de tercera interesada; aunado a que no se encontró en el domicilio cierto y actual en donde se le pudiera emplazar. - En consecuencia, se le informa que queda a su disposición (en la actuaría de esta Segunda Sala Regional en el Estado de México l, sito en Avenida Primero de Mayo, número 120, piso 6,torre 1, Fórum Naucalpan, colonia San Andrés Atoto, código postal 53500, Naucalpan de Juárez, Estado de México), copia de la demanda, de la contestación de demanda y ampliación, con sus respectivos anexos.- Asimismo, se les hace saber que cuenta con un plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES contados a partir del día hábil siguiente al de la última publicación del presente edicto, para apersonarse al presente juicio por medio de su representante legal, a través de escrito que deberá contener los requisitos de la contestación previstos en los artículos 19 a 22 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Apercibimiento: Se apercibe a los terceros interesados que, en caso no comparecer a defender sus derechos en el plazo mencionado, se declarará precluido su derecho para tal efecto y que las siguientes notificaciones del expediente en que se actúa, se realizarán directamente por Boletín Jurisdiccional, como lo establece el referido artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, en relación con el artículo 65 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Para su publicación por tres veces, de siete días en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación dentro de la República Mexicana.
Atentamente
Naucalpan de Juárez, Estado de México a nueve de abril de dos mil veintiséis.
Magistrado Instructor de la Segunda Ponencia de la Segunda Sala Regional en el Estado de México I
M. en D. Rubén Ángeles Enríquez
Rúbrica.
Secretario de Acuerdos
Lic. José Enrique Gómez Villalva
Rúbrica.
(R.- 576255)