Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Guerrero,
con sede en Acapulco
EDICTO.
 
DEMANDADA: Maw Asociados S.A. de C.V.
En los autos del Procedimiento Ordinario Laboral 347/2024, promovido por Antonio Miranda Cipriano, se ha ordenado en proveído de nueve de abril del dos mil veintiséis, emplazar a la demandada Maw Asociados S.A. de C.V., por medio de edictos, los que se publicaran, por dos veces, con un lapso de tres días hábiles entre uno y otro, en el Diario Oficial de la Federación, boletín judicial que se fije en los estrados de este Tribunal y en el Portal Oficial de Internet que para tal efecto establezca el Poder Judicial de la Federación, conforme lo dispuesto por el artículo 712 de la Ley Federal del Trabajo. Quedan a su disposición, en la Actuaría de este Tribunal, copias cotejadas del escrito de demanda y de las pruebas ofrecidas, escrito aclaratorio por la parte actora, de los diversos autos de diecinueve y veintisiete de junio del dos mil veinticuatro y nueve de abril del dos mil veintiséis, por otra parte, se le hace saber que cuenta con el término de treinta días hábiles, contados a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que se imponga de los autos y realice manifestación conforme a su interés convenga. Apercibido que, de no hacerlo en dicho término, se le tendrá por perdido su derecho a realizar manifestaciones y de ofrecer pruebas; igualmente, se entenderá que no tiene interés jurídico en el asunto, quedando sujeto al resultado del juicio. Asimismo, de conformidad con el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo, requiérase a la demandadapara que en su primer escrito señalen domicilio físico para oír notificaciones y recibir documentos dentrodel lugar de residencia de este tribunal, apercibido que, de no hacerlo, las notificaciones personales se harán por boletín.
 
Atentamente
Acapulco de Juárez, Guerrero, 09 de abril de 2026.
La Secretaria Instructora del Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos
Individuales en el Estado de Guerrero, con sede en Acapulco
Leonor Guadalupe Nieto Barrientos
Rúbrica.
(R.- 575873)