Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en Puebla
EDICTO
 
En el juicio de amparo indirecto 53/2026, se ordenó emplazar por edictos a los terceros interesados Ángel Pablo Berra Zanella y Edmundo Dib Thome, este último en representación de la víctima que en vida se llamó Tuffic José Levién Dib, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo, en relación al diverso 209, fracción III, del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares; y se hace de su conocimiento que José Benito Hernández Garate, promovió juicio de amparo indirecto contra un acto de la Segunda Sala Colegiada en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, consistente en la resolución de quince de enero de dos mil veintiséis, que declara infundado el reconocimiento de inocencia emitida en el toca de apelación 759/2002, del índice de la sala responsable. Se le previene a los terceros interesados en mención, para que comparezcan por escrito ante este Juzgado de Distrito dentro del plazo de los treinta días hábiles siguientes al de la última publicación y señalen cada uno domicilio en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula, San Andrés Cholula o Cuautlancingo), ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se les harán por lista que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo seguirá conforme a derecho proceda; quedan a su disposición copia simple de la demanda e impresión del auto admisorio; asimismo, se les hace saber que se encuentran señaladas las diez horas con tres minutos del seis de mayo de dos mil veintiséis, para celebrar la audiencia constitucional en el referido juicio de amparo; se les informa que desde que sean emplazados, quedan a su vista los informes justificados y constancias que se han recibido en este juicio, ello en términos del artículo 117 de la Ley de Amparo. Para su publicación en los periódicos "REFORMA", "EXCÉLSIOR", "EL FINANCIERO" o "EL UNIVERSAL"; y en el Diario Oficial de la Federación, que deberán de efectuarse por tres veces consecutivas de tres en tres días hábiles.
 
En Puebla, Puebla, a veinte de abril de dos mil veintiséis.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Lic. Martha Alicia Carballido Zamora
Rúbrica.
(R.- 575888)