Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
con residencia en Zapopan
EDICTO
 
En el juicio de amparo 974/2024 que promueve Matilde Aguilar Madrigal, en representación de la NNA de iniciales J.A.M.G., contra actos del Cuarta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco y otras autoridades, consistente en la resolución de veinticuatro de septiembre de dos mil veinticuatro, emitida dentro de los auto del toca civil 399/2024 y su ejecución dentro de los autos del juicio 469/2017, del índice del Juzgado Segundo de lo Civil del Décimo Cuarto Partido Judicial del Estado de Jalisco, por la que se modificó la pensión alimenticia provisional en favor de la niña J. A. M. G.; se ordena notificar por edictos a Giovanni Benigno Magaña Ceballos, en su carácter de tercero Interesado, a efecto de presentarse dentro de los próximos 30 días, en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco con sede en Zapopan, ubicado en Anillo Periférico Poniente Manuel Gómez Morín, # 7727, edificio X1, piso 3, fraccionamiento Ciudad Judicial, en Zapopan, Jalisco, código postal 45010, a efecto de ser emplazado bajo términos artículo 27, fracción III, inciso b) y c), de la Ley de Amparo y 209 Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, de aplicación supletoria, quedando copia de demanda a su disposición en este Juzgado, apercibido que de no comparecer, seguirá juicio en rebeldía y las subsecuentes notificaciones, aún carácter personal, se practicarán por lista acuerdos, como dispone numeral 27, fracción III, de la ley de la materia. Publíquese 3 veces de 7 en 7 días en el Diario Oficial de la Federación, y periódico de mayor circulación en la República, así como en los estrados del Juzgado.
 
Zapopan, Jalisco, a 15 de abril de 2026.
Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco,
con residencia en Zapopan
Licenciada Mónica Esmeralda Enríquez Enríquez
Rúbrica.
(R.- 575726)